DOF: 20/01/2021
CONVENIO Modificatorio al Convenio de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios para el desarrollo de acciones correspondientes al Programa Atención a la Salud y Medicamentos Gratuitos par

CONVENIO Modificatorio al Convenio de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios para el desarrollo de acciones correspondientes al Programa Atención a la Salud y Medicamentos Gratuitos para la Población sin Seguridad Social Laboral para el ejercicio fiscal 2020, que celebran el Instituto de Salud para el Bienestar y el Instituto Mexicano del Seguro Social.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- IMSS.- Instituto de Salud para el Bienestar.

CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA EL DESARROLLO DE ACCIONES CORRESPONDIENTES AL PROGRAMA "ATENCIÓN A LA SALUD Y MEDICAMENTOS GRATUITOS PARA LA POBLACIÓN SIN SEGURIDAD SOCIAL LABORAL" PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020 (PROGRAMA), DE FECHA 09 DE MARZO DE 2020; QUE CELEBRAN, EL INSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL INSABI", REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, MAESTRO JUAN ANTONIO FERRER AGUILAR Y EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL IMSS", REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, MAESTRO ZOÉ ALEJANDRO ROBLEDO ABURTO, ASISITIDO POR LA DOCTORA GISELA JULIANA LARA SALDAÑA, TITULAR DE LA UNIDAD DEL PROGRAMA IMSS-BIENESTAR; A LOS QUE ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.     Con fecha 09 de marzo del presente año, "LAS PARTES" celebraron Convenio de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios para el desarrollo de acciones correspondientes al Programa "Atención a la salud y medicamentos gratuitos para la población sin seguridad social laboral" para el ejercicio fiscal 2020, con el objetivo de incrementar el acceso y la prestación de servicios de salud que demanda la población en condiciones de alta o muy alta marginación y sin acceso a seguridad laboral, comprendidas a la Vertiente 2 del PROGRAMA, conforme a los conceptos y alcances señalados en el referido instrumento jurídico y sus anexos, que en lo sucesivo se denominará "CONVENIO DE COLABORACIÓN".
II.     En la Cláusula DÉCIMA QUINTA. VIGENCIA, del "CONVENIO DE COLABORACIÓN" se estipuló que éste surtiría efectos a partir de la fecha de su suscripción y tendría vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020.
III.    En la CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA, "LAS PARTES" acuerdan que el Convenio podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables, que dichas modificaciones obligarán a sus signatarios durante su vigencia y deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en la página de internet de "EL INSABI". Asimismo, previéndose que, para el caso de circunstancias especiales, caso fortuito o de fuerza mayor, éstas, podrán tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas eventualidades, debiéndose en todo caso formalizarse mediante la suscripción de un Convenio Modificatorio.
DECLARACIONES
I.     "EL INSABI" declara, por conducto de su representante legal, que:
I.1    Ratifica el apartado de DECLARACIONES insertas en el "CONVENIO DE COLABORACIÓN".
II.     "EL IMSS" declara, por conducto de su representante legal, que:
 
II.1   Ratifica el apartado de DECLARACIONES, insertas en el "CONVENIO DE COLABORACIÓN".
III.    Declaran "LAS PARTES", por conducto de sus representantes legales, que:
III.1  Se reconocen mutuamente la personalidad jurídica con que se ostentan y las facultades de sus representantes para suscribir el presente Convenio Modificatorio.
III.2  En este acto ratifican el contenido de los antecedentes, las Declaraciones y Clausulas emitidas en el "Convenio de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios para el desarrollo de acciones correspondientes al PROGRAMA "atención a la salud y medicamentos gratuitos para la población sin seguridad social laboral", de fecha 9 de marzo de 2020.
Expuesto lo anterior y conforme a las disposiciones generales aplicables, están de acuerdo en celebrar el presente Convenio Modificatorio en materia de transferencia de recursos para la ejecución del PROGRAMA, conforme a las estipulaciones que se contienen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio Modificatorio, tiene por objeto modificar el párrafo tercero de la CLÁUSULA CUARTA del "CONVENIO DE COLABORACIÓN" para quedar como sigue:
"CUARTA. APLICACIÓN.
...
...
Siendo el Programa IMSS-BIENESTAR administrado por "EL IMSS", "LAS PARTES" reconocen que los recursos transferidos a éste se deberán concentrar al flujo de caja de "EL IMSS" en términos del artículo 281 de la Ley del Seguro Social y demás disposiciones aplicables, comprometiéndose "EL IMSS" a que los recursos presupuestarios federales correspondientes y el monto de los rendimientos financieros que se generen, estarán debidamente identificados para su aplicación al objeto de este convenio de colaboración, o en su caso, el reintegro a la Tesorería de la Federación, y que para tales efectos "EL IMSS" se sujetará a lo establecido en el artículo 216 A, fracción III, párrafos penúltimo y último del referido precepto.
..."
SEGUNDA. RATIFICACIÓN DEL CONTENIDO DEL "CONVENIO DE COLABORACIÓN". "LAS PARTES" acuerdan que salvo la modificación hecha en la Cláusula Primera de este instrumento jurídico, quedan vigentes con toda su fuerza y alcance legal las demás estipulaciones del "CONVENIO DE COLABORACIÓN", formando éste y el presente Convenio Modificatorio, una sola unidad contractual.
TERCERA. ENTRADA EN VIGOR DE LAS MODIFICACIONES. "LAS PARTES" convienen que la modificación al "CONVENIO DE COLABORACIÓN" pactada en el presente Convenio Modificatorio, entrará en vigor a partir de la fecha de su susripción.
Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio Modificatorio, lo firman por cuadruplicado, en la Ciudad de México, a los 1 días del mes de diciembre de dos mil veinte.- Por el INSABI: el Director General, Juan Antonio Ferrer Aguilar.- Rúbrica.- Por el IMSS: el Director General, Zoé
Alejandro Robledo Aburto.- Rúbrica.- La Titular de la Unidad del Programa IMSS-BIENESTAR, Gisela J. Lara Saldaña.- Rúbrica.

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