DOF: 23/09/2020
ACUERDO mediante el cual se da a conocer al público en general el cambio de domicilio de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres

ACUERDO mediante el cual se da a conocer al público en general el cambio de domicilio de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

MA FABIOLA ALANÍS SÁMANO, Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 17 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 3 fracción XIV, 4 y 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 2o y 3o, fracción III de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales; 151 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; Primero, Segundo y Cuarto del Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, y
CONSIDERANDO
Que la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la cual es una Dependencia de la Administración Pública Federal centralizada;
Que la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres tiene por objeto ejercer las atribuciones previstas en su Decreto de creación y las que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y su Reglamento le confieren a la Secretaría de Gobernación, en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en los Estados Unidos Mexicanos;
Que de acuerdo con la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, la Administración Pública Federal debe contar con oficinas para los trámites que se lleven a cabo ante la misma, y a efecto de brindar certeza jurídica a los interesados sobre el lugar donde se realizarán la recepción de escritos, consultas de expedientes, notificaciones y diligencias;
Que en términos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, como sujeto obligado de ésta, debe establecer una oficina para su Unidad de Transparencia y difundir su domicilio;
Que resulta necesario el cambio de domicilio de las oficinas de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, que actualmente se ubican en Calle Versalles 49, pisos 3 y 9, Colonia Juárez, Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06600, en la Ciudad de México, y
Que por lo antes expuesto y con el objetivo de brindar certeza y seguridad jurídica a los interesados, se emite el siguiente
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER AL PÚBLICO EN GENERAL EL CAMBIO DE
DOMICILIO DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA
LAS MUJERES
PRIMERO.- Se informa a las autoridades de los tres órdenes de gobierno, así como al público en general, para todos los efectos legales a que haya lugar, que a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo, el domicilio oficial de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, será el ubicado en: calle Dr. José María Vértiz 852, 5° piso, Colonia Narvarte, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03020, en la Ciudad de México.
SEGUNDO.- Las notificaciones, acuerdos, citatorios, diligencias, trámites y servicios, procedimientos administrativos, así como los procedimientos que se tramitan actualmente, en los que esté corriendo algún plazo legal y, que en la notificación correspondiente se hubiera señalado el domicilio ubicado en: Calle Versalles 49, pisos 3 y 9. Colonia Juárez. Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06600, en la Ciudad de México y demás asuntos relacionados con la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, que se lleven a cabo con y por parte de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, gobiernos de las entidades federativas, municipales y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, órganos de impartición y procuración de justicia federales y locales, órganos autónomos, demás autoridades y público en general, deberán enviarse y realizarse en el domicilio señalado en el numeral primero de este Acuerdo.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a los 10 días del mes de agosto de 2020.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma. Fabiola Alanís Sámano.- Rúbrica.
(R.- 498508)
 

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