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DOF: 16/04/2024 |
ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueban los procedimientos para los trabajos de reseccionamiento 2024-2025 ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueban los procedimientos para los trabajos de reseccionamiento 2024-2025. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG331/2024. ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBAN LOS "PROCEDIMIENTOS PARA LOS TRABAJOS DE RESECCIONAMIENTO 2024-2025" GLOSARIO CNV | Comisión Nacional de Vigilancia. | Consejo General | Consejo General del Instituto Nacional Electoral. | CPEUM | Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. | CRFE | Comisión del Registro Federal de Electores. | DERFE | Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores. | INE/Instituto | Instituto Nacional Electoral. | Lineamientos | Lineamientos para la Actualización del Marco Geográfico Electoral. | LGIPE/Ley | Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. | Reseccionamiento | Acción de actualizar la geografía electoral consistente en dividir una sección origen que se encuentra por encima del rango legal establecido y generar nuevas secciones electorales resultantes a partir de esta división, con la condición de que éstas últimas pertenezcan al mismo distrito electoral y que cumplan con el rango legal de 100 a 3,000 personas electoras en Lista Nominal de Electores. | Reglamento | Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral. | ANTECEDENTES 1. Aprobación de los "Procedimientos para los trabajos de Reseccionamiento 2023-2024". El 27 de febrero de 2023, este Consejo General aprobó, mediante Acuerdo INE/CG126/2023, los "Procedimientos para los trabajos de Reseccionamiento 2023-2024". 2. Resultados del Reseccionamiento 2023-2024. El 22 de noviembre de 2023, mediante Acuerdo INE/CG623/2023, este Consejo General aprobó los resultados de los trabajos de Reseccionamiento 2023-2024. En el punto segundo del acuerdo en mención, se instruyó a la DERFE que, a más tardar en el mes de agosto de 2024, quedarían integrados en la cartografía electoral los resultados de dicho proyecto, tomando en consideración que a la fecha de la aprobación de ese acuerdo se encontraban en curso los Procesos Electorales Federal y Locales 2023-2024. 3. Recomendación de la CNV. El 20 de marzo de 2024, la CNV recomendó a este Consejo General, mediante Acuerdo INE/CNV09/MAR/2024, aprobar los "Procedimientos para los trabajos de Reseccionamiento 2024-2025". 4. Aprobación del proyecto de acuerdo por la CRFE. El 25 de marzo de 2024, mediante Acuerdo INE/CRFE14/02SE/2024, la CRFE aprobó someter a la consideración de este Consejo General el Proyecto de Acuerdo por el que se aprueban los "Procedimientos para los trabajos de Reseccionamiento 2024-2025". CONSIDERANDOS PRIMERO. Competencia. Este Consejo General es competente para aprobar los "Procedimientos para los trabajos de Reseccionamiento 2024-2025", conforme a lo previsto en los artículos 41, párrafo tercero, Base V, Apartado B, inciso a), numeral 2 de la CPEUM; 44, párrafo 1, incisos l), gg), hh) y jj) de la LGIPE; 5, párrafo 1, inciso x) del Reglamento. SEGUNDO. Disposiciones normativas que sustentan la determinación. Función estatal, naturaleza jurídica y principios rectores del INE. Los artículos 41, párrafo tercero, Base V, Apartado A, párrafo primero de la CPEUM; 29 y 30, párrafo 2; y, 31, párrafo 1 de la LGIPE, señalan que el INE es un organismo público autónomo dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, autoridad en la materia electoral, independiente en sus decisiones y funcionamiento y profesional en su desempeño; en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los partidos políticos nacionales, así como las ciudadanas y los ciudadanos, en los términos que ordene la ley. El Instituto contará con los recursos presupuestarios, técnicos, humanos y materiales que requiera para el ejercicio directo de sus facultades y atribuciones, es autoridad en la materia electoral, independiente en sus decisiones y funcionamiento y profesional en su desempeño; que se regirá para su organización, funcionamiento y control, por las disposiciones constitucionales relativas y las demás aplicables. Todas sus actividades se regirán por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, objetividad, paridad, y se realizarán con perspectiva de género. Fines del Instituto. El artículo 30, párrafo 1, incisos a), d), e) y f) de la LGIPE, señala que son fines del INE, entre otros: contribuir al desarrollo de la vida democrática; asegurar a la ciudadanía el ejercicio de los derechos político-electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones; garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar a las y los integrantes de los Poderes Legislativo y Ejecutivo de la Unión, así como ejercer las funciones que la CPEUM le otorga en los Procesos Electorales Locales; así como velar por la autenticidad y efectividad del sufragio. Naturaleza jurídica del Consejo General. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 34, párrafo 1, inciso a) de la LGIPE, así como 4, párrafo 1, fracción I, apartado A, inciso a) del Reglamento, este Consejo General es un órgano central del INE. Asimismo, el artículo 35 de la LGIPE prevé que este Consejo General es el órgano superior de dirección, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, objetividad y paridad de género guíen todas las actividades del Instituto. En su desempeño aplicará la perspectiva de género. Integración del Consejo General. El artículo 36, párrafo 1 de la LGIPE establece que este Consejo General se integra por una Consejera o Consejero Presidente, diez Consejeras y Consejeros Electorales, Consejeras y Consejeros del Poder Legislativo, personas representantes de los partidos políticos y una Secretaria o Secretario Ejecutivo. Patrimonio del INE. El artículo 31, párrafos 2 de la LGIPE, dispone que el patrimonio del INE se integra con los bienes muebles e inmuebles que se destinen al cumplimiento de su objeto y las partidas que anualmente se le señalen expresamente en el Presupuesto de Egresos de la Federación o las leyes en la materia, así como con los ingresos que reciba por cualquier concepto, derivados de la aplicación de las disposiciones de la propia ley. Estructura del Instituto. De conformidad con los artículos 41, párrafo tercero, Base V, Apartado A, párrafo segundo de la CPEUM; 4, párrafo 1 del Reglamento, establecen que el INE, contará en su estructura con órganos de dirección, ejecutivos, técnicos y de vigilancia, siendo que la ley determinará las reglas para la organización y funcionamiento de los órganos, las relaciones de mando entre éstos, así como la relación con los organismos públicos locales. Los órganos ejecutivos y técnicos dispondrán del personal calificado necesario y especializado para el ejercicio de sus atribuciones. Entre los órganos ejecutivos, se encuentran las Juntas Locales Ejecutivas y las Juntas Distritales Ejecutivas. Atribuciones de las Direcciones Ejecutivas. El artículo 42, párrafo 1, incisos a), b), c), l), r) y u), del Reglamento, prevé que le corresponde a las Direcciones Ejecutivas, entre otras atribuciones, cumplir con los acuerdos de la Junta General Ejecutiva, que sean de su competencia, realizando las notificaciones, y desahogos que correspondan; planear, programar, organizar, dirigir, controlar, supervisar y evaluar el desarrollo de los programas y acciones internos, así como el despacho de los asuntos administrativos y recursos de las áreas que integran la Dirección Ejecutiva; supervisar que las Vocalías Locales y Distritales y las Unidades Técnicas, en el ámbito de su competencia se apeguen a los Lineamientos, programas y acciones internas aprobadas por la Dirección Ejecutiva correspondiente; proponer y promover programas de modernización, simplificación y desconcentración, así como medidas de mejoramiento de la organización y administración en el ámbito de su competencia; colaborar en el ámbito de sus respectivas competencias para el adecuado desarrollo, operación y actualización del modelo de planeación y visión estratégica institucional que les sean requeridas, así como de los instrumentos normativos que deriven de la misma, y las demás que le confiera la LGIPE y otras disposiciones aplicables. Atribuciones de las personas titulares de las Direcciones Ejecutivas. El artículo 43 párrafo 1, inciso i), del Reglamento señala que, para el cumplimiento de las atribuciones que la LGIPE y los acuerdos de este Consejo General confieren a las Direcciones Ejecutivas, corresponde a las personas titulares de éstas, entre otras facultades, coadyuvar con la Secretaría Ejecutiva y proveerla de los insumos necesarios en la integración, desarrollo y operación de la planeación institucional. Marco normativo y reglamentario específico en materia de reseccionamiento. La CPEUM, en su artículo 53, primer párrafo, prevé que la demarcación territorial de los 300 distritos electorales uninominales será la que resulte de dividir la población total del país entre los distritos señalados. La distribución de los distritos electorales uninominales entre las entidades federativas se hará teniendo en cuenta el último censo general de población, sin que en ningún caso la representación de una entidad federativa pueda ser menor de dos diputadas o diputados de mayoría. El artículo 9, párrafo 2 de la LGIPE, establece que en cada distrito electoral el sufragio se emitirá en la sección electoral que comprenda el domicilio de las ciudadanas y los ciudadanos, salvo los casos de excepción expresamente señalados por la misma ley. El artículo 32, párrafo 1, inciso a), fracción II de la LGIPE, mandata que el INE tendrá como atribución, entre otras, la geografía electoral, que incluirá la determinación de los distritos electorales y su división en secciones electorales, así como la delimitación de las circunscripciones plurinominales y el establecimiento de cabeceras. Por su parte, el artículo 43, párrafos 1 y 2 de la LGIPE, dispone que este Consejo General ordenará la publicación en el Diario Oficial de la Federación de los acuerdos y resoluciones de carácter general que pronuncie. La persona titular de la Secretaría Ejecutiva del INE establecerá los acuerdos para asegurar su oportuna publicación en dicho medio oficial. El artículo 44, párrafo 1, inciso l) de la LGIPE, refiere que este Consejo General tiene, entre otras atribuciones, la de dictar los lineamientos relativos al Registro Federal de Electores y ordenar a la Junta General Ejecutiva hacer los estudios y formular los proyectos para la división del territorio de la República en 300 distritos electorales uninominales y sus cabeceras, su división en secciones electorales, para determinar el ámbito territorial de las cinco circunscripciones electorales plurinominales y la capital de la entidad federativa que será cabecera de cada una de ellas; así como la división territorial de los distritos en el ámbito local y, en su caso, aprobarlos. Con fundamento en el artículo 54, párrafo 1, incisos g) y h) de la LGIPE, en relación con el diverso 45, párrafo 1, incisos t) y bb) del Reglamento, corresponde a la DERFE formular, con base en los estudios que realice, el proyecto de división del territorio nacional en 300 distritos electorales uninominales, así como el de las cinco circunscripciones plurinominales; mantener actualizada la cartografía electoral del país, clasificada por entidad, distrito electoral federal, distrito electoral local, municipio y sección electoral; informar a la CNV los trabajos de demarcación territorial, incluyendo la redistritación, el reseccionamiento y la integración seccional, así como las demás que le confiera la ley y otras disposiciones aplicables. El artículo 81, párrafo 3 de la LGIPE, dispone que en cada sección electoral se instalará una casilla para recibir la votación el día de la jornada electoral, con excepción de lo dispuesto en los párrafos 4, 5, y 6 del artículo 253 de la propia ley. En términos del artículo 147, párrafos 2, 3 y 4 de la LGIPE, la sección electoral es la fracción territorial de los distritos electorales uninominales para la inscripción de las ciudadanas y los ciudadanos en el Padrón Electoral y en las Listas Nominales de Electores. Cada sección tendrá como mínimo 100 electores y como máximo 3,000. El fraccionamiento en secciones electorales estará sujeto a la revisión de la división del territorio nacional en distritos electorales, en los términos del artículo 53 de la CPEUM. Con base en lo dispuesto en el artículo 158, párrafo 2 de la LGIPE, la CNV conocerá y podrá emitir opiniones respecto de los trabajos que la DERFE realice en materia