ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas (PAIMEF), para el ejercicio fiscal 2018 ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas (PAIMEF), para el ejercicio fiscal 2018. (Continúa en la Tercera Sección).
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.
LUIS ENRIQUE MIRANDA NAVA, Secretario de Desarrollo Social, con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, y
CONSIDERANDO
Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone que la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos, podrá señalar los programas, a través de los cuales se otorguen subsidios, que deberán sujetarse a reglas de operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia. Asimismo, se señalarán en el Presupuesto de Egresos los criterios generales a los cuales se sujetarán las reglas de operación de los programas.
Que los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20, "Desarrollo Social", entre ellos, el Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas (PAIMEF), se destinarán, en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de vulnerabilidad, de adultos mayores, de rezago y de marginación, de acuerdo con los criterios de resultados que defina el Consejo Nacional de Población y a las evaluaciones del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, en los programas que resulte aplicable y la Declaratoria de Zonas de Atención Prioritaria formulada por la Cámara de Diputados, mediante acciones que promuevan la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, la alimentación nutritiva y de calidad, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; protección social y programas asistenciales; y el fomento del sector social de la economía; conforme lo establece el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social, y tomando en consideración los criterios que propongan las entidades federativas.
Que en este marco, las dependencias serán responsables de emitir las reglas de operación de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria.
Que las dependencias, las entidades a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector o, en su caso, las entidades no coordinadas, publicarán en el Diario Oficial de la Federación las reglas de operación de programas nuevos, así como las modificaciones a las reglas de programas vigentes, a más tardar el 31 de diciembre anterior al ejercicio y, en su caso, deberán inscribir o modificar la información que corresponda en el Registro Federal de Trámites y Servicios, de conformidad con el Título Tercero A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Que el Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de enero de 2013, dispone que los Programas del Gobierno Federal podrán apoyar en la instrumentación de la Cruzada contra el Hambre, la cual es una estrategia de inclusión y bienestar social, implementada a partir de un proceso participativo de amplio alcance cuyo propósito es conjuntar esfuerzos y recursos de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como de los sectores público, social y privado y de organismos e instituciones internacionales, para el cumplimiento de los objetivos consistentes en cero hambre a partir de una alimentación y nutrición adecuada de las personas en pobreza multidimensional extrema y carencia de acceso a la alimentación; eliminar la desnutrición infantil aguda y mejorar los indicadores de peso y talla de la niñez; aumentar la producción de alimentos y el ingreso de los campesinos y pequeños productores agrícolas; minimizar las pérdidas post-cosecha y de alimentos durante su almacenamiento, transporte, distribución y comercialización y promover la participación comunitaria para la erradicación del hambre.
Que tomando en cuenta que con oficio número 312.A.-0004689 del 29 de noviembre 2017, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitió la autorización presupuestaria correspondiente a las reglas de operación del Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas (PAIMEF), para el ejercicio fiscal 2018, y la Comisión Federal de Mejora Regulatoria mediante oficio número COFEME/17/6965 de fecha 19 de diciembre de 2017, emitió el dictamen respectivo, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE APOYO A LAS
INSTANCIAS DE MUJERES EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS (PAIMEF), PARA EL EJERCICIO
FISCAL 2018
ÚNICO: Se emiten las reglas de operación del Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas (PAIMEF), para el ejercicio fiscal 2018.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el 1 de enero de 2018.
SEGUNDO.- Se abroga el Acuerdo por el que se emiten las reglas de operación del Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas (PAIMEF), para el ejercicio fiscal 2017, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2016.
TERCERO.- En caso de que sea necesario emitir alguna Nota Aclaratoria relacionada con las reglas de operación del Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas (PAIMEF), para el ejercicio fiscal 2018, dicha Nota deberá ser firmada por el Titular del Instituto Nacional de Desarrollo Social.
CUARTO.- En caso de aplicar, el Programa utilizará los instrumentos de recolección (Cuestionario Único de Información Socioeconómica, CUIS/Cuestionario Complementario, CC) versión 2017 hasta que se cuente con la sistematización de los instrumentos correspondientes para el ejercicio fiscal 2018.
Dado en la Ciudad de México, a los veintiséis días del mes de diciembre de dos mil diecisiete.- El Secretario de Desarrollo Social, Luis Enrique Miranda Nava.- Rúbrica.
1. Introducción
En nuestro país se cuenta con legislación suficiente en materia de prevención y atención de las violencias contra las mujeres, que contribuye a establecer las bases necesarias para la actuación pública en la materia, tales como la reforma al artículo 1 y el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Desarrollo Social, el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, el Programa Sectorial de Desarrollo Social 2013-2018, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y su Reglamento; la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos,; la Ley General de Víctimas, y la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; así como el Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y no Discriminación contra las Mujeres 2013-2018, el Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres 2014-2018 y el Programa Nacional para la Prevención de la Violencia y la Delincuencia 2014-2018, entre otros.
En el mismo sentido, ha suscrito diversos instrumentos y tratados internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres y particularmente el de una vida libre de violencia, tales como la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) y su Protocolo Facultativo, así como las recomendaciones de su Comité; la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belem do Pará); la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, y los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular el 5: Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y las niñas, en lo que concierne a la siguiente meta: "eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas en los ámbitos público y privado, incluidas la trata y la explotación sexual y otros tipos de explotación".
Es en el cumplimiento de dichos compromisos institucionales donde se inscribe el Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas (PAIMEF), como una respuesta específica del gobierno federal para promover la formulación e implementación de políticas públicas a nivel local para
prevenir y atender la violencia contra las mujeres, en un marco de derechos humanos y desde la perspectiva de género.
De igual manera, el Programa contribuye al cumplimiento del Objetivo 2.2 del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en el que se establece como prioridad transitar hacia una sociedad equitativa e incluyente. Al respecto, las acciones de este programa se alinean a la Estrategia 2.2.2 del Plan Nacional de Desarrollo que busca articular políticas que atiendan de manera específica cada etapa del ciclo de vida de la población.
En cuanto a las prioridades sectoriales, este Programa se alinea al Objetivo 4 del Programa Sectorial de Desarrollo Social, el cual tiene como propósito construir una sociedad igualitaria donde exista acceso irrestricto al bienestar social mediante acciones que protejan el ejercicio de los derechos de todas las personas, así como a la Estrategia 4.4, que busca prevenir y atender la violencia contra las mujeres y sus allegados a través del fortalecimiento de las instancias de mujeres en las entidades federativas.
El Programa es operado, desde 2006, por el Instituto Nacional de Desarrollo Social (INDESOL), órgano administrativo desconcentrado de la SEDESOL, que tiene entre sus funciones colaborar con los gobiernos de las entidades federativas y municipios, mediante acciones de consulta, asesoría, asistencia técnica, capacitación y financiamiento, que incidan en el desarrollo institucional, en materia de política social y bienestar común, así como fomentar el desarrollo social desde la visión de protección integral de los derechos humanos de las víctimas y coadyuvar en su promoción.
El INDESOL, a través del PAIMEF, pretende contribuir a la generación de condiciones para el desarrollo humano, el ejercicio de derechos, el empoderamiento y la plena inclusión social de mujeres. Lo anterior, mediante la prevención y atención de la violencia de género, en el entendimiento de que ésta es un factor que atenta contra el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, impide su acceso a la igualdad de oportunidades y restringe su incorporación a los procesos de desarrollo social, obstaculizándolo que obstaculiza, finalmente, un desarrollo humano sustentable.
En ese sentido, si bien se entiende que la población objetivo del Programa son las mujeres en situación de violencia que solicitan los servicios especializados de atención del PAIMEF, es fundamental incidir en diversos sectores de la población para promover los cambios culturales conducentes; ello, toda vez que no son las mujeres quienes por ellas mismas tienen el problema, sino que esta situación es resultado de una construcción social y cultural.
De acuerdo con los hallazgos de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones (ENDIREH) 2016, de los 46.5 millones de mujeres de 15 años y más que residen en el país, se estima que 30.7 millones (66.1%) han padecido al menos un incidente de violencia emocional, económica, física, sexual o discriminación en los espacios escolar, laboral, comunitario, familiar o en su relación de pareja.
Si se analiza la situación de las mujeres que han sufrido violencia en los últimos 12 meses, se encuentra que 25.6% de las mujeres ha sufrido violencia de pareja, 10.3% violencia familiar, 17.4% violencia escolar, 22.5% violencia laboral y 23.3% violencia comunitaria.
Según los tipos de violencia que se presentan a lo largo de la vida de las mujeres, al menos en un ámbito y ejercida por cualquier agresor, el 49% es emocional, 29% económicaâpatrimonial o discriminación, 34% física y 41.3% sexual.
Del total de mujeres que han experimentado violencia física y/o sexual por un agresor distinto a la pareja, el 9.4% presentó una queja o denunció ante alguna autoridad y 2.2% sólo solicitó apoyo a alguna institución, mientras que el 88.4% no solicitó apoyo a alguna institución ni presentó queja o denuncia ante alguna autoridad.
Para ello se busca sensibilizar y promover la generación de capacidades de las y los servidores públicos, particularmente quienes tienen a su cargo la prevención y atención de la violencia contra las mujeres, así como propiciar cambios culturales en la población en general y en sectores específicos.
Para este mismo fin, se pretende generar y fortalecer espacios de diálogo a nivel local y comunitario con diversos actores, tales como las organizaciones de la sociedad civil y las instituciones académicas.
Cabe destacar que uno de los rasgos característicos del PAIMEF es que aborda la atención de la violencia contra las mujeres desde los ámbitos del desarrollo social y humano y desde la perspectiva de género, por lo
cual, dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación se ubica en el Ramo 20 (Desarrollo Social) y en el Anexo 13 (Erogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres).
El PAIMEF busca establecer vínculos entre los tres órdenes de gobierno de cara a la erradicación de las violencias contra las mujeres. Para ello, las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas (IMEF), como operadoras del Programa, implementan y promueven acciones interinstitucionales a nivel estatal y municipal desde un abordaje integral de esta problemática.
En el camino por lograr dicho abordaje integral, es relevante que los servicios de atención se encuentren más cerca de las mujeres y con servicios de calidad, ya que de acuerdo con datos de la ENDIREH 2016, aunque el 20.0% de las mujeres que fueron víctimas de agresiones físicas y/o sexuales por parte de su actual o última pareja, esposo o novio solicitó apoyo, denunció o emprendió ambas acciones, aún queda un 78.8% que necesita de servicios apropiados que brinden la atención necesaria para que puedan transitar hacia una vida libre de violencias.
Cabe señalar que las mujeres argumentan como razón principal para no denunciar ante ninguna institución o autoridad que "se trató de algo sin importancia que no le afectó" (ENDIREH,2016). Por ello, se requiere de un trabajo permanente para visibilizar las violencias y para que las mujeres las identifiquen y busquen apoyo en las instancias creadas para tal fin.
En el Anexo 1 se presenta un glosario con los conceptos y siglas utilizadas frecuentemente en las presentes Reglas.
2. Objetivos
2.1 Objetivo General
Contribuir a la construcción de una sociedad igualitaria mediante acciones de prevención y atención dirigidas a disminuir las violencias contra las mujeres.
2.2 Objetivo específico
Empoderar a las mujeres en situación de violencia que solicitan servicios de atención especializada en las unidades apoyadas por el PAIMEF.
2.3 Vertientes
Para el cumplimiento de los objetivos del PAIMEF, los Programas Anuales de Prevención y Atención de las Violencias contra las Mujeres que presenten las IMEF, deberán ceñirse a las vertientes que se describen a continuación:
Las acciones que se realizan en las tres vertientes del PAIMEF, que se describen a continuación, contribuyen al empoderamiento de las mujeres.
La vertiente A constituye una plataforma para que las instancias involucradas cuenten con formación, conocimiento e información que les permita brindar de forma óptima la prevención y la atención.
La vertiente B contribuye al desarrollo de entornos sociales y culturales libres de violencias para las niñas, adolescentes y mujeres.
La vertiente C fortalece la toma de decisiones y la autonomía de las mujeres y representa el acercamiento directo de las instituciones con la población objetivo del Programa.
A. Fortalecimiento de las estrategias de prevención y atención de las violencias contra las mujeres.
Esta vertiente está dirigida al personal de las IMEF, así como al de otras instituciones u organizaciones que, en la práctica, tienen incidencia en el Sistema Estatal o en la prevención y atención de la violencia contra las mujeres.
Las acciones de esta vertiente pretenden dotar de habilidades, conocimientos y herramientas para el abordaje de la problemática.
B. Prevención de las violencias contra las mujeres
Esta vertiente está encaminada a propiciar cambios culturales y sociales que contribuyen a la igualdad de
género, a visibilizar y evitar que ocurran las violencias contra las mujeres y a dar a conocer los servicios especializados de atención. Está dirigida a población abierta y a sectores específicos de la población; entre otros: mujeres y hombres jóvenes, mujeres y hombres adolescentes, niñas y niños, personas adultas mayores, madres y padres, personas involucradas en el sistema educativo de todos los niveles, comunidades indígenas, personas con discapacidad y otros actores estratégicos.
C. Orientación y atención especializada a mujeres en situación de violencia y, en su caso, a sus hijas e hijos y personas allegadas.
Esta vertiente tiene como propósito que las mujeres salgan del círculo de la violencia, creen mecanismos de contención y soporte, eviten que las afectaciones por las violencias avancen, restituyan sus derechos y fortalezcan su empoderamiento para una vida libre de violencias.
En caso de que sea necesario, estos servicios también podrán brindarse a sus hijas, hijos y personas allegadas. Ello sin menoscabo de las instituciones que tienen la responsabilidad de proteger la integridad y bienestar de niñas, niños y adolescentes.
Las vertientes A y B actúan en sinergia y apuntalan a la vertiente C, que es la principal, y cuyas acciones se dirigen a la orientación y atención especializada. Es decir, es en esta vertiente donde se trabaja directamente con la población objetivo.
Las estrategias y algunos ejemplos de acciones por cada vertiente se encuentran en el Anexo 3.
3. Lineamientos
3.1 Cobertura
El PAIMEF tiene cobertura nacional.
3.1.1 Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre
Con el propósito de dar cumplimiento a los objetivos y prioridades nacionales, el Programa, dentro del ámbito de sus atribuciones y de acuerdo con lo establecido en las presentes reglas de operación, podrá identificar e implementar acciones que contribuyan al logro de los objetivos de la Cruzada contra el Hambre. Dichas acciones priorizarán la atención a las personas que se encuentren en situación de pobreza extrema de alimentación, evaluados e identificados a partir de la información socioeconómica integrada al Sistema de Focalización de Desarrollo, SIFODE.
Lo anterior, con base en los Lineamientos de Integración, Uso y Compartición de Información Socioeconómica del SIFODE disponibles en la dirección: http://www.normateca.sedesol.gob.mx/work/models/NORMATECA/Normateca/1_Menu_Principal/2_Normas/2_Sustantivas/Lineamientos_SIFODE_1_2016.pdf.
Asimismo, cuando aplique, para las acciones de servicios básicos e infraestructura social básica se atenderá a las personas que habitan en las Zonas de Atención Prioritaria urbanas y rurales vigentes disponibles en la dirección electrónica: http://sisge.sedesol.gob.mx/SISGE/
Para implementar dichas acciones, el Programa podrá realizar los ajustes necesarios en su planeación y operación, así como, emitir convocatorias especificas o regionales para atender proyectos surgidos en el marco de la Cruzada contra el Hambre; estableciendo los acuerdos, la coordinación y vinculación interinstitucional correspondientes, sin menoscabo de lo establecido en las presentes Reglas de Operación y de las metas establecidas en función de la capacidad operativa y disponibilidad presupuestal.
