|
|
DOF: 25/04/2024 |
AVISO mediante el cual se da a conocer el Código de Conducta de las personas servidoras públicas adscritas a la Oficina de la Presidencia de la República AVISO mediante el cual se da a conocer el Código de Conducta de las personas servidoras públicas adscritas a la Oficina de la Presidencia de la República. Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER EL CÓDIGO DE CONDUCTA DE LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS ADSCRITAS A LA OFICINA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA. El Código de Conducta de las personas servidoras públicas adscritas a la Oficina de la Presidencia de la República tiene como objetivo ser guía y marco de referencia para la apropiación, interiorización y aplicación diaria de los principios constitucionales y legales, valores, compromisos y reglas de integridad contenidas en el Código de Ética de la Administración Pública Federal; así como para la identificación de los conflictos de intereses, la gestión de los dilemas éticos, la aplicación efectiva de la austeridad republicana y la erradicación de cualquier acto de corrupción, discriminación, acoso laboral, así como hostigamiento y acoso sexuales, como ejes rectores de la transformación del quehacer público. El Código de Conducta de las personas servidoras públicas adscritas a la Oficina de la Presidencia de la República, puede consultarse en los siguientes sitios de internet: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/169803/codigo_de_conducta_opr.pdf https://www.dof.gob.mx/2024/PRESREP/CodigoConductaPresidencia.pdf Ciudad de México, a 2 de enero de 2024.- La Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, de la Oficina de la Presidencia de la República, Lic. Denis Zaharula Vasto Dobarganes.- Rúbrica. (R.- 551285)
En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
|
|
|
|
|
|
|
| |
|