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DOF: 17/08/2018
ANEXO Técnico de Ejecución Específico para la operación del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria para el ejercicio presupuestal 2018, que celebran la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y la Ciudad de M

ANEXO Técnico de Ejecución Específico para la operación del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria para el ejercicio presupuestal 2018, que celebran la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y la Ciudad de México.

ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE SANIDAD E
INOCUIDAD AGROALIMENTARIA PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2018 EN LA CIUDAD DE MÉXICO
ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2018 EN LA CIUDAD DE MÉXICO QUE CELEBRA POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN, EN LO SUBSECUENTE LA "SAGARPA", REPRESENTADO POR EL DR. FRANCISCO JAVIER TRUJILLO ARRIAGA, DIRECTOR GENERAL DE SANIDAD VEGETAL, MVZ HUGO FRAGOSO SÁNCHEZ, DIRECTOR GENERAL DE INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, ACUÍCOLA Y PESQUERA, LIC. JESÚS ÓSCAR VIDALES TORRES, DIRECTOR DE PLANEACIÓN E INTELIGENCIA SANITARIA, LCA. HUGO FRANCISCO, SANDOVAL LÓPEZ, TITULAR DE LA UNIDAD DE COORDINACIÓN Y ENLACE Y MTRO SALVADOR DELGADILLO ALDRETE, TITULAR DE LA UNIDAD DE PROMOCIÓN Y VINCULACIÓN, TODOS DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD, INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, Y EL LIC. SERGIO MARTÍNEZ CHAVARRÍA GALINDO, TITULAR DE LA DELEGACIÓN EN LA CIUDAD DE MÉXICO, EN ADELANTE REFERIDOS RESPECTIVAMENTE COMO EL "SENASICA" Y LA "DELEGACIÓN"; Y POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN ADELANTE LA "CDMX", REPRESENTADO POR LA LIC. EVANGELINA HERNÁNDEZ DUARTE, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES, A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO LAS "PARTES", CON EL OBJETO DE ESTABLECER LAS ESTRATEGIAS Y ACCIONES PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA ANTES SEÑALADO, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.     Que con fecha 25 de febrero del año 2015, las "PARTES" celebraron un Convenio de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable 2015-2018, en lo sucesivo identificado como el "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018", cuyo objeto consiste en establecer las bases de coordinación y cooperación entre las "PARTES", con el fin de llevar a cabo proyectos, estrategias y acciones conjuntas para el Desarrollo Rural Sustentable en general, así como las demás iniciativas que en materia de desarrollo agropecuario y pesquero se presenten en lo particular, para impulsar el desarrollo integral de este sector en la Ciudad de México.
II.     Que en la Cláusula Cuarta del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018", las "PARTES" acordaron que con el fin de establecer las bases de asignación y ejercicio de los apoyos previstos en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, en lo sucesivo "DPEF", las Reglas de Operación de los Programas de la "SAGARPA" y demás disposiciones legales aplicables que se encuentren vigentes, realizarán una aportación conjunta; por lo que toca a la aportación federal ésta se encontrará sujeta a la suficiencia presupuestal establecida en el "DPEF" del ejercicio presupuestal correspondiente; y a cargo de la "CDMX" sobre la base de la suficiencia presupuestal prevista en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado del ejercicio fiscal que corresponda.
       Asimismo, en la referida Cláusula las "PARTES" acordaron aplicar las Reglas de Operación de los Programas de la "SAGARPA" que se encuentren vigentes en el ejercicio presupuestal de que se trate, que para el Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria durante 2018 se dieron a conocer mediante el Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio 2018, en lo sucesivo las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA", y el Acuerdo por el que se dan a conocer las Disposiciones Generales aplicables a las Reglas de Operación de los Programas de la "SAGARPA" para el ejercicio 2018, en lo subsecuente el "ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES", publicados en el Diario Oficial de la Federación el 29 y 27 de diciembre de 2017, respectivamente.
III.    Que en la Cláusula Decimonovena del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018" se establecen las materias respecto de las cuales las "PARTES" podrán conjuntar esfuerzos y en su caso, recursos, para lo cual suscribirán durante cada ejercicio fiscal el Anexo Técnico de Ejecución correspondiente.