La Unidad Responsable del Programa deberá informar sobre las acciones, presupuesto y avances en las metas e indicadores que se desarrollen para dar cumplimiento a los objetivos de la Cruzada.
3.1.2 Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia
En cumplimiento a los objetivos para prevenir la violencia y la delincuencia, el Programa podrá implementar acciones dedicadas a ese fin, las cuales atenderán a los hogares y sus integrantes que se encuentren en los polígonos ubicados en los municipios de atención de la Política Pública para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia.
Dichas acciones podrán realizarse en coordinación con otras dependencias y entidades, así como con otros órdenes de gobierno, y se llevarán a cabo de acuerdo con lo establecido en las presentes Reglas de Operación y en función de la capacidad operativa y presupuestal del Programa.
3.2 Población Objetivo
Mujeres en situación de violencia que solicitan los servicios especializados de atención del PAIMEF.
3.3 Criterios y requisitos de elegibilidad de los Programas Anuales
Todos los procesos descritos en estas Reglas de Operación se realizarán a través del Sistema Integral del INDESOL.
Cuando las IMEF soliciten prórroga en cualquiera de los plazos establecidos en las presentes Reglas de Operación, se requiere fundamentar dichos retrasos o incumplimientos sólo en causas de fuerza mayor.
Cada una de las 32 IMEF señaladas en el Anexo 2 podrá presentar un Programa Anual, conforme a los siguientes criterios y requisitos:
Criterio | Requisito (documento requerido) |
Presentar un Programa Anual en los términos del numeral 3.4, que se enmarque obligatoriamente en las tres vertientes señaladas en el numeral 2.3. En el Programa Anual se deberá garantizar la prestación de los servicios de atención, durante todo el periodo de ejecución. | Formular y entregar el Programa Anual conforme al Formato para presentación de los Programas anuales que forma parte de las presentes Reglas como Anexo 4. Adicionalmente, para el caso de las acciones de la vertiente C, será necesario requisitar del Anexo 5 Registro único de unidades apoyadas. |
Acreditar personalidad jurídica. | Presentar la siguiente documentación: · Decreto de creación o documento constitutivo de la IMEF. · Cédula de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de la IMEF. · Comprobante de domicilio de la IMEF. · Identificación oficial de la titular de la IMEF o de quien ostente la representación legal, en su caso. · Nombramiento de la titular o documento delegatorio a quien ostente por encargo la titularidad de la IMEF o la representación legal. |
Acreditar que ha concluido la ejecución de todas las acciones comprometidas en el Programa Anual apoyado durante el ejercicio fiscal inmediato anterior (si hubiere participado) o, en su caso, se han efectuado los reintegros correspondientes a las acciones no ejecutadas y los recursos no ejercidos al 31 de diciembre del ejercicio fiscal correspondiente. | Manifestar por escrito que las acciones comprometidas en el Programa Anual apoyado durante el ejercicio fiscal inmediato anterior, en caso de haber participado, se han cumplido en su totalidad, que se reintegraron los recursos no ejercidos o derivados de la no ejecución de una acción, y que se reintegraron los productos financieros generados por la cuenta bancaria. |
No haber recibido ni solicitado, en el presente ejercicio fiscal, apoyos de otros programas federales para los mismos conceptos que se recibirán de este Programa. | Manifestar por escrito, que no se han recibido apoyos de otros programas federales para los mismos conceptos que se recibirán de este Programa y con el compromiso de no solicitar alguno durante el presente ejercicio fiscal. |
En caso de que falte algún documento o información, el INDESOL notificará de inmediato a las IMEF para que solvente dicha falta, dentro de los diez días hábiles posteriores, en la inteligencia de que el Instrumento Jurídico no podrá suscribirse en tanto no se presente esa información al INDESOL.
3.4 Criterios de Selección de los Programas Anuales
En caso de que falte algún documento o información, el INDESOL notificará de inmediato a las IMEF para que se solvente dicha falta, dentro de los diez días hábiles posteriores, en la inteligencia de que el Instrumento Jurídico no podrá suscribirse en tanto no se presente esa información al INDESOL.
Para recibir el apoyo del PAIMEF, los Programas Anuales que las IMEF presenten deberán apegarse a los siguientes criterios:
a) Contener acciones en las tres vertientes del PAIMEF señaladas en el numeral 2.3 de las presentes Reglas de Operación.
b) Apegarse a los instrumentos y principios internacionales suscritos por nuestro país en la materia y a la normatividad nacional, tales como: la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW por sus siglas en inglés) y su Protocolo Facultativo, así como las Recomendaciones específicas (subsecuentes) del Comité al Estado Mexicano en materia de violencia contra las mujeres; la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belem do Pará); la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, el artículo 1 y 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; la Ley General de Desarrollo Social, el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, el Programa Sectorial de Desarrollo Social 2013-2018, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y su Reglamento; la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres; la Ley General de Víctimas; la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos; la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, y el Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres 2014-2018. Documentos que están disponibles en la página electrónica: https://www.gob.mx/indesol/acciones-y-programas/documentos-normativos-46684
c) Formular planteamientos desde la perspectiva de género y la perspectiva antidiscriminatoria, los derechos humanos de las mujeres y la interculturalidad.
d) Alinear el Programa Anual a la Guía Técnica y Operativa del PAIMEF, así como al Programa Estatal Institucional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y/o documento de planeación estratégica.
e) Generar estrategias, marcos metodológicos, programas, desde la perspectiva de género, para el abordaje específico de la violencia de género contra diferentes grupos de mujeres en situación de vulnerabilidad, exclusión social o discriminación, marginación y pobreza, tales como: las mujeres indígenas, afrodescendientes, niñas, adolescentes y adultas mayores; aquellas discriminadas por su orientación sexual e identidad de género, así como las que viven en situación de pobreza, las analfabetas, las refugiadas y desplazadas; aquellas que son víctimas de conflictos armados o situaciones de violaciones sistemáticas de derechos humanos; las mujeres que se encuentran privadas de su libertad, las que tienen alguna discapacidad, las trabajadoras del hogar y las que se encuentran en situación de prostitución/trabajo sexual/trata.
f) Basar la elaboración del Programa Anual en diagnósticos estatales y regionales sobre las violencias contra las mujeres, así como en encuestas, resultados de la ejecución de Programas Anuales anteriores, investigaciones u otras fuentes de información de carácter oficial, institucional o académico, sobre la situación de las violencias contra las mujeres a nivel estatal o regional.
g) Coordinarse con actores e instancias públicas federales, estatales y municipales, entre ellas las Instancias Municipales de las Mujeres; entidades privadas, académicas y sociales, que guarden congruencia con el marco normativo del PAIMEF para llevar a cabo las acciones de prevención y atención planteadas.
h) Señalar la forma en que los apoyos del PAIMEF se articulan con los provenientes de otros programas estatales y federales para prevenir y atender las violencias contra las mujeres.
i) Presentar un presupuesto pormenorizado que identifique y justifique, por cada vertiente y acción, cada uno de los conceptos que se solicitan.
j) Realizar procesos de articulación y coordinación con programas sociales federales, estatales y municipales para contribuir al ejercicio de los derechos humanos de las mujeres y su empoderamiento.
Las Mesas de Análisis revisarán que los Programas Anuales presentados se apeguen a estos criterios, que sus planteamientos constituyan aportaciones a los objetivos del PAIMEF y que se encuentren orientados a resultados. Con base en ello, emitirán las recomendaciones pertinentes para su ajuste (ver numeral 3.7.4).
El proceso a través del cual se realiza esta revisión, se señala en el Anexo 19.
3.5 Tipos y montos de apoyo
Los apoyos que otorga el PAIMEF son recursos federales catalogados como subsidios, que conforme a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria no pierden su carácter federal al ser transferidos a las entidades federativas, por lo que estarán sujetos a la normatividad federal aplicable.
3.5.1 Apoyo a las IMEF para implementar acciones de prevención y atención de las violencias contra las mujeres.
Las IMEF podrán considerar hasta un 5% del total de los recursos presupuestados en el Programa Anual para las actividades transversales inherentes al desarrollo integral de éste, tales como la coordinación, el monitoreo y el seguimiento del mismo. Estos gastos no son equivalentes a los señalados en el numeral 4.4, que se refieren a los gastos de operación del PAIMEF a nivel central.
El total de recursos para el apoyo del Programa Anual de cada una de las IMEF, con base en la disponibilidad presupuestal, será hasta por el monto total determinado conforme a la fórmula de distribución de recursos, la cual forma parte de las presentes Reglas como Anexo 18.
El INDESOL destinará hasta el 1% del total del presupuesto autorizado al PAIMEF, como apoyo transversal para el desarrollo de conocimientos y habilidades de las IMEF, en materia de prevención y atención de las violencias contra las mujeres.
3.6 Derechos y obligaciones de las IMEF
3.6.1. Derechos
a) Participar en las actividades a las que convoque el INDESOL, en el marco del PAIMEF.
b) Obtener información sobre la gestión de sus Programas Anuales en el momento que así lo requieran.
c) Recibir asesoría, orientación y capacitación del personal del PAIMEF y de las distintas áreas del INDESOL.
3.6.2 Obligaciones
Se señalan a continuación las obligaciones de la IMEF, sin menoscabo de las establecidas en el Instrumento Jurídico.
Cabe destacar que las disposiciones establecidas en ambos documentos son complementarias y mantienen el mismo nivel de obligatoriedad.
a) Ajustar los Programas Anuales presentados considerando las recomendaciones derivadas de las Mesas de Análisis, así como las emitidas por el INDESOL, conforme a lo previsto en los numerales 4.3.3 y 4.3.4.
b) Ejercer los recursos otorgados por el PAIMEF con apego estricto a lo establecido en las presentes Reglas, en el Instrumento Jurídico, así como en la demás normatividad aplicable y en la Guía Técnica y Operativa del PAIMEF 2017.
c) Proporcionar en tiempo y forma la información requerida por el INDESOL y proveer las facilidades necesarias para el monitoreo, seguimiento y evaluación durante todo el ejercicio fiscal. En particular, las IMEF deberán proporcionar la información que les sea solicitada por parte del PAIMEF para el cálculo del avance de los indicadores de la Matriz de Indicadores para Resultados del PAIMEF (Anexo 14).
d) Notificar al INDESOL cualquier asunto no previsto que altere la ejecución de las Acciones establecidas en el Instrumento Jurídico y en el Programa anual, para dar una solución conjunta.
e) Generar, promover, fortalecer y replicar mecanismos sistemáticos y permanentes de coordinación interinstitucional e intersectorial para la implementación del Programa anual, principalmente con las instancias que integran el Sistema Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
f) Cumplir con los plazos establecidos en las presentes reglas.
g) Dar seguimiento puntual a las Acciones que impliquen la coordinación con OSC, otras instancias
gubernamentales y otros actores sociales.
h) Garantizar la existencia de personal profesionalizado y con experiencia en la materia, en cumplimiento de los perfiles definidos en la Guía Técnica y Operativa del PAIMEF.
i) Asegurar que las o los proveedoras/es contratadas/os que participen en la ejecución del Programa Anual cuenten con el perfil y la experiencia suficientes para el cumplimiento de las Acciones autorizadas, en el marco de la operación del Programa.
j) Garantizar que, durante el proceso de contratación y ejecución de los Programas Anuales, el trato a las y los profesionistas se apegue a los derechos humanos.
k) Dar seguimiento a los compromisos convenidos en la contratación a terceros para la ejecución del Programa Anual autorizado. En caso de incumplimientos, asumir las responsabilidades jurídicas y administrativas que se deriven.
l) Asegurar el seguimiento y conclusión de las gestiones administrativas a que haya lugar, ante las instancias que corresponda, para el reintegro de los recursos que el INDESOL determine por observaciones al informe final del ejercicio fiscal inmediato anterior.
m) Notificar en tiempo y forma al INDESOL sobre cualquier cambio, en la representación legal, en el domicilio de las IMEF, así como en las personas responsables de la ejecución y administración del Programa Anual, en un plazo máximo de quince días naturales, contados a partir de la fecha de la modificación.
n) Atender los requerimientos y convocatorias para reuniones de trabajo, capacitación y actualización que sean implementadas por el INDESOL, en el marco de la operación del PAIMEF.
o) Reintegrar los recursos no ejercidos y los productos financieros generados por la cuenta bancaria utilizada para la administración de los recursos del PAIMEF, conforme a lo establecido en los numerales 4.3.6 y 4.5.2 de las presentes Reglas.
p) Utilizar las herramientas e instrumentos tecnológicos que el INDESOL disponga para el desahogo de todas las etapas de la mecánica de operación previstas en las presentes Reglas.
q) Verificar que la selección de las OSC para realizar las acciones del Programa Anual se apegue al perfil establecido en el Anexo 20 de las presentes Reglas de Operación.
r) Garantizar el resguardo de los datos personales de las usuarias de los servicios de atención especializada que se brindan con el apoyo del PAIMEF, conforme a los protocolos de confidencialidad y anonimato inherentes a la atención de casos de violencias, ello sin menoscabo de las disposiciones vigentes en materia de protección de datos personales.
s) Incorporar al Seguro Popular a las y los profesionistas que contrate.
t) Resguardar y entregar la información generada, obtenida, adquirida y transformada a partir de la operación y de los apoyos brindados por el PAIMEF, en los casos de cambio de Titular y/o de administración, en apego a la normatividad federal aplicable.
u) Todos los productos y acciones realizados en el marco del PAIMEF deberán dar el crédito a este Programa, a través de los medios que resulten pertinentes (impresos, electrónicos, entre otros).
v) Visibilizar el origen de los recursos con los cuales son adquiridos todos los bienes y servicios, mediante la inserción de rótulos y logotipos institucionales, en todos los materiales impresos y audiovisuales, así como en los espacios de las unidades de atención.
w) Proponer acciones que incluyan la participación de las OSC.
3.6.3 Causales de Suspensión de Recursos
En el caso de que el INDESOL o algún órgano de fiscalización detecten desvíos o incumplimientos en el ejercicio de los recursos, el INDESOL suspenderá los apoyos y solicitará el reintegro de los recursos otorgados y, en su caso, las cargas financieras correspondientes, de conformidad con la normatividad aplicable. Estos recursos se reintegrarán a la Tesorería de la Federación (TESOFE).
3.7 Instancias Participantes
3.7.1 Instancias Operadoras
La instancia operadora del PAIMEF es el INDESOL, mientras que las ejecutoras de los Programas Anuales son las IMEF.
3.7.2 Instancia Normativa
El INDESOL es la instancia normativa del PAIMEF, la cual está facultada para interpretar las presentes Reglas y resolver cualquier situación no prevista en las mismas.
3.7.3 Coordinación Institucional
El INDESOL establecerá los mecanismos de coordinación necesarios para garantizar que sus acciones no se contrapongan, afecten o presenten duplicidades con otros programas o acciones del gobierno federal en materia de prevención y atención de las violencias contra las mujeres; la coordinación institucional buscará potenciar el impacto de los recursos, fortalecer y ampliar la cobertura de las acciones, detonar la complementariedad y reducir gastos administrativos.
Con este mismo propósito, el INDESOL podrá establecer acciones de coordinación con las delegaciones, los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, las OSC, el sector privado y académico, y organismos internacionales las cuales tendrán que darse en el marco de las disposiciones de las presentes Reglas de Operación y de la normatividad aplicable.
El INDESOL insta a las IMEF a considerar la participación de organizaciones de la sociedad civil en sus Programas Anuales, toda vez que ello propicia un mayor acercamiento a las poblaciones locales y permite utilizar su experiencia al estar en contacto permanente con la comunidad.
