DOF: 18/12/2018
EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Ministerios Fuente de Vida para las Naciones, para constituirse en asociación religiosa

EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Ministerios Fuente de Vida para las Naciones, para constituirse en asociación religiosa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de Asociaciones Religiosas.

EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ EL C. MIGUEL ÁNGEL ADAME CRUZ Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA MINISTERIOS FUENTE DE VIDA PARA LAS NACIONES.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la agrupación denominada MINISTERIOS FUENTE DE VIDA PARA LAS NACIONES, para constituirse en asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: Calle Séptima, Manzana 7, Lote 141, Colonia Postal, Acapulco de Juárez, Guerrero, Código Postal 39750.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble, ubicado en Calle Séptima, Manzana 7, Lote 141, Colonia Postal, Acapulco de Juárez, Guerrero, Código Postal 39750, manifestado de manera unilateral bajo contrato de comodato.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: "Proclamar y practicar el perdón, la reconciliación y el servicio corresponsable entre los hombres y mujeres, sin acepción ni excepción y vivir en comunidad la fe, el amor y la esperanza que hagan posible y patente la paz entre aquellos que anhelan alcanzar como objetivo principal y prioritario, glorificar a Dios y someter su vida al Señorío de Jesucristo".
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio arraigo entre la población.
V.- Representantes: Miguel Ángel Adame Cruz y/o Antonio Bautista García.
VI.- Relación de asociados: Alma Cinthya Adame Cruz, Miguel Ángel Adame Cruz, María De los Remedios Adame Hernández, Miguel Ángel Adame Hernández, Francisco Said Aguirre Rojas, Antonio Bautista García, Elisúa Benítez Medina, Ana Laura Contreras Carrillo, Remedio Hernández Carmona, Gerardo Magallón Bautista, Luis Alberto Salas Abundio, Yulisma Yosadara Saldaña Estrada, Eduardo Isaí Torres Carreño, Dey Guadalupe Torres López y Nelba Vázquez Romero.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina "Consejo General Directivo", integrado por las personas y cargos siguientes: Miguel Ángel Adame Cruz, Presidente; Ana Laura Contreras Carrillo, Secretaria; Miguel Ángel Adame Hernández, Tesorero; Remedio Hernández Carmona, Consejero de Vigilancia, Yulisma Yosadara Saldaña Estrada, Consejera de Vigilancia; Luis Alberto Salas Abundio, Consejero de Vigilancia; y Antonio Bautista García, Secretario Ejecutivo.
IX.- Ministros de culto: Miguel Ángel Adame Cruz, Miguel Ángel Adame Hernández, Antonio Bautista García, Ana Laura Contreras Carrillo, Remedio Hernández Carmona, Gerardo Magallón Bautista, Luis Alberto Salas Abundio, Yulisma Yosadara Saldaña Estrada y Nelba Vázquez Romero.
X.- Credo religioso: Cristiano Evangélico Pentecostés.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación, a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, a los treinta días del mes de noviembre de dos mil dieciocho.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel Díaz León.- Rúbrica.
 

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