IV.   Que en apego a lo establecido en el artículo 35, del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2017, en lo sucesivo el "DPEF 2018", la "SAGARPA" destina recursos orientados a incrementar la producción, la productividad y la competitividad agroalimentaria y pesquera del país, a la generación del empleo rural y para las actividades pesqueras y acuícolas, a promover en la población campesina y de la pesca el bienestar, así como su incorporación al desarrollo nacional,
dando prioridad a las zonas de alta y muy alta marginación y a poblaciones indígenas.
       Asimismo, se procurará fomentar el abasto de alimentos y productos básicos y estratégicos a la población, promoviendo su acceso a los grupos sociales menos favorecidos y dando prioridad a la producción nacional, a que se refiere el artículo 178 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
V.    Que en el presente Anexo Técnico de Ejecución Específico se formalizará entre la "SAGARPA" y la "CDMX" la distribución de recursos del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria para el ejercicio fiscal 2018 de conformidad con lo establecido en el "Anexo 11.1 Distribución de Recursos por Entidad Federativa" del "DPEF 2018".
VI.   Que en las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA" se establecen los Componentes del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria para el ejercicio fiscal 2018, en lo subsecuente el "PROGRAMA", así como los conceptos de incentivo, requisitos y procedimientos para acceder a éstos, así como su mecánica operativa.
VII.   Que en la Cláusula Decimocuarta del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018", cada una de las "PARTES" designó un representante para la suscripción de los Anexos Técnicos de Ejecución.
       La "SAGARPA" designó como su representante al Titular de la Delegación en la Ciudad de México, el cual a la presente fecha se encuentra a cargo del C. Lic. Sergio Martínez Chavarría Galindo; y
       Por su parte, la "CDMX", designó como su representante a la Secretaria de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, cargo que a la presente ostenta la C. Lic. Evangelina Hernández Duarte.
DECLARACIONES
I.DE LA "SAGARPA":
I.1. Que los CC. Dr. Francisco Javier Trujillo Arriaga, Director General de Sanidad Vegetal, MVZ Hugo Fragoso Sánchez, Director General de Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera, Lic. Jesús Óscar Vidales Torres, Director de Planeación e Inteligencia Sanitaria, LCA Hugo Francisco Sandoval López, Titular de la Unidad de Coordinación y Enlace y el Mtro. Salvador Delgadillo Aldrete, Titular de la Unidad de Promoción y Vinculación, servidores públicos del "SENASICA", cuentan con facultades para suscribir el presente Anexo Técnico de Ejecución Específico, conforme a los artículos 2, Apartado D fracción VII, 44, 45 fracción IX y 46 fracción V, del Reglamento Interior de la "SAGARPA"; 1, 4, 6 fracciones I, II, III, IV, VII, VIII, IX, 13, 14 del Reglamento Interior del "SENASICA"; y 7 fracción XLII inciso a) de las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA".
I.2. El "SENASICA" señala como domicilio legal para los efectos legales del presente Anexo Técnico de Ejecución Específico, el ubicado en Boulevard Adolfo Ruiz Cortines Número 5010, Piso 3, Colonia Insurgentes Cuicuilco, Demarcación Territorial Coyoacán, Código Postal 04530, Ciudad de México.
I.3. Que el titular de la "DELEGACIÓN", el C. Lic. Sergio Martínez Chavarría Galindo, se encuentra facultado para suscribir el presente Anexo Técnico de Ejecución Específico, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2. Apartado C, 35, 36, fracción IX y 37 fracciones I, V y VII del Reglamento Interior de la "SAGARPA", publicado el 25 de abril de 2012, en concordancia con la Cláusula Decimocuarta del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018"; así como en el Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, con fecha 2 de mayo de 2007, mediante el cual el Titular de la "SAGARPA" delegó la atribución de suscribir los instrumentos jurídicos derivados de los convenios de coordinación firmados entre esta dependencia del Ejecutivo Federal y las 31 entidades federativas y el Distrito Federal, indistintamente, a favor de los delegados de la "SAGARPA".
I.4. Señala como domicilio legal para los efectos legales del presente Anexo Técnico de Ejecución Específico el ubicado en Camino a Nativitas s/n Barrio Xaltocán entre Madreselva y Ciclamen Delegación Xochimilco, C.P. 16090, Ciudad de México