de demarcación territorial. Por su parte, el artículo 253, párrafos 2 y 3 de la LGIPE, establece que las secciones en que se dividen los distritos uninominales tendrán como máximo 3,000 electores y que, en toda sección electoral, por cada 750 electores o fracción, se instalará una casilla para recibir la votación de las y los ciudadanos residentes en la misma; de ser dos o más se colocarán en forma contigua y se dividirá la Lista Nominal de Electores en orden alfabético. De conformidad con lo previsto en el artículo 3, inciso mm) de los Lineamientos, se entiende por reseccionamiento la acción de actualizar la geografía electoral consistente en dividir una sección origen que se encuentra por encima del rango legal establecido y generar nuevas secciones electorales resultantes a partir de esta división, con la condición de que éstas últimas pertenezcan al mismo distrito electoral y que cumplan con el rango de electores que la ley ordena. Por su parte, el artículo 46 de los Lineamientos, prevé que las secciones que, como consecuencia de la dinámica demográfica se aparten del rango de número de electores establecido por la LGIPE, serán ajustadas en su demarcación por parte del INE, a través de la DERFE. El artículo 47 de los Lineamientos, estipula que el procedimiento de reseccionamiento deberá realizarse con base en los estudios técnicos y metodológicos que promuevan que las secciones resultantes se mantengan el mayor tiempo posible dentro del rango legal establecido. En cumplimiento al artículo 48 de los Lineamientos, en el programa de reseccionamiento, las secciones resultantes por ningún motivo deberán de estar conformadas por menos de 100 ciudadanas y ciudadanos en la Lista Nominal de Electores. De acuerdo con el artículo 49 de los Lineamientos, en los casos en los que se determine que existen dificultades para la instalación de casillas en secciones electorales donde haya instalaciones militares, y éstas puedan ser resueltas a través del programa de reseccionamiento, la DERFE realizará los ajustes a la demarcación territorial propiciando la cantidad de electores suficiente para la oportuna instalación de casillas. El artículo 54 de los Lineamientos, establece que, previo a la presentación de la propuesta de presupuesto anual, la DERFE identificará anualmente las secciones que se encuentren fuera del límite mínimo y máximo de electores, utilizando como referencia el último corte de la lista nominal disponible, obteniendo el universo potencial de secciones sujetas a reseccionamiento e integración seccional, a efecto de incluirlo en el presupuesto respectivo conforme a la normatividad presupuestal aplicable. El artículo 55 de los Lineamientos, prescribe que la DERFE recopilará información prospectiva que permita identificar focos de crecimiento en las secciones a incluir en el reseccionamiento. Según lo dispuesto en el artículo 56 de los Lineamientos, la DERFE, conforme a lo establecido en el diverso 45, párrafo 1, inciso t) del Reglamento, dará a conocer anualmente a la CNV el conjunto de secciones a reseccionar y/o integrar, así como los procedimientos y cronograma de las actividades, a efecto de emitir las observaciones que considere convenientes. El artículo 57 de los Lineamientos, señala que la DERFE, una vez determinado el universo de secciones sujetas a reseccionamiento o integración seccional, lo hará del conocimiento de la CNV, para que en su caso emita las observaciones que considere convenientes en un término de 20 días naturales. Además, el artículo 58 de los Lineamientos, advierte que las observaciones que emitan los partidos políticos a los escenarios de reseccionamiento podrán ser consideradas siempre y cuando se apeguen a los criterios establecidos para dicho programa. El artículo 59 de los Lineamientos, determina que la DERFE, una vez que este Consejo General apruebe la nueva demarcación seccional producto del reseccionamiento y/o de la integración seccional, procederá a realizar la actualización cartográfica electoral. Finalmente, es importante señalar que es criterio de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, al resolver el recurso de apelación con número de expediente SUP-RAP-113/2010, lo siguiente:(1) [...] desde el plano Constitucional, una atribución concreta y directa del Consejo General del Instituto Federal Electoral, encaminada a definir las cuestiones inherentes a la geografía electoral, para lo cual, [...] a través de su Consejo General será quien emita los Lineamientos relativos y apruebe los Acuerdos atenientes a este tema; lo anterior, sin perjuicio de auxiliarse [...], en lo concerniente a la realización de los estudios y proyectos, en un órgano ejecutivo central, como lo es la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, la cual, acorde a su naturaleza de órgano ejecutivo, implementará la decisión que al efecto adopte el Consejo General de mérito [...]. Con base en las disposiciones normativas citadas, se considera que válidamente este Consejo General se encuentra facultado para aprobar los "Procedimientos para los trabajos de Reseccionamiento 2024-2025". TERCERO. Motivos para aprobar los "Procedimientos para los trabajos de Reseccionamiento 2024-2025". La CPEUM, la LGIPE, el Reglamento, así como los Lineamientos, revisten a este Instituto de atribuciones en materia de geografía electoral, para la organización de los procesos electorales federales y locales, así como procesos de participación ciudadana, entre otras actividades a cargo de las autoridades electorales. La geografía electoral es la clasificación territorial nacional en distintos niveles de desagregación regional, conforme a lo siguiente: a) Circunscripción plurinominal federal; b) Circunscripción plurinominal local; c) Entidad; d) Distrito electoral federal; e) Distrito electoral local; f) Municipio; g) Sección electoral, y h) Demarcación territorial local, en caso de que las legislaciones locales las contemple. En ese sentido, es importante resaltar que la relevancia de mantener actualizadas en la cartografía electoral las divisiones político-administrativas de entidad, distritos electorales y municipios, es salvaguardar el derecho de la ciudadanía de votar y ser votada en la demarcación correspondiente a su domicilio; en tanto que, la clasificación del territorio nacional en secciones electorales tiene el fin de establecer las unidades geográficas a partir de las cuales se realizará la organización electoral, y la actualización de su conformación obedece a facilitar la emisión del voto. Bajo esa línea, en atención a lo previsto en el artículo 147, párrafos 2, 3 y 4 de la LGIPE, la sección electoral es la fracción territorial de los distritos electorales uninominales para la inscripción de las y los ciudadanos en el Padrón Electoral y en las Listas Nominales de Electores. Cada sección tendrá como mínimo 100 electores y como máximo 3,000. El fraccionamiento en secciones electorales estará sujeto a la revisión de la división del territorio nacional en distritos electorales, en los términos del artículo 53 de la CPEUM. En ese contexto, debido a que el número de electores en las secciones varía de manera natural por la dinámica demográfica, hay secciones con menos de 100 electores o bien, que rebasan el máximo de 3,000 electores. Por tanto, es importante resaltar que el propósito del reseccionamiento es generar secciones electorales con características que faciliten la emisión del voto de la ciudadanía registrada en la Lista Nominal de Electores y hacer más equitativo su acceso a las casillas en una misma sección electoral; razón por la cual, además de crear secciones dentro del rango de electores que establece la ley, se fijan reglas para valorar que el nuevo trazo posibilite un ágil tránsito de las y los ciudadanos al interior de las secciones, así como la inclusión de espacios para instalación de casillas. En consecuencia, este Consejo General considera conveniente aprobar los "Procedimientos para los trabajos de Reseccionamiento 2024-2025", con la finalidad de establecer las secciones que serán sujetas al programa de reseccionamiento, las reglas y criterios para la construcción y evaluación de escenarios, así como el calendario de actividades respectivo. En tal virtud, es oportuno señalar que en el documento mencionado se contemplan los siguientes apartados: 1. Preparación de insumos para la generación de escenarios. Previo a los trabajos de definición de secciones, se tiene contemplado realizar recorridos de campo en los que se registre en la cartografía electoral elementos en los que se apoyará el nuevo trazo de secciones; como son alta y baja de manzanas, localidades y vialidades, así como rasgos físicos que puedan delimitar el territorio no urbanizado, y que incluso pudieran obstaculizar el paso directo de la ciudadanía al interior de la sección. También se registra la existencia de inmuebles adecuados para instalar casillas electorales. Además, se considera la realización del análisis de gabinete que incluye la actualización de la base geográfica digital, la identificación de ciudadanas y ciudadanos en localidades y manzanas dadas de baja a fin de resolver su referencia geoelectoral. Asimismo, se prevé la elaboración de un pronóstico del crecimiento de la Lista Nominal de Electores a 10 años, con el propósito de procurar que las secciones nuevas permanezcan el mayor tiempo posible con menos de 3,000 electores pero que desde su creación tengan 100 o más electores. Además, el apartado señala que los trabajos de campo, en un conjunto preliminar de secciones, iniciaron en el mes de septiembre de 2023, y derivado de esta actividad se detectaron zonas en las que es necesario investigar la posible modificación de límites territoriales, por lo que el documento propone que las secciones en esta situación sean atendidas en el programa de reseccionamiento del ciclo 2025-2026. Las actividades descritas se agrupan en las cuatro etapas siguientes: I. Recorrido en campo y análisis en gabinete para la actualización de la cartografía electoral. II. Preparación de Base Geográfica Digital para el Sistema de Reseccionamiento. III. Identificación y Resolución de Ciudadanos Mal Referenciados. IV. Generación de Propuestas de Reseccionamiento. 2. Secciones a reseccionar. El objetivo del Reseccionamiento 2024-2025 es reseccionar 314 secciones electorales, que fueron obtenidas de la siguiente manera: a) Las 300 secciones con la mayor cantidad de registros en Lista Nominal de Electores, señalando que ningún distrito tendrá más de cuatro secciones a fin de establecer cargas de trabajo que el personal de cartografía en los distritos pueda cubrir. Es pertinente señalar que 15 de esas secciones fueron remplazadas por la sección que le seguía en número de electores, debido a causas de fuerza mayor como daños por el huracán Otis, problemas de accesibilidad o bien, desfases en la representación de manzanas y vialidades que requieren posibles ajuste al trazo municipal. Esas secciones, referidas en el cuadro 1 de los "Procedimientos para los trabajos de Reseccionamiento 2024-2025", se puede consultar en el anexo del presente acuerdo, y se incluirán en el siguiente programa de reseccionamiento que realice este Instituto. b) Un complemento de 14 secciones, de las cuales 11 son las de mayor cantidad de registros en Lista Nominal de Electores en su entidad, pero que no están entre las secciones con mayor número de electores a nivel nacional (Baja California Sur, Campeche, Morelos, Nayarit, Tabasco, Tlaxcala y Zacatecas), esto con el fin de que todas las entidades federativas participen en el programa de reseccionamiento. Además, 2 secciones de Oaxaca cuyo reseccionamiento había sido pospuesto en programas previos, a fin de corregir el desfase en la representación de la traza urbana de las secciones; y, por último, una sección de Jalisco que fue revisada en el programa de Reseccionamiento 2023-2024 pero que, debido a un ajuste de límites entre los municipios de El Salto y San Pedro Tlaquepaque,(2) la conformación original de la sección cambió, siendo necesario replantear la propuesta de reseccionamiento con la nueva conformación cartográfica. 3. Generación de escenarios de reseccionamiento. En este apartado se considera que la generación de escenarios de reseccionamiento se realice a través de una aplicación informática, en donde las Juntas Distritales Ejecutivas elaborarán una propuesta inicial de escenarios con base en los elementos técnicos que presente la Vocalía del Registro Federal de Electores correspondiente, con el apoyo y orientación del personal de la Junta Local Ejecutiva de la entidad respectiva y de la DERFE. Asimismo, este apartado contempla que las representaciones de los partidos políticos acreditadas ante las Comisiones Distritales y Locales de Vigilancia, la CNV, así como las Juntas Locales Ejecutivas, podrán realizar ajustes a los escenarios sugeridos. Las propuestas de las representaciones partidistas se conocerán a través del sistema informático diseñado para tal efecto. 