DOF: 06/06/2018
ACUERDO que modifica el diverso por el que se emiten las Disposiciones Generales para la Integración y Funcionamiento de los Comités Hospitalarios de Bioética y se establecen las unidades hospitalarias que deben contar con ellos, de conformidad con los c

ACUERDO que modifica el diverso por el que se emiten las Disposiciones Generales para la Integración y Funcionamiento de los Comités Hospitalarios de Bioética y se establecen las unidades hospitalarias que deben contar con ellos, de conformidad con los criterios establecidos por la Comisión Nacional de Bioética, publicado el 31 de octubre de 2012.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.

JOSÉ RAMÓN NARRO ROBLES, Secretario de Salud, con fundamento en los artículos 16 y 39, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 41 Bis, fracción I y párrafo segundo, de Ley General de Salud, así como 6 y 7, fracción XVI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 4o., párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece el derecho humano que toda persona tiene en nuestro país a la protección de la salud;
Que de conformidad con el artículo 41 Bis, de la Ley General de Salud, los establecimientos para la atención médica del sector público, social o privado del Sistema Nacional de Salud contarán, entre otros, con un comité hospitalario de bioética, el cual se sujetará a la legislación vigente, así como a los criterios que establezca la Comisión Nacional de Bioética;
Que con fecha 31 de octubre de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el "Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones Generales para la Integración y Funcionamiento de los Comités Hospitalarios de Bioética y se establecen las unidades hospitalarias que deben contar con ellos, de conformidad con los criterios establecidos por la Comisión Nacional de Bioética", el cual prevé, entre otros aspectos, el procedimiento para la inscripción de los referidos comités ante la Comisión Nacional de Bioética, y
Que en el marco de la línea de acción relativa a "Promover permanentemente la mejora regulatoria que reduzca los costos de operación de las empresas, aumente la competencia y amplíe el acceso a insumos a precios competitivos", prevista dentro de la estrategia transversal "Democratizar la Productividad", del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, resulta conveniente reducir el plazo de expedición de las constancias de registro de los comités hospitalarios de bioética, he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO
ARTÍCULO ÚNICO. Se MODIFICA el párrafo sexto de la disposición Séptima, del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones Generales para la Integración y Funcionamiento de los Comités Hospitalarios de Bioética y se establecen las unidades hospitalarias que deben contar con ellos, de conformidad con los criterios establecidos por la Comisión Nacional de Bioética, para quedar como sigue:
SÉPTIMA. ...
...
...
...
...
Una vez admitida la solicitud, la Comisión contará con un plazo de cinco días hábiles para emitir la constancia de registro correspondiente, la cual tendrá una vigencia de tres años.
...
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Los trámites que se encuentren pendientes de resolución a la fecha de publicación del presente Acuerdo, deberán ser resueltos conforme a las disposiciones aplicables al momento de su presentación.
Dado en la Ciudad de México, a los veintinueve días del mes de mayo de dos mil dieciocho.- El Secretario de Salud, José Ramón Narro Robles.- Rúbrica.
 

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