La vinculación que las IMEF establezcan con las organizaciones de la sociedad civil para la ejecución de los Programas Anuales deberá sujetarse a los criterios publicados en el portal del INDESOL https://www.gob.mx/indesol
3.7.4 Mesas de Análisis de los Programas Anuales
El INDESOL constituirá Mesas de Análisis con la finalidad de que éstas emitan de manera colegiada recomendaciones para la mejora de los Programas Anuales, que se normarán e implementarán de acuerdo con el Protocolo de Mesas de Análisis (Anexo 6).
3.7.4.1 Integración de las Mesas de Análisis
La integración de las Mesas de Análisis es colegiada con la participación de al menos dos personas provenientes de cualquiera de los siguientes ámbitos:
⢠Del Gobierno Federal, que preferentemente realice funciones en la materia y que no pertenezca al INDESOL.
⢠Organismos internacionales.
⢠Organizaciones de la sociedad civil.
⢠Centros de investigación o instituciones académicas.
⢠Especialistas en violencias contra las mujeres y perspectiva de género, o en desarrollo de proyectos sociales.
⢠La composición de la Mesa de Análisis no podrá tener más de un o una participante de cada ámbito.
Las personas integrantes de las Mesas no podrán participar en el análisis de los Programas Anuales presentados por alguna de las IMEF con la que tengan conflicto de intereses o cuando se presente cualquier otro factor que pueda implicar parcialidad.
La labor de las personas integrantes de las Mesas de Análisis es voluntaria, honorífica y no implica retribución alguna.
3.7.4.2 Atribuciones y funciones de las Mesas de Análisis
a) Conocer las Acciones realizadas por las IMEF en ejercicios fiscales anteriores, así como otra información relevante para el análisis.
b) Emitir por escrito recomendaciones de manera colegiada y presencial que contribuyan a mejorar los Programas Anuales presentados por las IMEF desde la perspectiva social, gubernamental o académica que les es propia, a fin de que sean tomados en cuenta los criterios de selección del numeral 3.4.
En relación con el seguimiento de los Programas Anuales en curso, se promoverá la participación de integrantes de las Mesas de Análisis en actividades que para tal efecto convoque el INDESOL.
4. Mecánica de Operación
4.1 Distribución de recursos
La distribución de los recursos se realizará conforme a la fórmula de distribución de recursos para los Programas Anuales de las IMEF, la cual forma parte de las presentes Reglas como Anexo 18.
Las IMEF podrán solicitar al INDESOL una menor cantidad de recursos del presupuesto asignado, en virtud de sus necesidades y de su capacidad operativa para ejecutar su Programa Anual.
Si alguna IMEF cuenta con adeudos del ejercicio fiscal anterior para el último día de agosto, se realizará un análisis para reducir el recurso asignado a la misma y reasignarlo para ampliaciones presupuestales de otras IMEF.
4.2 Ejercicio y Aprovechamiento de Recursos
Para lograr el adecuado ejercicio y aprovechamiento de los recursos, el INDESOL realizará una calendarización eficiente; asimismo, preverá que las aportaciones se realicen y ejerzan de manera oportuna, en apego a la normatividad aplicable.
La revisión del avance de las acciones y del ejercicio de los recursos en cada IMEF se realizará a partir de los resultados presentados en los informes trimestrales. En caso de no existir un avance satisfactorio y la justificación correspondiente, el INDESOL podrá solicitar el reintegro de recursos a fin de reasignarlos con oportunidad a otras IMEF que hayan presentado su propuesta de ampliación en apego a lo establecido en el numeral 4.2.1.1
A partir del primero de julio, el INDESOL contabilizará los recursos disponibles a fin de considerar su reasignación; éstos pueden provenir de los siguientes casos: a) solicitud por parte de las IMEF de una cantidad menor a la asignada; b) reintegros solicitados por el INDESOL, c) reintegros efectuados voluntariamente por las IMEF durante la ejecución del Programa Anual, d) recursos derivados de aquellas IMEF que al último día de junio no cuenten con su Constancia de Conclusión y e) de aquellas IMEF que al último día hábil de agosto cuenten con adeudos del ejercicio fiscal anterior.
4.2.1 Modificación de recursos para la ejecución de los Programas Anuales
4.2.1.1 Ampliación de recursos
Para potenciar el impacto del Programa Anual en ejecución, las IMEF podrán solicitar al INDESOL una mayor cantidad de recursos, siempre y cuando se plantee fortalecer las acciones en alguna o en todas las vertientes y ampliar la cobertura de prevención y de atención.
Se dará prioridad a los Programas Anuales de las IMEF que consideren la complementariedad de sus acciones con otros programas sociales, a fin de potenciar sus beneficios, así como para favorecer el acercamiento de los servicios a las mujeres en situación de violencia en zonas de alta y muy alta marginación.
El INDESOL revisará y validará las propuestas presentadas por las IMEF y resolverá en un el plazo no mayor a veinte días hábiles posteriores a la recepción de la solicitud de ampliación. Ello se hará conforme a los siguientes criterios:
· La solidez y justificación de las propuestas de acciones y conceptos planteados.
· Con base en la suficiencia presupuestaria.
· El avance en la aplicación de los recursos autorizados.
· El avance y cumplimiento de la ejecución de las acciones.
· La viabilidad de la propuesta en términos de los procesos administrativos para la aplicación oportuna de los recursos.
4.2.1.2 Reducción de recursos
Antes de la suscripción del Instrumento jurídico, las IMEF podrán solicitar al INDESOL una menor cantidad de recursos del presupuesto asignado, en virtud de sus necesidades y de su capacidad operativa; ello puede suceder desde la presentación del Programa Anual hasta el término del ajuste de acciones y presupuesto.
· En caso de no contar con la Constancia de Conclusión el último día hábil de agosto, el recurso asignado se disminuirá de acuerdo con el periodo de ejecución remanente, y a partir de un análisis conjunto entre la IMEF y el INDESOL.
· Durante la ejecución del Programa Anual, las IMEF podrán solicitar la reducción de recursos, previa justificación al INDESOL; por ejemplo, ante la modificación o cancelación de una acción.
4.2.1.3 Reorientación de recursos
Las IMEF podrán solicitar en tiempo y forma cualquier incremento, reducción, eliminación o reorientación de acciones y recursos del Programa Anual autorizado presentando la debida justificación.
4.3 Proceso de Operación
En cualquier etapa del proceso de operación que ponga en riesgo el cumplimiento del Programa Anual, las IMEF podrán solicitar la apertura del Sistema Integral del INDESOL, previa justificación al INDESOL y su correspondiente autorización.
Asimismo, en caso de retraso en los plazos establecidos en cualquier etapa del proceso de operación, el INDESOL realizará la justificación correspondiente.
4.3.1 Recepción de los Programas Anuales
A partir de la asignación de recursos, las IMEF deberán actualizar la información del directorio y presentarán sus Programas Anuales a más tardar el último día hábil de febrero.
Si por causas de fuerza mayor, la IMEF no entrega su Programa Anual en el plazo al que se refiere el párrafo anterior, a más tardar el último día hábil de febrero, debe presentar al INDESOL la justificación del atraso, la manifestación de su decisión de participar en el presente ejercicio fiscal y la fecha en que presentará su Programa Anual, misma que no podrá exceder el 30 de junio del ejercicio fiscal.
En estos casos, el INDESOL valorará la viabilidad de su participación y el monto de los recursos que se le asignarán, en un plazo no mayor a diez días hábiles posteriores a la recepción de su justificación y manifestación de su interés por participar.
Si alguna IMEF decide no participar deberá notificarlo. En caso de que no se pronuncie al respecto, dentro de los cinco días hábiles posteriores al último día del plazo de entrega establecido, el INDESOL dará por entendido que la IMEF no participará.
4.3.2 Validación
El INDESOL validará los criterios y requisitos de elegibilidad de conformidad con lo señalado en el numeral 3.3 de las presentes Reglas.
En caso de presentarse algún cambio que afecte la vigencia de su personalidad, el INDESOL validará la documentación que para tales efectos envíen las IMEF.
Las IMEF se comprometerán a mantener actualizada la información que acredita su personalidad jurídica para cuando el INDESOL realice este proceso. La validación procede también cuando hay alguna modificación.
4.3.3 Análisis de los Programas Anuales
El análisis de los Programas Anuales lo efectuarán las Mesas de Análisis previstas en el numeral 3.7.4, con base en el Anexo 6 de las presentes Reglas.
El INDESOL notificará a las IMEF sobre lugar, fecha y hora en que sesionará la Mesa de Análisis correspondiente, según lo descrito en el Anexo 6 Protocolo de Mesas de Análisis de los Programas Anuales, de las presentes Reglas de Operación.
El INDESOL enviará a las IMEF las recomendaciones emitidas por las Mesas de Análisis, en un plazo no mayor a cinco días hábiles posteriores a la sesión presencial.
4.3.4 Ajuste de los Programas Anuales
4.3.4.1 Ajuste estructural
A partir de las recomendaciones emitidas por las Mesas de Análisis y las efectuadas por el INDESOL, las IMEF contarán con quince días hábiles para realizar el ajuste estructural del Programa Anual, consistente en la definición de acciones, materiales probatorios y presupuesto; con ello, quedará definido el Anexo Técnico.
En caso de no presentar el ajuste estructural del Programa Anual en el plazo previsto, las IMEF deberán solicitar una prórroga a más tardar el último día hábil del plazo definido y deberán señalar la causa por la cual se aplaza la entrega. Esta prórroga será hasta por diez días hábiles.
Si en este proceso las IMEF deciden no participar durante el ejercicio fiscal en curso, deberán notificar al INDESOL dentro del mismo plazo.
El INDESOL contará con diez días hábiles para la revisión del ajuste estructural del Programa Anual.
En caso de haber observaciones derivadas de la revisión efectuada por el INDESOL al ajuste estructural del Programa Anual, éstas deberán ser solventadas por las IMEF, en un plazo no mayor a cinco días hábiles.
Una vez solventadas, el INDESOL podrá emitir observaciones en un plazo no mayor a cinco días hábiles.
En caso de no presentar el ajuste estructural del Programa Anual en el plazo previsto, las IMEF deberán solicitar una prórroga a más tardar el último día hábil del plazo definido y deberán señalar la causa por la cual se aplaza la entrega. Esta prórroga será hasta por diez días hábiles.
Una vez validado y autorizado el ajuste estructural del Programa Anual, queda integrado el Anexo Técnico y se notifica a las IMEF; con ello, dará inicio el proceso para la suscripción del Instrumento Jurídico.
El Anexo 7 Constancia de Conformidad se deberá entregar dentro de los cinco días hábiles posteriores a la firma del Instrumento Jurídico.
4.3.4.2 Ajuste total
El ajuste total del Programa Anual deberá realizarse durante los diez días hábiles posteriores a la suscripción del Instrumento Jurídico; comprende el desarrollo y, en su caso, complementación de los apartados correspondientes conforme al Anexo 4 de las presentes Reglas.
En caso de no presentar el ajuste total del Programa Anual en el plazo previsto, las IMEF deberán solicitar una prórroga a más tardar el último día hábil del plazo definido y deberán señalar la causa por la cual se aplaza la entrega. Esta prórroga será hasta por cinco días hábiles.
El INDESOL contará con diez días hábiles para la revisión del ajuste total del Programa Anual, revisará dicho ajuste y, en su caso, emitirá observaciones en un plazo máximo de cinco días hábiles.
Este proceso entre la IMEF y el INDESOL podrá realizarse en repetidas ocasiones hasta que quede a entera satisfacción de ambas partes.
Cabe señalar que la conclusión del ajuste total es un requerimiento para realizar cualquier otro tipo de proceso subsecuente; por ejemplo: solicitud de ampliación, reorientación y reducción de recursos, presentación de informes, entre otros.
4.3.5 Suscripción del Instrumento Jurídico
Una vez que se defina el Anexo Técnico y las IMEF cuenten con la Constancia de Conclusión del ejercicio fiscal anterior, se podrá suscribir el Instrumento Jurídico conforme al Anexo 8 y 8 bis de las presentes Reglas.
En caso de no contar con la Constancia de Conclusión el último día hábil de junio, el recurso asignado se disminuirá de acuerdo con el periodo de ejecución remanente, y a partir de un análisis conjunto entre la IMEF y el INDESOL.
4.3.5.1 Suscripción de Convenios Modificatorios
El INDESOL y las IMEF podrán suscribir Convenios Modificatorios ante cualquier cambio que afecte la estructura del Anexo Técnico (acciones, materiales probatorios y presupuesto), siempre y cuando se haya concluido el ajuste total y entregado el Anexo 7. Constancia de Conformidad.
Las IMEF solicitarán al INDESOL la suscripción de un Convenio Modificatorio con base en el formato del Anexo 9 de las presentes Reglas. Dichas modificaciones deberán quedar reflejadas en el Anexo 4 de las presentes Reglas.
4.3.6 Entrega y Ejercicio de los Recursos
Las IMEF deberán utilizar una cuenta bancaria productiva para el uso exclusivo de los recursos federales del Programa, con el fin de eficientar la aplicación de los recursos en los tiempos de ejecución establecidos. En aquellos casos en que, por normatividad estatal, los recursos del PAIMEF deban radicarse en las secretarías de finanzas u órganos administrativos equivalentes, será necesario que las IMEF gestionen ante dichas instancias la apertura de una cuenta bancaria productiva para uso exclusivo de los recursos del PAIMEF.
Entrega de los recursos:
⢠El INDESOL entregará los recursos en una o más ministraciones. Cabe destacar que el otorgamiento de los recursos se realizará de acuerdo con la programación y suficiencia presupuestal.
⢠La primera ministración se otorgará en un plazo que no podrá exceder los treinta días hábiles posteriores a la firma del Instrumento Jurídico.
Ejercicio de los recursos:
⢠Las IMEF deberán utilizar la cuenta aperturada para tal fin.
⢠Ejercer los recursos durante la vigencia del Instrumento Jurídico.
⢠Las IMEF comprobarán el ejercicio de los recursos según lo establecido en el Instrumento Jurídico correspondiente y la normatividad federal aplicable.
⢠La comprobación de los gastos, los materiales probatorios y la documentación derivada de la ejecución de las acciones deberán mantenerse a disposición de las instancias correspondientes, por un periodo mínimo de cinco años.
4.3.7 Visitas de acompañamiento
El INDESOL podrá realizar visitas de acompañamiento a las IMEF, relacionadas con la ejecución de los Programas Anuales autorizados, a solicitud de las IMEF o por iniciativa del INDESOL.
4.3.8 Informe de Gestión del Programa Anual
Las IMEF deberán mantener actualizada la información derivada del desarrollo de las acciones, de la ejecución de los recursos, del avance de resultados, así como la documentación probatoria, en el Sistema Integral del INDESOL con base en el Anexo 10. Informe de Gestión del Programa Anual. Ello a fin de estar en posibilidades de elaborar los informes que son requeridos periódicamente por diferentes instancias, entre ellas la SHCP, la SEDESOL, la SEGOB, la SFP, el INMUJERES, así como los que se soliciten en diferentes momentos, por otros actores.
Las IMEF deberán incorporar dicha información y documentación a más tardar el último día hábil de cada mes.
El INDESOL revisará los avances reportados dentro de los siete días hábiles posteriores y podrá emitir
observaciones, las cuales deberán ser solventadas por la IMEF durante los siete días hábiles siguientes.
Respecto al material probatorio de las acciones, éste deberá presentarse en el Sistema Integral de Información una vez concluida la acción.
A partir de ello, el INDESOL contará con siete días hábiles para su revisión y, en su caso, deberá emitir las observaciones correspondientes, con excepción del último informe del ejercicio fiscal.