3.1 Criterios para la generación de escenarios. El objetivo planteado en la construcción de escenarios de reseccionamiento puede cumplirse con diversos arreglos espaciales, por lo que conviene establecer el mecanismo que evalúe cada escenario. a. Reglas para la valoración de escenarios. Para establecer las reglas de valoración de los escenarios de reseccionamiento, en primer lugar, se determinará qué características serán consideradas en la conformación de las nuevas secciones, así como la forma de cuantificarlas. Durante el análisis de escenarios, la evaluación numérica podrá complementarse con información cualitativa sobre características del terreno, condiciones de urbanización y tendencias de crecimiento, la cual se obtuvo con el trabajo de campo previo y fue registrada en fichas técnicas, así como por el conocimiento que se tenga de la zona. De esta manera, a continuación, se describen las cuatro características que serán evaluadas en la conformación territorial de las nuevas secciones: 1. Secciones con un número de electores cercano al número óptimo de electores definido en este procedimiento (aprovechamiento de casillas). Recae en conformar secciones en el rango de electores que establece la LGIPE (previendo que el mayor tiempo posible se mantengan dentro de dicho rango), para lo cual, dicho criterio deberá cumplirse en los siguientes términos: a. Los escenarios de reseccionamiento deben considerar el número de secciones que se establezca a partir del pronóstico de la Lista Nominal de Electores al 31 de diciembre de 2033. b. No se podrá generar ningún escenario con alguna sección de trabajo que tenga menos de 100 electores o más de 3,000. c. Preferentemente, el número de electores será cercano a conformar casillas de votación completas, menos un factor de crecimiento del electorado a corto plazo. 2. Compacidad geométrica de la sección. Se entiende como la situación en la que el perímetro de la sección adquiere una forma geométrica lo más cercana a un polígono regular. 3. Secciones creadas con facilidad de tránsito interno, no limitado por vialidades, bardas o accidentes geográficos. Para atender este criterio, se consideran las vialidades que conforman la red de comunicación al interior de la sección de trabajo; para ello, las vialidades tienen un orden de acuerdo con el límite de velocidad permitida, pueden ser de primer, segundo o tercer orden. A fin de que las ciudadanas y los ciudadanos tengan facilidad de tránsito al interior de las nuevas secciones, este criterio establece que las vialidades de primer orden, preferentemente, deberán ser consideradas como límite de sección de trabajo y deberá evitarse que las secciones de trabajo en su interior queden divididas por una vialidad de primer orden. Asimismo, es preferible que se conserve la integridad de los conjuntos habitacionales tipo fraccionamiento que estén resguardados por una barda perimetral. 4. Secciones creadas con sitio para la instalación de casillas electorales. En la conformación de las secciones de trabajo, es de suma importancia facilitar la logística de la organización electoral, por lo que se procurará que las nuevas secciones cuenten con escuelas de instrucción formal y otro tipo de sitios que el área de organización electoral considere como adecuados para la instalación de casillas. b. Características valoradas. Asimismo, se prevé que los cuatro criterios para definir las nuevas secciones tendrán la ponderación siguiente: CRITERIO | PONDERACIÓN | I. Secciones cercanas al número óptimo de electores definido en este procedimiento (mejora el aprovechamiento de casillas) | 2.5 puntos | II. Compacidad geométrica de la sección | 2.5 puntos | III. Secciones creadas con facilidad de tránsito interno, no limitado por vialidades, bardas o accidentes geográficos. | 2.5 puntos | IV. Secciones creadas con sitio para la instalación de casillas electorales | 2.5 puntos | Es de resaltar que, cada vez que se genere una sección de trabajo, el Sistema de Reseccionamiento realizará los cálculos ponderados de los cuatro criterios; si se cumplen éstos, la evaluación tendrá un puntaje cercano a los 100 puntos. 4. Elaboración de los escenarios de reseccionamiento. Se especifica que la generación de los escenarios de reseccionamiento se llevará a cabo a través del sistema diseñado para tal fin, al cual se podrá acceder a través de una dirección electrónica que se informará. Las propuestas iniciales de reseccionamiento serán elaboradas por cada Junta Distrital Ejecutiva, previo análisis conjunto de las Vocalías del Registro Federal de Electores, de Capacitación Electoral y Educación Cívica, y de Organización Electoral, en el ámbito distrital. Las propuestas iniciales de reseccionamiento tendrán como propósito facilitar el acceso de la ciudadanía a las casillas y contribuir a la instalación y operación de las casillas. Cada Junta Distrital Ejecutiva presentará a la Comisión Distrital de Vigilancia correspondiente una propuesta por cada sección a reseccionar. Posteriormente, las representaciones partidistas acreditadas ante la Comisión Distrital de Vigilancia podrán acceder al Sistema de Reseccionamiento para que, a partir del escenario propuesto por la Junta Distrital Ejecutiva, realicen las adecuaciones que estimen convenientes o, en su caso, avalen el escenario propuesto. Una vez concluido el periodo de observaciones por parte de la Comisión Distrital de Vigilancia respectiva, ésta sesionará a fin de analizar tanto el escenario propuesto por la Junta Distrital Ejecutiva, como las observaciones formuladas por las representaciones políticas. La siguiente etapa considera que la Junta Local Ejecutiva en la entidad correspondiente podrá recomendar un escenario y emitir los comentarios que considere convenientes respecto de los escenarios que hayan sido presentados en la Comisión Distrital Ejecutiva respectiva. Las representaciones políticas acreditadas ante las Comisiones Locales de Vigilancia contarán con un periodo establecido en el plan de actividades para ingresar al Sistema de Reseccionamiento y formular observaciones al escenario con mayor calificación emitido por el propio sistema. Una vez concluido el periodo de observaciones por parte de la Comisión Local de Vigilancia, ésta sesionará a fin de analizar tanto el escenario con mayor calificación en el ámbito distrital, como las observaciones formuladas por las representaciones políticas y la Junta Local Ejecutiva en la entidad que corresponda. De esta manera, la Comisión Local de Vigilancia, tomando en cuenta los escenarios que propicien mejores condiciones para la emisión del voto de la ciudadanía, podrá proponer un escenario a través de un acuerdo de recomendación. En esa misma línea, las representaciones partidistas acreditadas ante la CNV contarán con un periodo, que se establece en el plan de actividades, para ingresar al Sistema de Reseccionamiento y generar las propuestas de escenarios que estimen pertinentes. Así, los escenarios propuestos en los ámbitos distrital, local y nacional se revisarán en el Grupo de Trabajo de Operación Campo de la CNV. La CNV podrá recomendar escenarios diferentes a los que tienen mayor calificación por considerar que propician mejores condiciones para emitir el voto, siempre y cuando se acuerden por consenso. Además, las personas representantes de los partidos políticos podrán desistirse de su escenario en forma posterior a que hayan validado y guardado su propuesta en el Sistema de Reseccionamiento, siempre y cuando lo hagan previo a la definición de escenarios ganadores ante la CNV, mediante escrito o manifestación expresa en la propia sesión de ese órgano de vigilancia. De esta forma, se contempla que los escenarios que la DERFE recomendará a este Consejo General, por conducto de la CRFE, serán los que tengan la mayor calificación, sin importar el ámbito en que se presenten, salvo que la CNV apruebe por consenso un escenario distinto. Adicionalmente, se debe resaltar que, en los "Procedimientos para los trabajos de Reseccionamiento 2024-2025", se define el plan y cronograma de las actividades que deberán realizar cada una de las áreas y órganos involucrados para la generación y, en su caso, aprobación de los escenarios de reseccionamiento. Al respecto, en caso necesario y para su mejor instrumentación, la DERFE, previo conocimiento de la CNV podrá realizar ajustes al plan de actividades de dichos procedimientos; asimismo, la Dirección Ejecutiva deberá informar dichos ajustes a las personas integrantes de la CRFE. Es así que, a partir de las reglas y actividades descritas, el propósito estribará en que se generen secciones electorales con características que faciliten la emisión del voto de la ciudadanía y, con ello, se posibilite un tránsito ágil de la misma al interior de dichas secciones, así como la inclusión de espacios para la instalación de casillas. Vale precisar que, por la naturaleza de las actividades establecidas en el plan de actividades del "Procedimiento para los trabajos de Reseccionamiento 2024-2025", y a fin de asegurar su continuidad y adecuado desarrollo, la DERFE y los órganos involucrados en el proyecto ya se encuentran realizando diversas tareas, como el recorrido de actualización cartográfica o la revisión de esas actualizaciones y la incorporación a la Base Geográfica Digital, antes de la aprobación del presente acuerdo, con el objetivo de contar con los insumos necesarios para realizar las siguientes actividades del programa. No es óbice señalar que, en el marco de sus atribuciones legalmente conferidas, la CNV recomendó a este Consejo General, a través de la CRFE, que apruebe los "Procedimientos para los trabajos de Reseccionamiento 2024-2025". Con base en las consideraciones anteriormente vertidas, resulta procedente que este Consejo General apruebe los "Procedimientos para los trabajos de Reseccionamiento 2024-2025", de conformidad con el anexo que forma parte integral del presente acuerdo. Finalmente, es de resaltar que, derivado de la aplicación del programa de Reseccionamiento 2024-2025, se instruye a la DERFE a instrumentar las medidas necesarias para informar a la ciudadanía acerca del cambio de su sección electoral. En razón de lo expuesto en las consideraciones de hecho y de derecho, este Consejo General en ejercicio de sus atribuciones emite los siguientes: ACUERDOS PRIMERO. Se aprueban los "Procedimientos para los trabajos de Reseccionamiento 2024-2025", de conformidad con el anexo que acompaña al presente Acuerdo y que forma parte integral del mismo. SEGUNDO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, con previo conocimiento de la Comisión Nacional de Vigilancia, a realizar los ajustes al plan de actividades de los "Procedimientos para los trabajos de Reseccionamiento 2024-2025" que, en su caso, sean necesarios y para su mejor instrumentación, así como informar dichos ajustes a las personas integrantes de la Comisión del Registro Federal de Electores. TERCERO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores a instrumentar las medidas necesarias para informar a la ciudadanía acerca del cambio de su sección electoral, derivado de la aplicación del programa de Reseccionamiento 2024-2025. CUARTO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores a informar a las personas integrantes de la Comisión Nacional de Vigilancia lo aprobado por este órgano superior de dirección. QUINTO. El presente Acuerdo y su anexo entrarán en vigor al día siguiente de su aprobación por parte de este Consejo General. SEXTO. Publíquense el presente Acuerdo y su anexo en la Gaceta Electoral, en el portal electrónico del Instituto Nacional Electoral, en NormaINE, así como en el Diario Oficial de la Federación. El presente Acuerdo fue aprobado en sesión ordinaria del Consejo General celebrada el 27 de marzo de 2024, por votación unánime de las y los Consejeros Electorales, Maestro Arturo Castillo Loza, Norma Irene De La Cruz Magaña, Maestro José Martín Fernando Faz Mora, Carla Astrid Humphrey Jordan, Maestra Rita Bell López Vences, Maestro Jorge Montaño Ventura, Maestra Dania Paola Ravel Cuevas, Maestro Jaime Rivera Velázquez, Maestra Beatriz Claudia Zavala Pérez y de la Consejera Presidenta, Licenciada Guadalupe Taddei Zavala, no estando presente durante la votación el Consejero Electoral, Doctor Uuc-kib Espadas Ancona. La Consejera Presidenta del Consejo General, Lic. Guadalupe Taddei Zavala.- Rúbrica.