|
DOF: 06/06/2024 |
CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Morelos, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto AVGM/MOR/AC02/SG/073, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destina CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Morelos, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto AVGM/MOR/AC02/SG/073, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el ejercicio fiscal 2024. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "GOBERNACIÓN"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN, REPRESENTADA POR SU TITULAR, FÉLIX ARTURO MEDINA PADILLA, Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO LA "CONAVIM", REPRESENTADA POR LA COORDINADORA DE POLÍTICAS PÚBLICAS PARA LA ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA Y ENCARGADA DE LA RECEPCIÓN Y ATENCIÓN DE LOS ASUNTOS DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES , SAYDA YADIRA BLANCO MORFÍN; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, CUAUHTÉMOC BLANCO BRAVO; ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO DEL PODER EJECUTIVO ESTATAL, SAMUEL SOTELO SALGADO, EN SU CALIDAD DE INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE; POR EL SECRETARIO DE HACIENDA, JOSÉ GERARDO LÓPEZ HUÉRFANO; Y POR LA COMISIONADA EJECUTIVA PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE MORELOS, Y TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RECEPTORA, RUTH ADRIANA DE LA CRUZ MORALES; A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ EL "GOBIERNO DEL ESTADO"; A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), establece en su Título II. "Modalidades de la Violencia", Capítulo V. "De la Violencia Feminicida y de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres", que la alerta de violencia de género contra las mujeres y tendrá como objetivos garantizar la vida, la integridad, la libertad y la seguridad, así como el acceso a la justicia de las mujeres, adolescentes y niñas; generar las condiciones y políticas públicas que contribuyan a la disminución y cese de la violencia feminicida en su contra, y eliminar la desigualdad y discriminación producidas por ordenamientos jurídicos o políticas públicas que agravian los derechos humanos de las mujeres, adolescentes y niñas. De conformidad con lo señalado en el artículo 25 de la LGAMVLV, corresponde al Gobierno Federal, a través de "GOBERNACIÓN", declarar la alerta de violencia de género, al respecto notificará la declaratoria al Poder Ejecutivo de la Entidad Federativa de que se trate, con la finalidad de detenerla y erradicarla a través de acciones gubernamentales de emergencia, conducidas por "GOBERNACIÓN" en el ámbito federal y en coordinación con las entidades federativas y los municipios. El 1 de junio de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se crea, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres con el objeto de ejercer las atribuciones que la LGAMVLV y su Reglamento le confieren a "GOBERNACIÓN", en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en los Estados Unidos Mexicanos. Que del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2024 (PEF 2024), publicado en el DOF el 25 de noviembre de 2023 se derivan los recursos asignados para la implementación de medidas que atiendan los estados y municipios que cuenten con la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (DAVGM), así como a las que cuenten con un Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario, los cuales ascienden a $123,940,472.00 (Ciento veintitrés millones novecientos cuarenta mil cuatrocientos setenta y dos pesos 00/100 M.N.). En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberán, entre otros aspectos: i) identificar con precisión la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa y municipio; ii) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; iii) prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales. Aunado a lo anterior, los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en lo sucesivo (RLFPRH), disponen que los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las Entidades Federativas y en su caso; de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del Ejercicio Fiscal de que se trate, no se hayan devengado o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago. En virtud de lo anterior, "GOBERNACIÓN", a través de la "CONAVIM", destinará los recursos previstos en el PEF 2024 para que se otorguen y apliquen en las Entidades Federativas y en la Ciudad de México en las que se haya decretado la DAVGM, así como a las que cuenten con un Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario; para atender las acciones descritas, conforme a lo establecido en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el Ejercicio Fiscal 2024 (LINEAMIENTOS). Por lo anterior, y dada la necesidad de ejecutar las acciones para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, así como coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, y en la promoción de los derechos humanos de las mujeres. De conformidad con el Formato 1. Solicitud de subsidio de fecha 26 de enero de 2024, suscrito por Samuel Sotelo Salgado en su carácter de Secretario de Gobierno del "GOBIERNO DE ESTADO", solicitó en tiempo y forma a la "CONAVIM" recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: AVGM/MOR/AC02/SG/073. Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los LINEAMIENTOS, el Comité de Evaluación de Proyectos (COMITÉ), aprobó el proyecto presentado, por la cantidad de $770,000.00 (Setecientos setenta mil pesos 00/100 M.N.) para la ejecución del proyecto AVGM/MOR/AC02/SG/073. Dicha situación se notificó a la Entidad Federativa mediante el oficio CONAVIM/CAAEVF/387/2024, de fecha 09 de febrero de 2024. Así, "LAS PARTES" manifiestan su interés de formalizar el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, al tenor de las siguientes: DECLARACIONES I. "GOBERNACIÓN" declara que: I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CONSTITUCIÓN); 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB). I.2. El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción II y 6, fracción IX del RISEGOB. I.3. La "CONAVIM" es un órgano administrativo desconcentrado de "GOBERNACIÓN", de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y del Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009 (DECRETO). I.4. La Coordinadora de Políticas Públicas para la Erradicación de la Violencia y Encargada de la Recepción y Atención de los Asuntos de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín, cuenta con facultades para la suscripción del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 42 Bis, fracción XII de la LGAMVLV; 2, Apartado C, fracción V, 115, fracción V, 116, fracción IV, 151 y 158 del RISEGOB; y Cuarto, fracción XIII del DECRETO. I.5. Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801 "Subsidios a Entidades Federativas y Municipios", con número de Reporte General de Suficiencia Presupuestaria 00352. I.6. Señala como su domicilio el ubicado en la Calle Dr. José María Vértiz número 852, 5º piso, Colonia Narvarte, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México. II. El "GOBIERNO DEL ESTADO" declara que: II.1. Con fundamento en los artículos 40, 41, párrafo primero, 42, fracción I, 43 y 116 de la CONSTITUCIÓN, así como 1 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular. II.2. El Gobernador Constitucional del Estado, Cuauhtémoc Blanco Bravo, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 57, 70, fracciones XXVI y XLIII y 71 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos; y 18 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos. II.3. El Secretario de Gobierno del Poder Ejecutivo Estatal, Samuel Sotelo Salgado, en su calidad de Instancia Local Responsable, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 74, párrafo segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, 3, párrafo tercero,9, fracción II, 13, fracción VI, 14 y 22, fracciones VII, VIII y XXVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos; 51, fracción VII, último párrafo y 52, fracciones I, V y XII de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Morelos, así como los diversos 8 y 9, fracciones VII y VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno. II.4. El Titular de la Secretaría de Hacienda, José Gerardo López Huérfano, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 74 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos; 3, 9, fracción III, 13, fracción VI, 14, 15 y 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos; 53, fracción VI, de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Morelos, y 11 y 12, fracción XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda. II.5. La Titular de la Comisión Ejecutiva Para Prevenir Y Erradicar La Violencia Contra Las Mujeres Del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos, Ruth Adriana De La Cruz Morales, en su calidad de Instancia Local Receptora, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 10, fracción III y 26 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno, así como 4, fracción XI, del Decreto por el que se crea y regula el órgano desconcentrado denominado Comisión Ejecutiva para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. II.6. Para los efectos del presente instrumento jurídico, tiene como su domicilio el ubicado en Plaza de Armas S/N, Colonia Centro, Código Postal 62000, Cuernavaca, Estado de Morelos. III. "LAS PARTES" declaran que: III.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación y Adhesión. III.2. Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres. III.3. Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la LGAMVLV. III.4. Consideran como acción para prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres, la Acción de Coadyuvancia siguiente: Prevención: Son las acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida y agravio comparado, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres, las adolescentes y las niñas. III.5. Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos emitidos por la "CONAVIM". Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto: AVGM/MOR/AC02/SG/073, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2024; y que se encuadra en la siguiente Acción de coadyuvancia: Acción coadyuvante | Prevención: Son las acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida y agravio comparado, actuando sobre las causas y los factores que los generan, sí como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres, las adolescentes y las niñas. | Dicho Proyecto de Acción de Coadyuvancia, se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS. SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "GOBERNACIÓN" asignará la cantidad de $770,000.00 (Setecientos setenta mil pesos 00/100 M.N.), para el Proyecto: AVGM/MOR/AC02/SG/073, aprobado por el COMITÉ en la Instalación y Primera Sesión mediante Acuerdo CEPCONAVIM/1SO/147/09022024. Los recursos federales se radicarán al "GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Secretaría de