DOF: 27/09/2022
EXTRACTO del Acuerdo por el que se inician las funciones en las Oficinas Estatales y de apoyo del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral en las entidades federativas de Chihuahua, Ciudad de México, Coahuila, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Nuevo

EXTRACTO del Acuerdo por el que se inician las funciones en las Oficinas Estatales y de apoyo del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral en las entidades federativas de Chihuahua, Ciudad de México, Coahuila, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas y Yucatán.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.

EXTRACTO DEL ACUERDO POR EL QUE SE INICIAN LAS FUNCIONES EN LAS OFICINAS ESTATALES Y DE APOYO DEL CENTRO FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y REGISTRO LABORAL EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS DE CHIHUAHUA, CIUDAD DE MÉXICO, COAHUILA, JALISCO, MICHOACÁN, NAYARIT, NUEVO LEÓN, SINALOA, SONORA, TAMAULIPAS Y YUCATÁN
ALFREDO DOMÍNGUEZ MARRUFO, Director General del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 123, apartado A, fracción XX, párrafos cuarto, quinto y sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 590-C, fracciones I, V, VI y VII de la Ley Federal del Trabajo; 3 y 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 14 y 22, fracción I de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 3, fracción I y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 22, fracciones I, V, VI y VIII de la Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral; 2, 4 y 15 del Estatuto Orgánico del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, y
CONSIDERANDO
Que en la Tercera Sesión Ordinaria de veintiséis de julio de dos mil veintidós la Junta de Gobierno del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, aprobó por unanimidad el Acuerdo JGCFCRL-100-26/07/2022, por el que se acordó la instalación de las Oficinas Estatales y de Apoyo del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, en el marco de la tercera etapa de la implementación de la reforma en materia de Justicia Laboral, en las entidades de Chihuahua, Ciudad de México, Coahuila, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas y Yucatán; y las Oficinas de Apoyo Estatal necesarias para atender y resolver los asuntos de su competencia, al igual que se instruyó al Director General del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, a realizar las gestiones y acciones conducentes que garanticen el inicio de operaciones de las Oficinas Estatales y de Apoyo Estatal del Centro Federal, y estar así en posibilidad de cumplir con sus atribuciones, he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE INICIAN LAS FUNCIONES EN LAS OFICINAS ESTATALES Y DE APOYO
DEL CENTRO FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y REGISTRO LABORAL EN LAS ENTIDADES
FEDERATIVAS DE CHIHUAHUA, CIUDAD DE MÉXICO, COAHUILA, JALISCO, MICHOACÁN,
NAYARIT, NUEVO LEÓN, SINALOA, SONORA, TAMAULIPAS Y YUCATÁN
PRIMERO. Las Oficinas Estatales y de Apoyo del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral en las Entidades Chihuahua, Ciudad de México, Coahuila, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas y Yucatán, iniciarán sus funciones para atender y resolver los asuntos de su competencia, a partir del tres de octubre de dos mil veintidós, en un horario de atención al público en general de 09:00 a 18:00 horas en días hábiles, en las sedes ubicadas en los siguientes domicilios: [...]
SEGUNDO. Se comunica a las autoridades de cualquier ámbito y materia, personas servidoras públicas, así como al público en general, el cambio de adscripción y de ubicación de la Oficina de Apoyo Estatal con sede en la ciudad de Torreón, que estará adscrita, a partir de la fecha de publicación, a la Oficina Estatal de Coahuila, en el domicilio ubicado en Avenida Juárez sin número, en el Palacio Federal, Colonia Centro, Código Postal 27000, Municipio Torreón, Estado de Coahuila, en un horario de atención al público en general de 09:00 a 18:00 horas en días hábiles.
TERCERO. Se publicarán en la página de Internet del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, los municipios en los que serán competentes las Oficinas Estatales y de Apoyo, de acuerdo con los circuitos judiciales de los Tribunales Laborales Federales de las Entidades Federativas de la República Mexicana que el Consejo de la Judicatura Federal determine y publique, correspondientes a la Tercera Etapa de Implementación de la Reforma en materia de Justicia Laboral.
TRANSITORIOS
ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
La versión completa del ACUERDO está disponible en:
https://centrolaboral.gob.mx/documentos/inicio_funciones_etapa_3.pdf
www.dof.gob.mx/2022/CFCRL/inicio_funciones_etapa_3.pdf
Dado en la Ciudad de México, a los veintiún días del mes de septiembre de 2022.- El Director General del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, Alfredo Domínguez Marrufo.- Rúbrica.
(R.- 526686)
 

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