- La Encargada del Despacho de la Secretaría del Consejo General, Mtra. Claudia Edith Suárez Ojeda.- Rúbrica. | Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores | Procedimientos para los trabajos de Reseccionamiento 2024-2025 Anexo del Acuerdo INE/CG331/2024 27 de marzo de 2024 Índice Presentación 1.Preparación de insumos para la generación de escenarios 2. Secciones a reseccionar a.Pronóstico de Lista Nominal 3. Generación de escenarios de reseccionamiento 3.1 Criterios para la generación de escenarios a. Reglas para la valoración de escenarios b. Características valoradas 4. Elaboración de los escenarios de reseccionamiento 4.1 Elaboración de la propuesta en el ámbito distrital 4.1.1 Elaboración de la propuesta de la Junta Distrital Ejecutiva 4.1.2 Propuesta de la Comisión Distrital de Vigilancia 4.2 Revisión de propuestas en el ámbito local 4.2.1 Revisión en las Juntas Locales Ejecutivas 4.2.2 Revisión en las Comisiones Locales de Vigilancia 4.3 Revisión de propuestas en el ámbito nacional 5. Consideraciones 6. Plan de actividades Glosario CDV Comisión(es) Distrital(es) de Vigilancia. CLV Comisión(es) Local(es) de Vigilancia. CNV Comisión Nacional de Vigilancia. Consejo General Consejo General del Instituto Nacional Electoral. CRFE Comisión del Registro Federal de Electores. DERFE Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores. DCE Dirección de Cartografía Electoral de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores DSCV Dirección de la Secretaría de las Comisiones de Vigilancia de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores GTOC Grupo de trabajo de Operación en Campo de la Comisión Nacional de Vigilancia INE/Instituto Instituto Nacional Electoral. JDE Junta(s) Distrital(es) Ejecutiva(s) del Instituto Nacional Electoral. JLE Junta(s) Local(es) Ejecutiva(s) del Instituto Nacional Electoral. Reseccionamiento Acción de actualizar la geografía electoral consistente en dividir una sección origen que se encuentra por encima del rango legal establecido y generar nuevas secciones electorales resultantes a partir de esta división, con la condición de que éstas últimas pertenezcan al mismo distrito electoral y que cumplan con el rango de electores que la ley ordena VERFE Vocalía(s) del Registro Federal de Electores. Presentación En cumplimiento del artículo 147, párrafo 3, de la LGIPE, que establece que cada sección tendrá como mínimo 100 electores y como máximo 3,000, la DERFE, a través de la DCE y de las JLE y JDE, efectúa el programa de reseccionamiento a fin de subdividir las secciones con un alto número de empadronados. En particular en 2024 se propone dividir las 314 secciones que tienen el mayor número de registros en la lista nominal, bajo las consideraciones que se describen en el apartado 2. Igual que los programas de reseccionamiento aplicados desde el año 2002, el propósito del Reseccionamiento 2024-2025 es generar secciones electorales con características que faciliten la emisión del voto de la ciudadanía. La intención es que el acceso a las casillas sea lo más equitativo para la ciudadanía. Razón por la cual, además de crear secciones dentro del rango de electores que establece la ley, se fijan reglas para valorar que el nuevo trazo posibilite un ágil tránsito de la ciudadanía al interior de las secciones, así como la inclusión de espacios para instalación de casillas. Por lo anterior, se establecen criterios de valoración del nuevo trazo seccional; para dar mayor certeza a las propuestas se realizan trabajos de campo y gabinete a fin de actualizar en la cartografía electoral la representación de rasgos físicos, esta información se sistematiza en una aplicación informática, mediante la cual se generan propuestas de reseccionamiento, mismas que, en el proceso de construcción son evaluadas cuantitativa y cualitativamente. En este documento se presenta las propuestas de: las secciones que serán incluidas en el programa de reseccionamiento, las reglas y criterios para la construcción y evaluación de escenarios y el calendario de actividades. 1. Preparación de insumos para la generación de escenarios Previo a los trabajos de definición de secciones, se realizan recorridos de campo en los que se registra en la cartografía electoral elementos en los que se apoyará el nuevo trazo de secciones; como son alta y baja de manzanas, localidades y vialidades, así como rasgos físicos que puedan delimitar el territorio no urbanizado, que incluso pudieran obstaculizar el paso directo de la ciudadanía al interior de la sección. También se registra la existencia de inmuebles adecuados para instalar casillas electorales. Además, se realizan análisis de gabinete que incluye: la actualización de la base geográfica digital, la identificación de ciudadanos en localidades y manzanas dadas de baja a fin de resolver su referencia geo-electoral. Asimismo, se elabora un pronóstico del crecimiento de la Lista Nominal a 10 años, con el propósito de procurar que las secciones nuevas permanezcan el mayor tiempo posible con menos de 3,000 electores pero que desde su creación tengan 100 o más electores. En este sentido, los trabajos de campo, en un conjunto preliminar de secciones, iniciaron en septiembre de 2023, derivado de esta actividad se detectaron zonas en las que es necesario investigar la posible modificación de límites territoriales, por lo que se propone que las secciones en esta situación sean atendidas en el programa de Reseccionamiento 2025-2026. Las actividades descritas se agrupan en las cuatro etapas siguientes: I. Recorrido en campo y análisis en gabinete para la actualización de la cartografía electoral II. Preparación de Base Geográfica Digital para el Sistema de Reseccionamiento III. Identificación y Resolución de Ciudadanos Mal Referenciados IV. Generación de Propuestas de Reseccionamiento 2. Secciones a reseccionar La propuesta es reseccionar 314 secciones obtenidas de la manera siguiente: - Las 300 secciones con la mayor lista nominal, estableciendo que ningún distrito tendrá más de cuatro secciones a fin de distribuir cargas de trabajo que el personal de cartografía en los distritos pueda cubrir; 15 de estas secciones fueron remplazadas por la sección que le seguía en número de electores debido a las causas que se describen en el cuadro 1; dichas secciones se incluirán en el programa de Reseccionamiento 2025-2026. - Un complemento de 14 secciones, 11 que son las de mayor lista nominal en su estado pero no están entre las secciones con mayor número de electores a nivel nacional (Baja California Sur, Campeche, Morelos, Nayarit, Tabasco, Tlaxcala y Zacatecas), esto con el fin de que todas las entidades federativas participen en el programa, 2 de Oaxaca que fueron pospuestas en programas de reseccionamiento pasados a fin de corregir el desfase en la representación de la traza urbana de las secciones, y una de Jalisco que fue revisada en el programa de Reseccionamiento 2023-2024 pero debido a un ajuste de límites entre los municipios El Salto y San Pedro Tlaquepaque, aprobado por el Consejo General del INE, el 25 de agosto de 2023, la conformación original de la sección cambió, siendo necesario replantear la propuesta de reseccionamiento con la nueva conformación. Cuadro 1. Causa de las secciones pospuestas para Reseccionar en 2025 Estado | Secció n | Lista Nominal 31/12/2023 | Causa | 11 | Guanajuato | 2036 | 8,514 | Se identificó desfase en la representación de manzanas y vialidades en la zona de colindancia entre los municipios de Purísima del Rincón-San Francisco del Rincón, se pospone el reseccionamiento en esta sección para realizar el análisis técnico de un posible ajuste al trazo municipal. | 11 | Guanajuato | 2042 | 8,232 | Se identificó desfase en la representación de manzanas y vialidades en la zona de colindancia entre los municipios de Purísima del Rincón-San Francisco de los Romo se pospone el reseccionamiento en esta sección para realizar el análisis técnico de un posible ajuste al trazo municipal. | 12 | Guerrero | 0301 | 10,854 | Daños por el huracán Otis. | 12 | Guerrero | 0306 | 11,446 | Daños por el huracán Otis. | 12 | Guerrero | 0307 | 7,478 | Daños por el huracán Otis. | 15 | México | 0416 | 7,517 | Problemas de accesibilidad, los colones impiden el acceso a los fraccionamientos, los órganos desconcentrados manifestaron que no era conveniente generar disgusto con la cercanía de las elecciones. | 15 | México | 0689 | 8,475 | Se identificó desfase en la representación de manzanas y vialidades en la zona de colindancia entre los municipios de Teoloyucán-Cuautitlán Izcalli se pospone el reseccionamiento en esta sección para realizar el análisis técnico de un posible ajuste al trazo municipal. | 15 | México | 0906 | 9,652 | Se identificó desfase en la representación de manzanas y vialidades en la zona de colindancia entre los municipios de Nicolás Romero-Cuautitlán Izcalli se pospone el reseccionamiento en esta sección para realizar el análisis técnico de un posible ajuste al trazo municipal. | 15 | México | 3845 | 8,582 | Se identificó desfase en la representación de manzanas y vialidades en la zona de colindancia entre los municipios de Ocoyoacac-Capulhuac se pospone el reseccionamiento en esta sección para realizar el análisis técnico de un posible ajuste al trazo municipal. | 15 | México | 5900 | 7,780 | Se identificó desfase en la representación de manzanas y vialidades en la zona de colindancia entre los municipios de Zumpango/Estado de México-Tizayuca/Hidalgo se pospone el reseccionamiento en esta sección para realizar el análisis técnico de un posible ajuste al trazo municipal. | 21 | Puebla | 1936 | 11,153 | Se identificó desfase en la representación de manzanas y vialidades en la zona de colindancia entre los municipios de Tehuacán-Santiago Miahuatlán se pospone el reseccionamiento en esta sección para realizar el análisis técnico de un posible ajuste al trazo municipal. | 27 | Tabasco | 0452 | 8,617 | Se identificó desfase en la representación de manzanas y vialidades en la zona de colindancia entre los municipios de Centro-Nacajuca se pospone el reseccionamiento en esta sección para realizar el análisis técnico de un posible ajuste al trazo municipal. | 30 | Veracruz | 3150 | 8,094 | Se identificó desfase en la representación de manzanas y vialidades en la zona de colindancia entre los municipios de Poza Rica-Papantla se pospone el reseccionamiento en esta sección para realizar el análisis técnico de un posible ajuste al trazo municipal. | 31 | Yucatán | 0642 | 9,789 | Se identificó desfase en la representación de manzanas y vialidades en la zona de colindancia entre los municipios de Conkal-Mérida se pospone el reseccionamiento en esta sección para realizar el análisis técnico de un posible ajuste al trazo municipal. | 31 | Yucatán | 0643 | 11,012 | Se identificó desfase en la representación de manzanas y vialidades en la zona de colindancia entre los municipios de Conkal-Mérida se pospone el reseccionamiento en esta sección para realizar el análisis técnico de un posible ajuste al trazo municipal. | a. Pronóstico de Lista Nominal Para las 314 secciones se elaboró un pronosticó del crecimiento de la Lista Nominal a 10 años, a fin de determinar la cantidad de secciones a generar por cada sección reseccionada. El cálculo de Lista Nominal al 31 de diciembre de 2033 se realizó con base en un modelo de crecimiento logístico, datos mensuales históricos de la Lista Nominal y la superficie territorial factible de ser habitada en cada sección, este último dato se refiere al porcentaje del territorio que tiene posibilidades de crecer urbanísticamente, al no tener cuerpos de agua, accidentes geográficos, suelo abrupto o estar ocupado por construcciones (% de suelo por ocupar). El número de secciones que se generarán, por cada sección a reseccionar, es el resultado de dividir el pronóstico de Lista Nominal entre 2,250, éste redondeado al entero mayor. Cuadro 2. Secciones propuestas para Reseccionar en 2024-2025, porcentaje de suelo por ocupar y pronóstico de la Lista Nominal y secciones por generar Estado | Distrito | Municipio | Sección | % de Suelo por ocupar | Lista Nominal | Pronóstico | Secciones por generar1/ | 31-dic-23 | 31/12/2033 | Total | 151 | 133 | 314 | | 2,878,407 | 4,348,241 | 2,039 | 1 | Aguascalientes | 01 | 005 | 0397 | 20.0 | 10,619 | 12,894 | 6 | 1 | Aguascalientes | 01 | 005 | 0405 | 80.0 | 10,344 | 19,237 | 9 | 1 | Aguascalientes | 01 | 010 | 0473 | 65.0 | 9,681 | 15,053 | 7 | 1 | Aguascalientes | 02 | 001 | 0080 | 75.0 | 8,124 | 13,976 | 7 | 1 | Aguascalientes | 02 | 001 | 0116 | 10.0 | 9,345 | 9,772 | 5 | 1 | Aguascalientes | 02 | 001 | 0572 | 40.0 | 8,326 | 12,430 | 6 | 1 | Aguascalientes | 03 | 001 | 0270 | 50.0 | 8,905 | 