DOF: 30/09/2020
MODIFICACIÓN al Estatuto Orgánico de CFE Generación VI

MODIFICACIÓN al Estatuto Orgánico de CFE Generación VI.

Al margen un logotipo, que dice: CFE Generación VI.

Modificación al Estatuto Orgánico de CFE Generación VI
Se modifican los artículos 4, numerales 1, 2 y 3; 6, fracciones, II y V; 7, fracción III; 13, fracción VII y último párrafo; 17, primer párrafo; 18, fracción XI; 29, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII y XXXIII; 37, segundo párrafo y 38, último párrafo; Se adicionan el artículo 29, fracciones XXXIV, XXXV, XXXVI y XXXVII; Se derogan los artículos 15; 30; 31; 32 y 41.
Artículo 4. ...
...
I. ...
II. ...
...
1. Subgerencia de Producción Termoeléctrica Peninsular.
2. Subgerencia de Producción Termoeléctrica Sureste.
3. Subgerencia de Producción Hidroeléctrica Grijalva.
4. a 12. ...
Artículo 6. ...
I.      ...
II.     Un consejero designado por el Consejo de Administración, a propuesta de su Presidente;
III. a IV. ...
V.    Un consejero independiente designado por el Consejo de Administración, a propuesta de su Presidente.
...
Artículo 7. ...
...
I.     ...
II.     ...
III.    Aprobar la propuesta de designación y remoción de los titulares de la Subgerencia de Administración, Finanzas y Recursos Humanos; y del Departamento Jurídico de CFE Generación VI, presentada por su Director General.
Artículo 13. ...
...
I. a VI. ...
VII. Con excepción de los cargos mencionados en el artículo 7, fracción III, del presente Estatuto, designar a los Subgerentes, Jefes de Unidad, y Jefes de Departamento del nivel jerárquico inmediato inferior y autorizar en su caso a los Superintendentes de Central y Residentes;
VIII. a X. ...
Para el ejercicio de sus funciones, el Director General se auxiliará de las Unidades Administrativas, Operativas y servidores públicos que se establezcan en el presente Estatuto. Tendrá adscritas directamente las Subgerencias, Unidad, Departamentos y la Superintendencia General.
Artículo 15. Derogado.
Artículo 17. A las Subgerencias de Producción Hidroeléctrica Grijalva y Golfo les corresponde, además de las funciones genéricas señaladas en este Estatuto, las siguientes:
I. a XI. ...
Artículo 18. ...
 
I. a X. ...
XI.    Coordinar estrategias para el aprovechamiento eficiente del vapor geotérmico, con la Dirección General;
XII. ...
XIII. ...
Artículo 29. ...
...
I. C.H. Mazatepec
II. C.H. Temascal
III. C.H. Tuxpango
IV. C.H. Ixtaczoquitlán
V. C.H. Chilapan
VI. C.H. Encanto
VII. C.H. Minas
VIII. C.H. Texolo
IX. C.H. José Cecilio del Valle
X. C.H. Bombaná
XI. C.H. Tamazulapan
XII. C.H. Schpoiná
XIII. C.T. Mérida II
XIV. C.T. Lerma
XV. C.T. Felipe Carrillo Puerto (Valladolid)
XVI. C.C.C. Felipe Carrillo Puerto (Valladolid)
XVII. C.H. Camilo Arriaga (El Salto)
XVIII. C.H. Electroquímica
XIX. C.H. Micos
XX. C.C.C. Poza Rica
XXI. C.TG. Cancún
XXII. C.TG. Nizuc
XXIII. C.TG. Nachi-Cocom
XXIV. C.TG. Mérida II
XXV. C.TG. Ciudad del Carmen
XXVI. C.TG. Xul-Ha
XXVII. C.TG. Chankanaab
XXVIII. C.C.I. Hol-Box
XXIX. C.E. Yuumil´iik
XXX. C.E. La Venta
XXXI. C.T. Pdte. Adolfo López Mateos (Tuxpan)
XXXII. C.C.C. Dos Bocas
XXXIII. C.G. Humeros
XXXIV. C.H. Belisario Domínguez (Angostura)
XXXV. C.H. Manuel Moreno Torres (Chicoasén)
XXXVI. C.H. Malpaso
 
XXXVII C.H. Ángel Albino Corzo (Peñitas)
Artículo 30. Derogado.
Artículo 31. Derogado.
Artículo 32. Derogado.
Artículo 37. ...
Los Subgerentes y los Superintendentes de Central, dentro del ámbito de sus funciones, representarán legalmente a CFE Generación VI, con las más amplias facultades para administración. Podrán promover cualquier acto jurídico y realizar cualquier diligencia en defensa de los bienes e intereses de CFE Generación VI.
...
Artículo 38. ...
Los Subgerentes y los Superintendentes de Central, acreditarán su representación con el documento que acredite la titularidad del puesto; sin perjuicio de que también puedan acreditarla a través del poder notarial que en su caso se les otorgue.
Artículo 41. Derogado.
TRANSITORIO
UNICO: El presente Estatuto Orgánico entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
En la Ciudad de México, al día primero de junio de dos mil veinte.- El Director General CFE Generación VI, Agustín Ildefonso Herrera Siller, con fundamento en el artículo 17, fracciones I y II, del Acuerdo de Creación de la Empresa Productiva Subsidiaria de la Comisión Federal de Electricidad, denominada CFE Generación VI.- Rúbrica.
(R.- 498684)
 

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