II. DE LA "CDMX":
II.1. Que la C. Lic. Evangelina Hernández Duarte en su carácter de Secretaria de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, acredita su personalidad con el nombramiento otorgado por el C. Jefe de Gobierno Dr. Miguel Ángel Mancera Espinosa, contando con las facultades necesarias para suscribir el presente Anexo Técnico de Ejecución Específico, de conformidad con lo previsto en los artículos 15, fracción 20, 16 fracción IV y 17 y 23 Quintus, fracciones I, IV, V, VI y XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 7 fracción XIX, 8 y 26 fracción XVI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y la Cláusula Decimocuarta del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018".
II.2. Señala como domicilio legal para los efectos legales del presente Anexo Técnico de Ejecución
Específico, el ubicado en Fray Servando Teresa de Mier No. 198 Colonia Centro Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06000
III. DE LAS "PARTES":
III.1. Que para el mejor resultado y óptimo beneficio en la aplicación de los recursos asignados al "PROGRAMA" en el marco del Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, las "PARTES" han determinado la implementación del presente instrumento para la asignación de responsabilidades y compromisos específicos.
III.2. Los recursos federales y estatales acordados entre las "PARTES" en el presente Anexo Técnico de Ejecución Específico, serán destinados exclusivamente al "PROGRAMA" y sus componentes de acuerdo a lo establecido en las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA".
Para tal efecto, las "PARTES" acuerdan la implementación del presente instrumento para la asignación de responsabilidades y compromisos específicos mediante las siguientes:
CLÁUSULAS
OBJETO
PRIMERA.- El objeto del presente instrumento es establecer las estrategias y acciones de las materias consideradas en el "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018", para lo cual se definirán los objetivos, líneas de acción, metas programáticas y montos, asignados a los componentes del "PROGRAMA", así como su programa de trabajo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 35 del "DPEF 2018" y 1, 8, 10, 11, 13, 14, 16, 17, 19, 31, 32 y 33 de las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA".
APORTACIONES DE RECURSOS
SEGUNDA.- Con el fin de establecer las bases de asignación y ejercicio de los apoyos previstos en el "DPEF 2018", en las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA" y en las demás disposiciones legales aplicables, la "SAGARPA" y la "CDMX" acuerdan que para el ejercicio fiscal 2018, realizarán una aportación conjunta para el "PROGRAMA" hasta por un monto de $5'625,000 (Cinco millones seiscientos veinticinco mil pesos 00/100 M.N.), integrados en la forma siguiente:
1.     Hasta la cantidad de $4'500,000 (Cuatro millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.), correspondientes a la aportación federal a cargo de la "SAGARPA", con base en la suficiencia presupuestal prevista en el "DPEF 2018"; y
2.     Hasta la cantidad de $1'125,000.00 (Un millón ciento veinticinco mil pesos 00/100 M.N.), correspondientes a la aportación estatal a cargo de la "CDMX" con base en la suficiencia presupuestal prevista en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México, publicado en fecha 31 de diciembre en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
La aportación, distribución y ministración de los recursos señalados se llevarán a cabo de conformidad con la programación referida en los Apéndices I y II, los recursos serán depositados, en términos del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018" y las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA". Las ministraciones se depositarán en el Fideicomiso Fondo de Fomento Agropecuario del Distrito Federal, en lo sucesivo el "FOFADF". Los recursos antes indicados, serán dispersados por el "SENASICA", a partir de la firma del presente instrumento.
En caso de presentarse alguna contingencia o emergencia en la Ciudad de México, los incentivos serán dispersados de acuerdo a las necesidades sanitarias que así se requieran.
De conformidad con lo establecido en artículo 21 del "ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES " y, del total de los recursos federales y estatales convenidos, se destinarán hasta un 5%(cinco por ciento), para cubrir los Gastos de Operación del "PROGRAMA".