12,840 | 6 | 1 | Aguascalientes | 03 | 001 | 0326 | 80.0 | 10,328 | 31,975 | 13 | 2 | Baja California | 01 | 002 | 0488 | 40.0 | 11,300 | 14,767 | 7 | 2 | Baja California | 01 | 002 | 0502 | 20.0 | 8,081 | 9,549 | 5 | 2 | Baja California | 02 | 002 | 0346 | 30.0 | 10,138 | 11,232 | 5 | 2 | Baja California | 02 | 002 | 0565 | 50.0 | 9,253 | 12,754 | 6 | 2 | Baja California | 02 | 002 | 0690 | 30.0 | 10,079 | 12,117 | 6 | 2 | Baja California | 03 | 001 | 0209 | 20.0 | 9,018 | 10,571 | 5 | 2 | Baja California | 03 | 006 | 0189 | 85.0 | 9,260 | 15,938 | 8 | 2 | Baja California | 03 | 006 | 0192 | 20.0 | 7,737 | 15,787 | 8 | 2 | Baja California | 04 | 004 | 1153 | 20.0 | 8,878 | 9,344 | 5 | 2 | Baja California | 05 | 004 | 1125 | 30.0 | 9,763 | 11,725 | 6 | 2 | Baja California | 06 | 004 | 0858 | 15.0 | 9,195 | 10,327 | 5 | 2 | Baja California | 06 | 004 | 1499 | 60.0 | 7,865 | 15,876 | 8 | 2 | Baja California | 08 | 004 | 1231 | 30.0 | 11,580 | 14,177 | 7 | 2 | Baja California | 08 | 004 | 1289 | 40.0 | 9,143 | 15,512 | 7 | 2 | Baja California | 09 | 003 | 0702 | 75.0 | 8,467 | 17,108 | 8 | 2 | Baja California | 09 | 005 | 1263 | 15.0 | 10,374 | 10,919 | 5 | 2 | Baja California | 09 | 005 | 1297 | 45.0 | 11,467 | 38,501 | 15 | 3 | Baja California Sur | 01 | 005 | 0339 | 70.0 | 5,581 | 8,889 | 4 | 3 | Baja California Sur | 02 | 004 | 0362 | 75.0 | 6,160 | 19,452 | 8 | 4 | Campeche | 01 | 001 | 0079 | 25.0 | 7,427 | 8,631 | 4 | 4 | Campeche | 01 | 001 | 0105 | 40.0 | 7,385 | 9,258 | 5 | 5 | Coahuila | 01 | 002 | 0033 | 40.0 | 8,761 | 11,628 | 6 | 5 | Coahuila | 01 | 002 | 0041 | 85.0 | 11,584 | 33,281 | 15 | 5 | Coahuila | 01 | 025 | 0633 | 40.0 | 10,747 | 14,664 | 7 | 5 | Coahuila | 03 | 018 | 0431 | 40.0 | 7,703 | 11,495 | 6 | 5 | Coahuila | 04 | 030 | 0731 | 50.0 | 7,516 | 10,489 | 5 | 5 | Coahuila | 04 | 030 | 0752 | 25.0 | 8,516 | 9,314 | 5 | 5 | Coahuila | 04 | 030 | 0905 | 25.0 | 7,132 | 8,597 | 4 | 5 | Coahuila | 05 | 035 | 1461 | 80.0 | 8,127 | 14,153 | 7 | 5 | Coahuila | 05 | 035 | 1466 | 80.0 | 12,513 | 33,087 | 15 | 5 | Coahuila | 06 | 035 | 1350 | 20.0 | 9,979 | 10,400 | 5 | 5 | Coahuila | 07 | 030 | 0970 | 25.0 | 7,768 | 9,290 | 5 | 5 | Coahuila | 07 | 030 | 0993 | 35.0 | 8,948 | 10,371 | 5 | 5 | Coahuila | 07 | 030 | 0994 | 35.0 | 8,571 | 10,579 | 5 | 5 | Coahuila | 08 | 027 | 0663 | 55.0 | 10,215 | 15,622 | 7 | 6 | Colima | 01 | 001 | 0060 | 20.0 | 8,509 | 9,814 | 5 | 6 | Colima | 01 | 005 | 0139 | 30.0 | 9,970 | 11,675 | 6 | 6 | Colima | 01 | 005 | 0146 | 80.0 | 10,526 | 24,520 | 11 | 6 | Colima | 02 | 010 | 0280 | 65.0 | 8,146 | 11,355 | 6 | 7 | Chiapas | 01 | 065 | 0950 | 20.0 | 7,240 | 8,090 | 4 | 7 | Chiapas | 03 | 059 | 0820 | 20.0 | 9,675 | 11,734 | 6 | 7 | Chiapas | 05 | 077 | 1151 | 20.0 | 11,111 | 12,946 | 6 | 7 | Chiapas | 09 | 102 | 1638 | 50.0 | 9,899 | 14,099 | 7 | 7 | Chiapas | 09 | 102 | 1640 | 40.0 | 8,813 | 11,238 | 5 | 7 | Chiapas | 09 | 102 | 1739 | 60.0 | 8,380 | 12,488 | 6 | 8 | Chihuahua | 01 | 037 | 1885 | 20.0 | 8,716 | 9,172 | 5 | 8 | Chihuahua | 01 | 037 | 2711 | 30.0 | 9,848 | 12,128 | 6 | 8 | Chihuahua | 01 | 037 | 2823 | 20.0 | 10,935 | 12,682 | 6 | 8 | Chihuahua | 02 | 037 | 1945 | 95.0 | 11,692 | 37,378 | 15 | 8 | Chihuahua | 02 | 037 | 2781 | 40.0 | 8,705 | 11,988 | 6 | 8 | Chihuahua | 02 | 037 | 2983 | 50.0 | 12,511 | 22,137 | 10 | 8 | Chihuahua | 04 | 037 | 1642 | 20.0 | 7,910 | 10,086 | 5 | 8 | Chihuahua | 04 | 037 | 1706 | 50.0 | 9,095 | 14,608 | 7 | 8 | Chihuahua | 05 | 021 | 0991 | 20.0 | 9,767 | 11,386 | 6 | 8 | Chihuahua | 06 | 019 | 0754 | 40.0 | 7,946 | 11,647 | 6 | 8 | Chihuahua | 06 | 019 | 0805 | 30.0 | 9,543 | 11,042 | 5 | 8 | Chihuahua | 08 | 019 | 0596 | 30.0 | 10,020 | 12,109 | 6 | 8 | Chihuahua | 08 | 019 | 3215 | 85.0 | 9,749 | 22,087 | 10 | 9 | Ciudad de México | 09 | 011 | 3691 | 10.0 | 7,908 | 8,700 | 4 | 9 | Ciudad de México | 16 | 010 | 3295 | 10.0 | 8,947 | 9,928 | 5 | 9 | Ciudad de México | 18 | 007 | 2662 | 20.0 | 7,668 | 8,668 | 4 | 10 | Durango | 01 | 005 | 0253 | 20.0 | 7,930 | 8,798 | 4 | 10 | Durango | 02 | 007 | 0444 | 30.0 | 8,567 | 9,017 | 5 | 10 | Durango | 02 | 007 | 0446 | 50.0 | 9,366 | 13,346 | 6 | 10 | Durango | 02 | 007 | 0541 | 40.0 | 10,360 | 14,376 | 7 | 10 | Durango | 04 | 005 | 0111 | 25.0 | 8,526 | 9,349 | 5 | 10 | Durango | 04 | 005 | 0276 | 10.0 | 7,866 | 8,299 | 4 | 11 | Guanajuato | 01 | 033 | 2587 | 70.0 | 6,419 | 10,830 | 5 | 11 | Guanajuato | 03 | 020 | 1278 | 15.0 | 8,654 | 9,631 | 5 | 11 | Guanajuato | 03 | 020 | 1282 | 30.0 | 9,727 | 11,309 | 6 | 11 | Guanajuato | 03 | 020 | 1284 | 30.0 | 8,774 | 10,221 | 5 | 11 | Guanajuato | 05 | 020 | 1484 | 85.0 | 10,463 | 37,332 | 13 | 11 | Guanajuato | 05 | 020 | 1493 | 35.0 | 7,460 | 10,179 | 5 | 11 | Guanajuato | 05 | 020 | 3015 | 60.0 | 7,763 | 11,682 | 6 | 11 | Guanajuato | 06 | 020 | 1508 | 60.0 | 9,783 | 17,142 | 8 | 11 | Guanajuato | 06 | 020 | 1510 | 50.0 | 8,799 | 13,314 | 6 | 11 | Guanajuato | 09 | 017 | 0930 | 35.0 | 7,253 | 8,982 | 4 | 11 | Guanajuato | 09 | 037 | 2710 | 70.0 | 7,165 | 14,252 | 7 | 11 | Guanajuato | 11 | 020 | 1633 | 30.0 | 8,145 | 10,550 | 5 | 11 | Guanajuato | 11 | 020 | 1643 | 40.0 | 8,854 | 11,891 | 6 | 11 | Guanajuato | 11 | 020 | 1644 | 30.0 | 7,829 | 10,115 | 5 | 11 | Guanajuato | 12 | 007 | 0412 | 20.0 | 9,480 | 10,322 | 5 | 11 | Guanajuato | 12 | 007 | 0526 | 85.0 | 8,453 | 14,501 | 7 | 11 | Guanajuato | 12 | 007 | 0529 | 60.0 | 7,903 | 12,328 | 6 | 11 | Guanajuato | 15 | 017 | 0980 | 25.0 | 8,775 | 10,485 | 5 | 12 | Guerrero | 05 | 067 | 2564 | 30.0 | 6,642 | 8,222 | 4 | 12 | Guerrero | 05 | 067 | 2569 | 35.0 | 6,078 | 8,119 | 4 | 12 | Guerrero | 07 | 029 | 1204 | 40.0 | 9,198 | 11,476 | 6 | 12 | Guerrero | 08 | 047 | 1809 | 25.0 | 5,875 | 7,289 | 4 | 13 | Hidalgo | 04 | 056 | 1116 | 60.0 | 7,319 | 11,677 | 6 | 13 | Hidalgo | 04 | 076 | 1554 | 60.0 | 8,595 | 14,524 | 7 | 13 | Hidalgo | 06 | 047 | 0954 | 35.0 | 9,409 | 13,272 | 6 | 13 | Hidalgo | 07 | 068 | 1364 | 70.0 | 7,403 | 13,749 | 7 | 13 | Hidalgo | 07 | 083 | 1630 | 60.0 | 17,935 | 33,261 | 15 | 14 | Jalisco | 02 | 055 | 1713 | 60.0 | 8,600 | 14,437 | 7 | 14 | Jalisco | 03 | 053 | 1694 | 80.0 | 7,985 | 23,530 | 10 | 14 | Jalisco | 04 | 120 | 3007 | 20.0 | 9,666 | 11,250 | 5 | 14 | Jalisco | 04 | 120 | 3013 | 35.0 | 9,343 | 11,306 | 6 | 14 | Jalisco | 04 | 120 | 3015 | 25.0 | 9,046 | 11,142 | 5 | 14 | Jalisco | 05 | 069 | 1967 | 25.0 | 8,781 | 10,612 | 5 | 14 | Jalisco | 05 | 069 | 1996 | 50.0 | 8,608 | 13,518 | 7 | 14 | Jalisco | 05 | 069 | 2000 | 50.0 | 7,851 | 12,101 | 6 | 14 | Jalisco | 06 | 120 | 3018 | 40.0 | 10,231 | 16,041 | 8 | 14 | Jalisco | 06 | 120 | 3020 | 30.0 | 11,280 | 13,945 | 7 | 14 | Jalisco | 06 | 120 | 3231 | 20.0 | 7,749 | 9,457 | 5 | 14 | Jalisco | 07 | 102 | 2660 | 25.0 | 10,079 | 12,719 | 6 | 14 | Jalisco | 07 | 102 | 2684 | 35.0 | 8,761 | 11,742 | 6 | 14 | Jalisco | 07 | 102 | 2709 | 20.0 | 9,584 | 10,421 | 5 | 14 | Jalisco | 10 | 120 | 3068 | 20.0 | 7,661 | 9,593 | 5 | 14 | Jalisco | 10 | 120 | 3111 | 20.0 | 8,406 | 9,286 | 5 | 14 | Jalisco | 10 | 120 | 3114 | 20.0 | 8,011 | 8,731 | 4 | 14 | Jalisco | 12 | 098 | 2446 | 20.0 | 8,130 | 10,043 | 5 | 14 | Jalisco | 12 | 098 | 2453 | 25.0 | 9,707 | 11,760 | 6 | 14 | Jalisco | 12 | 098 | 3468 | 45.0 | 9,382 | 13,550 | 7 | 14 | Jalisco | 13 | 099 | 2614 | 50.0 | 7,682 | 11,823 | 6 | 14 | Jalisco | 14 | 098 | 2467 | 40.0 | 8,765 | 11,967 | 6 | 14 | Jalisco | 14 | 098 | 3415 | 50.0 | 9,525 | 13,345 | 6 | 14 | Jalisco | 14 | 098 | 3416 | 60.0 | 9,533 | 14,798 | 7 | 14 | Jalisco | 15 | 008 | 0107 | 90.0 | 8,246 | 19,540 | 9 | 14 | Jalisco | 16 | 099 | 2563 | 55.0 | 8,781 | 14,074 | 7 | 14 | Jalisco | 16 | 099 | 2567 | 20.0 | 9,413 | 11,049 | 5 | 14 | Jalisco | 16 | 099 | 2587 | 20.0 | 8,608 | 10,072 | 5 | 14 | Jalisco | 20 | 072 | 2024 | 70.0 | 9,152 | 18,194 | 9 | 14 | Jalisco | 20 | 072 | 2043 | 40.0 | 10,370 | 14,450 | 7 | 14 | Jalisco | 20 | 072 | 2044 | 50.0 | 13,430 | 21,143 | 10 | 14 | jalisco | 20 | 072 | 2049 | 40.0 | 14,764 | 17,941 | 8 | 15 | México | 02 | 109 | 5473 | 40.0 | 7,384 | 10,518 | 5 | 15 | México | 04 | 061 | 3751 | 30.0 | 8,499 | 11,177 | 5 | 15 | México | 04 | 061 | 3776 | 30.0 | 7,672 | 9,620 | 5 | 15 | México | 04 | 061 | 3804 | 60.0 | 8,392 | 13,173 | 6 | 15 | México | 05 | 082 | 4191 | 70.0 | 9,472 | 16,002 | 8 | 15 | México | 05 | 082 | 4208 | 60.0 | 10,928 | 21,701 | 10 | 15 | México | 06 | 020 | 0536 | 25.0 | 7,993 | 8,758 | 4 | 15 | México | 06 | 020 | 0569 | 30.0 | 10,566 | 11,094 | 5 | 15 | México | 06 | 110 | 5599 | 40.0 | 11,073 | 14,156 | 7 | 15 | México | 08 | 110 | 5523 | 25.0 | 7,853 | 8,682 | 4 | 15 | México | 08 | 110 | 5539 | 40.0 | 8,165 | 9,657 | 5 | 15 | México | 08 | 110 | 5557 | 25.0 | 8,508 | 9,762 | 5 | 15 | México | 08 | 110 | 5650 | 40.0 | 10,305 | 12,985 | 6 | 15 | México | 11 | 034 | 1362 | 60.0 | 7,629 | 10,097 | 5 | 15 | México | 12 | 040 | 2089 | 20.0 | 9,813 | 10,881 | 5 | 15 | México | 12 | 040 | 2163 | 20.0 | 8,783 | 9,536 | 5 | +15 | México | 13 | 034 | 1518 | 20.0 | 10,096 | 11,697 | 6 | 15 | México | 14 | 101 | 4696 | 25.0 | 6,820 | 9,255 | 5 | 15 | México | 18 | 038 | 2024 | 30.0 | 9,127 | 11,678 | 6 | 15 | México | 23 | 052 | 4143 | 40.0 | 7,340 | 10,600 | 5 | 15 | México | 25 | 032 | 1164 | 20.0 | 7,893 | 8,741 | 4 | 15 | México | 25 | 032 | 1193 | 20.0 | 9,635 | 10,611 | 5 | 15 | México | 25 | 032 | 1275 | 20.0 | 11,228 | 11,881 | 6 | 15 | México | 26 | 107 | 5303 | 60.0 | 8,606 | 12,343 | 6 | 15 | México | 26 | 107 | 5362 | 50.0 | 7,366 | 11,015 | 5 | 15 | México | 27 | 018 | 0502 | 50.0 | 6,723 | 11,455 | 6 | 15 | México | 27 | 055 | 2480 | 30.0 | 7,973 | 9,302 | 5 | 15 | México | 30 | 032 | 1192 | 20.0 | 11,198 | 12,388 | 6 | 15 | México | 30 | 032 | 1236 | 20.0 | 10,356 | 11,378 | 6 | 15 | México | 30 | 032 | 5966 | 30.0 | 7,904 | 11,385 | 6 | 15 | México | 30 | 032 | 5967 | 25.0 | 8,900 | 11,022 | 5 | 15 | México | 32 | 122 | 1061 | 30.0 | 8,489 | 8,934 | 4 | 15 | México | 33 | 026 | 0937 | 20.0 | 9,062 | 10,006 | 5 | 15 | México | 33 | 026 | 0995 | 20.0 | 9,141 | 10,053 | 5 | 15 | México | 33 | 026 | 0996 | 20.0 | 8,616 | 9,983 | 5 | 15 | México | 33 | 026 | 1065 | 50.0 | 8,889 | 14,536 | 7 | 15 | México | 34 | 107 | 5296 | 30.0 | 7,174 | 8,607 | 4 | 15 | México | 34 | 107 | 5350 | 40.0 | 8,610 | 12,192 | 6 | 15 | México | 37 | 036 | 1957 | 70.0 | 10,113 | 17,151 | 8 | 15 | México | 37 | 036 | 1962 | 60.0 | 7,920 | 10,162 | 5 | 15 | México | 37 | 036 | 1963 | 70.0 | 10,440 | 14,102 | 7 | 15 | México | 38 | 011 | 0238 | 30.0 | 10,408 | 12,607 | 6 | 15 | México | 38 | 100 | 4649 | 60.0 | 7,708 | 10,162 | 5 | 15 | México | 39 | 032 | 1267 | 30.0 | 8,093 | 10,337 | 5 | 15 | México | 39 | 071 | 3945 | 20.0 | 7,384 | 8,977 | 4 | 15 | México | 39 | 071 | 3949 | 30.0 | 7,692 | 8,885 | 4 | 15 | México | 40 | 005 | 0120 | 60.0 | 8,734 | 11,374 | 6 | 15 | México | 40 | 119 | 5849 | 80.0 | 8,508 | 14,082 | 7 | 16 | Michoacán | 01 | 050 | 0806 | 20.0 | 8,578 | 9,485 | 5 | 16 | Michoacán | 01 | 050 | 0860 | 50.0 | 7,716 | 11,148 | 5 | 16 | Michoacán | 05 | 109 | 2462 | 50.0 | 11,368 | 18,355 | 9 | 16 | Michoacán | 05 | 109 | 2476 | 50.0 | 8,578 | 11,433 | 6 | 16 | Michoacán | 08 | 054 | 1216 | 60.0 | 9,621 | 12,529 | 6 | 16 | Michoacán | 08 | 054 | 1264 | 70.0 | 7,963 | 13,353 | 6 | 16 | Michoacán | 09 | 103 | 2207 | 45.0 | 8,887 | 12,915 | 6 | 16 | Michoacán | 09 | 103 | 2269 | 25.0 | 11,336 | 14,250 | 7 | 16 | Michoacán | 10 | 054 | 1035 | 30.0 | 8,588 | 10,896 | 5 | 16 | Michoacán | 10 | 054 | 1224 | 30.0 | 8,684 | 12,494 | 6 | 16 | Michoacán | 10 | 054 | 1233 | 65.0 | 10,106 | 16,148 | 8 | 17 | Morelos | 02 | 008 | 0411 | 40.0 | 7,342 | 9,821 | 5 | 18 | Nayarit | 03 | 004 | 0116 | 60.0 | 8,045 | 12,218 | 6 | 18 | Nayarit | 03 | 019 | 0847 | 25.0 | 9,395 | 11,174 | 5 | 19 | Nuevo León | 01 | 048 | 2002 | 20.0 | 11,589 | 13,843 | 7 | 19 | Nuevo León | 01 | 048 | 2006 | 20.0 | 8,884 | 10,443 | 5 | 19 | Nuevo León | 02 | 006 | 0084 | 20.0 | 10,024 | 10,599 | 5 | 19 | Nuevo León | 02 | 006 | 0150 | 65.0 | 9,411 | 24,621 | 11 | 19 | Nuevo León | 02 | 006 | 2196 | 25.0 | 8,078 | 9,369 | 5 | 19 | Nuevo León | 03 | 021 | 0472 | 20.0 | 7,700 | 8,520 | 4 | 19 | Nuevo León | 03 | 021 | 0474 | 20.0 | 7,788 | 8,604 | 4 | 19 | Nuevo León | 03 | 021 | 0483 | 30.0 | 10,419 | 12,532 | 6 | 19 | Nuevo León | 05 | 040 | 2126 | 30.0 | 7,337 | 9,051 | 5 | 19 | Nuevo León | 07 | 018 | 2549 | 70.0 | 9,947 | 26,318 | 12 | 19 | Nuevo León | 07 | 018 | 2598 | 70.0 | 12,815 | 52,109 | 17 | 19 | Nuevo León | 08 | 006 | 0141 | 30.0 | 8,006 | 9,916 | 5 | 19 | Nuevo León | 08 | 006 | 0144 | 20.0 | 7,671 | 8,533 | 4 | 19 | Nuevo León | 08 | 026 | 0694 | 35.0 | 9,290 | 13,344 | 6 | 19 | Nuevo León | 11 | 026 | 0742 | 20.0 | 8,950 | 10,338 | 5 | 19 | Nuevo León | 11 | 026 | 0744 | 20.0 | 9,381 | 10,560 | 5 | 19 | Nuevo León | 12 | 032 | 0842 | 60.0 | 8,130 | 14,012 | 7 | 19 | Nuevo León | 12 | 032 | 2329 | 50.0 | 9,868 | 19,616 | 9 | 19 | Nuevo León | 12 | 032 | 2380 | 80.0 | 9,013 | 37,026 | 12 | 19 | Nuevo León | 14 | 025 | 2721 | 45.0 | 10,257 | 17,968 | 8 | 19 | Nuevo León | 14 | 042 | 1705 | 80.0 | 8,821 | 44,640 | 11 | 19 | Nuevo León | 14 | 042 | 2711 | 40.0 | 9,473 | 19,219 | 9 | 20 | Oaxaca | 03 | 566 | 2428 | 40.0 | 18,256 | 23,206 | 11 | 20 | Oaxaca | 08 | 400 | 1784 | 35.0 | 11,587 | 17,345 | 8 | 21 | Puebla | 06 | 115 | 1405 | 20.0 | 9,873 | 10,421 | 5 | 21 | Puebla | 06 | 115 | 1417 | 20.0 | 8,673 | 10,504 | 5 | 21 | Puebla | 07 | 015 | 0132 | 50.0 | 8,683 | 13,239 | 6 | 21 | Puebla | 10 | 120 | 1663 | 45.0 | 10,329 | 13,930 | 7 | 21 | Puebla | 10 | 120 | 1665 | 40.0 | 8,966 | 9,799 | 5 | 21 | Puebla | 10 | 120 | 1669 | 25.0 | 10,809 | 13,719 | 7 | 21 | Puebla | 11 | 115 | 1214 | 20.0 | 9,386 | 10,346 | 5 | 21 | Puebla | 11 | 115 | 1252 | 30.0 | 9,305 | 12,589 | 6 | 21 | Puebla | 12 | 115 | 1562 | 25.0 | 9,298 | 11,533 | 6 | 21 | Puebla | 12 | 115 | 1595 | 20.0 | 8,078 | 8,930 | 4 | 21 | Puebla | 12 | 115 | 1605 | 50.0 | 7,780 | 11,346 | 6 | 21 | Puebla | 15 | 155 | 1937 | 70.0 | 8,263 | 16,146 | 8 | 21 | Puebla | 15 | 155 | 1952 | 20.0 | 7,109 | 7,735 | 4 | 22 | Querétaro | 02 | 016 | 0586 | 30.0 | 8,907 | 11,514 | 6 | 22 | Querétaro | 03 | 014 | 0323 | 20.0 | 9,803 | 10,593 | 5 | 22 | Querétaro | 03 | 014 | 0550 | 70.0 | 8,324 | 15,957 | 8 | 22 | Querétaro | 04 | 005 | 0105 | 20.0 | 11,385 | 12,704 | 6 | 22 | Querétaro | 04 | 005 | 0113 | 40.0 | 10,265 | 12,880 | 6 | 22 | Querétaro | 04 | 005 | 0115 | 40.0 | 10,870 | 15,774 | 8 | 22 | Querétaro | 05 | 010 | 0203 | 70.0 | 12,062 | 26,720 | 12 | 22 | Querétaro | 05 | 010 | 0204 | 80.0 | 10,669 | 18,882 | 9 | 22 | Querétaro | 05 | 010 | 0761 | 65.0 | 9,902 | 19,482 | 9 | 22 | Querétaro | 06 | 014 | 0282 | 20.0 | 7,225 | 7,988 | 4 | 22 | Querétaro | 06 | 014 | 0529 | 85.0 | 10,533 | 17,729 | 8 | 22 | Querétaro | 06 | 014 | 0545 | 90.0 | 10,650 | 30,211 | 14 | 23 | Quintana Roo | 01 | 008 | 0206 | 30.0 | 10,175 | 10,709 | 5 | 23 | Quintana Roo | 01 | 008 | 0768 | 90.0 | 8,362 | 58,443 | 11 | 23 | Quintana Roo | 03 | 004 | 0261 | 90.0 | 10,010 | 30,194 | 13 | 23 | Quintana Roo | 04 | 001 | 0591 | 30.0 | 10,120 | 10,898 | 5 | 23 | Quintana Roo | 04 | 001 | 0632 | 40.0 | 10,125 | 14,366 | 7 | 23 | Quintana Roo | 04 | 001 | 0826 | 30.0 | 8,202 | 9,205 | 5 | 24 | San Luis Potosí | 02 | 035 | 1253 | 30.0 | 9,760 | 12,328 | 6 | 24 | San Luis Potosí | 02 | 035 | 1314 | 90.0 | 7,712 | 16,299 | 8 | 24 | San Luis Potosí | 02 | 035 | 1316 | 75.0 | 10,943 | 28,961 | 13 | 24 | San Luis Potosí | 04 | 013 | 0266 | 70.0 | 7,966 | 12,381 | 6 | 24 | San Luis Potosí | 05 | 028 | 0773 | 40.0 | 10,245 | 13,622 | 7 | 24 | San Luis Potosí | 05 | 028 | 0774 | 20.0 | 10,265 | 11,965 | 6 | 24 | San Luis Potosí | 05 | 028 | 1039 | 30.0 | 10,954 | 14,865 | 7 | 24 | San Luis Potosí | 06 | 028 | 0955 | 20.0 | 7,657 | 8,058 | 4 | 24 | San Luis Potosí | 06 | 028 | 0965 | 20.0 | 10,243 | 11,320 | 6 | 24 | San Luis Potosí | 06 | 028 | 0977 | 30.0 | 7,378 | 10,911 | 5 | 25 | Sinaloa | 05 | 006 | 1205 | 45.0 | 8,781 | 12,009 | 6 | 25 | Sinaloa | 05 | 006 | 1275 | 85.0 | 9,507 | 21,364 | 10 | 25 | Sinaloa | 07 | 006 | 1218 | 50.0 | 8,258 | 11,803 | 6 | 25 | Sinaloa | 07 | 006 | 1478 | 25.0 | 7,261 | 8,382 | 4 | 25 | Sinaloa | 07 | 006 | 1482 | 30.0 | 9,362 | 12,122 | 6 | 26 | Sonora | 02 | 002 | 0024 | 25.0 | 8,368 | 9,638 | 5 | 26 | Sonora | 02 | 015 | 0075 | 30.0 | 8,425 | 10,726 | 5 | 26 | Sonora | 02 | 030 | 0214 | 50.0 | 10,361 | 14,384 | 7 | 26 | Sonora | 03 | 049 | 0340 | 30.0 | 9,313 | 11,159 | 5 | 26 | Sonora | 03 | 049 | 0374 | 20.0 | 11,191 | 12,982 | 6 | 26 | Sonora | 03 | 049 | 0590 | 95.0 | 9,157 | 23,198 | 11 | 26 | Sonora | 05 | 049 | 0533 | 50.0 | 8,966 | 13,043 | 6 | 26 | Sonora | 05 | 049 | 0564 | 50.0 | 10,575 | 14,205 | 7 | 26 | Sonora | 05 | 049 | 0569 | 30.0 | 9,282 | 11,138 | 5 | 26 | Sonora | 06 | 059 | 0887 | 90.0 | 8,515 | 14,909 | 7 | 27 | Tabasco | 04 | 004 | 0416 | 40.0 | 6,159 | 7,157 | 4 | 27 | Tabasco | 06 | 004 | 0486 | 70.0 | 6,571 | 8,191 | 4 | 28 | Tamaulipas | 01 | 027 | 0749 | 50.0 | 10,458 | 17,459 | 8 | 28 | Tamaulipas | 01 | 027 | 0896 | 40.0 | 10,971 | 17,407 | 8 | 28 | Tamaulipas | 01 | 027 | 0898 | 60.0 | 10,731 | 16,708 | 8 | 28 | Tamaulipas | 02 | 032 | 1075 | 50.0 | 7,488 | 9,861 | 5 | 28 | Tamaulipas | 02 | 032 | 1087 | 40.0 | 8,414 | 12,259 | 6 | 28 | Tamaulipas | 03 | 022 | 0699 | 85.0 | 8,262 | 20,069 | 9 | 28 | Tamaulipas | 03 | 033 | 1139 | 85.0 | 11,220 | 23,606 | 11 | 28 | Tamaulipas | 03 | 033 | 1145 | 85.0 | 11,559 | 20,776 | 10 | 28 | Tamaulipas | 04 | 022 | 0546 | 20.0 | 11,381 | 13,886 | 7 | 28 | Tamaulipas | 04 | 022 | 0651 | 60.0 | 10,823 | 15,836 | 8 | 28 | Tamaulipas | 04 | 022 | 0669 | 40.0 | 11,044 | 15,565 | 7 | 28 | Tamaulipas | 05 | 041 | 1562 | 45.0 | 10,089 | 15,114 | 7 | 28 | Tamaulipas | 05 | 041 | 1601 | 60.0 | 7,362 | 10,038 | 5 | 28 | Tamaulipas | 06 | 003 | 0048 | 25.0 | 10,791 | 12,101 | 6 | 28 | Tamaulipas | 06 | 003 | 0077 | 40.0 | 11,441 | 16,546 | 8 | 28 | Tamaulipas | 06 | 003 | 0080 | 50.0 | 9,135 | 16,461 | 8 | 28 | Tamaulipas | 07 | 032 | 0944 | 20.0 | 8,806 | 10,395 | 5 | 28 | Tamaulipas | 08 | 009 | 0157 | 20.0 | 9,018 | 10,221 | 5 | 29 | Tlaxcala | 02 | 033 | 0465 | 45.0 | 5,253 | 7,014 | 4 | 30 | Veracruz | 08 | 067 | 1480 | 50.0 | 17,423 | 29,368 | 14 | 30 | Veracruz | 09 | 129 | 3043 | 30.0 | 6,553 | 9,221 | 5 | 30 | Veracruz | 10 | 089 | 2099 | 20.0 | 13,313 | 15,672 | 7 | 30 | Veracruz | 12 | 192 | 4230 | 20.0 | 7,348 | 7,876 | 4 | 30 | Veracruz | 12 | 192 | 4485 | 70.0 | 10,216 | 24,950 | 12 | 30 | Veracruz | 16 | 070 | 1546 | 80.0 | 7,953 | 10,314 | 5 | 31 | Yucatán | 03 | 050 | 0308 | 25.0 | 8,459 | 9,528 | 5 | 31 | Yucatán | 03 | 050 | 0382 | 30.0 | 11,205 | 13,436 | 6 | 31 | Yucatán | 03 | 050 | 0650 | 65.0 | 9,727 | 18,547 | 9 | 31 | Yucatán | 04 | 050 | 0265 | 20.0 | 9,918 | 10,435 | 5 | 31 | Yucatán | 04 | 050 | 1108 | 60.0 | 6,503 | 13,971 | 7 | 31 | Yucatán | 04 | 050 | 1114 | 25.0 | 7,074 | 8,810 | 4 | 31 | Yucatán | 05 | 101 | 1004 | 70.0 | 8,087 | 19,465 | 9 | 31 | Yucatán | 06 | 041 | 0207 | 60.0 | 12,122 | 28,810 | 13 | 31 | Yucatán | 06 | 041 | 0217 | 20.0 | 8,438 | 10,349 | 5 | 31 | Yucatán | 06 | 050 | 0510 | 25.0 | 10,812 | 11,762 | 6 | 32 | Zacatecas | 01 | 010 | 0140 | 80.0 | 6,581 | 9,442 | 5 | 1/ Secciones de trabajo: min( Pronóstico de la Lista Nominal31/dic/2033/2,250, Lista Nominal31/dic/2023/750) 3. Generación de escenarios de reseccionamiento El arreglo de un nuevo trazo seccional que facilite las actividades electorales tiene múltiples soluciones, por lo que conviene establecer el mecanismo para evaluar los diversos escenarios de reseccionamiento que se elaboren. Dicha valoración es un elemento que orienta en el proceso de definición del nuevo trazo; sin embargo, no es concluyente. Existen otros aspectos que no podrían ser valorados cuantitativamente, que son del conocimiento de quienes han observado con mayor cercanía la dinámica de la zona por su experiencia en la implementación de estrategias en el ámbito de la organización electoral, por lo que la recomendación de un escenario de reseccionamiento podría considerar, además de la valoración cuantitativa, argumentaciones de orden cualitativo. El conocimiento en el ámbito de organización electoral es compartido tanto por las y los funcionarios de este Instituto como por las representaciones de los partidos políticos, por lo que obtener escenarios consensados en los órganos de vigilancia propicia la definición de un nuevo trazo seccional que mejora las oportunidades de la ciudadanía para emitir su voto. La generación de escenarios de reseccionamiento se deberá realizar a través de una aplicación informática. Las JDE elaborarán una propuesta inicial con base en los elementos técnicos que presente las VRFE en la JDE correspondiente, con el apoyo y orientación del personal de la JLE y de la DERFE. Posteriormente, las representaciones de los partidos políticos ante las Comisiones de Vigilancia, en los tres niveles de competencia, así como las JLE podrán realizar ajustes a los escenarios propuestos conforme al plan de actividades. Las propuestas se conocerán a través del sistema informático diseñado para tal efecto. A cada escenario presentado se le otorgará una calificación entre 0 y 100 puntos, conforme a las reglas para la valoración de escenarios descritas en el siguiente apartado. 3.1 Criterios para la generación de escenarios El objetivo planteado en la construcción de escenarios podrá cumplirse con diversos arreglos espaciales, por lo que a continuación se establece el mecanismo que evalúe cada escenario. a. Reglas para la valoración de escenarios Para establecer las reglas de valoración de los escenarios de reseccionamiento, en primer lugar, se deberá determinar las características que serán consideradas en la conformación de las nuevas secciones, así como la forma de cuantificarlas. Durante el análisis de escenarios, la evaluación numérica podrá complementarse con información cualitativa sobre características del terreno, condiciones de urbanización y tendencias de crecimiento, la cual se obtuvo con el trabajo de campo previo y fue registrada en fichas técnicas, así como por el conocimiento que se tenga de la zona. Los aspectos por medir son: I. Cercanía al número óptimo de electores definido en este procedimiento (aprovechamiento de casillas). II. Compacidad geométrica de la sección. III. Secciones creadas con facilidad de tránsito interno, no limitado por vialidades, bardas o accidentes geográficos. IV. Secciones creadas con sitio para la instalación de casillas electorales. La valoración conjunta de los cuatro aspectos tendrá el propósito de obtener un trazo seccional que mejore las condiciones para la emisión del voto. b. Características valoradas A. Secciones con un número de electores cercano al número óptimo de electores definido en este procedimiento (aprovechamiento de casillas) El criterio que deberá cumplirse durante la conformación de las secciones de trabajo es el siguiente: a. Los escenarios de reseccionamiento deben considerar el número de secciones que se establezca a partir del pronóstico de la Lista Nominal al 31 de diciembre de 2033. b. No se podrá generar ningún escenario con alguna sección de trabajo que tenga menos de 100 electores o más de 3,000. c. Preferentemente, el número de electores será cercano a conformar casillas de votación completas, menos un factor de crecimiento del electorado a corto plazo, el número preferente de electores se muestra en el cuadro 3: Cuadro 3. Número de casillas | Número de electores | 1 | 750* (1 -0.5) = 375 | 2 | 750 + 750* (1 -0.5) = 1 125 | 3 | 1500 + 750* (1 -0.5) = 1 875 | d. Con el propósito de que cada una de las nuevas secciones se forme con una lista nominal cercana a los valores del cuadro 3, y que continue en el largo plazo con menos de 3,000 electores, la calificación para valorar esta característica se asignará mediante una función que asumirá un valor en el rango de 10 a 2. El valor de 10 se obtendrá cuando se conforme una sección con alguna de las tres cifras del cuadro 3, y a partir de 1,875 electores, conforme se incremente el número de electores, la calificación disminuirá, hasta obtener la puntuación de 2 cuando la lista nominal alcance el valor de 3,000. La función para valorar este criterio es: Si 100 < Lista < 2,250 Si 2,250 < Lista < 3,000 Donde: Lista: Lista Nominal que conforma cada sección de trabajo CRE = Calificación de la sección de trabajo en función del número de electores que la conforma sin = Función trigonométrica seno = Número irracional que resulta de dividir el perímetro de una circunferencia entre su diámetro La función para valorar este aspecto puede interpretarse de la siguiente manera: a. La mayor calificación de cada sección de trabajo (10) se podrán obtener si el número de electores es 375, 1 125, 1 875. b. Si el número de electores de las secciones de trabajo es 3000, se obtendrá la calificación más baja, como se muestra en la gráfica siguiente: La valoración de este criterio será el promedio de las calificaciones de todas las secciones de trabajo provenientes de una sección reseccionada, este promedio tendrá un valor entre 2 y 10. B. Compacidad geométrica de la sección La compacidad geométrica de una sección se puede entender como la situación en la que el perímetro de la sección adquiera una forma geométrica lo más cercana a un polígono regular. La función que evalúa la compacidad se define como un cociente del perímetro de la sección entre la