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DOF: 23/09/2020
SEGUNDA Convocatoria específica para la solicitud de apoyos en el Estado de Tabasco del Componente I

SEGUNDA Convocatoria específica para la solicitud de apoyos en el Estado de Tabasco del Componente I. Manejo Forestal Comunitario y Cadenas de Valor, del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2020.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- MEDIO AMBIENTE Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.- Comisión Nacional Forestal.

La Comisión Nacional Forestal, a través del Coordinador General de Producción y Productividad, Mario Antonio Mosqueda Vázquez, con fundamento en los artículos 11 fracciones XII y XIII, y, 14 fracciones I, V, y XXIX del Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional Forestal, publicado el 5 de julio de 2016 y reformado el 8 y 30 de mayo de 2019, respectivamente, en el Diario Oficial de la Federación; 17 literal a, b y c, 27 fracción VI y 41 fracción I, de las Reglas de Operación del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2020 publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 16 de enero de 2020; y, 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
CONSIDERANDO
Que el artículo 37 de las Reglas de Operación 2020 del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable, establece entre otras cosas, que la CONAFOR podrá celebrar convenios de coordinación y colaboración para que los recursos federales que derivan de estas Reglas puedan ser potenciados con aportaciones de las Entidades Federativas, los Municipios, organismos internacionales, gobiernos extranjeros e iniciativa privada, para que participen en la suma recursos financieros, materiales, humanos y operativos para cumplir con los objetivos de estas Reglas, entre otras actividades previstas en la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
Que con fecha 15 de abril de 2020, la Comisión Nacional Forestal (CONAFOR) a través de la Gerencia Estatal en Tabasco, y el Estado libre y soberano de Tabasco a través de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Forestal y Pesca, de la Comisión Estatal Forestal (COMESFOR), y de la Secretaría de Finanzas, firmaron el Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Coordinación 001/2019, con el objetivo de ejecutar la "Iniciativa de fomento al desarrollo de Plantaciones Forestales Comerciales de alta viabilidad con pequeños productores" en el estado de Tabasco, para cuyo cumplimiento acordaron destinar un monto total de hasta $30,000,000 (treinta millones de pesos 00/100 M.N.), de los cuales la CONAFOR aportará hasta $24,000,000 (veinticuatro millones de pesos 00/100 M.N.) y el Gobierno del estado de Tabasco aportará hasta $6,000,000 (seis millones de pesos 00/100 M.N.), los cuales serán asignados y regulados conforme a lo establecido en las Reglas de Operación vigentes al momento de la asignación de los apoyos, que en este caso será en las Reglas de Operación del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2020, específicamente en lo aplicable a la actividad MFCCV.7.4 Plantaciones Forestales Comerciales con Transferencia de Tecnología, del Componente I. Manejo Forestal Comunitario y Cadenas de Valor; por lo anterior, tengo a bien emitir la siguiente:
SEGUNDA CONVOCATORIA ESPECÍFICA PARA LA SOLICITUD DE APOYOS EN EL ESTADO DE
TABASCO DEL COMPONENTE I. MANEJO FORESTAL COMUNITARIO Y CADENAS DE VALOR, DEL
PROGRAMA APOYOS PARA EL DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE 2020
1. Personas Solicitantes: Son elegibles para obtener apoyos del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2020, las personas físicas y morales que cumplan con los criterios de elegibilidad, los requisitos, y demás disposiciones relativas para solicitar apoyos, señaladas en las Reglas de Operación 2020 y sus Anexos.
2. Apoyos a Solicitar: Las personas interesadas cuyos terrenos propuestos a plantar estén ubicados dentro de las áreas elegibles definidas por la CONAFOR y publicadas en su página de internet, podrán solicitar el concepto de apoyo y actividad que se describen a continuación:
Componente I. Manejo Forestal Comunitario y Cadenas de Valor (MFCCV)
Concepto
de apoyo
Actividad
Tipo de
plantación
Superficie
mínima y
xima (ha)
Monto máximo de apoyo
($/ha)
Especies elegibles
Densidad
mínima
(árboles/ha)
Aportación
CONAFOR
Aportación
Gobierno de
Tabasco
MFCCV.7
Proyectos
para
plantadores
iniciales o en
desarrollo
MFCCV.7.4
Plantaciones
Forestales
Comerciales con
Transferencia de
Tecnología
Maderable
10 a 100
24,000
6,000
Eucalyptus urophylla,
E. grandis, E. urophylla
x E. grandis, E. pellita
(Eucalipto) Gmelina
arborea (Melina)
1,100
Tectona grandis (Teca)
800
Maderable/
resinera
10 a 100
24,000
6,000
Pinus caribaea, P.
elliottii, P. elliottii x P.
caribaea.
(Pinos tropicales).
1,100
3. Requisitos para solicitar apoyos: Los requisitos generales que las personas solicitantes deberán cumplir para solicitar apoyos se encuentran establecidos en el artículo 18 de las Reglas de Operación 2020. Asimismo, las personas solicitantes deberán cumplir, en su caso, los Requisitos Específicos que establezca el Anexo Técnico del Componente I, aplicables a la actividad de apoyo MFCCV.7.4 Plantaciones Forestales Comerciales con Transferencia de Tecnología.
El cumplimiento de los requisitos no garantiza que la persona solicitante resulte beneficiaria, ni generará derechos adquiridos para la obtención del apoyo solicitado, en tanto que únicamente se encuentra acreditando el cumplimiento de aquellos como parte del procedimiento establecido para el otorgamiento de recursos.
4. Recepción de solicitudes: La recepción de solicitudes se realizará conforme a lo establecido en los artículos 19, 20 y 21 de las Reglas de Operación 2020.
En caso de optar por el registro presencial, las solicitudes y requisitos de las personas interesadas se recibirán en la oficina de la Gerencias Estatal de la CONAFOR en el estado de Tabasco ubicada en Prolongación de calle Ejido No. 403, colonia Tamulté de las Barrancas, Villahermosa, Tabasco, C.P. 86150, de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 15:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas en días hábiles.