En ese sentido, las "PARTES" acuerdan que la aportación de la totalidad de los Gastos de Operación de origen federal y estatal se realizará en la primera ministración de recursos que se realice de cada componente al "FOFADF", de acuerdo con lo pactado en la Cláusula Octava del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018" y la distribución que se establezca en el Apéndice III del presente instrumento, denominado "Cuadro de Montos y Metas 2018", lo que deberán ser acorde con lo dispuesto en los "Lineamientos para la ejecución de los Gastos de Operación de los Programas de la "SAGARPA" 2018", emitidos por el Oficial Mayor del Ramo el día 15 de enero de 2018.
De igual modo los Gastos de Operación del "PROGRAMA" serán ejercidos por el "SENASICA", la
"DELEGACIÓN" y la "CDMX" mediante el "FOFADF", atendiendo en todo momento lo establecido en las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA", el "ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES" y los "Lineamientos para la ejecución de los Gastos de Operación de los Programas de la "SAGARPA" 2018", emitidos por el Oficial Mayor del Ramo el día 15 de enero de 2018.
Se destinará el 10% (diez por ciento) de presupuesto total con cargo a los componentes a efecto de ejecutar los siguientes proyectos transversales bajo la distribución que se enuncia:
I      Sistema informático 1.5% (uno punto cinco por ciento);
II     Divulgación 1.5% (uno punto cinco por ciento);
III    Capacitación 2% (dos por ciento);
IV    Inteligencia Sanitaria 1% (uno por ciento), y
V     Emergencias Sanitarias el 4% (cuatro por ciento)
Para lo cual el SENASICA por conducto de la Unidad de Coordinación y Enlace, validará los programas de trabajo correspondientes a través del Sistema de Monitoreo de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SIMOSICA).
PROGRAMA DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
TERCERA.- Para la consecución de los objetivos específicos del "PROGRAMA", previstos en el artículo 3 de las "REGLAS OPERACIÓN DEL PSIA", es que los recursos señalados en la Cláusula Segunda, serán destinados a su ejecución y operación en la Ciudad de México a través de los componentes:
I.     Vigilancia Epidemiológica, de Plagas y Enfermedades Cuarentenarias.
II.    Inspección y Vigilancia Epidemiológica, de Plagas y Enfermedades no Cuarentenarias.
III.    Campañas Fitozoosanitarias, y
IV.   Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera.
Que las metas y los objetivos, así como las actividades y plazos correspondientes de cada proyecto se determinarán a través de los Programas de Trabajo, los que debieron ser autorizados por el "SENASICA", en su carácter de la Unidad Responsable de los componentes del "PROGRAMA", de conformidad con el artículo 7, fracciones I, IIV y XLI, de las "REGLAS OPERACIÓN DEL PSIA".
Los Programas de Trabajo en cita, serán considerados instrumentos vinculantes para quienes los suscriben, los cuales estarán vigentes de enero a diciembre de 2018 y deberán encontrarse alineados a las políticas sanitarias nacionales, estatales y regionales, así como reunir las características de impacto sanitario.
Asimismo, los referidos Programas de Trabajo deberán incluir acciones, metas y objetivos conforme a la estrategia definida por el "SENASICA" y acordes al desarrollo de la Sanidad e Inocuidad en la Entidad Federativa o región.
La distribución de los recursos señalados en la Cláusula Segunda se llevará a cabo de conformidad con la programación a que se refiere el Apéndice III "Cuadro de Montos y Metas 2018".
OBLIGACIONES Y ATRIBUCIONES
CUARTA.- Las "PARTES" en la consecución del presente instrumento tendrán las obligaciones y atribuciones conforme a lo dispuesto en las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA", el "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018" y la legislación presupuestaria federal aplicable.
DISPOSICIONES GENERALES
QUINTA.- En todo lo relativo a las auditorías, control y seguimiento, suspensión de recursos, difusión y transparencia, evaluación y solución de controversias, y demás disposiciones aplicables previstas en el "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018", las "PARTES" acuerdan estarse y sujetarse a los términos establecido en dicho instrumento.
DE LAS MODIFICACIONES.
SEXTA.- Las situaciones no previstas en el presente Anexo Técnico de Ejecución Espefico y, en su caso, las modificaciones o adiciones que se realicen, serán pactadas de común acuerdo entre las "PARTES" y se harán constar por escrito mediante Convenio Modificatorio que al efecto se celebre, el cual que surtirá sus efectos a partir del momento de su suscripción.
 