4.3.9 Informe parcial
El INDESOL realizará un corte de información al informe de gestión, que comprenda la mitad del periodo de ejecución del Programa Anual, donde se tomará como fecha inicial la de la firma del Instrumento Jurídico y como fecha final el 31 de diciembre del año en curso, el cual se registrará el día hábil posterior a la fecha establecida. Éste constituirá el Informe parcial.
El INDESOL revisará los avances reportados, el desarrollo del Programa Anual y la ejecución de recursos con el propósito de valorar el otorgamiento de la siguiente ministración.
Las IMEF deberán integrar la totalidad de la documentación probatoria y comprobatoria de las acciones concluidas en este periodo en el Sistema Integral del INDESOL.
4.3.10 Informe final
El último informe mensual del ejercicio fiscal se constituirá como el Informe final, el cual dará cuenta del proceso acumulado y global de cada una de las acciones del Programa Anual.
Las IMEF deberán presentarlo dentro de los cinco días hábiles posteriores al cierre del ejercicio fiscal; las mismas tienen la obligación de garantizar que en el Sistema Integral del INDESOL esté integrada la totalidad de la información que dé cuenta del desarrollo y resultados del Programa Anual, de acuerdo con los formatos correspondientes.
Para el caso de material probatorio y comprobación financiera pendiente, ésta deberá ser integrada a más tardar dentro de los diez días hábiles posteriores al cierre del ejercicio fiscal.
A partir de ello, el INDESOL revisará el informe final y emitirá observaciones en un plazo máximo de veinte días hábiles. Las IMEF contarán con diez días hábiles para solventar las observaciones.
Este proceso entre la IMEF y el INDESOL podrá realizarse en repetidas ocasiones hasta que la IMEF haya solventado todas las observaciones derivadas de las revisiones y presentado la documentación correspondiente.
Una vez realizado lo anterior, el INDESOL validará el informe y estará en posibilidad de emitir la Constancia de Conclusión.
4.3.11 Reporte ejecutivo final
Las IMEF presentarán un Reporte ejecutivo final al concluir el desarrollo del Programa Anual, dentro de los diez días hábiles posteriores al término del ejercicio fiscal, conforme al Anexo 11 de las presentes Reglas. La presentación de este Reporte es indispensable para obtener la Constancia de Conclusión.
Este Reporte tendrá un carácter de autoevaluación que dé cuenta de los alcances obtenidos en la política estatal de prevención y atención de las violencias contra las mujeres con el apoyo del PAIMEF durante el ejercicio fiscal en curso, en concordancia con los resultados reportados en los informes de gestión, parcial y final.
Asimismo, las IMEF suscribirán la conformidad institucional sobre los materiales probatorios entregados, que se encuentran comprometidos en el Anexo Técnico del Instrumento Jurídico y en el Programa Anual autorizado mediante la entrega del Anexo 12 de las presentes Reglas.
4.3.12 Constancia de Conclusión del Instrumento Jurídico
Una vez que el informe final se considere completo y validado, y que hayan sido cubiertos los adeudos financieros, probatorios y cualitativos del ejercicio fiscal inmediato anterior, el INDESOL emitirá la Constancia de Conclusión del Instrumento Jurídico que las IMEF suscribirán de conformidad. (Anexo 13).
Este documento constituirá el cierre formal del ejercicio fiscal, mismo que deberá presentarse para
suscribir el Instrumento Jurídico del ejercicio fiscal subsecuente.
4.4 Gastos de Operación
El INDESOL destinará recursos de hasta el 5.27% del presupuesto asignado al PAIMEF para gastos de operación inherentes al desarrollo del mismo.
4.5 Registro de Operaciones
4.5.1 Recursos no Devengados
Las IMEF deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos que no se hubiesen destinado a los fines autorizados, y aquellos que por cualquier motivo no estuviesen devengados al 31 de diciembre, dentro de los quince días naturales siguientes al fin del ejercicio fiscal. Dentro del mismo plazo, deberán remitir copia del reintegro al INDESOL para su registro correspondiente.
Asimismo, las IMEF estarán obligadas a reintegrar los recursos federales que le sean solicitados a partir de la verificación de los informes de gestión, parcial y final o de auditorías realizadas por los órganos competentes, directamente a la TESOFE.
El INDESOL estará obligado a reintegrar a la TESOFE los ahorros y economías de los gastos de operación, que al cierre del ejercicio no hayan sido devengados, en los términos de las disposiciones aplicables.
4.5.2 Cierre de Ejercicio
El INDESOL integrará el cierre del ejercicio correspondiente a los recursos del PAIMEF.
5. Evaluación
Conforme a lo establecido en el artículo 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y con la finalidad de identificar y atender posibles áreas de mejora en el diseño, gestión y resultados del Programa, y de esta forma fortalecer su mecanismo de intervención, se deberá realizar, al menos, una de las evaluaciones externas consideradas en el Programa Anual de Evaluación (PAE), que emitan la SHCP y el CONEVAL. Lo anterior permitirá fortalecer la rendición de cuentas y la transparencia en el ejercicio de los recursos, ejercidos por el Programa.
Las evaluaciones externas que se realicen al Programa serán coordinadas por la Dirección General de Evaluación y Monitoreo de los Programas Sociales (DGEMPS), en conjunto con el Programa, conforme a lo señalado en los "Lineamientos generales para la evaluación de los Programas Federales de la Administración Pública Federal" (Lineamientos) publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de marzo de 2007 y deberán realizarse de acuerdo con lo establecido en el PAE. Los Lineamientos y el PAE pueden consultarse en la página electrónica http://www.coneval.org.mx
Adicionalmente a las evaluaciones establecidas en el PAE y conforme a lo dispuesto en el Lineamiento Vigésimo Cuarto de los Lineamientos, se podrán llevar a cabo evaluaciones complementarias que resulten apropiadas conforme a las necesidades del Programa y los recursos disponibles, las cuales también serán coordinadas por la DGEMPS en conjunto con el Programa.
La DGEMPS publicará los resultados de las evaluaciones externas de acuerdo con los plazos y términos previstos en la normatividad vigente, a través del portal de Internet de la SEDESOL (http://www.gob.mx/sedesol); asimismo, para el caso de las entidades sectorizadas, adicionalmente éstas deberán publicar en sus portales de internet los resultados en comento.
6. Indicadores
Los indicadores de Propósito y Componente de la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) del Programa están contenidos en el Anexo 14 de las presentes Reglas de Operación. La información correspondiente a estos indicadores será reportada por el INDESOL en el Portal Aplicativo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (PASH).
La totalidad de los indicadores de la MIR se encuentran disponibles para su consulta en la siguiente liga: https://www.gob.mx/indesol/acciones-y-programas/programa-de-apoyo-a-las-instancias-de-mujeres-en-las-entidades-federativas-paimef
7. Seguimiento, Control y Auditoría
Con el propósito de corroborar la correcta operación del programa, se llevará a cabo el seguimiento al ejercicio de los recursos y a las acciones ejecutadas, resultados, indicadores y metas alcanzadas.
7.1 Seguimiento físico y operativo
El PAIMEF deberá realizar un ejercicio de seguimiento físico y operativo de sus apoyos, acciones o servicios entregados, cuya metodología deberá ser elaborada con base en los elementos técnicos mínimos que defina la DGEMPS. Asimismo, la DGEMPS establecerá el mecanismo para la validación de dicha metodología, previo a su aplicación en campo y revisará el informe final del ejercicio, analizando su consistencia metodología y sus resultados.
7.2 Control y Auditoría
Los ejecutores serán responsables de la supervisión directa de las obras, proyectos o acciones, así como de verificar que en su ejecución se cumpla la normatividad aplicable, mientras que las Unidades Responsables del Programa serán las encargadas de supervisar y verificar el avance y la correcta terminación y entrega de las obras, proyectos y/o acciones, así como de la solicitar de la comprobación documental del gasto ejercido debidamente certificada, en los plazos establecidos en las Reglas de Operación, dejando evidencia de la confirmación de su autenticidad en los medios electrónicos implementados por la autoridad fiscal y asegurar su debido resguardo. Considerando que los recursos federales de este Programa, ejecutados por las entidades federativas o sus municipios no pierden su carácter federal al ser entregados a los mismos, su ejercicio está sujeto a las disposiciones federales aplicables y podrán ser auditados en el marco del Sistema Nacional de Fiscalización por las siguientes Instancias, conforme a la legislación vigente y en el ámbito de sus respectivas competencias: por la Auditoría Superior de la Federación; por el Órgano Interno de Control en la SEDESOL; por la SFP en coordinación con los órganos de control de los gobiernos locales.
La instancia Ejecutora dará todas las facilidades a dichas Instancias Fiscalizadoras para realizar las auditorías, revisiones o visitas de inspección de acuerdo a los programas anuales de auditorías o en el caso que juzgue pertinente; Asimismo, efectuarán las acciones necesarias para dar atención a las recomendaciones planteadas por dichas instancias fiscalizadoras, independientemente de las sanciones a que hubiere lugar, por la inobservancia de esta disposición la Unidad Responsable del Programa determinará con base en lo anterior si suspende o limita la ministración de los recursos federales en el siguiente ejercicio presupuestal.
Las Instancias Fiscalizadoras podrán verificar que los recursos asignados para cumplir con los objetivos y la cobertura establecida en la Cruzada contra el Hambre hayan sido ejercidos con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, así como evaluar los procesos establecidos, con un enfoque preventivo y correctivo, con la finalidad de apoyar en el cumplimiento de sus objetivos estratégicos y en la mejora y calidad de los trámites y servicios, objeto de las presentes Reglas de Operación.
8. Transparencia
8.1 Difusión
Estas reglas de operación, además de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, están disponibles para su consulta en la página electrónica de la SEDESOL: www.gob.mx/sedesol, así como en la página electrónica https://www.gob.mx/indesol/acciones-y-programas/reglas-de-operacion-46781
Las IMEF, en coordinación con el INDESOL, serán las encargadas de realizar la promoción y difusión del PAIMEF, informando las acciones institucionales a realizar y las comunidades beneficiadas. Deberán visibilizar el origen de los recursos con los cuales son adquiridos todos los bienes y servicios, mediante la inserción de logotipos institucionales.
Conforme a la Ley General de Desarrollo Social, así como al Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2018, la publicidad y la información relativa a este Programa deberá identificarse con el Escudo Nacional en los términos que establece la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional e incluir la siguiente leyenda "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social".
8.2. Contraloría Social
Se promoverá la participación de las personas beneficiarias del Programa a través de la integración y operación de Comités de Contraloría Social, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el Programa, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo.
El Programa deberá sujetarse a lo establecido en los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de octubre de 2016, con el fin de promover y realizar las acciones necesarias para la integración y operación de la contraloría social, bajo el Esquema validado por la Secretaría de la Función Pública (Anexo 15).
8.3. Procesos para la integración del Sistema de Focalización de Desarrollo, del Padrón Único de Beneficiarios y del Sistema de Información Social Georreferenciada
8.3.1. Sistema de Focalización de Desarrollo (SIFODE)
El SIFODE se integra a partir de la información socioeconómica de las personas y hogares para la determinación de universos potenciales de atención. La focalización mediante el SIFODE será de uso obligatorio para aquellos programas que entregan apoyos a personas u hogares.
8.3.1.1. Recolección e Integración de información socioeconómica
El PAIMEF, podrá utilizar los instrumentos Cuestionario Único de Actores Sociales (CUAS) y Cuestionario Único de Obras y Servicios (CUOS) (Anexos 16 y 17 respectivamente), para la obtención de información de Poblaciones Beneficiarias en Áreas de Atención Social y de Actores Sociales, como apoyo para la conformación de su padrón.
Asimismo, el Programa podrá realizar la recolección de información socioeconómica para que en su caso pueda dar un mejor servicio a las mujeres en situación de violencia, conforme a su condición de pobreza o vulnerabilidad, de acuerdo a lo establecido en los Lineamientos para los Procesos de Recolección de Información Socioeconómica y Captura, disponibles en http://www.normateca.sedesol.gob.mx/work/models/NORMATECA/Normateca/1_Menu_Principal/2_Normas/2_Sustantivas/Lineamientos_RISC.pdf
Lo anterior, salvaguardando los derechos de las mujeres en situación de violencia, de acuerdo a lo que estipula la Ley General de Víctimas.
La información socioeconómica de personas y hogares podrá ser recolectada de manera electrónica mediante el Cuestionario Único de Información Socioeconómica (CUIS) considerando a todos los miembros que integren el hogar encuestado.
Dicha recolección será llevada a cabo por el personal que el Programa haya designado para tal efecto y que se encuentre previamente acreditado por la Dirección General de Geoestadística y Padrones de Beneficiarios.
Previo a la captura de nuevos CUIS, el Programa deberá consultar la información disponible en el SIFODE para utilizarla.
La información recolectada podrá ser integrada al SIFODE siempre y cuando cumpla con los criterios de calidad de datos establecidos en los Lineamientos de Integración, Uso y Compartición de Información Socioeconómica del SIFODE, que pueden consultarse en: http://www.normateca.sedesol.gob.mx/work/models/NORMATECA/Normateca/1_Menu_Principal/2_Normas/2_Sustantivas/Lineamientos_SIFODE_1_2016.pdf
Dado que la Clave Única de Registro de Población (CURP) es la llave de intercambio de información entre las dependencias del Gobierno Federal, se deberá solicitar a la potencial persona beneficiaria que la muestre al momento del llenado del instrumento de información socioeconómica que corresponda, sin que la presentación de esta clave sea condicionante para la aplicación del cuestionario y, en su caso, tampoco para la incorporación ni para el otorgamiento de los apoyos del Programa.
8.3.1.2. Evaluación de información socioeconómica
La determinación de los universos potenciales de atención de los Programas que focalizan personas u hogares, se realizará exclusivamente en el SIFODE mediante la evaluación de la elegibilidad de las personas u hogares con base en:
⢠La metodología para la medición multidimensional de la pobreza establecida por el CONEVAL, de acuerdo con los Lineamientos de Evaluación de Condiciones Socioeconómicas de los Hogares disponibles en: http://www.normateca.sedesol.gob.mx/work/models/NORMATECA/Normateca/1_Menu_Principal/2_Normas/2_Sustantivas/Lineamientos_Evaluacion_CSH.pdf, y
⢠El cumplimiento de los criterios de elegibilidad establecidos en el apartado 3.4 Criterios y requisitos
8.3.2 Conformación del padrón del Programa
El Programa conformará su(s) padrón(es) de beneficiarios a partir de los datos que refieran a las personas beneficiarias y los apoyos que les fueron entregados de acuerdo al tipo de beneficiario:
Personas, Actores Sociales, o Población Beneficiaria en Áreas de Atención Social. Los padrones conformados por el Programa deberán identificar a quién, qué, cómo, cuándo y dónde se otorgaron los apoyos, así como su importe y/o conceptos.
En el presente ejercicio fiscal, toda incorporación de nuevos beneficiarios deberá acreditarse por el Programa mediante el ENCASEH/CUIS/CUAS correspondiente mediante la inclusión del folio ID CUIS SEDESOL en su padrón.
8.3.3 Padrón Único de Beneficiarios (PUB)
El Padrón Único de Beneficiarios (PUB) es una herramienta que, por conducto de la Dirección General de Geoestadística y Padrones de Beneficiarios, integra la información de los padrones de beneficiarios de los Programas de Desarrollo Social.
8.3.3.1 Integración de padrones al PUB
La Unidad Responsable del Programa deberá estructurar y enviar su(s) padrón(es) para ser integrado(s) al PUB de acuerdo a los Lineamientos para la Integración del Padrón Único de Beneficiarios que la SEDESOL emite para tal efecto disponibles en http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5471303&fecha=09/02/2017.