La recepción de solicitudes y documentos no garantiza que la persona solicitante resulte beneficiaria.
5. Selección, dictaminación, asignación de apoyos y publicación de resultados: La selección, dictaminación, asignación de apoyos y publicación de resultados se realizará conforme a lo establecido en los artículos 22 y 23 de las Reglas de Operación 2020, así como las demás disposiciones que resulten aplicables al concepto de apoyo MFCCV.7. Proyectos para plantadores iniciales o en desarrollo.
De conformidad con el artículo 11 de las Reglas de Operación 2020 del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable, los recursos de la presente convocatoria se asignarán de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de la CONAFOR.
6. Formalización de apoyos: Las personas que hayan resultado con asignación de apoyos deberán suscribir un convenio de concertación con la CONAFOR, en los términos establecidos en el artículo 24 de las Reglas de Operación 2020.
7. Plazos: Las personas interesadas en obtener un apoyo, deberán observar los plazos siguientes:
Actividad
Plazo
Recepción de las solicitudes y requisitos para solicitar el apoyo
Dentro de los 10 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación.
Notificación de la CONAFOR de documentación faltante o incorrecta
Al momento de la recepción de la solicitud de apoyo, o dentro de los 5 días hábiles contados a partir del hábil siguiente a la recepción de la solicitud de apoyo.
Presentación de la documentación faltante por parte de la Persona Solicitante
Dentro de los 5 días hábiles, contados a partir del hábil siguiente a la notificación de la documentación faltante o incorrecta.
Emisión de dictámenes de factibilidad y asignación de apoyos
Dentro de los 10 días hábiles contados a partir del hábil siguiente al cierre de la recepción de solicitudes de apoyo.
Publicación de resultados de asignación de apoyos
Dentro de los 2 días hábiles contados a partir del hábil siguiente a la asignación de apoyos.
Firma de convenio de concertación
Dentro de los 20 días hábiles contados a partir del hábil siguiente a la publicación de resultados.
8. Actividades a realizar: Con los apoyos asignados a través de esta Convocatoria, las personas que resulten beneficiarias deberán establecer sus plantaciones forestales comerciales considerando las siguientes actividades:
-      Preparación mecanizada de terreno: incluye limpieza y quema de residuos, remoción de suelo (subsoleo, arrastre, camellón o bordo forestal, y cepas), así como la adición de mejoradores y fertilización cuando así se requiera;
-      Abasto de planta: la planta que se destine al establecimiento de la plantación, deberá provenir de fuentes conocidas de germoplasma con selección de alta productividad para la región, producida en viveros cercanos, y contar con características de calidad acordes a los objetivos de la plantación;
-      Establecimiento de la plantación: deberá efectuarse dentro del periodo que comprende los meses de julio a noviembre, periodo donde se concentran las mayores precipitaciones en el Estado de Tabasco;
-      Prevención y control de maleza: para favorecer el crecimiento de las plantaciones se deberá eliminar, mediante control manual o mecanizado, según se requiera, la maleza que aparezca en las plantaciones;
-      Prevención y control de plagas y enfermedades: se deberá implementar un sistema de monitoreo y supervisión de plagas y enfermedades, que permita identificar oportunamente los agentes causales así como la estrategia de prevención, manejo y control (biológico, químico, cuarentenario);
-      Fertilización: para mejorar la disponibilidad de nutrientes en el suelo, se deberán fertilizar en función de los requerimientos de la planta;
-      Prevención de incendios forestales: con la finalidad de reducir el riesgo de incendios forestales, se deberán implementar acciones de monitoreo y vigilancia continua en las plantaciones, así como de acciones de prevención como la habilitación de brechas cortafuego, entre otras;
-      Asistencia técnica: con el propósito de que todas las actividades se desarrollen adecuadamente, se deberá contar con asistencia técnica especializada proporcionada por un Agente Técnico para Plantaciones Forestales Comerciales;
-      Seguimiento: se deberán establecer mecanismos de seguimiento que permitan evaluar el desempeño de las plantaciones forestales comerciales, que coadyuven a la toma de decisiones entre todos los involucrados. Se deberá permitir el acceso a vistas de evaluación, seguimiento, visitas escolares, etc.
9. Observancia de las Reglas de Operación 2020 y sus Anexos: La presente convocatoria, las Reglas de Operación 2020 y sus Anexos son de observancia obligatoria, por lo que una vez que la persona interesada ingrese su solicitud, se entenderá que conoce el contenido total de las mismas, su alcance jurídico y administrativo; en consecuencia, no se admitirá incumplimiento a las disposiciones y obligaciones ahí contenidas, alegando su desconocimiento.
10. Quejas y denuncias: Cualquier persona podrá presentar quejas y denuncias por presuntas faltas administrativas, derivadas de la indebida aplicación de la presente Convocatoria y su instrumento regulatorio, ante cualquiera de las instancias señaladas en el artículo 43 de las Reglas de Operación 2020.
"Los apoyos de la CONAFOR son de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de estos apoyos con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos apoyos deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante autoridad competente. Estos apoyos están financiados con recursos públicos aprobados por la Cámara de Diputados y queda prohibido su uso para fines partidistas, electorales o de promoción personal de los funcionarios".
Atentamente
Zapopan, Jalisco, a 10 de septiembre de 2020.- El Coordinador General de Producción y Productividad, Mario Antonio Mosqueda Vázquez.- Rúbrica.

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