Hacienda en la cuenta bancaria específica, con característica de productiva, aperturada para tal efecto, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), y la que se identifica con los siguientes datos: Nombre de la Beneficiaria: | Gobierno del Estado de Morelos | Nombre del Proyecto: | AVGM/MOR/AC02/SG/073 | Nombre de la Institución Financiera: | BBVA BANCOMER | Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) de 18 dígitos: | 012540001227373960 | Número de Cuenta Bancaria: | 0122737396 | Tipo de Cuenta: | Cuenta de Cheques Productiva | Tipo de Moneda: | MXP | Número de Sucursal: | 7693 Banca de Gobierno Morelos | Número de Plaza: | 540 | Fecha de apertura de la Cuenta: | 20 de febrero de 2024 | Es un requisito indispensable para la transferencia de dichos recursos, que el "GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "GOBERNACIÓN" la factura Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), en términos de lo establecido en el numeral Cuadragésimo primero de los LINEAMIENTOS. Para "GOBERNACIÓN", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la LGCG. Por su parte, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad los recursos federales recibidos, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales y locales aplicables, así como rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que deban rendirse por conducto de "GOBERNACIÓN". Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de estos de acuerdo con el PEF 2024 por lo que "GOBERNACIÓN" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos asignados, derivado de las disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "GOBERNACIÓN". El COMITÉ, comunicará, a través de la Secretaría Técnica las eventualidades relacionadas con la ministración de recursos oportunamente al "GOBIERNO DEL ESTADO". "GOBERNACIÓN" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleve a cabo el "GOBIERNO DEL ESTADO" para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que éste se compromete a resolver y eximir de cualquier responsabilidad a "GOBERNACIÓN" y de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones. TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los LINEAMIENTOS y normatividad aplicable, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente: a. Revisar conjuntamente el o los informes parciales que se presenten respecto del avance del Proyecto, en términos del numeral Trigésimo cuarto de los LINEAMIENTOS. b. Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno Federal, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el "GOBIERNO DEL ESTADO". c. Apegarse a lo establecido en la LGCG, LFPRH, su Reglamento y demás legislación aplicable en materia de subsidios. CUARTA. COMPROMISOS DE "GOBERNACIÓN". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, "GOBERNACIÓN", a través de la "CONAVIM", se obliga a: a. Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, para la ejecución del Proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA, habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes, en términos del numeral Trigésimo tercero de los LINEAMIENTOS. b. Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento. c. Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco del presente instrumento. d. Realizar las visitas de verificación en sitio, las cuales deberán ser atendidas por el "GOBIERNO DEL ESTADO". QUINTA. COMPROMISOS DEL "GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a: a. Destinar, por conducto de la Secretaría de Hacienda, los recursos asignados a través de subsidios exclusivamente destinados para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ. b. Devengar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2024. c. Iniciar las acciones para dar cumplimiento al Proyecto en un plazo no mayor a 15 (quince) días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión. d. Realizar por conducto de la Secretaría de Gobierno las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del Proyecto, en estricto apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su respectivo Reglamento, así como en la demás normatividad local aplicable en la materia. e. Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, licencias, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del Proyecto previsto en este instrumento jurídico. f. Garantizar que el Proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como verificar la autenticidad de la misma. g. Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos. h. Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del Proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento. i. Garantizar que el personal encargado de ejecutar el Proyecto acredite su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos, perspectiva de género y en los temas de Proyecto a desarrollar. j. Entregar los informes parciales, por conducto del enlace designado a "GOBERNACIÓN" a través de la "CONAVIM", la relación detallada sobre las erogaciones del gasto y el avance del Proyecto, validada por la Secretaría de Hacienda, con su debido soporte documental. Dichos informes deberán entregarse de acuerdo con el calendario señalado en el numeral Quincuagésimo segundo de los LINEAMIENTOS. k. Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los LINEAMIENTOS, con la leyenda "Operado con recursos E015: promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres". l. En términos de los LINEAMIENTOS, presentar a "GOBERNACIÓN", a más tardar el 15 de enero de 2025, un Acta de cierre del Proyecto, firmada por el Titular de la Secretaría de Gobierno, Titular de la Comisión Ejecutiva para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las mujeres del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos y Enlace Designado ante "CONAVIM" y por la persona Titular de la Secretaría de Hacienda, en la que se incluyan los datos generales, objetivo y descripción del Proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre "LAS PARTES", y el reporte de las acciones administrativas que la Entidad Federativa ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2024 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en la fracción VIII del numeral Trigésimo Cuarto y Sexagésimo de los LINEAMIENTOS. m. Una vez que se cumplan los objetivos del Proyecto, deberá generarse un registro puntual de las acciones que se realizan a partir del mismo, con el fin de que con dichos datos se puedan generar indicadores de proceso, de resultados o de impacto, los cuales serán publicados mensualmente en la página de internet oficial de la Secretaría de Gobierno del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos que para ese efecto se habilite. n. Cumplir y observar en todo momento las disposiciones previstas en la LFPRH y su Reglamento, el PEF 2024, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Convenio de Coordinación y Adhesión; y Anexo Técnico correspondiente. ñ. Llevar a cabo el proyecto en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos que emita la "CONAVIM" a través del COMITÉ. SEXTA. ENLACES. Para el adecuado desarrollo y seguimiento de las acciones del Proyecto, que deriven del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y de sus Anexos Técnicos, "LAS PARTES" designan como Enlaces a los siguientes servidores públicos: POR "GOBERNACIÓN" Nombre: | Susana Vanessa Otero González. | Cargo: | Coordinadora para la Articulación de Acciones para la Erradicación de la Violencia Feminicida. | Dirección: | Dr. José María Vértiz número 852, 5º piso, Colonia Narvarte, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México. | Teléfono institucional: | 52098800 extensión 30367 | Correo electrónico Institucional: | sotero@segob.gob.mx | POR EL "GOBIERNO DEL ESTADO" Nombre: | Ruth Adriana De la Cruz Morales | Cargo: | Comisionada Ejecutiva para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos | Dirección: | Plaza de Armas S/N, Colonia Centro, Código Postal 62000, Cuernavaca, Estado de Morelos. | Teléfono institucional: | 7773292200 ext 1307 y 1308 | Correo electrónico Institucional: | ruth.delacruz@morelos.gob.mx | A través de las personas designadas como enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación y Adhesión. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas. Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a las o los servidores públicos del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas o en su caso, los suplan en sus ausencias. SÉPTIMA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en las DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra Parte, por lo menos con 10 (diez) días de anticipación. OCTAVA. INFORMES PARCIALES. El "GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto de la Secretaría de Gobierno informará a "GOBERNACIÓN" a través de la "CONAVIM", los avances de la ejecución del Proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y; en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con el presente instrumento, y la fracción VII del numeral Trigésimo Cuarto de los LINEAMIENTOS; con su debido soporte documental, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la conclusión de cada informe parcial, conforme a la fecha de transferencia del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión. NOVENA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán al "GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y en el Anexo Técnico, no perderán su carácter de federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse, de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente. Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta específica, con característica de productiva, a la cual se transferirá el subsidio en el Ejercicio Fiscal 2024 deberán ser reintegrados a la TESOFE, previo a la presentación del cierre del ejercicio de los recursos y dentro de los plazos y términos que establezcan las disposiciones aplicables. DÉCIMA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, estará a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Secretaría de Gobierno. En el caso de "GOBERNACIÓN", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo es la que señalan los LINEAMIENTOS. DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que el "GOBIERNO DEL ESTADO" no devengue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2024 deberán ser reintegrados a la TESOFE como lo dispone el numeral Sexagésimo quinto de los LINEAMIENTOS. El reintegro de los recursos a la TESOFE se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad del "GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "GOBERNACIÓN" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "GOBERNACIÓN" otorgue la línea de captura a la Entidad, ésta deberá remitir a la "CONAVIM" original de la documentación comprobatoria del reintegro realizado. Asimismo, el "GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la TESOFE aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados. DÉCIMA SEGUNDA.- RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y Adhesión y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal. DÉCIMA TERCERA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "GOBERNACIÓN" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el numeral Quincuagésimo octavo de los LINEAMIENTOS, procederá a la cancelación del Proyecto aprobado y; en consecuencia, dará por terminado el presente Convenio de Coordinación y Adhesión y ordenará al "GOBIERNO DEL ESTADO" la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la TESOFE. Lo anterior sin perjuicio de que la "CONAVIM" haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores competentes para los efectos legales conducentes. DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales correspondientes al subsidio a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento corresponderá a "GOBERNACIÓN", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y demás disposiciones jurídicas aplicables en la materia, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice la Secretaría de la Contraloría del "GOBIERNO DEL ESTADO". Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable. DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del Proyecto, se reanudarán las tareas pactadas. DÉCIMA SEXTA. MODIFICACIONES. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá modificarse en cualquier momento durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante Convenios Modificatorios los cuales formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de su suscripción, los cuales deberán ser publicados en el DOF y en el órgano de difusión oficial del "GOBIERNO DEL ESTADO" en un plazo no mayor a 60 (sesenta) días hábiles a partir de su fecha de suscripción. DÉCIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos: a. Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y; en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan. b. En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado la "CONAVIM" en los informes que presente el "GOBIERNO DEL ESTADO". Para tales efectos, se levantará una minuta en la que se hagan constar las circunstancias específicas que: i) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; ii) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento; y iii) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que; en su caso, procedan. DÉCIMA OCTAVA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2024. Lo anterior, no exime al "GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado. DÉCIMA NOVENA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe; por lo que, los conflictos y controversias que llegasen a presentar con motivo de su interpretación, formalización, ejecución, operación o cumplimiento, serán resueltos de común acuerdo entre "LAS PARTES" a través de los Enlaces a que se refiere la CLÁUSULA SEXTA de este Convenio de Coordinación y Adhesión. VIGÉSIMA. TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Asimismo a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, si "LAS PARTES" llegaren a tener acceso a datos personales cuya responsabilidad recaiga en la otra Parte, por este medio se obligan a: (i) tratar dichos datos personales únicamente para efectos del desarrollo del Convenio de Coordinación y Adhesión; (ii) abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por la otra Parte; (iii) implementar las medidas de seguridad conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y las demás disposiciones aplicables; (iv) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados; (v) suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez terminado el Convenio de Coordinación y Adhesión, y (vi) abstenerse de transferir los datos personales. En caso de que alguna de "LAS PARTES" llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que pertenezca a la otra Parte, en este acto ambas se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos establece la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, según sea el caso, así como los avisos de privacidad de cada una de ellas, en el entendido de que ante la ausencia de consentimiento de los titulares de tales datos personales, deben abstenerse de llevar a cabo cualquier tipo de tratamiento sobre los mismos. VIGÉSIMA PRIMERA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio de Coordinación y Adhesión se publicará en el DOF y en el Periódico Oficial "Tierra y Libertad" en un plazo no mayor a 60 días hábiles a partir de su fecha de suscripción, y entrará en vigor a partir de la fecha de esta. "LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 28, fracción II, inciso a) del PEF 2024. De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno de México a través de "GOBERNACIÓN". Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México el día 25 del mes de marzo de 2024.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla.- Rúbrica.- Por la CONAVIM: la Coordinadora de Políticas Públicas para la Erradicación de la Violencia y Encargada de la Recepción y Atención de los Asuntos de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador Constitucional del Estado, Cuauhtémoc Blanco Bravo.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno del Poder Ejecutivo Estatal y Titular de la Instancia Local Responsable, Samuel Sotelo Salgado.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda, José Gerardo López Huérfano.- Rúbrica.- La Comisionada Ejecutiva para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos y Titular de la Instancia Local Receptora, Ruth Adriana de la Cruz Morales.