ACUERDO G/JGA/13/2023 por el que se da a concer la suplencia de Magistrada en la Tercera Ponencia de la Sala Regional del Pacífico y Auxiliar, con sede en la ciudad de Acapulco, Estado de Guerrero.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Junta de Gobierno y Administración.
ACUERDO G/JGA/13/2023
SUPLENCIA DE MAGISTRADA EN LA TERCERA PONENCIA DE LA SALA REGIONAL DEL PACÍFICO Y AUXILIAR, CON SEDE EN LA CIUDAD DE ACAPULCO, ESTADO DE GUERRERO
CONSIDERANDO
1. Que de conformidad con el artículo 73, fracción XXIX-H de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relacionado con el artículo 1, segundo y quinto párrafos de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, el Tribunal es un órgano jurisdiccional con autonomía para emitir sus fallos y con jurisdicción plena.
2. Que el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial; por lo que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa se encuentra obligado a garantizar a los ciudadanos este derecho humano contenido en la Carta Magna de manera puntual.
3. Que el artículo 21 de la Ley Orgánica vigente de este Órgano Jurisdiccional, así como el primer párrafo del diverso 28 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, establecen que la Junta de Gobierno y Administración tiene a su cargo la administración, vigilancia, disciplina y carrera jurisdiccional, contando con autonomía técnica y de gestión para el adecuado cumplimiento de sus funciones.
4. Que el artículo 29, primer párrafo del Reglamento Interior de este Órgano Jurisdiccional establece que los Acuerdos que apruebe y emita la Junta de Gobierno y Administración son instrumentos normativos de carácter obligatorio y de observancia general en el Tribunal.
5. Que las fracciones II, XXIII y XXXIX del artículo 23 de la Ley Orgánica vigente de este Tribunal, facultan a la Junta de Gobierno y Administración para expedir los acuerdos necesarios para el buen funcionamiento del Tribunal; aprobar la suplencia de los Magistrados de Sala Regional, por el primer secretario de acuerdos del Magistrado ausente; así como resolver los demás asuntos que señalen las disposiciones aplicables.
6. Que mediante Acuerdo G/JGA/31/2012, aprobado por la Junta de Gobierno y Administración en sesión de fecha 17 de abril de 2012, se adscribió a la Magistrada Graciela Buenrostro Peña a la Tercera Ponencia de la ahora Sala Regional del Pacífico y Auxiliar.
7. Que el artículo 48 de la Ley Orgánica del Tribunal establece dos supuestos para las faltas temporales de Magistrados de Sala Regional; el primero cuando la ausencia es hasta por un mes, en cuyo caso será cubierta por el Primer Secretario de la Ponencia de adscripción de dicho Magistrado; y el segundo, cuando es mayor a un mes, en el que deberá cubrirse por el Magistrado Supernumerario que al efecto adscriba la Junta de Gobierno y Administración o a falta de este, por el Primer Secretario de Acuerdos del Magistrado ausente.
8. Que en sesión de fecha 23 de marzo de 2023, la Junta de Gobierno y Administración autorizó una licencia por un mes en favor de la Magistrada Graciela Buenrostro Peña a partir del 13 de marzo de 2023, por lo que la Primera Secretaria de Acuerdos de la Ponencia de su adscripción, suplió su falta temporal.
9. Que en la presente fecha, la Junta de Gobierno y Administración, autorizó una prórroga de la licencia de la Magistrada Graciela Buenrostro Peña a partir del 14 de abril de 2023.
10. Que en atención a lo señalado en los Considerandos Octavo y Noveno, la Licenciada Gina Ibarra Quevedo, se encuentra cubriendo la ausencia temporal de la Magistrada Graciela Buenrostro Peña desde el día 13 de marzo de 2023, conforme al primer supuesto del citado artículo 48 de la Ley Orgánica del Tribunal; y, toda vez que el día 14 de abril de 2023 se cumplirá un mes de ausencia de la referida Magistrada, actualizando el segundo supuesto de dicho artículo, resulta necesario adscribir a un Magistrado Supernumerario a efecto de dar cabal cumplimiento a lo establecido en la normatividad vigente.
11. Que a la fecha del presente Acuerdo los Magistrados Supernumerarios con los que cuenta actualmente este Órgano Jurisdiccional se encuentran, de conformidad con lo dispuesto en la fracción I del artículo 63 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, cubriendo las faltas definitivas de Magistrados de Sala Regional que se han generado.
Consecuentemente, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 17 y 73 fracción XXIX-H de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 párrafos segundo y quinto, 21, 23, fracciones II, XXIII y XXXIX, 48 y 50, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; así como los diversos 28, 29 y 63 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; la Junta de Gobierno y Administración emite el siguiente:
ACUERDO
Primero. Se aprueba que la Licenciada Gina Ibarra Quevedo, Primera Secretaria de Acuerdos de la Tercera Ponencia de la Sala Regional del Pacífico y Auxiliar, con sede en la Ciudad de Acapulco, Estado de Guerrero, supla la falta temporal de Magistrada en la Ponencia de su adscripción, por lo que en su carácter de suplente de Magistrado Titular, adquiere las facultades inherentes y las funciones jurisdiccionales de una Magistrada de Sala Regional, al actuar por Ministerio de Ley.
Segundo. La suplencia antes referida, surtirá efectos a partir del día 14 de abril de 2023 y hasta en tanto la Junta de Gobierno y Administración determine otra situación.
Tercero. La Licenciada Gina Ibarra Quevedo, deberá hacer del conocimiento de las partes el presente Acuerdo en el primer proveído que dicte en cada uno de los asuntos de su competencia y deberá colocar una copia del mismo en la ventanilla de la Oficialía de Partes y en lugares visibles al público en general dentro de la Sala de su adscripción.
Cuarto. Notifíquese a las personas servidoras públicas referidas en el presente Acuerdo para los efectos correspondientes; y otórguense las facilidades administrativas necesarias para su cumplimiento.
Quinto. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y en la página web institucional del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Dictado en sesión ordinaria presencial de fecha 13 de abril de 2023, por unanimidad de cinco votos a favor.- Firman el Magistrado Guillermo Valls Esponda, Presidente de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, y la Licenciada Fátima González Tello, Secretaria Auxiliar de la Junta de Gobierno y Administración, con fundamento en los artículos 54, fracción XVI y 61, fracciones II, III y IV, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; así como los artículos 11, fracción I, 26, fracción IX, 99, fracciones VIII y XI, y 139 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa vigente.- Rúbricas.
(R.- 538467)