La DGGPB será el enlace oficial de la SEDESOL ante la Secretaría de la Función Pública para la integración de padrones al Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales (SIIPP-G) de acuerdo con la información integrada al PUB.
8.3.3.2 Análisis de Padrones
Con la finalidad de promover la transparencia en la operación del Programa e identificar complementariedades y sinergias en el otorgamiento de apoyos, la DGGPB realizará un análisis de los padrones integrados al PUB una vez al año y/o a solicitud del Programa.
8.3.4 Sistema de Información Social Georreferenciada (SISGE)
El SISGE es un sistema geográfico que integra información georreferenciada de infraestructura social, cobertura de los programas e información censal, así como los catálogos correspondientes a entidades, municipios y localidades para su visualización, consulta y análisis desde un contexto geográfico.
El SISGE está disponible en: http://sisge.sedesol.gob.mx/sisge
8.3.4.1 Domicilio geográfico
El domicilio geográfico registrado en los padrones de beneficiarios del Programa, así como el establecido en el CUIS, deberá regirse bajo lo establecido en la estructura de datos de la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos vigente emitida por el INEGI. La Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos podrá ser consultada a través de la página de internet: http://www.inegi.org.mx/geo/contenidos/normastecnicas/dom_geo.aspx
Las claves y nombres geográficos de entidades federativas, municipios y localidades referidos en la Norma, deberán corresponder a las establecidas en el Catálogo Único de Claves de Áreas Geoestadísticas Estatales, Municipales y Localidades (CENFEMUL) vigente, el cual podrá consultarse en la documentación del apartado de Catálogo de Localidades del módulo de seguimiento histórico de localidades en: http://sisge.sedesol.gob.mx/sisge/
Para realizar aclaraciones de las localidades que in situ no existan o difieran en la ubicación geográfica,
claves o nombres geográficos a los registrados en el CENFEMUL, el Programa se deberá apegar al procedimiento de actualización permanente del catálogo de claves de entidades federativas, municipios y localidades del INEGI, para lo cual podrá contactar a la persona responsable del procedimiento de actualización del catálogo en la Delegación SEDESOL correspondiente, o bien con la DGGPB. Los datos generales de los responsables del procedimiento de actualización de localidades en las delegaciones de SEDESOL podrán ser consultados http://sisge.sedesol.gob.mx/descargas/N4/AnexoV.pdf
La documentación que indica el procedimiento de actualización permanente del CENFEMUL, podrá consultarse en la documentación del módulo de seguimiento histórico de localidades en: http://sisge.sedesol.gob.mx/sisge/
El Programa deberá considerar que aquellas localidades levantadas en el último evento censal pudieran sufrir cambios en su clave geográfica, lo que representa modificaciones en su información censal. Las localidades que cambien de clave por adscripción a nuevos municipios, cambio de municipio o cambio de entidad, así como aquellas localidades declaradas como bajas, inexistentes, tapias o ruinas, no serán incluidas en la actualización mensual del CENFEMUL o en su caso, serán publicadas con la clave actualizada.
8.3.4.2 Infraestructura Social
Los Programas que cuenten con infraestructura social deberán proveer dicha información para su integración al SISGE conforme los siguientes requerimientos:
1. Se entenderá como infraestructura social a los inmuebles o establecimientos donde los Programas proporcionen algún tipo de servicio o entrega de apoyos a sus beneficiarios.
2. La información de infraestructura social deberá contar con: a) La georreferenciación de la infraestructura social a través de la coordenada geográfica (latitud-longitud); o capa geográfica de polígonos, líneas o puntos. b) La estructura de datos del domicilio geográfico conforme a la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos, emitida por el INEGI. c) Los atributos descriptivos asociados a cada elemento de infraestructura social.
3. La actualización de infraestructura social se realizará mensualmente, conforme a los periodos de corte de operación de cada Programa.
4. La integración de información será a través del responsable de análisis espacial en la DGGPB.
8.4. Acciones de Blindaje Electoral
En la operación y ejecución de los recursos federales y proyectos sujetos a las presentes reglas de operación, se deberán observar y atender las medidas de carácter permanente, contenidas en las leyes Federales y/o Locales aplicables, los acuerdos emitidos por las autoridades administrativas electorales tanto de carácter federal como local, así como aquellas específicas que sean emitidas de forma previa para los procesos electorales federales, estatales y municipales, por la Unidad del Abogado General y Comisionado para la Transparencia, con la finalidad de prevenir el uso de recursos públicos y programas sociales con fines particulares, partidistas y/o político-electorales.
Con estas acciones se preservan los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que rigen el servicio público; se refrenda el compromiso con la transparencia, la rendición de cuentas y el respeto a los derechos humanos, asimismo se previenen e inhiben las conductas que deriven en delitos o sanciones administrativas.
9. Perspectiva de Género
En el ámbito de su competencia, el Programa incorporará la Perspectiva de Género con el propósito de contribuir a que las mujeres accedan a sus derechos sociales y se beneficien de manera igualitaria de ese derecho; privilegiando, en su caso, la inclusión de medidas especiales de carácter temporal (acciones afirmativas), que aceleren el logro de la igualdad sustantiva para el ejercicio pleno de todos los derechos de las mujeres y su participación igualitaria en el desarrollo económico, social, en la toma de decisiones, en los procesos de desarrollo del Programa y en general, en los objetivos planteados en la Agenda 2030 para el desarrollo sostenible.
10. Enfoque de Derechos Humanos
Con el objetivo de generar las condiciones necesarias para el acceso equitativo en términos de disponibilidad, accesibilidad y calidad en las acciones que realiza este Programa, se implementarán
mecanismos que hagan efectivo el acceso a la información gubernamental y se asegurará que el acceso a los apoyos y servicios se dé únicamente con base en lo establecido en estas Reglas, sin discriminación o distinción alguna.
De igual manera, se fomentará que las y los servidores públicos involucrados en la operación del Programa, promuevan, respeten, protejan y garanticen el ejercicio efectivo de los derechos humanos de las y los beneficiarios, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, brindando en todo momento un trato digno y de respeto a la población objetivo, con apego a los criterios de igualdad y no discriminación.
Asimismo, el Programa fomentará la vigencia efectiva y respeto irrestricto de los derechos de las personas en condición de vulnerabilidad, como lo son jóvenes, personas con discapacidad, personas en situación de calle, migrantes, adultos mayores, afrodescendientes y de los pueblos indígenas, entre otros, tomando en consideración sus circunstancias, a fin de contribuir a generar conocimiento y acciones que potencien su desarrollo integral e inclusión plena.
En cumplimiento a la Ley General de Víctimas y atendiendo las reglas de operación vigentes, se favorecerá el acceso al Programa de las personas inscritas en el Registro Nacional de Víctimas, que se encuentren en condiciones de pobreza, vulnerabilidad, rezago y marginación, mediante solicitud escrita, fundada y motivada que emane de autoridad competente.
Asimismo, en los casos en que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos dicte medidas precautorias o cautelares a favor de determinada persona o grupos de personas, o emita una recomendación o conciliación, se procurará adoptar las acciones que permitan dar celeridad a su inscripción como beneficiaria del programa y garantizar con ello el ejercicio de sus derechos humanos, sin menoscabo del cumplimiento a los criterios establecidos en las presentes reglas de operación.
11. Casos de Emergencia o Desastre
Para facilitar la continuidad de los apoyos otorgados a las personas beneficiarias, el Programa deberá elaborar un protocolo para casos de emergencia o desastre, que deberá incluir al menos las siguientes previsiones:
1. Ampliación de plazos de entrega de los apoyos.
2. Documentación alternativa de identificación por parte de las personas beneficiarias, con la finalidad de que puedan recibir los apoyos otorgados por el Programa.
3. Canales de comunicación con la finalidad de informar las personas beneficiarias, el procedimiento de entrega de apoyos o dudas acerca de la operación y continuidad del Programa.
4. Establecimiento de casos en los que podrá suspenderse la comprobación de la corresponsabilidad
5. Mecanismos de colaboración con otras instituciones con la finalidad de generar sinergias de apoyo a los beneficiarios del Programa.
6. Mecanismos para activar, desactivar y difundir las acciones del protocolo.
El protocolo se pondrá en marcha en caso de que exista una Declaratoria de Emergencia o de Desastre que emita la Coordinación Nacional de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, o en su caso, instrucción del Titular de la SEDESOL a raíz de una emergencia o desastre. El Programa enviará a la Subsecretaría de Planeación, Evaluación y Desarrollo Regional el protocolo.
12. Quejas, denuncias y solicitudes de información
Las personas beneficiarias o interesadas, tienen derecho a solicitar información relacionada con el presente Programa y sus Reglas de Operación, así como a presentar quejas o denuncias en contra de servidores públicos de la Sedesol, por el incumplimiento en la ejecución, operación o entrega de apoyos, ante las instancias correspondientes:
12.1 Quejas y denuncias
Las quejas y denuncias podrán realizarse por escrito y/o vía telefónica o cualquier otro medio electrónico de comunicación y/o mediante comparecencia ante las oficinas que ocupa el Órgano Interno de Control en la SEDESOL a través de:
a) Órgano Interno de Control en la Sedesol:
Para recepción de quejas y denuncias Teléfono: 5328-5000, Ext. 51508.
Larga distancia sin costo:
01-800-714-8340
Correo electrónico: organo.interno@sedesol.gob.mx
Página Web: www.gob.mx/sedesol, Ruta: Inicio - SEDESOL âContacto- Denuncia contra servidores públicos-opciones para realizar tu trámite-En Línea-Realiza tu queja o denuncia en línea aquí.
Domicilio: Avenida Paseo de la Reforma No. 116, Piso 11, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06600, Ciudad de México.
b) En la Secretaría de la Función Pública
Ciudad de México y Área metropolitana:
Teléfono: 2000-3000
Larga distancia sin costo:
01-800-3862-466
De Estados Unidos 01-800-4752-393
Correo electrónico: contactociudadano@funcionpublica.gob.mx
Página electrónica: www.funcionpublica.gob.mxDomicilio: Insurgentes Sur 1735, colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón, código postal 01020, Ciudad de México.
c) Delegaciones de la SEDESOL en las entidades federativas, a través del BUZON colocado para tal efecto.
También, se pone a disposición de la ciudadanía la posibilidad de la presentación de denuncias para reportar hechos, conductas, situaciones o comportamientos que se contrapongan a lo establecido en la Ley General de Desarrollo Social, trámite inscrito en el Registro Federal de Trámites y Servicios y que se puede consultar en la página www.cofemer.gob.mx, con la Homoclave: SEDESOL-13-001.
12.2 Solicitudes de información
Las solicitudes de información, podrán realizarse ante el Área de Atención Ciudadana, por escrito y/o vía telefónica, a través de:
a) Sedesol: Área de Atención Ciudadana
Teléfonos: 5141-7972 o 5141â7974
Larga distancia sin costo:
01-800-007-3705
Correo electrónico: demandasocial@sedesol.gob.mx
Domicilio: Avenida Paseo de la Reforma número 116, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06600, Ciudad de México.
b) Delegaciones de la Sedesol en las entidades federativas, a través del Área de Atención Ciudadana.
ANEXO 1. Glosario de términos y definiciones
Para efectos de estas Reglas de Operación, se entenderá por:
Acciones y prácticas de prevención de la violencia contra las mujeres: son aquellas prácticas dirigidas a la sensibilización, información, promoción de los derechos humanos de las mujeres y capacitación, entre otras, a través de diversas modalidades y conforme a las características sociodemográficas de los grupos poblacionales.
Actor Social: Unidad conformada por una persona, grupo, organizaciones o instituciones con un fin común que interactúan en la sociedad y que, por iniciativa propia, coordinan o ejecutan acciones y propuestas
Adeudos: reintegros a la TESOFE determinados por la instancia normativa del Programa como resultado de una revisión o auditoría, solicitados a las IMEF y que no hayan sido efectuados que contribuyen a fortalecer el desarrollo social.
Atención: Servicios interdisciplinarios de orientación, atención especializada, protección y alojamiento desde la perspectiva de género y el enfoque de derechos humanos; ofrecidos por instancias públicas, sociales y privadas a mujeres en situación de violencia por razones de género.
Con el propósito de que las mujeres salgan del círculo de la violencia, creen mecanismos de contención y soporte, eviten que las afectaciones por la violencia, avancen y reestructuren sus rasgos vulnerados y restituyan sus derechos.
Los servicios de atención consideran tres niveles:
Orientación: Servicios que se brindan a las mujeres que solicitan información específica que podría derivan en una valoración y canalización, si se encuentra en una situación de violencia por razones de género.
Atención especializada: Servicios que se brindan a las mujeres en situación de violencia que deciden iniciar procesos orientados a la reestructuración de sus derechos mediante la valoración, asesoría, canalización, acompañamiento y seguimiento.
Protección y alojamiento: Son espacios físicos para brindar resguardo a la integridad de mujeres y, en su caso, a sus jijas e hijos, en situación de riesgo inminente a causa de las violencias vividas por razones de género, por una temporalidad determinada. Generalmente el resguardo que se otorga se acompaña de servicios especializados de instancias públicas, sociales y/o privadas orientadas a la restitución de derechos.
Brechas de desigualdad: Son las desigualdades existentes entre mujeres y hombres en cuanto a oportunidades, acceso, control y uso de recursos, bienes y servicios que les permiten garantizar su bienestar y desarrollo humano. Las brechas de género son construidas sobre las diferencias biológicas y son el producto histórico de actitudes y prácticas discriminatorias tanto individuales como sociales e institucionales que obstaculizan el disfrute y ejercicio igualitario de los derechos humanos por parte de mujeres y hombres.
Cargas financieras: se refiere al costo financiero, determinado por la TESOFE, por reintegrar extemporáneamente recursos no ejercidos o por realizar rembolsos que así determine el INDESOL o alguna instancia fiscalizadora.
CENFEMUL: Catálogo de Claves de Entidades Federativas, Municipios y Localidades, cambió su nombre a Catálogo Único de Claves de Áreas Geoestadísticas Estatales, Municipales y Localidades; se menciona en la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos.
Comisión Intersecretarial: El Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre tiene como uno de sus componentes la Comisión Intersecretarial para la Instrumentación de la Cruzada contra el Hambre, con el objeto de coordinar, articular y complementar las acciones, programas y recursos necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la estrategia presidencial, misma que está integrada por los Titulares de las Dependencias de: Secretaría de Desarrollo Social, quien la presidirá; Secretaría de Gobernación; Secretaría de Relaciones Exteriores; Secretaría de la Defensa Nacional; Secretaría de Marina; Secretaría de Hacienda y Crédito Público; Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; Secretaría de Energía; Secretaría de Economía; Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; Secretaría de Comunicaciones y Transportes; Secretaría de Educación pública; Secretaría de Salud; Secretaría del trabajo y Previsión Social; Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; Secretaría de Turismo; Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas; Instituto Nacional de las Mujeres, y Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
Competencias conceptuales, metodológicas y operativas: Conocimientos, aptitudes y habilidades para diseñar, implementar y ejecutar acciones de prevención y atención de la violencia contra las mujeres.
Coordinación interinstitucional e intersectorial: La coordinación significa la sincronización y unificación de acciones, de tal manera que haya armonía y cooperación para alcanzar un objetivo común. Se refiere al establecimiento de vínculos, estratégicos, operativos y sistemáticos, entre diferentes actores sociales y públicos para potenciar las prácticas tendientes a la prevención y atención de la violencia contra las mujeres.
Creación y apoyo de servicios de atención externa y servicios de alojamiento, protección y atención: Habilitación de espacios físicos, equipamiento de instalaciones, contratación de profesionales especializados, capacitación y actualización en materia de atención de la violencia contra las mujeres para el personal que brinda la atención, desarrollo y sistematización de modelos de atención, actividades de contención emocional para el personal que atiende a las mujeres en situación de violencia, entre otros.