- Rúbrica. ANEXO TÉCNICO PARA LA APLICACIÓN DE RECURSOS DESTINADOS A LAS ACCIONES DE COADYUVANCIA PARA LAS DECLARATORIAS DE ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES EN ESTADOS Y MUNICIPIOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024. En cumplimiento a la Cláusula Primera del Convenio de Coordinación y Adhesión de fecha 25 de marzo de 2024 celebrado entre la Secretaría de Gobernación y el Gobierno Estado Libre y Soberano de Morelos de conformidad con el numeral Trigésimo séptimo de los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2024 (LINEAMIENTOS), se estipula lo siguiente: DATOS GENERALES DE IDENTIFICACIÓN A. DATOS GENERALES ENTIDAD FEDERATIVA: | Estado Libre y Soberano de Morelos | NOMBRE DEL PROYECTO: | AVGM/MOR/AC02/SG/073 | ACCIÓN DE COADYUVANCIA DE ACCESO AL SUBSIDIO: | 2. Prevención. Son las acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida y agravio comparado, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres, las adolescentes y las niñas. | INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE: | Secretaría de Gobierno | INSTANCIA LOCAL RECEPTORA: | Comisión Ejecutiva para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres del Poder Ejecutivo del Estado | FECHA DE INICIO DEL PROYECTO: | 14 DE JUNIO 2024 | FECHA ESTIMADA DE CONCLUSIÓN QUE NO EXCEDA DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2024 | 30 de noviembre 2024 | B. MONTO APROBADO A. MONTO APROBADO | $770,000.00 | Setecientos setenta mil pesos 00/100 M.N. | Cantidad en número | Cantidad en letra | | B. MONTO COPARTICIPACIÓN: (EN CASO DE APLICAR) | NO APLICA | % | 00/100 M.N. | cantidad en número | porcentaje | cantidad en letra | | MONTO TOTAL DEL PROYECTO: | $770,000.00 | Setecientos setenta mil pesos 00/100 M.N. | Cantidad en número | Cantidad en letra | C. DESIGNACIÓN DE ENLACE | He tenido a bien designar como enlace ante CONAVIM a: | Nombre: | Ruth Adriana De la Cruz Morales | Cargo: | Comisionada Ejecutiva para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres del Poder Ejecutivo del Estado | Dirección: | Plaza de armas S/N, colonia Centro, Cuernavaca C.P. 62000, Morelos | Teléfono Institucional: | 7773292200 | Extensión | 1307 y 1308 | Correo Institucional: | ruth.delacruz@morelos.gob.mx | D. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO. D.1 JUSTIFICACIÓN MEDIDA DE ATENCIÓN | ACCIÓN COADYUVANTE | OBJETIVO GENERAL | Establecer e impulsar una cultura de no violencia contra las mujeres en el sector educativo público y privado. Para ello, se deberá diseñar una estrategia de educación en derechos humanos de las mujeres y perspectiva de género que busque la transformación de patrones culturales y la prevención de violencia mediante la identificación, abstención y denuncia. | PREVENCIÓN: Son las acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida y agravio comparado, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres y las niñas. B. Establecer una estrategia educativa en derechos humanos y perspectiva de género, que impulse la transformación de patrones culturales en todos los ámbitos. | Establecer e impulsar una cultura de no violencia contra las mujeres en el sector educativo público y privado. Para ello, se deberá diseñar una estrategia de educación en derechos humanos de las mujeres y perspectiva de género que busque la transformación de patrones culturales y la prevención de violencia mediante la identificación, abstención y denuncia. | D.2 METODOLOGÍA OBJETIVOS ESPECÍFICOS | ACTIVIDADES | INDICADORES | MEDIOS DE VERIFICACIÓN | Realización de una mesa de trabajo para la vinculación institucional con integrantes de los ocho municipios con DAVG y del Ejecutivo Estatal que por la naturaleza de sus funciones puede replicar el proceso. | Convocar a actores y actoras estratégicos de instancias gubernamentales estatales y de los municipios con DAVG, de sociedad civil y academia que forman parte del SEPASE del Estado. Establecer los mecanismos de vinculación. Gestionar espacio para la presentación del proyecto. | Porcentaje de instituciones convocadas con las que se establecen mecanismos de vinculación. | Registro de asistencia. Carta compromiso de vinculación. Documento de presentación de proyecto. | Diseño de la propuesta para la intervención psicológica y socioeducativa para la prevención de conductas violentas en hombres, servidores públicos e instituciones, así como dotar de herramientas teóricas, artísticas y metodológicas a mujeres víctimas, y funcionariado de los municipios con DAVGM e integrantes del SEPASE. | Contratación para la prestación de servicios profesionales para el diseño de los contenidos de la intervención psicológica y socioeducativa, Diseño de la propuesta para la intervención psicológica y socioeducativa con perfil en psicología (1) en trabajo social (1) y en el área artística con enfoque de derechos humanos especializada en violencia vicaria (1) así como una técnica en escenografía (1). | Porcentaje de avance de los contratos realizados a personas con el perfil requerido. | Contratos de servicios profesionales requisitados con base en las especificaciones. Documento impreso y digital de propuesta para la intervención psicológica y socioeducativa para la prevención de conductas violentas en hombres. | Contar con materiales de apoyo para el trabajo de intervención psicológica y socioeducativa de prevención y acompañamiento a víctimas de violencias. | Diseño e impresión de materiales de trabajo para el desarrollo de la intervención psicológica y socioeducativa con perspectiva de género, derechos humanos e interculturalidad e intergeneracional. | Porcentaje de avance del diseño de los materiales creados. | Materiales