DOF: 03/04/2024
ACUERDO por el que se emite la Convocatoria para otorgar el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables 2024

ACUERDO por el que se emite la Convocatoria para otorgar el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables 2024.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- AGRICULTURA.- Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.

VÍCTOR MANUEL VILLALOBOS ARÁMBULA, Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 14, 17, 26 y 35, fracciones XXI y XXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 3o., 4o., 8o., fracciones I, II, XV, XLI y XLII, 29, 151 y 152 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables; 4o., de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1o., 2o., apartado B, fracción II, 5o., fracción XXV, 19, fracciones XVI y XXVI, 52, 53 y octavo transitorio del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, en correlación con el artículo 37 del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de julio de 2001, y 1o., 2o., fracciones I y XXXIV y 7o., fracción XXXI del Decreto por el que se crea la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de junio de 2001, y
CONSIDERANDO
Que es facultad de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, organizar el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables, por conducto de la CONAPESCA, en coordinación y colaboración con el Instituto Mexicano de Investigación en Pesca y Acuacultura Sustentables, con las comisiones de Pesca de las Cámaras de Diputados y Senadores del H. Congreso de la Unión y demás instancias públicas y privadas que estime pertinente.
Que el 2 de noviembre de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establece el procedimiento para otorgar anualmente el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables, con el objeto de establecer el procedimiento para otorgar anualmente el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables a personas físicas y morales mexicanas cuyo esfuerzo destaque en la realización de acciones trascendentes, de innovación, impacto, mejora o buenas prácticas desarrolladas en la pesca o acuacultura sustentables, incluyendo el ordenamiento, conservación, protección, aprovechamiento y restauración de la diversidad de los ecosistemas acuáticos, pesqueros y acuícolas, así como la generación e intercambio de conocimiento y comercialización de productos sustentables; asimismo, que la convocatoria para otorgar el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables será publicada anualmente en el DOF.
En consecuencia, para que se otorgue el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables, he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE EMITE LA CONVOCATORIA PARA OTORGAR EL PREMIO A LA PESCA Y
ACUACULTURA SUSTENTABLES 2024
Con el objeto de reconocer a las personas físicas y morales mexicanas, cuyo esfuerzo destaque en la realización de acciones trascendentes, de innovación, impacto, mejora o buenas prácticas desarrolladas en la pesca o acuacultura sustentables, incluyendo el ordenamiento, conservación, protección, aprovechamiento y restauración de los ecosistemas acuáticos pesqueros y acuícolas, así como la generación e intercambio de conocimiento y comercialización de productos sustentables, conforme a las siguientes:
BASES
1.     Categorías de participación:
I.     Acuacultura rural. Personas físicas, sociedades cooperativas y pequeñas empresas de producción y comercialización que realizan programas y proyectos de acuacultura sustentable de pequeña escala, que aseguran la sanidad de la especie, minimicen el impacto a las poblaciones y ecosistemas y/o la responsabilidad social, generando beneficios a nivel comunitario, regional y nacional.
II.     Acuacultura comercial. Personas físicas, sociedades cooperativas y empresas de producción y comercialización que realizan programas y proyectos de acuacultura sustentable a gran escala, que aseguran la sanidad de la especie, minimizan el impacto a las poblaciones y ecosistemas, la responsabilidad social y/o aplican innovación tecnológica, generando beneficios a nivel municipal, estatal, regional y/o nacional.
III.    Pesca comercial de pequeña escala. Personas físicas, sociedades cooperativas y pequeñas empresas de producción y comercialización que realizan programas y proyectos de pesca sustentable de pequeña escala, que aseguran la sanidad de las especies objetivo, minimicen el impacto al ecosistema, garanticen un sistema de manejo funcional y transparente, la responsabilidad social y/o aplican innovación tecnológica, generando beneficios a nivel municipal, estatal, regional y/o nacional.
IV.   Pesca comercial de gran escala. Personas físicas, sociedades cooperativas y empresas de producción y comercialización pesquera a gran escala que realizan programas y proyectos de manejo sustentable de los recursos y ecosistemas, incluyendo prácticas que aseguran la sanidad de las especies objetivo, el menor impacto al ecosistema, un sistema de manejo funcional y transparente, la responsabilidad social y/o aplican innovación tecnológica, generando impactos y beneficios a nivel municipal, estatal, regional y/o nacional.