Cuestionario Único de Información Socioeconómica (CUIS): Instrumento de recolección de información en el que se captan los datos sobre las condiciones socioeconómicas y demográficas del hogar y sus integrantes para la identificación de las posibles personas beneficiarias.
Cuestionario Único de Obras y Servicios (CUOS): Instrumento de recolección de información en el que se registran los apoyos entregados a través de obras de infraestructura o servicios, en los que se ejercieron recursos públicos en áreas de atención social, para integrarse al Padrón Único de Beneficiarios.
Cuestionario Único de Actores Sociales (CUAS): Instrumento de recolección de información en el que se registran los apoyos otorgados a actores sociales para integrarse al Padrón Único de Beneficiarios.
Cuestionario Complementario: Instrumento de recolección, adicional al CUIS/CUOS/CUAS, que capta información específica que el programa requiere para determinar la elegibilidad de los susceptibles beneficiarios, así como conocer características socioeconómicas adicionales del hogar, sus integrantes, vivienda, localidades u organizaciones.
Delegaciones: las delegaciones de la Secretaría de Desarrollo Social en las Entidades Federativas.
Derechos Humanos de las mujeres: Se refiere a la protección jurídica de los derechos de las mujeres sobre una base de igualdad con los de los hombres que garantiza, por conducto de los tribunales nacionales competentes y de otras instituciones públicas, la protección efectiva de las mujeres contra todo acto de discriminación.
Derivación médica: Es una valoración médica inicial con la finalidad de reconocer y registrar posibles lesiones como consecuencia de violencia física y sexual, así como determinar las necesidades de atención de las usuarias para referirlas a las instituciones sanitarias correspondientes.
Desarrollo Humano: Es un proceso mediante el cual se busca la ampliación de las oportunidades para las personas, aumentando sus derechos y sus capacidades. Este proceso incluye varios aspectos de la interacción humana como la participación, la equidad de género, la seguridad, la sostenibilidad, las garantías de los derechos humanos y otros que son reconocidos por la gente como necesarias para ser creativos y vivir en paz.
Discriminación: Toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la Igualdad real de oportunidades de las personas.
Discriminación contra las mujeres: Denotará toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera.
Empoderamiento de las mujeres: Es un proceso por medio del cual las mujeres transitan de cualquier situación de opresión, desigualdad, discriminación, explotación o exclusión a un estadio de conciencia, autodeterminación y autonomía, el cual se manifiesta en el ejercicio del poder democrático que emana del goce pleno de sus derechos y libertades.
Empoderamiento para una vida libre de violencia: Proceso por medio del cual las mujeres que reciben
atención especializada en las unidades apoyadas por el PAIMEF desarrollan capacidades para transitar a un estadio de conciencia, autodeterminación y autonomía y, con ello, puedan ejercer su derecho a una vida libre de violencia.
Encuesta de Características Socioeconómicas de los Hogares (ENCASEH): Se denomina al conjunto de preguntas que se integran con las plasmadas en el CUIS y las complementarias necesarias para el Programa de Desarrollo Humano Oportunidades y el Programa de Apoyo Alimentario.
Entidad federativa: Se refiere a cualquiera de los 31 estados de la República Mexicana y a la Ciudad de México.
Equidad de Género: Principio de justicia social conforme al cual mujeres y hombres poseen el mismo derecho de acceso al uso, control y beneficios de los bienes y servicios de la sociedad.
Exclusión social: Carencia o insuficiencia de oportunidades para acceder a los servicios básicos necesarios para el desarrollo humano, social y económico de individuos y grupos, como son educación, empleo, cultura, vivienda, seguridad, certeza jurídico-legal y recreación.
Fortalecimiento institucional de las IMEF: Es un proceso por el cual las IMEF adquieren la capacidad de ejercer sus responsabilidades definidas en el marco legal, de fijarse objetivos y de poner en práctica los medios para alcanzarlos de manera directa o a través de la construcción de alianzas interinstitucionales para prevenir y atender la violencia contra las mujeres.
Género: Concepto que refiere a los valores, atributos, roles y representaciones que la sociedad asigna a hombres y a mujeres, en función de su sexo.
Hogar: Conjunto de personas que hacen vida en común dentro de una misma vivienda, unidos o no por parentesco y que comparten los gastos de manutención y preparan los alimentos en la misma cocina.
Identidad de género: Manera en que cada persona experimenta su pertenencia a un género (masculino o femenino). Como se trata de un registro de la experiencia de vida, intervienen en él códigos sociales y culturales, y también influye el momento histórico y el lugar en que la persona se desarrolla.
Igualdad de género: Situación en la cual mujeres y hombres acceden con las mismas posibilidades y oportunidades al uso, control y beneficio de bienes, servicios y recursos de la sociedad, así como a la toma de decisiones en todos los ámbitos de la vida social, económica, política, cultural y familiar; todo ello, con el reconocimiento de las necesidades y prioridades de las personas en su diversidad.
Igualdad sustantiva: Supone la modificación de las circunstancias que impiden a las mujeres ejercer plenamente sus derechos y tener acceso a oportunidades de desarrollo mediante medidas estructurales, legales o de política pública.
IMEF: Son las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas, que pueden ser institutos, secretarías, consejos u oficinas que, en los estados y en la Ciudad de México atienden los programas y acciones a favor de las mujeres. Son las responsables de ejecutar el PAIMEF.
Incumplimiento: Es la ejecución incompleta, tardía o defectuosa del Programa Anual determinada por el INDESOL no atendida por las IMEF.
INDESOL: Instituto Nacional de Desarrollo Social.
Índice de Fortalecimiento Institucional (IFI): es un indicador que permite monitorear y conocer el estado y avances que tienen las IMEF en materia de institucionalización de las acciones de prevención y atención de la violencia contra las mujeres en la entidad federativa, desde una perspectiva cuali y cuantitativa.
Institucionalización: es un proceso que posibilita la apropiación de valores y principios de actuación en el quehacer, normatividad y cultura institucional de las IMEF, así como la consolidación y formalización de estrategias, enfoques, programas, modelos y acciones, en materia de prevención y atención de la violencia contra las mujeres.
Instrumento Jurídico: Se refiere al convenio de coordinación para la distribución y ejecución de recursos del PAIMEF que suscribe el INDESOL con las distintas IMEF.
Interculturalidad: Proceso de intercambio y diálogo entre actores provenientes de culturas diferentes. El enfoque intercultural en las políticas públicas contribuye a mejorar los términos de este intercambio al facilitar que los esquemas e instrumentos de políticas sean más sensibles a la diversidad cultural y estén mejor adecuados a las necesidades diferenciadas de una ciudadanía plural en términos de raza, etnia y género.
Lenguaje incluyente: La manera de redactar las reglas de operación, eliminando o modificando aquellas expresiones sexistas que invisibilizan a las mujeres, las subordinan, las humillan y/o las estereotipan.
Localidad: De acuerdo con el Marco Geoestadístico es el lugar ocupado con una o más edificaciones utilizadas como viviendas, las cuales pueden estar habitadas o no, este lugar es reconocido por un nombre dado por alguna disposición legal o la costumbre.
Marginación: Estado de exclusión en el que se encuentran algunos individuos, sectores y grupos de la población respecto al disfrute y beneficios que conlleva el desarrollo social y humano.
Matriz de Indicadores para Resultados (MIR): Es una herramienta de planeación que en forma resumida, sencilla y armónica establece con claridad los objetivos de un programa, incorpora los indicadores que miden dichos objetivos y sus resultados esperados. También identifica los medios para obtener y verificar la información de los indicadores e incluye los riesgos y contingencias que pueden afectar el desempeño del programa.
Mujeres en situación de vulnerabilidad: Aquellas que por su situación económica, social y familiar, carecen de elementos para integrarse al desarrollo y tienen más posibilidades de sufrir doble discriminación, maltrato y violencia de género.
Multiculturalidad: Es el reconocimiento de la existencia de distintas culturas que comparten el mismo espacio geográfico y social, así como de sus demandas y necesidades específicas.
Normatividad Federal Aplicable: Serie de normas cuyo objetivo es regular y asegurar el uso de los recursos federales que se transfieren a las entidades federativas, conforme a procedimientos y criterios establecidos desde la Federación.
OSC: Organizaciones de la Sociedad Civil.
Orientación sexual: Se refiere a la capacidad de cada persona de sentir una profunda atracción emocional, afectiva y sexual por personas de un género diferente al suyo, o de su mismo género, o de más de un género, así como a la capacidad de mantener relaciones íntimas y sexuales con estas personas.
PAIMEF: Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas.
Persona: Ser que forma parte de un hogar, es decir que declara que hace vida en común dentro de una misma vivienda y puede estar unido o no por parentesco con otros individuos, que comparten los gastos de manutención y preparan los alimentos en la misma cocina.
Personas allegadas a las mujeres en situación de violencia: Son aquellas personas que pueden estar en riesgo por su cercanía a la mujer en situación de violencia, aun cuando no exista un vínculo de consanguinidad o parentesco.
Perspectiva de Género: Es una visión científica, analítica y política sobre las mujeres y los hombres. Se propone eliminar las causas de la opresión de género como la desigualdad, la injusticia y la jerarquización de las personas basada en el género. Promueve la igualdad entre los géneros a través de la equidad, el adelanto y el bienestar de las mujeres; contribuye a construir una sociedad en donde las mujeres y los hombres tengan el mismo valor y donde la igualdad de derechos y oportunidades para acceder a los recursos económicos y a la representación política y social en los ámbitos de toma de decisiones sea una realidad.
Poblaciones Beneficiarias en Áreas de Atención Social: Grupos de personas que se benefician con las obras o acciones de infraestructura social y de servicios de proyectos concluidos.
Pobreza: De acuerdo con los criterios establecidos por el Coneval, se considera que una persona está en situación de pobreza multidimensional cuando sus ingresos son insuficientes para adquirir los bienes y los servicios que requiere para satisfacer sus necesidades y presenta carencia en al menos en uno de los siguientes seis indicadores: rezago educativo, acceso a los servicios de salud, acceso a la seguridad social,
calidad y espacios de la vivienda, servicios básicos en la vivienda y acceso a la alimentación.
Prevención: Acciones de información, difusión y promoción, sensibilización y formación para propiciar cambios en los patrones socioculturales que generan desigualdades de género, visibilizar y evitar que ocurran las violencias contra las mujeres, así como dar a conocer los servicios de atención.
Dentro del PAIMEF se consideran tres niveles de prevención:
Información, difusión y promoción: Son mensajes que permiten dar a conocer la problemática de la violencia contra las mujeres, otros temas afines, los servicios de atención que se ofrecen, así como incentivar el interés general por este tema.
Sensibilización: Son acciones, generalmente creativas, que buscan estimular e incidir en las emociones con la finalidad de modificar o transformar formas de pensar, conductas y actitudes contrarias a los derechos humanos de las mujeres y que generan violencias en su contra.
Formación: Procesos formales que permiten adquirir conocimientos respecto a la problemática de la violencia contra las mujeres y genera habilidades para su abordaje; van dirigidos a grupos estratégicos o personas aliadas que suman esfuerzos para la erradicación de sus problemáticas.
Productos financieros: Es el importe de los intereses mensuales que genera una cuenta de tipo productiva a favor de las IMEF por el manejo de los recursos del PAIMEF.
Programa: En las presentas Reglas, hace referencia al Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas (PAIMEF).
Programa Anual: En las presentas Reglas, hace referencia al Programa Anual que incluye acciones de prevención y atención de la violencia contra las mujeres que presentan las IMEF.
PUB: Padrón Único de Beneficiarios. Base de datos que contiene la información de todos los padrones de personas beneficiarias de todos los Programas de Desarrollo Social
Reglas: Reglas de Operación del PAIMEF para el Ejercicio Fiscal 2018.
Sector privado: Ámbito económico de un país que se rige por la economía de mercado, es decir, por personas particulares, físicas o jurídicas.
SEDESOL: Secretaría de Desarrollo Social.
SIFODE: Sistema de Focalización de Desarrollo, es una herramienta administrada por la Secretaría de Desarrollo Social, mediante la Dirección General de Geoestadística y Padrones de Beneficiarios, cuyo objetivo es la focalización de participantes para la atención por parte de los programas sociales a través de la integración de información socioeconómica, modelos de evaluación y la contribución al establecimiento de criterios de elegibilidad para la atención de las y los beneficiarios.
Sistema Estatal: Sistema Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
Sistema Integral del Indesol: Es la herramienta tecnológica que instrumenta el INDESOL para la gestión de los Programas Anuales.
TESOFE: Tesorería de la Federación.
Violencia contra las Mujeres: cualquier acción u omisión, basada en su género, que les cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte tanto en el ámbito privado como en el público.
Vivienda: Espacio fijo delimitado generalmente por paredes y techos de cualquier material, con entrada independiente, que se construyó o adaptó para el alojamiento de personas.