de apoyo en formato impreso y digital. Evidencias fotográficas del uso de los materiales diseñados. | Desarrollo de la intervención socioeducativa vinculada a solicitudes de apoyo jurídico. | Contratación para la prestación de servicios profesionales de personas con perfil en psicología (2) y en trabajo social (1) y en ciencias jurídicas (1) para impartir 20 talleres holísticos a mujeres de los municipios con declaratoria de AVGM, proporcionar asesoría y acompañamiento a las que lo soliciten ya sea de manera presencial o a través de las redes y medios electrónicos disponibles. Acompañamiento psicológico, legal y socio educativo a mujeres víctimas potenciales de violencia feminicida y a sus hijos e hijas mediante la intervención diseñada. | Porcentaje de personas convocadas que asisten a los talleres holísticos. Porcentaje de talleres holísticos desarrollados. | Convocatoria Listas de Asistencia. Reportes de los talleres Reportes de atención proporcionada a mujeres víctimas potenciales de violencia feminicida. | Sistematización de los resultados del acompañamiento legal, así como de la intervención psicológica y socioeducativa. | Contratación de una persona con perfil en trabajo social (1) revisar los reportes de atención y acompañamiento, así como los reportes de los talleres holísticos para la sistematización de los resultados, los cuales se compartirán con los municipios con DAVG, así como los que forman parte del SEPASE de sociedad civil y academia del estado. | Porcentaje de avance de la sistematización de resultados. | Documento impreso de sistematización de los resultados. | D.2.1 PASOS A DESARROLLAR PASO | DESCRIPCIÓN | 1 | Iniciamos con una mesa de trabajo para la vinculación institucional con los ocho municipios con DAVG y demás integrantes del SEPASE a quienes se les va convocar para establecer mecanismos para participar en el desarrollo de la propuesta de la intervención psicológica y socioeducativa con acompañamiento legal, para lo que prepararemos una presentación detallada de los contenidos y alcances del proyecto en territorio y gestionaremos los espacios y la convocatoria. | 2 | El segundo momento o paso a desarrollar es la contratación de los servicios profesionales eventuales para el diseño de la propuesta, para la intervención psicológica y socioeducativa, la coordinación del proyecto, el desarrollo de los talleres para la prevención de conductas violentas en hombres, servidores públicos e instituciones, así de herramientas teóricas, artísticas y metodológicas con las que mujeres víctimas, y funcionariado de los ocho municipios con DAVG y del Ejecutivo Estatal puedan en su caso replicar el proceso. | 3 | El tercer momento es contar con materiales de apoyo para el trabajo de intervención psicológica y socioeducativa de prevención y acompañamiento a víctimas de violencias, los cuales serán diseñados e impresos considerando en sus contenidos la propuesta de intervención psicológica y socioeducativa. | 4 | En un cuarto momento o paso se considera el desarrollo de la intervención socioeducativa vinculada a solicitudes de apoyo jurídico, impartiendo 20 talleres holísticos a mujeres de los municipios con declaratoria de AVGM y proporcionando asesoría y acompañamiento a las que lo soliciten ya sea de manera presencial o a través de las redes y medios electrónicos disponibles, así como acompañamiento psicológico y socio educativo a mujeres víctimas potenciales de violencia feminicida y a sus hijos e hijas mediante la intervención diseñada. | 5 | El quinto y último paso o momento se considera para conocer los resultados de la intervención psicológica y socioeducativa para la prevención de conductas violentas desarrollada en los ocho municipios con DAVG, con DAVG y con integrantes del SEPASE. Se revisarán los reportes de atención y acompañamiento, así como los reportes de los talleres holísticos para la sistematización y los resultados, los cuales se compartirán con los municipios con DAVG, así como los que forman parte del SEPASE de sociedad civil y academia. del Estado. | D.3 COBERTURA GEOGRÁFICA Y POBLACIÓN BENEFICIARIA TIPO DE POBLACIÓN BENEFICIADA | SERVIDORAS (ES) PÚBLICOS U OPERADORAS (ES) JURÍDICOS | POBLACIÓN MUJERES, POBLACIÓN HOMBRES | NIÑAS (OS) Y ADOLESCENTES | POBLACIÓN MUJERES, POBLACIÓN HOMBRES | ADULTAS (OS) MAYORES | POBLACIÓN MUJERES, POBLACIÓN HOMBRES | INDÍGENAS | | MIGRANTES Y/O REFUGIADAS (OS) | | AFROMEXICANAS (OS) | POBLACIÓN MUJERES, POBLACIÓN HOMBRES | DESPLAZADAS (OS) INTERNAS(OS) | | CON DISCAPACIDAD | | LGBTI+ | | MADRES JEFAS DE FAMILIA | | EN SITUACIÓN DE CALLE | | VÍCTIMAS DIRECTAS | | VÍCTIMAS INDIRECTAS | | PRIVADAS DE LA LIBERTAD | | TRABAJADORAS DEL HOGAR NO REMUNERADAS | | USUARIAS DE DROGAS | | OTRAS | | GRUPO ETARIO | 0 a 6 años | 7 a 11 años | 12 a 17 años | 18 a 30 años | 31 a 59 años | 60 años en adelante | X | X | X | X | X | X | COBERTURA GEOGRÁFICA | CUAUTLA, CUERNAVACA, EMILIANO ZAPATA, JIUTEPEC, PUENTE DE IXTLA, TEMIXCO, XOCHITEPEC, YAUTEPEC | D.4 ACTORES ESTRATÉGICOS # | ACTOR | CONTRIBUCIÓN AL PROYECTO | 1. | Instancias municipales de las Mujeres de los ocho | Directa para la coordinación en el desarrollo de la propuesta en territorio. | 2. | Frente Nacional contra la Violencia Vicaria (OSC) | Directa: Vinculación con madres víctimas de violencia vicaría. | 3. | Sistema Estatal para el Desarrollo de Integral de la Familia (DIF) | Directa: para la formación en los Talleres holísticos y posible réplica posterior. | 4. | Secretaría de Salud | Directa: para el seguimiento - continuidad en