V.    Investigación pesquera o acuícola. Personas físicas, centros de investigación y organizaciones de la sociedad civil, cuyas contribuciones a la ciencia hayan impulsado prácticas de pesca y acuacultura sustentables, incluyendo investigación básica o aplicada, que contribuyan a la recuperación de las especies objetivo y ecosistemas, sistemas de manejo funcional y transparente, responsabilidad social, comercialización e innovación tecnológica. Se reconocerán esfuerzos sobresalientes a nivel municipal, estatal, regional y/o nacional.
2.     Criterios de participación:
I.         Las personas candidatas deberán ser postuladas por una organización pública, privada o social relacionada con el sector pesquero y acuícola. No se aceptarán auto propuestas;
II.     No podrán ser postuladas como candidatas las personas siguientes:
a.     Los servidores públicos del Congreso de la Unión, de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, sus órganos administrativos desconcentrados y organismos descentralizados sectorizados a la propia Secretaría;
b.    Quienes estén sujetos a procedimientos de responsabilidad administrativa y/o penal o con procedimientos ante la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente u otras instancias gubernamentales federales o locales;
c.     Quienes por el mismo trabajo hayan recibido algún otro premio por parte del Congreso de la Unión, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, sus órganos administrativos desconcentrados y organismos descentralizados sectorizados a la propia Secretaría;
d.    Quienes hayan sido galardonados con el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables en la edición 2023, y
e.     Las personas morales que pertenezcan a un grupo empresarial, donde alguna de sus empresas integrantes haya sido galardonada en la edición 2023.
3.     Requisitos de participación:
I.     Carta de postulación. Documento disponible en la liga electrónica https://www.conapesca.gob.mx/wb/cona/premio_pesca_2024, en el cual se deberán llenar todos los campos con la información requerida (nombre, dirección, teléfono y correo electrónico de la persona candidata y la categoría en la que participará, el programa o proyecto que reflejen la innovación, impacto y trascendencia de sus esfuerzos en la sustentabilidad pesquera y/o acuícola. Además, nombre, firma, teléfono y correo electrónico de la persona postulante; esta solamente podrá nominar a un candidato).
II.     Ficha técnica. Documento en la liga electrónica https://www.conapesca.gob.mx/wb/cona/premio_pesca_2024; no mayor a cinco cuartillas, tamaño carta, con la información del programa o proyecto conforme la categoría en la que participará.
III.    Evidencias. Todas aquellas pruebas que avalen cada una de las acciones destacadas en la Ficha Técnica (fotografías, materiales didácticos, videos, reconocimientos, cartas de apoyo, entre otros); para la categoría de Investigación Pesquera y Acuícola, es requisito incluir el listado de publicaciones (liga electrónica) para comprobar trayectoria académica.
El nombre de los archivos a enviar no deberá contener caracteres especiales (letras acentuadas, espacios en blanco, comas, guiones medio y bajo, letra ñ, diagonales, símbolos matemáticos, asteriscos, signos de puntuación, barras, paréntesis, corchetes, comillas, puntos) y deben ser compactados como carpeta zip. Los formatos de archivos permitidos son: fotografía: .jpeg, .png; documentos: .xls, .doc, .pdf, .ppt.
Las evidencias en video deberán ser indicadas en la Ficha Técnica únicamente con la liga de Youtube o de la plataforma en la que se encuentren hospedados.
En caso de requerirse, las personas que sean candidatas podrán enviar una o varias cartas de apoyo, todas integradas en un mismo archivo, para avalar su trabajo y experiencia, las cuales deben de venir debidamente firmadas.
No se recibirán evidencias que no sean remitidas de acuerdo con las indicaciones anteriores.
4.     Registro y envío y/o entrega de documentos:
Los requisitos establecidos en el numeral 3 (Carta de postulación, Ficha Técnica y Evidencias) de la presente convocatoria, deberán ser enviados en un solo correo, o presentados en una sola exhibición, de otra manera no serán tomados en cuenta, a través de los medios siguientes:
I.     Correo electrónico institucional. pesca.acua@conapesca.gob.mx.
II.     Correo certificado. Al domicilio de la CONAPESCA, ubicado en Avenida Camarón Sábalo No. 1210,
Fraccionamiento Sábalo Country Club, Código Postal 82100, en la Ciudad de Mazatlán, Sinaloa; en este caso, la fecha del sello en el documento debe coincidir con el plazo límite de la presente convocatoria, con independencia de su recepción extemporánea en físico.