Por lo que deberán concurrir a la firma del Convenio Modificatorio el Director General de Sanidad Vegetal, el Director General de Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera, el Titular de la Unidad de Promoción y Vinculación, el Director de Planeación e Inteligencia Sanitaria y el Titular de la Unidad de Coordinación y Enlace del "SENASICA", el Delegado de la "SAGARPA" en la Ciudad de México y la titular de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades por parte del Gobierno de la "CDMX".
DEL CIERRE Y FINIQUITO DEL EJERCICIO
SÉPTIMA.- Para la administración y ejercicio de los recursos presupuestales señalados en la Cláusula Segunda, la "CDMX"., a través del "FOFADF", se compromete a contar con la(s) cuenta(s) o subcuenta(s) específica(s) y exclusiva(s), en la que se identifiquen las erogaciones realizadas, cuyo destino se deberá sujetar a lo establecido en este instrumento jurídico.
Para la debida ejecución del objeto materia del presente Anexo Técnico de Ejecución Específico, la "CDMX" se compromete a ejercer los recursos señalados en la Cláusula Segunda, a través del FOFADF", para los fines autorizados, así como aplicar y vigilar la programación, ejecución y desarrollo de las actividades que permitan el logro de las metas establecidas en los Apéndices de este instrumento.
En cumplimiento a la legislación federal, la "CDMX" deberá integrar los soportes e informe de la cuenta pública del "PROGRAMA", con la relación definitiva de beneficiarios al 31 de diciembre del presente año, en la que se especificarán los recursos entregados, devengados y los no devengados enterados a la Tesorería de la Federación, en lo sucesivo "TESOFE". Esta relación no podrá ser modificada, por lo que en el caso de que existan desistimientos, economías o recursos no aplicados por los beneficiarios, éstos deberán enterarse en términos de las disposiciones jurídicas y presupuestales aplicables.
De conformidad con la Cláusula Vigésima Segunda del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018", a más tardar el 31 diciembre del año 2018, deberá suscribirse el cierre y finiquito del ejercicio presupuestal y recursos convenidos, entre la "DELEGACIÓN" y la "CDMX", en el que establezcan:
1.     Los recursos pagados, devengados o reintegrados, con las relaciones de beneficiarios;
2.     Los montos de los recursos federales recibidos, aplicados y devueltos, en su caso, a la "TESOFE";
3.     Comprobante de la(s) cuenta(s) bancaria(s) específica(s) o subcuenta(s) específica(s) utilizada(s) para la administración de los recursos del "PROGRAMA", y
4.     En un capítulo separado, los intereses generados, aplicados y enterados, en su caso, a la "TESOFE", las acciones desarrolladas con estos recursos o las metas adicionales alcanzadas con los mismos.
Para los recursos devengados en los términos del artículo 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 85, 175 y 176 de su Reglamento; así como las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA", a más tardar el último día hábil de marzo del año 2019, deberá suscribirse un acta circunstanciada entre la "DELEGACIÓN" y la "CDMX", en el que establezcan:
1.     Las relaciones definitivas de beneficiarios, indicando los que se encuentren en proceso;
2.     Los montos de los recursos federales recibidos, aplicados y devueltos, en su caso, a la "TESOFE";
3.     Comprobante de la(s) cuenta(s) bancaria(s) específica(s) o subcuenta(s) específica(s) utilizada(s) para la administración de los recursos del "PROGRAMA" y de sus componentes con saldo en ceros según su caso, y
4.     En un capítulo separado, los intereses generados y enterados a la "TESOFE".
DE LA VIGENCIA
OCTAVA.- El presente instrumento entrará en vigor el día de su firma y su vigencia presupuestal y cumplimiento de acciones, será hasta el 31 de diciembre de 2018, en términos de lo establecido en los artículos 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 174 y 176 de su Reglamento y demás disposiciones de la materia, así como del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018".
Leído que fue y enteradas del alcance y contenido legal del presente Anexo Técnico de Ejecución Específico, las partes lo firman en cinco tantos originales, en la Ciudad de México, el día 2 del mes de febrero de 2018.- Por la SAGARPA: el Director General de Sanidad Vegetal, Francisco Javier Trujillo Arriaga.- Rúbrica.- El Director General de Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera, Hugo Fragoso Sánchez.- Rúbrica.- El Director de Planeación e Inteligencia Sanitaria, Jesús Óscar Vidales Torres.- Rúbrica.- El Titular de la Unidad de Coordinación y Enlace, Hugo Francisco Sandoval López.- Rúbrica.- El Titular de la Unidad de Promoción y Vinculación, Salvador Delgadillo Aldrete.- Rúbrica.- El Delegado de la SAGARPA en la
Ciudad de México, Sergio Martínez Chavarría Galindo.- Rúbrica.- Por la Ciudad de México: la Secretaria de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, Evangelina Hernández Duarte.- Rúbrica.
Apéndice I
CIUDAD DE MÉXICO
Recursos Convenidos Federación - Estado 2018
(Aportaciones en Pesos)
 