raíz cuadrada del área de la sección, multiplicado por un coeficiente k. (2.1) Donde k es una constante que hace la expresión (1.1), igual a uno dependiendo del polígono regular que se quiera. Por ejemplo, si deseamos que para un triángulo equilátero la expresión 2.1 sea igual a uno, k = 0.21935; para un cuadrado, k = 0.25, etc. En general para un polígono regular de m lados la expresión 1.1 vale uno, si el valor de k es igual a: (2.2) En el Cuadro 4, se calculan algunos valores de k usando la expresión 2.2, tomando polígonos regulares con m lados, para m = 3; 4; ..., 10; ... Cuadro 4.: Valores de k calculados con la expresión 2.2 tomando polígonos regulares de m lados m | k | 3 | 0.21935 | 4 | 0.25000 | 5 | 0.26233 | 6 | 0.26864 | 7 | 0.27233 | 8 | 0.27467 | 9 | 0.27626 | : | : | | 0.28209 | Para los trabajos de reseccionamiento se determinó que la figura geométrica que se considera adecuada para propiciar el tránsito ágil al interior de cada sección es el cuadrado. Por lo expresado anteriormente, para el cálculo de la compacidad geométrica de una sección se propone la expresión: Este indicador será cercano a 0 cuando el polígono de la sección sea una figura geométrica muy irregular y cercana a 1 cuando sea lo más parecida a un cuadrado. La valoración de este componente será el promedio de las calificaciones de todas las secciones de trabajo provenientes de una sección reseccionada multiplicado por 10, este promedio tendrá un valor entre 0 y 10. Nota: En zonas abiertas, en las que no existen manzanas ni localidades, se definen manzanas virtuales acotadas por rasgos físicos, que permiten valorar la compacidad geométrica de las secciones de trabajo. Ejemplo: En el ejemplo se muestra que es preferible conformar secciones de trabajo lo más cercanas a una forma cuadrada. C. Secciones creadas con facilidad de tránsito interno, no limitado por vialidades, bardas o accidentes geográficos: Para atender este criterio se considerarán las vialidades que conforman la red de comunicación al interior de la sección de trabajo, para ello, las vialidades tienen un orden de acuerdo con el límite de velocidad permitida, pueden ser de primer, segundo o tercer orden. A fin de que las y los ciudadanos tengan facilidad de tránsito al interior de las nuevas secciones, este criterio establece que las vialidades de primer orden, preferentemente, deberán ser consideradas como límite de sección de trabajo y deberá evitarse que las secciones de trabajo en su interior queden divididas por una vialidad de primer orden. Asimismo, es preferible que se conserve la integridad de los conjuntos habitacionales tipo fraccionamiento que estén resguardados por una barda perimetral. Las secciones de trabajo que cumplan con la consideración anterior serán calificadas con 1, en caso contrario serán calificadas con 0. La valoración de este componente será el promedio de las calificaciones de todas las secciones de trabajo provenientes de una sección reseccionada multiplicado por 10, este promedio tendrá un valor entre 0 y 10. Otro aspecto por considerar · Procurar que los límites de las secciones sean rasgos físicos o culturales fácilmente identificables, tanto para la ciudadanía que las habita como para los funcionarios que los utilizarán como referencia para los trabajos electorales. | Ejemplo: En el ejemplo se muestra que es preferible conformar secciones que tengan como limite el Circuito Interior Melchor Ocampo que es una vialidad de primer orden. D. Secciones creadas con sitio para la instalación de casillas electorales En la conformación de las secciones de trabajo se procurará que las nuevas secciones cuenten con escuelas de instrucción formal y otro tipo de sitios que el área de organización electoral considere como adecuados para la instalación de casillas. Las secciones de trabajo que cuenten con sitios para la instalación de casillas serán calificadas con 1, en caso contrario serán calificadas con 0. El valor de este componente será el promedio de las calificaciones de todas las secciones de trabajo provenientes de una sección reseccionada multiplicado por 10, este promedio tendrá un valor entre 0 y 10. Los cuatro criterios para definir las secciones nuevas tendrán la ponderación siguiente: Criterio | Ponderación | I. Secciones cercanas al número óptimo de electores definido en este procedimiento (mejora el aprovechamiento de casillas) | 2.5 puntos | II. Compacidad geométrica de la sección | 2.5 puntos | III. Secciones creadas con facilidad de tránsito interno, no limitado por vialidades, bardas o accidentes geográficos. | 2.5 puntos | IV. Secciones creadas con sitio para la instalación de casillas electorales | 2.5 puntos | Cada vez que se genera una sección de trabajo, el Sistema de Reseccionamiento realiza los cálculos ponderados de los cuatro criterios, si se cumplen éstos, la evaluación tendrá un puntaje cercano a los 100 puntos. Donde: Calificación Rangoi es un valor entre 2 y 10; es cercano a 2 si el número de electores en la sección de trabajo i es próxima a un múltiplo de 750 y es cercana 10 cuando es próxima a un múltiplo de 750 más 375. ST Conformacióni es un valor entre 0 y10, es cercano a 0 si la forma de la sección de trabajo i es muy distinta a un cuadrado y es cercana 10 si es muy parecida a un cuadrado. ST Vialidadesi es 0 si la sección de trabajo i es dividida por alguna vialidad de primer orden y 10 en caso contrario. ST SitioCasillai es 0 si la sección de trabajo i carece de sitio para instalación de casilla y 10 en caso contrario. 4. Elaboración de los escenarios de reseccionamiento La generación de escenarios de reseccionamiento se llevará a cabo a través del Sistema de Reseccionamiento diseñado para tal fin. Para el uso del sistema se deberá consultar el Manual de Usuario del Sistema de Reseccionamiento. Para dar por concluido un escenario, se deberá atender al número de secciones previstas en el presente documento y cumplir con las condiciones siguientes: - Todas las manzanas y/o localidades deben ser asignadas a una sección de trabajo. - Todas las secciones de trabajo deberán contener de 100 a 3,000 electores. - Todas las secciones de trabajo deberán tener continuidad geográfica. El acceso a cada funcionalidad del Sistema de Reseccionamiento, de acuerdo con el tipo de participante, tiene fechas perentorias conforme al calendario de actividades que convenga la CNV. 4.1. Elaboración de la propuesta en el ámbito distrital 4.1.1 Elaboración de la propuesta de la Junta Distrital Ejecutiva Las propuestas iniciales de reseccionamiento será elaboradas por cada JDE. Las propuestas deberán tener el propósito de facilitar el acceso de la ciudadanía a las casillas y contribuir a la instalación y operación de éstas. Cada JDE presentará a la CDV correspondiente una propuesta por cada sección a reseccionar. El escenario propuesto por la JDE deberá ser elaborado a través del sistema informático diseñado para tal fin, previo análisis conjunto de la VRFE y las Vocalías de Capacitación Electoral y Educación Cívica y de Organización Electoral de las JDE, quienes deberán emitir sus comentarios dentro del sistema, en la opción Comentarios. Determinado el nuevo trazo que propondrá la JDE, la o el Vocal Ejecutivo Distrital, o en su caso, la o el Vocal Distrital de Registro Federal de Electores, tendrá que ejecutar en el sistema la función "Validar y Guardar". En tanto no se realice dicha acción, el sistema no registrará que esa es la propuesta de la JDE, por lo que no podrá emplearse como base para las propuestas de las etapas siguientes. Una vez que la JDE concluya con la generación de escenarios de reseccionamiento, deberá revisar que: - Los escenarios se generen con el número de secciones previstas en el presente documento para cada sección origen. - Todas las manzanas y/o localidades hayan sido asignadas a una sección de trabajo. - Todas las secciones de trabajo estén dentro del rango legal (entre 100 y 3,000 electores). - Todas las secciones de trabajo tengan continuidad geográfica. Estos cuatro aspectos se verificarán en el sistema revisando los mensajes que se muestran en la pestaña de "Calificación", de no cumplirse alguno de estas condiciones el sistema no permitirá "Validar y Guardar" el escenario. Además, la JDE deberá considerar en lo posible que los escenarios de reseccionamiento se conformen con un número de electores cercano a algunas de las siguientes cifras: es 375, 1 125, 1 875, 2 625. Estas cifras corresponden al número de registros con los que se conforman cada casilla de votación, menos un margen de crecimiento (50% de 750), lo que le dará una mayor calificación al escenario. En la pantalla siguiente se muestra la acción que se debe realizar para "validar y guardar" los escenarios: Una vez concluidas las actividades antes señaladas, los partidos políticos podrán acceder al Sistema de Reseccionamiento para que, a partir del escenario propuesto por la JDE, realicen las adecuaciones que estimen convenientes o, en su caso, avalen el escenario propuesto. 4.1.2 Propuesta de la Comisión Distrital de Vigilancia La propuesta de escenarios de reseccionamiento por parte de la CDV, se realizará en dos fases: a. Primera fase Las representaciones políticas acreditadas ante las CDV tienen la posibilidad de participar en la elaboración de propuestas o podrán emitir observaciones a las propuestas de la JDE. Para tal efecto, pueden ingresar al Sistema de reseccionamiento y formular escenarios partiendo de la propuesta de la JDE. Una vez concluido este periodo, se inhabilitará el acceso a la funcionalidad de edición del Sistema, prevaleciendo sólo la modalidad de consulta. Durante el periodo que los representantes de los partidos políticos ante la CDV realicen observaciones al escenario propuesto por la JDE, ningún otro usuario del sistema podrá realizar modificaciones. El Sistema de Reseccionamiento permitirá almacenar hasta 4 escenarios por cada representación partidista, pero cada representación sólo podrá elegir un escenario para que sea conocido por la CDV. Una vez seleccionado, se deberá emplear la opción de "validar y guardar" como se muestra en la pantalla siguiente: La incorporación de los escenarios generados en lo individual por cada representación partidista en el Sistema de Reseccionamiento, será responsabilidad de cada representación. Para que cada representación tenga la certeza de que su propuesta será considerada en el análisis que se efectúe en la sesión de la CDV, podrá imprimir el acuse de haber validado y guardado su propuesta. Una vez que concluya el periodo para formular observaciones a los escenarios, éstos podrán conocerse por parte de los usuarios del Sistema de Reseccionamiento. Las representaciones de los partidos políticos podrán desistirse de su escenario en forma posterior a que hayan validado y guardado su propuesta en el Sistema de Reseccionamiento, siempre y cuando lo hagan previo a la definición de escenarios ganadores en la CNV, mediante escrito o manifestación expresa en la propia sesión de la CDV. b. Segunda fase Al concluir el periodo de observaciones de los partidos políticos, la JDE contará con un día para analizar las propuestas que hayan elaborado las representaciones partidistas. En sesión de la CDV se analizará tanto el escenario propuesto por la JDE, como las observaciones formuladas por las representaciones políticas. El formato de evaluación de los escenarios propuestos por cada partido político se adjuntará al acta de la sesión. La CDV tomando en cuenta los escenarios que propicien mejores condiciones para la emisión del voto de la ciudadanía, podrá proponer un escenario a través de un acuerdo de recomendación, de ser el caso, la o el Presidente de la Comisión ingresará al sistema de reseccionamiento y en la opción liberar escenario, primero deberá oprimir el botón "recomendar escenario". Posteriormente, y considerando que el escenario de reseccionamiento que se empleará como base para los trabajos en el ámbito local, siempre será el que obtenga la mayor calificación, por lo que la o el Presidente de la CDV en el pleno de la sesión, liberará este escenario presionando el botón "liberar" en la pantalla principal del sistema de reseccionamiento, como se muestra en la imagen siguiente: Con el fin de contar con información sobre el desarrollo de la sesión de manera inmediata, se levantará una minuta, en la que conste las observaciones al escenario de mayor calificación y, en su caso, el escenario recomendado, precisando quién lo formula, la calificación de cada uno de ellos y los elementos que contribuyan a las valoraciones en el ámbito local y nacional. Se adjuntará copia de los formatos de evaluación de escenarios que, en su caso, hubieran presentado los partidos políticos. Cuando la sesión sea presencial, la minuta deberá firmarse inmediatamente después de concluida la sesión. Una vez firmada la minuta, se digitalizará y se remitirá de manera inmediata a la DCE y a la DSCV, ambas de la DERFE, con el fin de que se incorpore al Sistema de Reseccionamiento y se haga del conocimiento de los representantes de los partidos políticos ante la CNV, respectivamente. Las actividades antes señaladas, deberán replicarse para cada una de las secciones por reseccionar que sean analizadas en el ámbito distrital. 