DOF: 22/10/2018
ACUERDO mediante el cual se emiten las recomendaciones en materia de acceso a la información y datos personales ante cambios de titulares de Unidad de Transparencia, de Comité de Transparencia y de servidores públicos a cargo del tratamiento de datos per

ACUERDO mediante el cual se emiten las recomendaciones en materia de acceso a la información y datos personales ante cambios de titulares de Unidad de Transparencia, de Comité de Transparencia y de servidores públicos a cargo del tratamiento de datos personales.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

ACUERDO ACT-PUB/19/09/2018.06
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE EMITEN LAS RECOMENDACIONES EN MATERIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y DATOS PERSONALES ANTE CAMBIOS DE TITULARES DE UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DE COMITÉ DE TRANSPARENCIA Y DE SERVIDORES PÚBLICOS A CARGO DEL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES.
Con fundamento en los artículos 6o., apartado A, fracción VIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 2, fracción VIII; 42, fracción XXI de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 29, fracción I y 31, fracción XII, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 2, fracción VI, 83, párrafo segundo, 85 y 89, fracción XIII de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; 6, 8, 12, fracción I , XXXV y XXXVII, 18, fracciones XIV, XVI y XXVI, 24, fracciones II y V del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, emite las siguientes:
CONSIDERACIONES
1. Que el artículo 42, fracciones V, XX y XXI de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley General), establece como atribuciones del Instituto, promover y difundir el ejercicio del derecho de acceso a la información; fomentar los principios de gobierno abierto, transparencia, rendición de cuentas y participación ciudadana; así como emitir recomendaciones a los sujetos obligados para diseñar, implementar y evaluar acciones de apertura gubernamental que permitan orientar las políticas internas en la materia.
2. Que el artículo 2, fracción III de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley Federal), establece como objetivo de la Ley favorecer la rendición de cuentas a los ciudadanos, de manera que puedan valorar el desempeño de los sujetos obligados.
3. Que el artículo 35, fracción V de la Ley Federal, establece como atribución del Pleno el establecer lineamientos, instrumentos, objetivos, indicadores, metas, estrategias, códigos de buenas prácticas, modelos y políticas integrales, sistemáticas, continuas y evaluables, tendientes a cumplir con los objetivos de dicha Ley.
4. Que el veintiséis de enero de dos mil diecisiete, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPSO), que en su artículo 2, fracción VI, establece como uno de sus objetivos, garantizar que toda persona pueda ejercer el derecho a la protección de los datos personales. Asimismo, en su artículo 83, párrafo segundo, señala que el Comité de Transparencia será la autoridad máxima en materia de protección de datos personales, y en el artículo 85 establece las funciones de la Unidad de Transparencia, entre las que se encuentra gestionar las solicitudes de ejercicio de los derechos vinculados con datos personales.
5. Que el artículo 131 de la Ley Federal establece que la Unidad de Transparencia será el vínculo entre los sujetos obligados y los solicitantes.
6. Que atento a lo señalado, resulta necesario asegurar la continuidad en el funcionamiento de las Unidades de Transparencia, en aquellos casos en que existan cambios en las y los Titulares de las mismas, pues con ello se garantizará el pleno goce de sus derechos a los particulares, mediante la expedición de las Recomendaciones en materia de Acceso a la Información y Datos Personales ante cambios de titulares de Unidad de Transparencia, de Comité de Transparencia y de servidores públicos a cargo del tratamiento de datos personales, conforme al documento anexo que forma parte integral del presente Acuerdo.
Por lo antes expuesto, en las consideraciones de hecho y de derecho, el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, expide el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Se aprueban las Recomendaciones en materia de Acceso a la Información y Datos Personales
ante cambios de titulares de Unidad de Transparencia, de Comité de Transparencia y de servidores públicos a cargo del tratamiento de datos personales, conforme al documento anexo que forma parte integral del presente Acuerdo.
SEGUNDO. Se instruye a la Secretaría de Acceso a la Información para que, mediante las Direcciones Generales de Enlace, notifique el presente Acuerdo con su anexo correspondiente a los sujetos obligados de su competencia.
TERCERO. Se instruye a la Secretaría Técnica del Pleno para que, por conducto de la Dirección General de Atención al Pleno, realice las gestiones necesarias a efecto de que el presente Acuerdo se publique en el portal de Internet del Instituto.
CUARTO. Se instruye a la Dirección General de Asuntos Jurídicos para que realice las gestiones necesarias a efecto de que el presente Acuerdo se publique en el Diario Oficial de la Federación.
El presente acuerdo y su anexo pueden ser consultados en las direcciones electrónicas siguientes:
http://inicio.inai.org.mx/AcuerdosDelPleno/ACT-PUB-19-09-2018.06.pdf
www.dof.gob.mx/2018/INAI/AcuerdosDelPleno-ACT-PUB-19-09-2018.06.pdf
Así lo acordó, por unanimidad de los Comisionados, el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, en sesión ordinaria celebrada el diecinueve de septiembre de dos mil dieciocho. Los Comisionados firman al calce para todos los efectos a que haya lugar.- El Comisionado Presidente, Francisco Javier Acuña Llamas.- Rúbrica.- Los Comisionados: Carlos Alberto Bonnin Erales, Blanca Lilia Ibarra Cadena, Rosendoevgueni Monterrey Chepov, Oscar Mauricio Guerra Ford, María Patricia Kurczyn Villalobos, Joel Salas Suárez.- Rúbricas.- El Secretario Técnico del Pleno, Hugo Alejandro Córdova Díaz.- Rúbrica.
(R.- 474343)
 

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