DPEF 2018
De la SAGARPA
Del Gobierno del
Estado
Gran Total
No
Total Programas y Componentes
4,500,000.00
1,125,000.00
5,625,000.00
En conformidad con lo que establece la fracción IV del artículo 7 y los incisos a), b) y c) de la fracción VII del artículo 35 del DPEF
2018. En Anexo Técnico de Ejecución Específico para el Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria
IV
Programas de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria
 
 
 
A
Campañas Fitozoosanitarias /1
1,732,250.00
887,500.00
2,619,750.00
B
Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera.
1,896,000.00
237,500.00
2,133,500.00
C
Inspección y Vigilancia Epidemiológica, de Plagas y Enfermedades Reglamentadas no Cuarentenarias /2
21,375.00
0.00
21,375.00
D
Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Cuarentenarias /3
850,375.00
0.00
850,375.00
/1 Incluye los montos para los proyectos transversales de Sistema Informático, Divulgación, Capacitación, Emergencias Sanitarias y Gastos de Operación
/2 Incluye el 50% del monto para el proyecto transversal de Inteligencia Sanitaria
/3 Incluye el 50% del monto para el proyecto transversal de Inteligencia Sanitaria
 
Apéndice II
CIUDAD DE MÉXICO
Calendario de Ejecución 2018
(Aportaciones en Pesos)
 
DPEF 2018
Total
Enero
Febrero
Marzo
Abril
Mayo
Junio
Julio
Agosto
No
Total Programas y Componentes
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
4,500,000.00
1,125,000.00
0.00
0.00
4,500,000.00
0.00
0.00
1,125,000.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
En conformidad con lo que establece la fracción IV del artículo 7 y los incisos a), b) y c) de la fracción VII del artículo 35 del DPEF 2018.
En Anexo Técnico de Ejecución Específico para el Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria
IV
Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
A
Campañas Fitozoosanitarias /1
1,732,250.00
887,500.00
0.00
0.00
1,732,250.00
0.00
0.00
887,500.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
B
Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera
1,896,000.00
237,500.00
0.00
0.00
1,896,000.00
0.00
0.00
237,500.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
C
Inspección y vigilancia Epidemiológica, de Plagas y Enfermedades Reglamentadas no Cuarentenarias /2
21,375.00
0.00
0.00
0.00
21,375.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
D
Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Cuarentenarias /3
850,375.00
0.00
0.00
0.00
850,375.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
 
/1 Incluye los montos para los proyectos transversales de Sistema Informático, Divulgación, Capacitación, Emergencias Sanitarias y Gastos de Operación
/2 Incluye el 50% del monto para el proyecto transversal de Inteligencia Sanitaria
/3 Incluye el 50% del monto para el proyecto transversal de Inteligencia Sanitaria
 