4.2 Revisión de propuestas en el ámbito local 4.2.1 Revisión en las Juntas Locales Ejecutivas La JLE podrá recomendar un escenario y emitir los comentarios que considere convenientes respecto de los escenarios que hayan sido presentados en la CDV; esta actividad está prevista en el plan de trabajo. Durante esta etapa, la Junta Local Ejecutiva, a través de la Vocalía Estatal del Registro Federal de Electores, analizará la propuesta del escenario liberado en la CDV, en caso de que lo considere pertinente, podrá hacer observaciones en el escenario identificado como Junta Local, o bien, convalidar el escenario identificado como Mayor Evaluado CDV; en cualquiera de los dos supuestos, quien funja como Vocal Ejecutivo de la Junta Local, o en su caso, Vocal Estatal de Registro Federal de Electores, deberá Validar y Guardar ambos escenarios. Previo a que se Valide y Guarde el escenario, éste deberá ser analizado conjuntamente con las Vocalías Estatales del Registro Federal de Electores, de Capacitación Electoral y Educación Cívica y de Organización Electoral, para lo cual accederán al sistema de reseccionamiento, y en la opción Comentarios, deberán emitir los comentarios que estimen convenientes. 4.2.2 Revisión en las Comisiones Locales de Vigilancia La propuesta de escenarios de reseccionamiento por parte de la CLV, se realizará en dos fases: a. Primera fase Las representaciones políticas acreditadas ante las CLV tienen la posibilidad de participar en la elaboración de propuestas o podrán emitir observaciones a las propuestas de las CDV de la entidad correspondiente. Para tal efecto, pueden ingresar al Sistema de Reseccionamiento y formular observaciones al escenario con mayor calificación emitido por el Sistema de Reseccionamiento. Una vez concluido este periodo, se inhabilitará el acceso a la funcionalidad de edición del Sistema, prevaleciendo sólo la modalidad de consulta. Durante el periodo en que las representaciones de los partidos políticos ante la CLV realicen observaciones al escenario con mayor calificación, ningún otro usuario del sistema podrá realizar modificaciones. El Sistema de Reseccionamiento permitirá almacenar hasta 4 escenarios por cada representación partidista, pero cada representación sólo podrá elegir uno, para que sea conocido por la CLV. Una vez seleccionado, se deberá emplear la opción de "validar y guardar" del Sistema de Reseccionamiento. Cabe destacar que, en caso de no realizar esta acción, los escenarios no serán considerados para el análisis y valoración posterior. La incorporación de los escenarios generados en lo individual por cada representación partidista en el Sistema de Reseccionamiento, será responsabilidad de cada representante. Para que cada representación tenga la certeza de que su propuesta será considerada en el análisis que se efectúe en la sesión de la CLV, podrá imprimir el acuse de haber validado y guardado su propuesta. Una vez que concluya el periodo para formular observaciones a los escenarios, estos podrán conocerse por parte de los usuarios del Sistema de Reseccionamiento. Las representaciones de los partidos políticos podrán desistirse de su escenario en forma posterior a que hayan validado y guardado su propuesta en el Sistema de Reseccionamiento, siempre y cuando lo hagan previo a la definición de escenarios ganadores ante la Comisión Nacional de Vigilancia, mediante escrito o manifestación expresa en la propia sesión de la Comisión Local de Vigilancia. Segunda fase Al concluir el periodo de observaciones de los partidos políticos, la JLE contará con un día para analizar las propuestas que al respecto hayan elaborado las representaciones partidistas previo a la sesión de la CLV. En dicha sesión se analizará tanto el escenario con mayor calificación en el ámbito distrital, como las observaciones formuladas por las representaciones políticas y la Junta Local Ejecutiva. El formato de evaluación de los escenarios por partido político se adjuntará al acta de la sesión. La CLV tomando en cuenta los escenarios que propicien mejores condiciones para la emisión del voto de la ciudadanía, podrá proponer un escenario a través de un acuerdo de recomendación, de ser el caso, el Presidente de la Comisión ingresará al sistema de reseccionamiento y en la opción liberar escenario, primero deberá oprimir el botón "recomendar escenario" . Posteriormente, y considerando que el escenario de reseccionamiento que se empleará como base para los trabajos en el ámbito nacional, será el que obtenga la mayor calificación en el ámbito local, por lo que el Presidente de la CLV en el pleno de la sesión, liberará este escenario presionando el botón "liberar" en la pantalla principal del sistema de reseccionamiento. Con el fin de contar con información sobre el desarrollo de la sesión de manera inmediata, se levantará una minuta, en la que conste las observaciones al escenario de mayor calificación y, en su caso, el escenario recomendado, precisando quién lo formula, la calificación de cada uno de ellos y los elementos que contribuyan a la toma de decisiones en el ámbito nacional. Se adjuntará copia de los formatos de evaluación de escenarios que, en su caso, hubieran presentado los partidos políticos. En caso de sesionar de manera presencial, la minuta deberá firmarse inmediatamente después de concluida la sesión. Una vez firmada la minuta, se digitalizará y se remitirá de manera inmediata a la DCE y a la DSCV, ambas de la DERFE, con el fin de que se incorpore al sistema de reseccionamiento y se haga del conocimiento de los representantes de los partidos políticos ante la CNV, respectivamente. Las actividades antes señaladas, deberán replicarse para cada una de las secciones por reseccionar que sean analizadas en el ámbito local. 4.3 Revisión de propuestas en el ámbito nacional Las representaciones partidistas acreditadas ante la CNV tienen la posibilidad de participar en la elaboración de propuestas o podrán emitir observaciones a las propuestas que al concluir las etapas distrital y local tengan la mayor evaluación. Para tal efecto, pueden ingresar al Sistema de Reseccionamiento y generar las propuestas de escenarios que estimen pertinentes, pudiendo almacenar hasta 4 ejercicios, pero sólo podrán elegir uno; o bien, podrán optar por apoyar escenarios generados en los ámbitos distrital y local. Para que sus escenarios queden registrados, se tendrá que usar la opción "validar y guardar", en el Sistema de Reseccionamiento. Cabe destacar que, en caso de no realizar esta acción, los escenarios no serán considerados para el análisis y valoración posterior. Para que cada representación tenga la certeza de que su propuesta sea considerada en el análisis, podrá imprimir el acuse de haber validado y guardado su propuesta. Concluido este periodo, se inhabilitará el acceso a la funcionalidad de edición en el Sistema de Reseccionamiento, prevaleciendo sólo la modalidad de consulta. A partir de este momento, los escenarios que las representaciones partidistas propongan podrán conocerse por parte de los usuarios del Sistema de Reseccionamiento. Los escenarios propuestos en los ámbitos Distrital, Local y Nacional se revisarán en el GTOC, como lo establece el plan de trabajo. La CNV podrá recomendar escenarios diferentes a los que tienen mayor calificación por considerar que propician mejores condiciones para emitir el voto, siempre y cuando se acuerden por consenso. Los representantes de los partidos políticos podrán desistirse de su escenario en forma posterior a que hayan validado y guardado su propuesta en el Sistema de Reseccionamiento, siempre y cuando lo hagan previo a la definición de escenarios ganadores ante la CNV, mediante escrito o manifestación expresa en la propia sesión de este órgano de vigilancia. Los escenarios que la DERFE recomendará al Consejo General, por conducto de la CRFE, serán los que tengan la mayor calificación, sin importar el ámbito en que se presenten, salvo que la CNV recomiende por consenso un escenario distinto. 5. Consideraciones En caso de que por situaciones extraordinarias los trabajos en algunas secciones tuvieran un impedimento de continuar, plenamente justificado, solo en éstas se pospondrá el reseccionamiento para retomarlas en el programa 2025-2026, lo anterior a fin de no impactar la realización del reseccionamiento en las demás secciones programadas en el ejercicio 2024-2025. Las situaciones extraordinarias serán puestas a consideración de la CNV. 6. Plan de actividades Programa de Reseccionamiento 2024 -2025 Cons | Actividad | Responsable | 01 | Recorrido de actualización cartográfica en campo | VERFE/VDRFE | 02 | Levantamiento de información e incorporación de las actualizaciones a la Base Geográfica Digital. | VERFE/VDRFE/DCE | Apoyo al Proceso Electoral Federal 2023-2024 | VERFE/VDRFE | 03 | Presentación del procedimiento con criterios ajustados | DCE | 04 | Generación de la Remesa Cartográfica. | DCE/VERFE | 05 | Adecuación de la Base Geográfica Digital para el Sistema de Reseccionamiento. | DCE/VERFE | Vacaciones 1er. Periodo 2024 | | 06 | Identificación y resolución de Ciudadanos Mal Referenciados. | DCE/VERFE | 07 | Pruebas y puesta a punto del Sistema de Reseccionamiento. | DCE | 08 | Capacitación a personal descentralizado (generación de escenarios a través del sistema de reseccionamiento). | DCE | 09 | Capacitación del Sistema de Reseccionamiento a las representaciones partidistas de las Comisiones Distritales de Vigilancia. | JDE | 10 | Capacitación del Sistema de Reseccionamiento a las representaciones partidistas de las Comisiones Locales de Vigilancia. | JLE | 11 | Capacitación del Sistema de Reseccionamiento a las representaciones partidistas de la Comisión Nacional de Vigilancia. | DCE | 12 | Elaboración de escenarios de reseccionamiento en las Juntas Distritales Ejecutivas. | JDE | 13 | Emisión de observaciones a los escenarios de reseccionamiento por parte de las representaciones partidistas de la Comisión Distrital de Vigilancia. | CDV | 14 | Sesión de la Comisión Distrital de Vigilancia para el análisis y recomendación de los escenarios elaborados a nivel distrital. | CDV | 15 | Emisión de observaciones por parte de las JLE a través del Sistema de Reseccionamiento. | JLE | 16 | Emisión de observaciones a los escenarios de reseccionamiento por parte de las representaciones partidistas de la Comisión Local de Vigilancia. | CLV | 17 | Sesión de la Comisión Local de Vigilancia para el análisis y recomendación de los escenarios elaborados a nivel estatal. | CLV | 18 | Revisión de escenarios recomendados por las Comisiones Locales de Vigilancia en la Dirección de Cartografía Electoral. | DCE | 19 | Emisión de observaciones a los escenarios de reseccionamiento por parte de las representaciones partidista de la Comisión Nacional de Vigilancia. | GTOC | Vacaciones 2do. Periodo 2024 | | 20 | Preparación de insumos en la Dirección de Cartografía Electoral para presentar los escenarios de reseccionamiento en el Grupo de Trabajo de Operación en Campo (GTOC). | DCE | 21 | Revisión de escenarios con observaciones de los representantes de Partidos Políticos de la Comisión Nacional de Vigilancia en sesión de GTOC. | GTOC | 22 | Recomendación de los escenarios de reseccionamiento en la Comisión Nacional de Vigilancia. | CNV | 23 | Entrega de resultados a la Comisión del Registro Federal de Electores. | CRFE | 24 | Aprobación de resultados por parte del CGINE. | DERFE/CONSEJO GENERAL | 25 | Incorporación de los resultados del Reseccionamiento en la Base Geográfica Electoral. | DCE | 26 | Entrega a las representaciones partidistas de la Base Geográfica Electoral Digital con los resultados del Reseccionamiento y de la tabla de equivalencia de secciones. | DCE | ____________________ 1 Sentencia del Recurso de Apelación con número de expediente SUP-RAP-113/2010, p. 27. 2 Acuerdo INE/CG512/2023, de 25 de agosto de 2023, por el que este Consejo General aprobó la modificación de la cartografía electoral del estado de Jalisco, respecto de los municipios de San Pedro Tlaquepaque-El Salto; Bolaños-Chimaltitán, Jamay-La Barca-Ocotlán; y, Pihuamo-Tuxpan-Tecalitlán.
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