CÓDIGO de Ética del Banco de México.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.
CÓDIGO DE ÉTICA DEL BANCO DE MÉXICO
Noviembre 2017
Los servidores públicos del Banco de México debemos cumplir en nuestro desempeño con los siguientes principios establecidos en los artículos 5 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y 7 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas:
1. Legalidad | 6. Imparcialidad | 11. Economía |
2. Objetividad | 7. Eficiencia | 12. Integridad |
3. Profesionalismo | 8. Eficacia | 13. Competencia por mérito |
4. Honradez | 9. Equidad | 14. Disciplina |
5. Lealtad | 10. Transparencia | 15. Rendición de cuentas |
Para que continuemos mereciendo la confianza de la sociedad y logremos cumplir cabalmente con la misión(1) y visión(2) institucional, debemos estar conscientes permanentemente de la responsabilidad, altas expectativas y satisfacción que trae consigo el trabajo que desarrollamos en Banco de México.
Es por ello que nuestro Código de Ética refleja, además de los principios que la ley nos impone respetar en el servicio público, otros que hemos decidido formalizar como rectores de la conducta de quienes conformamos este Instituto Central y que nos distinguen en nuestra actuación diaria, de acuerdo con altos estándares éticos y reflejan cabalmente el compromiso que tenemos con la sociedad:
RESPONSABILIDAD
En el desempeño de nuestro empleo, cargo o comisión, cumplimos con los compromisos que asumimos tendientes a lograr la Misión y Visión Institucional, reconociendo y aceptando las consecuencias de las decisiones que tomamos, así como de los actos que llevamos a cabo. De igual forma, cuidamos de la información a la que tenemos acceso y actuamos con sobriedad y prudencia.
IGUALDAD
Entendemos la igualdad como un principio transversal de los derechos humanos inherente a toda persona que, a su vez, asume la diferencia como una expresión de la diversidad humana. Por tanto, desempeñamos nuestras funciones sin distinción, preferencia, excepción, limitación o exclusión, por motivos de: origen étnico; color de piel; sexo; género; edad; discapacidades; características genéticas; embarazo; apariencia física; condición social, económica, de salud o jurídica; religión; nacionalidad; situación migratoria; cultura; idioma; lengua; opiniones; preferencias sexuales; identidad o filiación política o sindical; estado civil; situación familiar; responsabilidades familiares; o cualquier otro motivo por el cual se ejerza una discriminación que atente contra la dignidad humana y tenga por consecuencia anular o menoscabar derechos y libertades de las personas. Asimismo, actuamos con respeto, es decir con la consideración que se tiene hacia toda persona, en la que se otorga sin excepción alguna un trato digno y cordial que respeta derechos, libertades, creencias y preferencias.
INTERÉS PÚBLICO
Estamos conscientes de la confianza que la sociedad nos ha depositado para el cumplimiento del mandato constitucional del Banco de México, por lo que nuestras actividades se encaminan en todo momento a la atención de las necesidades y demandas de la colectividad, por encima de intereses y beneficios particulares.
EXCELENCIA
Nos esforzamos en el ejercicio de nuestra función, mejorando de manera permanente el desempeño del trabajo que desarrollamos.
Nuestro Código de Ética implica un compromiso integral, pues estos valores los adoptamos no solo por su
significado genérico, sino como la esencia de nuestra forma de trabajar y de comportarnos tanto dentro como fuera de la Institución.
Asimismo, además de guiar la conducta de quienes conformamos el Banco de México, el presente Código es un marco de referencia que permite a las personas con las que el propio Banco tiene alguna relación, ya sea contractual, por actos de autoridad que ejerce, por servicios que presta o por cualquier otra forma, conocer los principios y valores que ellas esperarían de su personal. En ese sentido, el Banco pondrá a disposición del público en general el presente Código en su página de internet.
DISPOSICIONES GENERALES
u Cumplimiento de los valores y normas aplicables
Es nuestra responsabilidad conocer el contenido del presente Código y utilizarlo como guía de nuestra actuación y conducta.
Los valores contenidos en este Código de Ética no sustituyen ni modifican la validez de las disposiciones legales y normativas aplicables al Banco de México y a su personal, por lo que su observancia no nos exime del conocimiento y cumplimiento de dichas disposiciones.
u Constancia de recibo y compromiso de cumplimiento
El Banco de México nos entregará un ejemplar y recabará nuestra constancia de recibo y compromiso de cumplimiento del presente Código. El personal de nuevo ingreso suscribirá dicha constancia al momento de su incorporación al Banco. El compromiso de cumplimiento se refrendará periódicamente en los plazos que el Banco determine para asegurar que conocemos, comprendemos y cumplimos con nuestro Código.
u Disposiciones complementarias
Quienes sean titulares de las unidades administrativas que dependan directamente de la Junta de Gobierno o del Gobernador, podrán emitir disposiciones complementarias al presente Código, siempre que las mismas no se contrapongan con las contenidas en este ordenamiento y sean aprobadas por los órganos competentes.
u Línea de Denuncia
El Banco de México pone a nuestra disposición una línea de denuncia para que formulemos cualquier duda, queja o denuncia derivada del comportamiento contrario a los principios que rigen el servicio público y valores éticos contenidos en el presente Código. Esta línea es atendida por la Dirección General de Contraloría y Administración de Riesgos, a través del correo electrónico etica@banxico.org.mx, mediante mensaje de voz marcando el número telefónico directo 5237.2222, o la extensión 2222 en el interior del Banco, o bien a través de los sistemas que para dichos efectos determine el Banco y dé a conocer en su oportunidad. Cabe señalar que los asuntos serán atendidos con absoluta confidencialidad e incluso pueden presentarse de manera anónima.
u Interpretación y Difusión
La interpretación y difusión del Código de Ética estará a cargo de la Dirección General de Contraloría y Administración de Riesgos, quien promoverá entre el personal del Banco de México capacitación en materia de los principios que rigen el servicio público y valores contenidos en el presente Código.
Sin perjuicio de lo anterior, quienes sean titulares de las unidades administrativas del Banco serán responsables de la difusión del presente Código en sus respectivas áreas, así como de fomentar un ambiente de confianza donde el personal pueda reportar conductas contrarias al presente Código sin temor a represalias.
Aprobación y Entrada en vigor
El presente Código de Ética fue aprobado por la Comisión de Responsabilidades del Banco de México, en sesión del 29 de noviembre de 2017, con fundamento en el artículo 36, fracción IV, del Reglamento Interior del Banco de México, contando con la previa conformidad del Comité de Ética del propio Banco, dada en sesión del 16 de junio de 2017, mismo que entrará en vigor el 15 de enero de 2018.
Se abroga el Código de Ética del Banco de México aprobado por la Junta de Gobierno del propio Banco en sesión de fecha 17 de diciembre de 2009, así como sus reformas y adiciones.
El Presidente de la Comisión de Responsabilidades, Javier Eduardo Guzmán Calafell.- Rúbrica.- El Director General Jurídico, Luis Urrutia Corral.- Rúbrica.- El Director General de Contraloría y Administración de Riesgos, Juan Manuel Sánchez Ramírez.- Rúbrica.- El Secretario, Humberto Enrique Ruiz Torres.- Rúbrica.
(R.- 461183)
1 El Banco de México tiene el objetivo prioritario de preservar el valor de la moneda nacional a lo largo del tiempo y, de esta forma, contribuir a mejorar el bienestar económico de los mexicanos.