EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Iglesia de Dios Esmirna Pentecostés en Cacahoatán, para constituirse en asociación religiosa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de Asociaciones Religiosas.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ EL C. GUADALUPE CASTRO MORALES Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA IGLESIA DE DIOS ESMIRNA PENTECOSTES EN CACAHOATAN.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la agrupación denominada IGLESIA DE DIOS ESMIRNA PENTECOSTES EN CACAHOATAN, para constituirse en asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: 16a avenida Norte número 8, barrio La Unidad, municipio de Cacahoatán, Estado de Chiapas, Código Postal 30890.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble, ubicado en 16a avenida Norte número 8, barrio La Unidad, municipio de Cacahoatán, Estado de Chiapas, Código Postal 30890, bajo contrato de comodato.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministro de culto y representante, mismos que señalan como objeto, el siguiente: "Realizar sistemáticamente cultos de adoración al único Dios verdadero, en los cuales los congregantes pueden expresar su fe, mediante alabanzas, conciertos, testimonios, estudios de la biblia, manifestaciones de júbilo y los ritos propios de nuestra liturgia".
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio arraigo entre la población.
V.- Representante: Guadalupe Castro Morales.
VI.- Relación de asociados: Guadalupe Castro Morales, María Arely Salvador Escobar, María Escobar Ramos, Keyli Janeth Guillén Bartolón y María Elena Castro Cahs.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina "Consejo de Administración", integrado por las personas y cargos siguientes: Guadalupe Castro Morales, Presidente; María Arely Salvador Escobar, Secretaria; María Escobar Ramos, Tesorera; Keyli Janeth Guillén Bartolón, Primer Vocal; y María Elena Castro Cahs, Segundo Vocal.
IX.- Ministro de culto: Guadalupe Castro Morales.
X.- Credo religioso: Cristiano Evangélico Pentecostés.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación, a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, a los veintiocho días del mes de mayo de dos mil dieciocho.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel Díaz León.- Rúbrica.