ACUERDO por el que se determina la administración directa por parte del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, bajo la figura de Inmueble Federal Compartido, del inmueble federal denominado Torre Insurgentes, con Registro Federal Inmobiliario número 9-17036-0, con superficie de 3,186.00 metros cuadrados, ubicado en Avenida Insurgentes Sur número 1940, Colonia Florida, C.P. 01030, Alcaldía Álvaro Obregón, Ciudad de México.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.- DIFC-01/2023.
ACUERDO por el que se determina la administración directa por parte del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, bajo la figura de Inmueble Federal Compartido, del inmueble federal denominado "Torre Insurgentes", con Registro Federal Inmobiliario número 9-17036-0, con superficie de 3,186.00 metros cuadrados, ubicado en Avenida Insurgentes Sur número 1940, Colonia Florida, C.P. 01030, Alcaldía Álvaro Obregón, Ciudad de México. VÍCTOR JULIÁN MARTÍNEZ BOLAÑOS, Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2 fracción I, 17, 26, 31 fracciones XXIX y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 fracciones II, IV, y VII, 3 fracción III, 4 párrafo primero, 6 fracción VI, 11 fracción I, 13, 28 fracciones I, III y VII, 29 fracción I y 101 fracción V de la Ley General de Bienes Nacionales; 4, apartado G, fracción V, 48 y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; y 1, 3 fracciones VIII, IX y X, 4 fracción I, inciso a) y 6 fracciones XXVI y XXXIII, 11 fracciones I y XXVI del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; tengo a bien emitir el presente acuerdo, tomando en cuenta los siguientes:
CONSIDERANDOS
PRIMERO.- Que dentro de los bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación, se encuentra el inmueble federal denominado "Torre Insurgentes", con superficie de 3,186.00 metros cuadrados y Registro Federal Inmobiliario 9-17036-0, ubicado en Avenida Insurgentes Sur número 1940, Colonia Florida, C.P. 01030, Alcaldía Álvaro Obregón, Ciudad de México. SEGUNDO.- Que la propiedad del inmueble federal descrito en el Considerando que antecede, se acredita mediante Escrituras Públicas números 12 y 14, ambas de fecha 28 de marzo de 1996, otorgadas en la Ciudad de México, Distrito Federal (hoy Ciudad de México), ante la Fe del licenciado Javier Correa Field, Notario Público número 95 y del Patrimonio Inmueble Federal, a través de las cuales, se formalizó la compraventa del inmueble de mérito que realizó el Gobierno Federal, a la Arrendadora Bancomer, Sociedad Anónima de Capital Variable, Organización Auxiliar de Crédito, documento inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal el 12 de octubre de 1998, bajo el Folio Real número 41018.
TERCERO.- Que mediante Acuerdo Secretarial de Destino del 4 de marzo de 1999, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 del mismo mes y año, se destinó el inmueble de mérito a la otrora Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, actualmente Secretaría de Economía, a efecto de que lo continuara utilizando como oficinas administrativas.
CUARTO.- Que por oficio número 711.2023.172 de fecha 3 de abril de 2023, la Secretaría de Economía inició gestiones para poner a disposición de este Instituto el inmueble federal señalado en el Considerando Primero del presente Acuerdo.
QUINTO.- Que mediante acta de fecha 30 de junio de 2023, la Secretaría de Economía entregó física, jurídica y administrativamente el inmueble descrito en el Considerando Primero del presente, al Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.
SEXTO.- Que el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que tiene como misión administrar el Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal, optimizando su aprovechamiento.
SÉPTIMO.- Que en términos de la normatividad de la materia, un Inmueble Federal Compartido es aquel inmueble federal en el que se alojen dos o más instituciones públicas.
OCTAVO.- Que entre las atribuciones conferidas a este Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, se encuentran las de administrar, operar y mantener los Inmuebles Federales Compartidos, así como la de integrar el Programa Operativo Anual del Inmueble Federal Compartido, a efecto de garantizar la conservación y mantenimiento de las áreas de uso común del inmueble.
Asimismo, con fundamento en el artículo 9 fracción XIV en relación con el artículo 11, fracción V del Reglamento del Instituto, la Unidad Jurídica emitió opinión procedente respecto del presente Acuerdo.
Por lo anterior y siendo propósito del Ejecutivo Federal el óptimo aprovechamiento del patrimonio inmobiliario federal, privilegiando a las instituciones públicas de los distintos órdenes de Gobierno con inmuebles federales para la prestación de los servicios públicos a su cargo, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se determina la administración directa por parte del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, bajo la figura de Inmueble Federal Compartido, del inmueble federal denominado "Torre Insurgentes", con Registro Federal Inmobiliario número 9-17036-0, con superficie de 3,186.00 metros cuadrados, ubicado en Avenida Insurgentes Sur número 1940, Colonia Florida, C.P. 01030, Alcaldía Álvaro Obregón, Ciudad de México.
SEGUNDO.- En un plazo no mayor a 20 días hábiles posteriores a la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, este Instituto deberá designar al Administrador Único, para que en cumplimiento de las disposiciones señaladas en las Disposiciones en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales y su Anexo 1 Reglamento para la Administración de los Inmuebles Federales Compartidos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2010, última reforma publicada en dicho medio de difusión el 5 de abril de 2016, lleve a cabo, al menos, las siguientes acciones:
1.- Convocar a los representantes de las instituciones públicas que ocupen el inmueble denominado "Torre Insurgentes", para celebrar la Sesión de instalación del Comité de Apoyo correspondiente.
2.- Gestionar ante la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, la emisión de Certificados de Asignación de Espacios a favor de las Instituciones Públicas Ocupantes, procediendo a su entrega mediante la suscripción del acta correspondiente.
3.- Elaborar y someter a consideración de la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, el Programa Anual de Administración, Operación y Mantenimiento de Inmuebles Federales Compartidos a la brevedad, para el presente y subsecuentes ejercicios, a efecto de garantizar la conservación y mantenimiento del inmueble.
TERCERO. - El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales a través de la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, suscribirá el Convenio correspondiente, con los Responsables Inmobiliarios de las Instituciones Públicas Ocupantes.
CUARTO. - Las Instituciones Públicas Ocupantes aportarán una cuota de conservación y mantenimiento de acuerdo al levantamiento de necesidades para la operatividad del Inmueble Federal Compartido.
QUINTO. - El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, a través de la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, en el ámbito de sus atribuciones, vigilará el estricto cumplimiento de este Acuerdo.