Anexo 2. Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas
No | ESTADO | NOMBRE |
1 | Aguascalientes | Instituto Aguascalentense de las Mujeres |
2 | Baja California | Instituto de la Mujer para el Estado de Baja California |
3 | Baja California Sur | Instituto Sudcaliforniano de las Mujeres |
4 | Campeche | Instituto de la Mujer del Estado de Campeche |
5 | Coahuila | Secretaría de las Mujeres |
6 | Colima | Instituto Colimense de las Mujeres |
7 | Chiapas | Secretaría para el Desarrollo y Empoderamiento de las Mujeres |
8 | Chihuahua | Instituto Chihuahuense de la Mujer |
9 | Ciudad de México | Instituto de las Mujeres del Distrito Federal |
10 | Durango | Instituto Estatal de las Mujeres |
11 | Guanajuato | Instituto para las Mujeres Guanajuatenses |
12 | Guerrero | Secretaría de la Mujer del Estado de Guerrero |
13 | Hidalgo | Instituto Hidalguense de las Mujeres |
14 | Jalisco | Instituto Jalisciense de las Mujeres |
15 | México | Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social |
16 | Michoacán | Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas |
17 | Morelos | Instituto de la Mujer para el Estado de Morelos |
18 | Nayarit | Instituto para la Mujer Nayarita |
19 | Nuevo León | Instituto Estatal de las Mujeres |
20 | Oaxaca | Secretaría de la Mujer Oaxaqueña |
21 | Puebla | Instituto Poblano de las Mujeres |
22 | Querétaro | Instituto Queretano de la Mujeres |
23 | Quintana Roo | Instituto Quintanarroense de la Mujer |
24 | San Luis Potosí | Instituto de las Mujeres del Estado de San Luis Potosí |
25 | Sinaloa | Instituto Sinaloense de las Mujeres |
26 | Sonora | Instituto Sonorense de la Mujer |
27 | Tabasco | Instituto Estatal de las Mujeres |
28 | Tamaulipas | Instituto de la Mujer Tamaulipeca |
29 | Tlaxcala | Instituto Estatal de la Mujer |
30 | Veracruz | Instituto Veracruzano de las Mujeres |
31 | Yucatán | Instituto para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en Yucatán |
32 | Zacatecas | Secretaría de las Mujeres |
Anexo 3.- Vertientes, líneas de acción y ejemplos de acciones
Vertiente | Líneas de acción | Ejemplos de Acciones(1) |
A Fortalecimiento de las estrategias de prevención y atención de las violencias contra las mujeres. | I. Formación especializada para actores públicos y sociales, en materia de prevención y atención de la violencia contra las mujeres. | · Procesos de sensibilización, formación y profesionalización (cursos, talleres, diplomados, certificación, entre otros) dirigidos al personal de la IMEF, así como otras instituciones, sector académico y organizaciones, relacionadas con la prevención y atención de la violencia contra las mujeres. |
II. Mecanismos de participación social. | · Espacios de interlocución, discusión y reflexión especializada en los que participen diversos actores y sectores (comités de participación social, foros de discusión, seminarios, encuentros, congresos, entre otros). · Mesas de análisis para implementar estrategias de prevención y atención de la violencia contra las mujeres y/o la construcción de planes de trabajo. |
III. Gestión del conocimiento e información. | · Estrategias focalizadas y propuestas de acción para la prevención y atención de la violencia contra las mujeres. · Definición de metodologías que orienten la operación del Programa Anual (rutas de atención, metodologías para monitoreo y seguimiento. - Sistematización de información derivada de la operación, monitoreo y seguimiento del PAIMEF. - Diseño de acciones jornadas y ferias de servicios (diagnóstico, definición de objetivos, medición, evaluación). - Diseño de materiales para prevenir la violencia contra las mujeres (impresos, audiovisuales y didácticos). |
IV. Contención emocional y autocuidado del personal. | · Procesos de contención emocional para el personal que brinda la atención especializada a mujeres en situación de violencia, mediante: - Terapia individual y grupal. - Grupos de autoayuda. - Programas de autocuidado. |
B Prevención de las violencias contra las mujeres. | I. Información, difusión y promoción para población abierta. | · Implementación de acciones de información y difusión masiva (cine, radio, televisión, páginas de internet, medios impresos y redes sociales electrónicas). · Difusión y reproducción de materiales para prevenir la violencia contra las mujeres. · Implementación de jornadas interinstitucionales y ferias de servicios. |
II. Sensibilización. | · Actividades lúdicas, artísticas y culturales, entre otras (círculos de lectura, poesía, canciones, cuento, pintura, danza, elaboración de artesanías, teatro, pantomima, títeres, marionetas, ciclos de cine-debate, concursos, exposiciones, juegos tradicionales, entre otros). · Acciones y procesos de sensibilización (pláticas, talleres, espacios de reflexión, cine debates, obras de teatro, foros, conferencias, encuentros, seminarios, entre otros). |
| III. Formación para sectores sociales específicos y alianzas estratégicas. | · Acciones y procesos de formación (talleres, cursos, seminarios, diplomados, procesos vivenciales, entre otros) en temas prioritarios (derechos humanos de las mujeres, perspectiva de género, violencia contra las mujeres, trata de personas, reconstrucción de roles de género, entre otros) dirigidos a grupos específicos de la población, tales como: - Personas indígenas - Personas con discapacidad - Mujeres en situación de reclusión - Personas migrantes - Personas adultas mayores - Poblaciones juveniles - Población infantil · Alianzas sociales estratégicas para la prevención de la violencia contra las mujeres. · Formación de actoras/es sociales locales clave para el trabajo comunitario de promoción de una vida libre de violencias (estudiantes universitarios, jóvenes, mujeres, indígenas, entre otros). · Redes comunitarias a favor de una vida libre de violencia. |
C Orientación y atención especializada a mujeres en situación de violencia y, en su caso, a sus hijas e hijos y personas allegadas.(2) | I. Servicios de orientación. | · Captar y asesorar a mujeres que una vez que identifican situaciones de violencias de género, se acercan como usuarias potenciales a los servicios de atención especializada. |
II. Servicios de atención especializada. | · Proporcionar servicios externos para mujeres en situación de violencia, donde se les brinda atención especializada, integral y sostenida con el propósito de contribuir a su empoderamiento. |
III. Servicios de protección y alojamiento. | · Proporcionar servicios de protección y alojamiento para mujeres en situación de violencia extrema con el propósito fundamental de salvaguardar su integridad, y en su caso, de sus hijas e hijos y personas allegadas, donde se les brinda atención integral durante su estancia que contribuye a su empoderamiento. |
IV. Servicios de orientación y/o atención especializada en violencia contra las mujeres en espacios donde se ofrecen diversos servicios. | · Creación y/o fortalecimiento de espacios de orientación y atención especializada de la violencia contra las mujeres que se otorguen en espacios donde se brindan apoyos y beneficios diversos a mujeres, adscritos a otras instancias. |
V. Promoción del empoderamiento de las mujeres en situación de violencia. | · Acciones orientadas a detonar las capacidades y fortalezas de las mujeres que reciben atención en las unidades apoyadas por el PAIMEF que contribuyan a transitar de una situación de violencia de género a un estadio de conciencia, autodeterminación y autonomía para el ejercicio y goce pleno de su derecho a una vida libre de violencia. · Talleres y otras actividades formativas. · Gestión de servicios para contribuir a su empoderamiento, tales como: microcréditos, becas, vivienda, bolsas de trabajo, educación abierta, servicios de salud, proyectos productivos, identidad jurídica, regularización de la propiedad, entre otros, mediante la coordinación interinstitucional e intersectorial. |
VI. Apoyo en procesos judiciales y administrativos. | · Acompañamiento y seguimiento focalizado a mujeres víctimas de violencia de género, con énfasis en aquellas que presentan problemáticas emergentes (migrantes, en situación de reclusión, con discapacidad, de la diversidad sexual, indígenas, desplazadas, víctimas de conflictos sociales o armados, entre otras). |
Anexo 4. Formato para la presentación del Programa Anual del PAIMEF 2018
1. Nombre del Programa Anual
2. Datos generales de la Unidad ejecutora del Programa Anual
2.1. Identificación de la Instancia de Mujeres en la Entidad Federativa (IMEF)
Nombre oficial de la IMEF | |
Siglas o acrónimo | |
Registro Federal de Contribuyentes | |
Domicilio fiscal | |
Teléfonos | |
Correo electrónico | |
Fecha de creación | |
Dependencia a la que se encuentra adscrita administrativa u orgánicamente | |
2.2. En caso de que los recursos del PAIMEF los reciba otra instancia estatal, favor de proporcionar los siguientes datos
Nombre oficial de la Dependencia | |
Siglas o acrónimo | |
Registro Federal de Contribuyentes | |
Domicilio fiscal | |
Teléfonos | |
Correo electrónico | |
Fundamento legal | |
2.3 Persona responsable del Programa Anual (Titular de la IMEF)
2.4 Persona enlace responsable de la ejecución del Programa Anual
2.5 Persona enlace responsable de la ejecución de los recursos
3. Marco de referencia
1. Señale el o los documentos marco en los que se basa el planteamiento del presente Programa Anual: (Es indispensable anexar al menos un documento de planeación referido al ámbito de violencia contra las mujeres, al cual se alinea el Programa Anual.) |
Nombre del documento | Nombre de archivo que se adjunta |
| |
| |
4. Objetivos del Programa Anual
4.1 Objetivo general del Programa Anual |
|
4.2. Objetivos específicos del Programa Anual: |
Vertiente | Indique el (los) Objetivo(s) específico(s) del Programa Anual para cada Vertiente(3) |
A | |
B | |
C | |
5. Elementos que sustentan la formulación del Programa Anual
5.1 Explique cómo se sustentan las acciones planteadas en el Programa Anual con base en su documento marco de planeación estatal en la materia, o en su caso en la normatividad nacional e internacional. |
|
5.2 Señalar las características sociodemográficas y necesidades específicas de la población recuperadas para la formulación del Programa Anual. |
6. Desarrollo de las acciones
6.1 Acciones de la vertiente A. Fortalecimiento de las estrategias de prevención y atención de las violencias contra las mujeres.
Líneas de acción I, II y III.
1. Número y nombre de la acción Acción A_(Seleccionar estrategia del Anexo 3)__._(Número consecutivo)_. (Redacción de la acción) |
Llenar |
2. Indique (X) si es una acción de continuidad | No | ( ) | Sí | ( ) | |
a) En caso afirmativo, señale la fuente de financiamiento anterior | PAIMEF | ( ) | Otra fuente | ( ) | Especifique: | |
b) En caso de continuidad, describa brevemente los principales resultados obtenidos |
|
3. Describa cómo se complementaría esta acción con otros recursos, apoyos y/o programas estatales o federales en materia de prevención y atención de la violencia contra las mujeres |
|
4. a) Justifique la realización de la acción mediante un breve diagnóstico ( ¿por qué?) b) Describa los resultados esperados de la acción ( ¿para qué?) c) Describa el proceso para la ejecución de la acción ( ¿qué, cómo, en qué orden, duración?) |
|
5. Describa el perfil de la población a la cual se dirigen las acciones ( ¿para quién?) |
|
6. Señale el número programado de personas que se beneficiará con la ejecución de esta acción |
|
Mujeres | | Hombres | | Total | |
7. Indique los municipios y, en su caso, las localidades en las que se ejecutará la acción ( ¿dónde?) |
Clave INEGI | Municipio (Nombre oficial) | Clave INEGI | Localidad (Nombre oficial) |
1. | | | |
2. | | | |
3. | | | |
8. Enliste y calendarice las actividades a realizar(4) | Período de ejecución (señale con una X) |
| Feb. | Mzo. | Abr. | May. | Jun. | Jul. | Ago. | Sep. | Oct. | Nov. | Dic. |
1. | | | | | | | | | | | |
2. | | | | | | | | | | | |
9. Enumere los productos, materiales y evidencias documentales por entregar(5) |
1. 2. 3. 4. |
10. Detalle con cuáles actores estratégicos (instancias, áreas o dependencias externas a la IMEF) se vincularán para llevar a cabo la acción ( ¿con quién?). Nota: No incluir a la población beneficiaria |
Actores estratégicos (Nombre completo de las instituciones, dependencias y organizaciones) | Instrumento/Mecanismo de coordinación | Colaboración/Aportación-Contribución(6) |
| | |
| | |
| | |
11. Desglose la información de los recursos necesarios para llevar a cabo esta acción. ( ¿cuánto costará?) |
Recursos Materiales |
Concepto de gasto | Detalle | Unidad de medida | Cantidad | Costo unitario | Total |
| | | | | |
| | | | | |
Total Acción A ___. ___ | |
Aclaraciones al presupuesto: |
|
Recursos Humanos |
Concepto de gasto | Detalle | Cantidad | Costo unitario | Total |
| | | | |
| | | | |
Total Acción A ___ . ___ | |
Aclaraciones al presupuesto: |
|
6.1 Acciones de la vertiente A. Fortalecimiento de las estrategias de prevención y atención de las violencias contra las mujeres.
Línea de acción IV. Contención emocional y autocuidado del personal
1. Número y nombre de la Acción Acción C_(Seleccionar estrategia del Anexo 3)__._(Número consecutivo)_. (Redacción de la Acción) |
|
2. Indique (X) si es una Acción de continuidad | No | ( ) | Sí | ( ) | |
a) En caso afirmativo, señale la fuente de financiamiento anterior | PAIMEF | ( ) | Otra fuente | ( ) | Especifique: | |
b) En caso de continuidad, describa brevemente los principales resultados obtenidos |
|
3. Describa los resultados esperados ( ¿para qué?) |
|
4. Describa el perfil de la población a la cual se dirigen las acciones ( ¿para quién?) |
|
5. Señale el número programado de personas que se beneficiará con la ejecución de esta Acción. |
No. de Mujeres | | No. de Hombres | |
6. Indique las Unidades a las que se encuentra vinculada esta Acción: |
Folio | | Folio | | Folio | |
Folio | | Folio | | Folio | |
7. Indique los municipios y, en su caso, las localidades en las que se ejecutará la Acción ( ¿dónde?) |
Clave INEGI | Municipio (Nombre oficial) | Clave INEGI | Localidad (Nombre oficial) |
1. | | | |
2. | | | |
8. Describa el proceso para la ejecución de la Acción ( ¿qué, cómo, en qué orden, duración?). Especificar si se trata de terapia individual, grupal, grupos de autoayuda y/o programas de autocuidado. En caso de que la Acción no sea de continuidad, realice un breve diagnóstico que dé sustento a la misma. |
|
9. Enliste y calendarice las actividades a realizar(7) | Período de ejecución (señale con una X) |
| Feb. | Mzo. | Abr. | May. | Jun. | Jul. | Ago. | Sep. | Oct. | Nov. | Dic. |
1. | | | | | | | | | | | |
2.. | | | | | | | | | | | |
10. Enumere los productos, materiales y evidencias documentales por entregar(8) |
|
1. 2. 3. 4. |
|
11. Detalle con cuáles actores estratégicos (instancias, áreas o dependencias externas a la IMEF) se vincularán para llevar a cabo la Acción ( ¿con quién?). Nota: No incluir a la población beneficiaria. |
Actores estratégicos (Nombre completo de las instituciones, dependencias y organizaciones) | Instrumento/Mecanismo de coordinación | Colaboración/Aportación-Contribución(9) |
| | |
| | |
| | |
12. Desglose la información de los recursos necesarios para llevar a cabo esta acción. ( ¿cuánto costará?) |
Recursos Materiales |
Concepto de gasto | Detalle | Unidad de medida | Cantidad | Costo unitario | Total |
| | | | | |
| | | | | |
Total AIV.___ | |
Aclaraciones al presupuesto: |
|
Recursos Humanos |
Concepto de gasto | Detalle | Cantidad | Costo unitario | Total |
| | | | |
| | | | |
Total Acción AIV.____ | |
Aclaraciones al presupuesto: |
|
6.2 Acciones de la vertiente B. Prevención de las violencias contra las mujeres
1. Número y nombre de la acción Acción B_(Seleccionar estrategia del Anexo 3)__._(Número consecutivo)_. (Redacción de la acción) |
Llenar |
2. Indique (X) si es una acción de continuidad | No | ( ) | Sí | ( ) | |
a) En caso afirmativo, señale la fuente de financiamiento anterior | PAIMEF | ( ) | Otra fuente | ( ) | Especifique: | |
b) En caso de continuidad, describa brevemente los principales resultados obtenidos |
|