III.    Entrega física de documentos. En oficialía de partes de la CONAPESCA, ubicada en la Ciudad de Mazatlán, Sinaloa, en Avenida Camarón Sábalo No. 1210, Fraccionamiento Sábalo Country Club, Código Postal 82100.
El registro de candidaturas deberá realizarse dentro de los 45 días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo. En caso de cumplir con los requisitos establecidos, se enviará el número de folio de participación, al correo electrónico de contacto del candidato que se proporcionó en la Carta de Postulación.
Cuando la información y documentación se presente incompleta, se notificará por una sola vez a la persona postulante, especificándole el requisito o información faltante, para que lo subsane dentro de los 15 días hábiles posteriores a la notificación, dentro del periodo de recepción de candidaturas.
5.     Confidencialidad de la información
La información que presenten las personas postulantes y la que se genere durante el proceso de evaluación, será considerada como reservada, en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y sus correlativos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y será utilizada, únicamente, para fines del proceso de evaluación y selección.
6.     Jurado Calificador
El Jurado Calificador del premio estará conformado por personas que no pertenezcan a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural o a las instancias o instituciones organizadoras. Estará integrado por al menos 3 y máximo 5 personas expertas en las categorías siguientes: I) Acuacultura rural y comercial; II) Pesca comercial de pequeña y gran escala y III) Investigación pesquera o acuícola, y sus nombres serán dados a conocer al momento de la premiación.
En caso de empate en la selección del ganador, el Jurado Calificador de la categoría correspondiente, decidirá al ganador del premio por mayoría de votos.
7.     Evaluación
El Jurado Calificador evaluará las candidaturas considerando la documentación remitida y bajo un sistema de puntaje de uno a cinco con base en los criterios siguientes:
I.     Contribución al estado de sanidad de la especie objetivo;
II.     Contribución a minimizar el impacto en el ecosistema y especies asociadas;
III.    Contribución a mejorar el sistema de manejo;
IV.   Contribución a la responsabilidad social;
V.    Beneficios a nivel local, regional o nacional;
VI.   Originalidad y creatividad del proyecto, e
VII.   Integración de los diferentes sectores de la cadena de valor.
En caso de que se detecte información y/o documentación falsa se procederá a la descalificación.
El fallo del Jurado Calificador será de carácter inapelable e irrevocable, se notificará al premiado y el resultado se hará del conocimiento público, en la página electrónica de la CONAPESCA https://www.gob.mx/conapesca, a través de redes sociales de la misma y de las instituciones integrantes del comité organizador, que así considere hacerlo.
El Jurado Calificador otorgará un primer, un segundo y un tercer lugar a cada una de las categorías. Si fuera el caso, el Jurado Calificador podrá declarar desierto el Premio, si las personas candidatas no reúnen los méritos suficientes o no haya participación en ninguna de las categorías o así lo determine. Se considerará que se reúnen los méritos suficientes, cuando el Jurado Calificador otorgue a la candidatura un promedio general mínimo de 80 puntos.
Cualquier caso no previsto referente a la evaluación será resuelto por el Jurado Calificador.
8.     Premios
Las personas ganadoras del primero, segundo y tercer lugar en cada categoría, se les otorgará un diploma de reconocimiento.
9.     Ceremonia de premiación
El acto de premiación 2024 tendrá verificativo en la fecha y lugar que determine la CONAPESCA, lo cual se hará de conocimiento público, con al menos 5 días hábiles previo al evento, a través de las páginas https://www.gob.mx/conapesca y https://www.gob.mx/imipas y www.cobi.org.mx.
10.   Informes
Para aclaración de dudas, así como para obtener más información, está disponible el correo electrónico pesca.acua@conapesca.gob.mx y/o en los teléfonos de la CONAPESCA (669) 915 6900, extensiones 58604, 58618, 58612 y 58620 de lunes a viernes con un horario de 9:00 a 15:00 horas.
"Esta convocatoria es pública, ajena a cualquier partido político y no persigue lucro alguno. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el presente Acuerdo".
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.
Ciudad de México, a 20 de marzo de 2024.- El Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, Víctor Manuel Villalobos Arámbula.- Rúbrica.
 

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