Apéndice III
Cuadro de Montos y Metas 2018
 
Concentrado Presupuestal
Componentes - concepto de apoyo
Total por Concepto de Apoyo
Metas Físicas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
I. Vigilancia Epidemiológica, de Plagas y Enfermedades Cuarentenarias
Conceptos de Apoyo de:
I. Vigilancia epidemiológica de riesgos fitosanitarios no controlados
829,000.00
0.00
829,000.00
Proyecto
2
III. Campañas Fitozoosanitarias
Conceptos de Apoyo de:
I. Prevención de plagas fitosanitarias reglamentadas
1,122,500.00
831,250.00
1,953,750.00
Proyecto
3
IV. Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera
Conceptos de Apoyo de:
II. Sistemas de reducción de riesgos de contaminación en la producción y procesamiento primario en productos agrícolas, pecuarios, acuícolas y pesqueros
1,896,000.00
237,500.00
2,133,500.00
Proyecto
1
Sistema Informático 1.5%
64,125.00
0.00
64,125.00
Proyecto
1
Divulgación 1.5%
64,125.00
0.00
64,125.00
Proyecto
1
Capacitación 2%
85,500.00
0.00
85,500.00
Proyecto
1
Inteligencia Sanitaria 1%
42,750.00
0.00
42,750.00
Proyecto
1
Emergencias Sanitarias 4%
171,000.00
0.00
171,000.00
Proyecto
1
Subtotal /1
4,275,000.00
1,068,750.00
5,343,750.00
 
 
Gasto de Operación (hasta el 5.0%) /2
225,000.00
56,250.00
281,250.00
 
 
TOTAL
4,500,000.00
1,125,000.00
5,625,000.00
 
 
/1.- Las metas programáticas y la distribución presupuestal de cada componente, se establecerá en los Programas de Trabajo que contienen los proyectos autorizados por las Direcciones Generales del SENASICA; los que serán indicativos, por lo que en caso de realizarse modificaciones se hará mediante la autorización de la adecuación al Programa de Trabajo por parte de la Dirección General correspondiente, en que deberá expresar las causas que justifiquen tales modificaciones; sin perjuicio, del cumplimiento de las disposiciones jurídicas y presupuestales aplicables.
/2.- Los Gastos de Operación serán ejecutados como se establece en el "ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES", y los "Lineamientos para la ejecución de los Gastos de Operación de los Programas de la "SAGARPA" 2018", emitidos por el Oficial Mayor del Ramo el 15 de Enero de 2018.
 
I. Vigilancia epidemiológica de riesgos fitosanitarios no controlados
Montos Presupuestales
Metas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
2018 Vigilancia Epidemiológica de Moscas Exóticas de la Fruta
700,000.00
0.00
700,000.00
Proyecto
1
2018 Programa de Vigilancia Epidemiológica Fitosanitaria de plagas cuarentenarias
129,000.00
0.00
129,000.00
Proyecto
1
TOTAL
829,000.00
0.00
829,000.00
 
2
 
I. Prevención de plagas fitosanitarias reglamentadas
Montos Presupuestales
Metas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
2018 Campaña contra Malezas Reglamentadas
1,122,500.00
0.00
1,122,500.00
Proyecto
1
2018 Manejo Fitosanitario del Nopal (Est)
0.00
415,625.00
415,625.00
Proyecto
1
2018 Manejo Fitosanitario de Hortalizas (Est)
0.00
415,625.00
415,625.00
Proyecto
1
TOTAL
1,122,500.00
831,250.00
1,953,750.00
 
3
 
II. Sistemas de reducción de riesgos de contaminación en la
producción y procesamiento primario en productos agrícolas,
pecuarios, acuícolas
y pesqueros
Montos Presupuestales
Metas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
2018 Inocuidad Agrícola
1,896,000.00
237,500.00
2,133,500.00
Proyecto
1
TOTAL
1,896,000.00
237,500.00
2,133,500.00
 
1
 
Por la SAGARPA: el Director General de Sanidad Vegetal, Francisco Javier Trujillo Arriaga.- Rúbrica.- El Director General de Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera, Hugo Fragoso Sánchez.- Rúbrica.- El Director de Planeación e Inteligencia Sanitaria, Jesús Óscar Vidales Torres.- Rúbrica.- El Titular de la Unidad de Coordinación y Enlace, Hugo Francisco Sandoval López.- Rúbrica.- El Titular de la Unidad de Promoción y Vinculación, Salvador Delgadillo Aldrete.- Rúbrica.- El Delegado de la SAGARPA en la Ciudad de México, Sergio Martínez Chavarría Galindo.- Rúbrica.- Por la Ciudad de México: la Secretaria de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, Evangelina Hernández Duarte.- Rúbrica.
 

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