3. Describa cómo se complementaría esta acción con otros recursos, apoyos y/o programas estatales o federales en materia de prevención y atención de la violencia contra las mujeres |
|
4. a) Justifique la realización de la acción ( ¿por qué? Breve diagnóstico que dé sustento a la acción.) b) Describa los resultados esperados de la acción ( ¿para qué?) c) Describa el proceso para la ejecución de la acción ( ¿qué, cómo, en qué orden, duración?) |
|
5. Describa el perfil de la población a la cual se dirigen las acciones ( ¿para quién?) |
|
6. Señale el número programado de personas que se beneficiará con la ejecución de esta acción |
Mujeres | | Hombres | | Total | |
7. En el caso de acciones correspondientes a la Estrategia I, señale (con una X) si la cobertura de la acción es estatal (en cuyo caso, no sería necesario llenar el punto 8) |
La acción tiene cobertura estatal | Sí | ( ) | | No | ( ) | |
8. Indique los municipios y, en su caso, las localidades en las que se ejecutará la acción ( ¿dónde?) |
Clave INEGI | Municipio (Nombre oficial) | Clave INEGI | Localidad (Nombre oficial) |
1. | | | |
2. | | | |
9. Enliste y calendarice las actividades a realizar(10) | Período de ejecución (señale con una X) |
| Feb. | Mzo. | Abr. | May. | Jun. | Jul. | Ago. | Sep. | Oct. | Nov. | Dic. |
1. | | | | | | | | | | | |
2.. | | | | | | | | | | | |
10- Enumere los productos, materiales y evidencias documentales por entregar(11) |
1. 2. 3. 4. |
|
11. Detalle con cuáles actores estratégicos (instancias, áreas o dependencias externas a la IMEF) se vincularán para llevar a cabo la acción ( ¿con quién?) Nota: No incluir a la población beneficiaria. |
Actores estratégicos (Nombre completo de las instituciones, dependencias y organizaciones) | Instrumento/Mecanismo de coordinación | Colaboración/Aportación-Contribución(12) |
| | |
| | |
| | |
12. Desglose la información de los recursos necesarios para llevar a cabo esta acción. ( ¿cuánto costará?) |
Recursos Materiales |
Concepto de gasto | Detalle | Unidad de medida | Cantidad | Costo unitario | Total |
| | | | | |
| | | | | |
Total Acción B___ . ___ | |
Aclaraciones al presupuesto: |
|
Recursos Humanos |
Concepto de gasto | Detalle | Cantidad | Costo unitario | Total |
| | | | |
| | | | |
Total Acción B ___ . ____ | |
Aclaraciones al presupuesto: |
|
6.3 Acciones de la vertiente C: Orientación y atención especializada a mujeres en situación de violencia, y, en su caso, a sus hijas e hijos y personas allegadas
UNIDADES ADSCRITAS A LA IMEF
1. Si el Programa Anual contempla la creación y fortalecimiento de unidades adscritas a la IMEF, llene el siguiente apartado: |
Tipo de documento (Modelo, Protocolo, Ruta, Manual, Guía, otro.) | Nombre del documento | Nombre de archivo que se adjunta |
| | |
| | |
2. Describa los resultados esperados con el apoyo a las Unidades (de continuidad y de nueva creación) adscritas a la IMEF |
|
UNIDADES ADSCRITAS A OTRAS INSTANCIAS
1. Si el Programa Anual contempla la creación y fortalecimiento de unidades adscritas a la IMEF, llene el siguiente apartado: |
Tipo de documento (Modelo, Protocolo, Ruta, Manual, Guía, otro.) | Nombre del documento | Nombre de archivo que se adjunta |
| | |
| | |
2. Describa los resultados esperados con el apoyo a las Unidades (de continuidad y de nueva creación) adscritas a otras instancias. |
|
6.3.I Servicios de orientación
Redacte y numere cada acción de esta Estrategia e indique el(los) tipo(s) y monto(s) de apoyo(s) solicitados por cada unidad, conforme a los siguientes apartados (Llenar tantas veces sea necesario, según al número de unidades que se pretende apoyar en las acciones C.I):
Importante: Por cada unidad que se vaya a apoyar en el presente ejercicio fiscal se deberá requisitar el Anexo 5 a fin de contar con su descripción y datos generales. Los informes de gestión a los que se refiere el numeral 4.3.8 de las presentes Reglas estarán ligados a las Unidades apoyadas y registradas por el Programa. |
UNIDADES DE CREACIÓN
Acción C.I.___ | Nombre de la Unidad | | Tipo de apoyo (señale con una X) | Monto(s) solicitado(s) | Descripción general del apoyo (255 caracteres) |
(Redacte la acción) | (Nombre de la Unidad que se apoya con esta acción) | | Acondicionamiento | | $0.00 | |
Equipamiento | | $0.00 | |
Pago de servicios profesionales | | $0.00 | |
Gastos de operación | | $0.00 | |
Folio de la Unidad | | | |
(Número de folio de la Unidad que se apoya con esta acción) | | Vigilancia (personal de seguridad) | | $0.00 | |
Otros | | $0.00 | |
Total de recursos destinados a esta Unidad: | $0.00 |
1. Justifique la necesidad de creación de la Unidad. Realice un breve diagnóstico de la violencia contra las mujeres en el área de influencia de la Unidad que dé sustento a la acción. |
|
2. Describa el perfil de la población a la cual se dirigen las acciones ( ¿para quién?) |
|
3. Señale el número programado de personas que se beneficiará con la ejecución de esta acción |
No. de Mujeres | | No. de Hijas | | No. de Hijos | | Personas allegadas | |
4. Indique los municipios y, en su caso, las localidades de cobertura de la Unidad que se busca apoyar ( ¿dónde?) |
Clave INEGI | Municipio (Nombre oficial) | Clave INEGI | Localidad (Nombre oficial) |
1. | | | |
2.. | | | |
5. Describa el proceso para la ejecución de la acción ( ¿qué, cómo, en qué orden, duración?) Este apartado debe estar alineado al documento rector (modelo, protocolo, ruta crítica, etc.) |
|
6. Enliste y calendarice las actividades a realizar(13) | Período de ejecución (señale con una X) |
Feb. | Mzo. | Abr. | May. | Jun. | Jul. | Ago. | Sep. | Oct. | Nov. | Dic. |
1. | | | | | | | | | | | |
2.. | | | | | | | | | | | |
7. Enumere los productos, materiales y evidencias documentales por entregar(14) |
|
1. 2. 3. 4. |
|
8. Detalle con cuáles actores estratégicos (instancias, áreas o dependencias externas a la IMEF) se vincularán para llevar a cabo la acción ( ¿con quién?). Nota: No incluir a la población beneficiaria |
Actores estratégicos (Nombre completo de las instituciones, dependencias y organizaciones) | Instrumento/Mecanismo de coordinación | Colaboración/Aportación-Contribución (15) |
| | |
| | |
| | |
9. Desglose la información de los recursos necesarios para llevar a cabo esta acción ( ¿cuánto costará?) |
Recursos Materiales |
Concepto de gasto | Detalle | Unidad de medida | Cantidad | Costo unitario | Total |
| | | | | |
| | | | | |
Total Acción CI.___ | |
Aclaraciones al presupuesto: |
|
Recursos Humanos |
Concepto de gasto | Detalle | Cantidad | Costo unitario | Total |
| | | | |
| | | | |
Total Acción CI.____ | |
Aclaraciones al presupuesto: |
UNIDADES DE FORTALECIMIENTO (CONTINUIDAD)
Acción C.I.___ | Nombre de la Unidad | Tipo de apoyo (señale con una X) | Monto(s) solicitado(s) | Descripción general del apoyo (255 caracteres) |
(Redacte la acción) | (Nombre de la Unidad que se apoya con esta acción) | Acondicionamiento | | $0.00 | |
| | Equipamiento | | $0.00 | |
| | Pago de servicios profesionales | | $0.00 | |
| | Gastos de operación | | $0.00 | |
| Folio de la Unidad | | |
| (Número de folio de la Unidad que se apoya con esta acción) | Vigilancia (personal de seguridad) | | $0.00 | |
| Otros | | $0.00 | |
| Total de recursos destinados a esta Unidad: | $0.00 |
1. a) Realice un breve diagnóstico de la violencia contra las mujeres en el área de influencia de esta Unidad, a partir de la experiencia del trabajo realizado. b) Señale las áreas de oportunidad detectadas, así como las estrategias que se implementarán en el presente Programa Anual para mejorar los servicios brindados por la unidad. Aborde elementos de accesibilidad, ubicación, seguridad y condiciones de los espacios, entre otros. (Es en este apartado donde se deben plantear y justificar los nuevos requerimientos de recursos humanos y materiales que se solicitan para el presente ejercicio |
|
2. Describa el perfil de la población a la cual se dirigen las acciones ( ¿para quién?) |
|
3. Señale el número programado de personas que se beneficiará con la ejecución de esta acción |
No. de Mujeres | | No. de Hijas | | No. de Hijos | | Personas allegadas | |
4. Indique los municipios y, en su caso, las localidades de cobertura de la Unidad que se busca apoyar ( ¿dónde?) |
Clave INEGI | Municipio (Nombre oficial) | Clave INEGI | Localidad (Nombre oficial) |
1. | | | |
2.. | | | |
5. Describa el proceso para la ejecución de la acción ( ¿qué, cómo, en qué orden, duración?) |
|
6. Enliste y calendarice las actividades a realizar(16) | Período de ejecución (señale con una X) |
| Feb. | Mzo. | Abr. | May. | Jun. | Jul. | Ago. | Sep. | Oct. | Nov. | Dic. |
1. | | | | | | | | | | | |
2.. | | | | | | | | | | | |
7. Enumere los productos, materiales y evidencias documentales por entregar(17) |
|
8. Detalle con cuáles actores estratégicos (instancias, áreas o dependencias externas a la IMEF) se vincularán para llevar a cabo la acción ( ¿con quién?). Nota: No incluir a la población beneficiaria. |
Actores estratégicos (Nombre completo de las instituciones, dependencias y organizaciones) | Instrumento/Mecanismo de coordinación | Colaboración/Aportación-Contribución (18) |
| | |
| | |
| | |
9. Desglose la información de los recursos necesarios para llevar a cabo esta acción. ( ¿cuánto costará?) |
Recursos Materiales |
Concepto de gasto | Detalle | Unidad de medida | Cantidad | Costo Unitario | Total |
| | | | | |
| | | | | |
Total Acción CI.___ | |
Aclaraciones al presupuesto: |
|
Recursos Humanos |
Concepto de gasto | Detalle | Cantidad | Costo unitario | Total |
| | | | |
| | | | |
Total Acción CI.____ | |
Aclaraciones al presupuesto: |
|
6.3.II Servicios de atención especializada
6.3.II.1 Unidades de servicios externos especializados
Redacte y numere cada acción de esta Estrategia e indique el(los) tipo(s) y monto(s) de apoyo(s) solicitados por cada unidad, conforme a los siguientes apartados (Llenar tantas veces sea necesario, según al número de unidades que se pretende apoyar en las acciones C.II):
Importante: Por cada unidad que se vaya a apoyar en el presente ejercicio fiscal se deberá requisitar el Anexo 5 a fin de contar con su descripción y datos generales. Los informes de gestión a los que se refiere el numeral 4.3.7 de las presentes Reglas estarán ligados a las Unidades apoyadas y registradas por el Programa. |
UNIDADES DE CREACIÓN
Acción C.II.___ | Nombre de la Unidad | Tipo de apoyo (señale con una X) | Monto(s) solicitado(s) | Descripción general del apoyo (255 caracteres) |
(Redacte la acción) | (Nombre de la Unidad que se apoya con esta acción) | Acondicionamiento | | $0.00 | |
Equipamiento | | $0.00 | |
Pago de servicios profesionales | | $0.00 | |
Gastos de operación | | $0.00 | |
Folio de la Unidad | | |
(Número de folio de la Unidad que se apoya con esta acción) | Vigilancia (personal de seguridad) | | $0.00 | |
Otros | | $0.00 | |
Total de recursos destinados a esta Unidad: | $0.00 |
1. Justifique la necesidad de creación de la Unidad. Realice un breve diagnóstico de la violencia contra las mujeres en el área de influencia de la Unidad que dé sustento a la acción. |
|
2. Describa el perfil de la población a la cual se dirigen las acciones ( ¿para quién?) |
|
3. Señale el número programado de personas que se beneficiará con la ejecución de esta acción |
No. de Mujeres | | No. de Hijas | | No. de Hijos | | Personas allegadas | |
4. Indique los municipios y, en su caso, las localidades de cobertura de la Unidad que se busca apoyar ( ¿dónde?) |
Clave INEGI | Municipio (Nombre oficial) | Clave INEGI | Localidad (Nombre oficial) |
1. | | | |
2.. | | | |
5. Describa el proceso para la ejecución de la acción ( ¿qué, cómo, en qué orden, duración?) Este apartado debe estar alineado al documento rector (modelo, protocolo, ruta crítica, etc.) |
|
6. Enliste y calendarice las actividades a realizar(19) | Periodo de ejecución (señale con una X) |
| Feb. | Mzo. | Abr. | May. | Jun. | Jul. | Ago. | Sep. | Oct. | Nov. | Dic. |
1. | | | | | | | | | | | |
2.. | | | | | | | | | | | |
7. Enumere los productos, materiales y evidencias documentales por entregar(20) |
|
1. 2. 3. 4. |
8. Detalle con cuáles actores estratégicos (instancias, áreas o dependencias externas a la IMEF) se vincularán para llevar a cabo la acción ( ¿con quién?). Nota: No incluir a la población beneficiaria. |
Actores estratégicos (Nombre completo de las instituciones, dependencias y organizaciones) | Instrumento/Mecanismo de coordinación | Colaboración/Aportación-Contribución (21) |
| | |
| | |
| | |
8. Desglose la información de los recursos necesarios para llevar a cabo esta acción ( ¿cuánto costará?) |
Recursos Materiales |
Concepto de gasto | Detalle | Unidad de medida | Cantidad | Costo unitario | Total |
| | | | | |
| | | | | |
Total Acción CII.___ | |
Aclaraciones al presupuesto: |
|
Recursos Humanos |
Concepto de gasto | Detalle | Cantidad | Costo unitario | Total |
| | | | |
| | | | |
Total Acción CII.____ | |
Aclaraciones al presupuesto: |
|
UNIDADES DE FORTALECIMIENTO (CONTINUIDAD)
Acción C.II.___ | Nombre de la Unidad | Tipo de apoyo (señale con una X) | Monto(s) solicitado(s) | Descripción general del apoyo (255 caracteres) |
(Redacte la acción) | (Nombre de la Unidad que se apoya con esta acción) | Acondicionamiento | | $0.00 | |
| Equipamiento | | $0.00 | |
Pago de servicios profesionales | | $0.00 | |
Gastos de operación | | $0.00 | |
Folio de la Unidad | | |
(Número de folio de la Unidad que se apoya con esta acción) | Vigilancia (personal de seguridad) | | $0.00 | |
| Otros | | $0.00 | |
| Total de recursos destinados a esta Unidad: | $0.00 |
1. a) Realice un breve diagnóstico de la violencia contra las mujeres en el área de influencia de esta Unidad, a partir de la experiencia del trabajo realizado. b) Señale las áreas de oportunidad detectadas, así como las estrategias que se implementarán en el presente Programa Anual para mejorar los servicios brindados por la unidad. Aborde elementos de accesibilidad, ubicación, seguridad y condiciones de los espacios, entre otros. (Es en este apartado donde se deben plantear y justificar los nuevos requerimientos de recursos humanos y materiales que se solicitan para el presente ejercicio |
|
(Continúa en la Tercera Sección)
1 Los ejemplos pretenden orientar el tipo de acciones que se pueden proponer en el marco de las vertientes, lo cual no implica que necesariamente deban ser estas mismas.
2 El enfoque de estas acciones debe sustentarse en la perspectiva de género y en el marco de los derechos humanos y la interculturalidad.
3 Los objetivos específicos deberán ser congruentes con el objetivo general. Asimismo, por cada vertiente de participación, incluir al menos un objetivo específico.
4 Insertar las filas necesarias para describir la totalidad de las actividades por desarrollar para la ejecución de la acción.
5 Estos materiales deben corresponder con el Anexo Técnico.
6 En su caso, se puede señalar si la aportación es en efectivo o en especie.
7 Insertar las filas necesarias para describir la totalidad de las actividades por desarrollar para la ejecución de la acción
8 Estos materiales deben corresponder con el Anexo Técnico
9 En su caso, se puede señalar si la aportación es en efectivo o en especie.
10 Insertar las filas necesarias para describir la totalidad de las actividades por desarrollar para la ejecución de la acción.
11 0 Estos materiales deben corresponder con el Anexo Técnico.
12 En su caso, se puede señalar si la aportación es en efectivo o en especie.
13 Insertar las filas necesarias para describir la totalidad de las actividades por desarrollar para la ejecución de la acción.
14 Estos materiales deben corresponder con el Anexo Técnico.
15 En su caso, se puede señalar si la aportación es en efectivo o en especie.
16 Insertar las filas necesarias para describir la totalidad de las actividades por desarrollar para la ejecución de la acción
17 Estos materiales deben corresponder con el Anexo Técnico.
18 En su caso, se puede señalar si la aportación es en efectivo o en especie.
19 Insertar las filas necesarias para describir la totalidad de las actividades por desarrollar para la ejecución de la acción.
20 Estos materiales deben corresponder con el Anexo Técnico.
21 En su caso, se puede señalar si la aportación es en efectivo o en especie.
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