ACUERDO por el que se da a conocer el cambio de domicilio de la Coordinación Nacional de Protección Civil.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SEGURIDAD.- Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
ALFONSO DURAZO MONTAÑO, Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 26 y 30 Bis, fracción XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 4 y 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 7, fracción I y 12 de la Ley General de Protección Civil; 14, 15, 16, 17, 18 y 19 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; así como 1, 3 apartado B, fracción IX, 5 y 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, y
CONSIDERANDO
Que la Coordinación Nacional de Protección Civil es una Unidad Administrativa de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, conforme lo establece el artículo 3, apartado B, fracción IX del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
Que en términos de la propia Ley Federal de Procedimiento Administrativo, la Administración Pública Federal debe establecer las oficinas para los trámites que se realicen ante la misma, a fin de dotar al interesado del pleno conocimiento del lugar en donde habrán de llevarse a cabo la recepción de correspondencia, trámites y servicios, notificaciones, diligencias y demás procedimientos administrativos.
Que de conformidad con el artículo 70, fracción VII, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Coordinación Nacional de Protección Civil, como sujeto obligado, debe poner a disposición del público y actualizar, entre otras, la información relativa a su domicilio.
Que por lo anterior y con el propósito de dar certeza a los interesados sobre el domicilio donde tendrá su sede la Coordinación Nacional de Protección Civil, se emite el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CAMBIO DE DOMICILIO DE LA COORDINACIÓN
NACIONAL DE PROTECCIÓN CIVIL
Primero.- Los servidores públicos adscritos a la Coordinación Nacional de Protección Civil, se ubicarán para efectos previstos en el numeral tercero de este instrumento, en el inmueble situado en Avenida Fuerza Aérea Mexicana No. 235, Colonia Federal, código postal 15700, Alcaldía Venustiano Carranza, Ciudad de México.
Segundo.- Los servidores públicos y las Direcciones Generales de la Coordinación Nacional de Protección Civil que se ubicarán en el domicilio señalado en el punto anterior, son las que a continuación se indican:
1. Dirección General de Protección Civil;
2. Dirección General para la Gestión de Riesgos;
3. Dirección General de Vinculación, Innovación y Normativa de Protección Civil; y
4. Dirección Técnica de la Coordinación Nacional de Protección Civil.
Tercero.- Por lo que se refiere a los procedimientos que se tramitan actualmente, en los que esté corriendo algún plazo legal y, que en la notificación correspondiente se hubiera señalado el domicilio ubicado en Avenida José Vasconcelos No. 221, Colonia San Miguel Chapultepec, Alcaldía Miguel Hidalgo, C.P. 11850, en la Ciudad de México, se hace del conocimiento de los interesados que deberán presentar sus promociones y documentos respectivos en el domicilio que se indica en el Punto Primero del presente Acuerdo.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo surtirá efectos generales a partir del día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a 5 de octubre de 2020.- El Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, Alfonso Durazo Montaño.- Rúbrica.