DOF: 06/06/2018
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que la Sala Regional de Morelos del Tribunal Federal de Justicia Administrati

CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que la Sala Regional de Morelos del Tribunal Federal de Justicia Administrativa negó a Ingeniería y Construcción Roel, S.A. de C.V., la suspensión definitiva de la inhabilitación temporal para participar en procedimientos de contratación.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos.- Área de Responsabilidades.- Ingeniería y Construcción Roel, S.A. de C.V.- Expediente PSP.- 001/2016.

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE LA SALA REGIONAL DE MORELOS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA NEGÓ A INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN ROEL, S.A. DE C.V., LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA DE LA INHABILITACIÓN TEMPORAL PARA PARTICIPAR EN PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN.
CIRCULAR OIC/CAPUFE/TAR/002/2018
Oficiales mayores de las dependencias, Procuraduría
General de la República y equivalentes de las entidades
de la Administración Pública Federal y de los gobiernos
de las entidades federativas.
Presente.
Con fundamento en los artículos 134, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 37, fracción XII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, 8 y 9, primer párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria; 77 y 78, fracción IV, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 3, letra C y 99, fracción I, punto 12, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública.
Esta Autoridad hace de su conocimiento que la Sala Regional de Morelos del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, dentro del juicio de nulidad número 778/17-24-01-3 (promovido por INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN ROEL, S.A. DE C.V., en contra de la resolución definitiva 09/120/GIN/TAR.-173/2017, del 14 de junio del 2017), emitió sentencia interlocutoria el 3 de mayo de 2018, a través de la cual negó a dicha persona moral la suspensión definitiva de la inhabilitación temporal para participar en procedimientos de contratación, por el periodo de tres meses de manera directa o por interpósita persona en procedimientos de contratación o celebrar contratos regulados por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
En virtud de lo anterior, se hace de su conocimiento que a partir del día siguiente a aquel en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios del sector público, obras públicas y servicios relacionados con las mismas, con dicha empresa de manera directa o por interpósita persona, por el periodo de 32 días, que corresponden a la parte que resta computar del plazo de inhabilitación de tres meses impuesto.
Las entidades federativas y los municipios interesados deberán cumplir con lo señalado en esta Circular
cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como la obra pública que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.
Una vez transcurrido el periodo de 32 días antes señalado, el impedimento de cuenta quedará sin efectos, toda vez que la empresa sancionada ha pagado la multa que le fue impuesta a través de la citada Resolución Definitiva.
Atentamente
Cuernavaca, Morelos, a veintiocho de mayo de dos mil dieciocho.- El Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, Pedro Olmos Orta.- Rúbrica.
 

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