casos que requieran un mayor acompañamiento psicológico. | 5. | Secretaría de Cultura | Directa para la promoción del modelo de talleres socioeducativos para la prevención de conductas violentas. | 6. | Comisión Ejecutiva de Atención y Reparación a Víctimas del Estado de Morelos. | Directa: Canalización y en su caso acompañamiento temporal a víctimas indirectas de violencia feminicida. | 7. | Comisión Estatal de Seguridad Pública | Directa con su área de prevención del delito para la formación en talleres holísticos y posible réplica posterior. | D.5 IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y CÓMO AFRONTARLOS RIESGO | MEDIDAS PARA AFRONTAR | Vulnerabilidad de la confidencialidad y de la seguridad de las personas participantes. | Seguimiento de los protocolos institucionales de confidencialidad en el desarrollo de las actividades. | Baja participación de la comunidad en las actividades en territorio. | Establecer vínculos de confianza con líderes y autoridades locales, proporcionando información sobre las acciones a desarrollar asi como su objetivo | Interferencia del momento electoral en el desarrollo de las actividades. | Establecer una programación en territorio considerando esta posibilidad estableciendo una comunicación directa con líderes y autoridades locales. | D.6 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES Y GASTO Actividades | Concepto de Gasto | Mes | Monto | MARZ O | ABRIL | MAYO | JUNIO | JULIO | AGOST O | SEPTIEMBR E | OCTUBR E | NOVIEMBR E | DICIEMBR E | Realización de mesa de trabajo para la Vinculación institucional con integrantes de los ocho municipios con DAVG y del Ejecutivo Estatal que por la naturaleza de sus funciones puede replicar el proceso. | No aplica | | | | | | | | | | | $0.00 | Diseño de la propuesta para la intervención psicológica y socioeducativa para la prevención de conductas violentas en hombres, servidores públicos e instituciones, así como dotar de herramientas teóricas, artísticas y metodológicas a mujeres víctimas, y funcionariado de los municipios con DAVGM e integrantes del SEPASE. | Pago de servicios profesionales eventuales para el diseño de los contenidos de la intervención psicológica y socioeducativa con perfil en psicología (1) en trabajo social (1) y en el área artística con enfoque de derechos humanos especializada en violencia vicaria (1) así como una técnica en escenografía (1). | | | | X | X | X | | | | | $300,000.00 | Contar con materiales de apoyo para el trabajo de intervención psicológica y socioeducativa de prevención y acompañamiento a víctimas de violencias. | Pago de servicios de impresión y elaboración de material informativo y de apoyo. | | | | | | X | X | | | | $90,00000 | Desarrollo de la intervención socioeducativa vinculada a solicitudes de apoyo jurídico | Pago de servicios profesionales eventuales para la prestación de servicios de (2) personas con perfil académico en psicología, en trabajo social (1) y en ciencias jurídicas (1) para la facilitación de dos talleres que se repiten 20 veces y el acompañamiento legal. | | | | | | X | X | X | X | | $352,000.00 | Sistematización de los resultados de la de la intervención psicológica y socioeducativa | Pago de servicios profesionales eventuales para la elaboración del documento de sistematización. del proyecto. | | | | | | | | X | X | | $28,000.00 | MONTO TOTAL CON LETRA | Setecientos setenta mil pesos 00/100 M.N. | $770,000 | D.7 PERFIL Y EXPERIENCIA QUE DEBERÁ ACREDITAR LA O LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES QUE REALIZARÁN EL PROYECTO, DISTINTAS A AQUELLAS QUE SEAN SERVIDORAS PÚBLICAS, ASÍ COMO SUS ANTECEDENTES RESPECTO A LA ELABORACIÓN DE OTROS PROYECTOS EN OTRAS ENTIDADES FEDERATIVAS D.7.1 TIPO DE PERFIL REQUERIDO: ÁREAS DE ESPECIALIZACIÓN | AÑOS DE EXPERIENCIA MÍNIMA REQUERIDA | GRADO O NIVEL DE ESCOLARIDAD | NÚMERO DE PERSONAS A CONTRATAR | Ciencias Jurídicas | 02 A 05 AÑOS | Maestría | 1 | Psicología | 02 A 05 AÑOS | Licenciatura | 3 | Trabajo Social | 02 A 05 AÑOS | Licenciatura | 3 | Otros Perfiles | 02 A 05 AÑOS | Otro | 2 | Total de Prestadores de Servicios a Contratar | | | 9 | D.7.2 OTRO TIPO DE PERFIL REQUERIDO: PERFIL | AÑOS DE EXPERIENCIA MÍNIMA REQUERIDA | GRADO O NIVEL DE ESCOLARIDAD | NÚMERO DE PERSONAS A CONTRATAR | Técnica Superior en escenografía | 2 a 5 años | Técnica | 1 | Artística - derechos humanos especializada en violencia vicaria | 2 a 5 años | Técnica | 1 | ESQUEMA DE CONTRATACIÓN: MARQUE LA CASILLA CORRECTA | SERÁ | Será | Prestadora de Servicios Profesionales | | Servicios integrales | | Honorarios Asimilados | | Otro | Si selecciono "Otro", Especifique a continuación: | Otro | Elija un elemento. | Elija un elemento. | [Registrar el número] | Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal firman el Anexo Técnico en cuatro ejemplares, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS, para la realización del Proyecto AVGM/MOR/AC02/SG/073 en la Ciudad de México el día 25 de marzo de 2024.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla.- Rúbrica.- Por la CONAVIM: la Coordinadora de Políticas Públicas para la Erradicación de la Violencia y Encargada de la Recepción y Atención de los Asuntos de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador Constitucional del Estado, Cuauhtémoc Blanco Bravo.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno del Poder Ejecutivo Estatal y Titular de la Instancia Local Responsable, Samuel Sotelo Salgado.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda, José Gerardo López Huérfano.- Rúbrica.- La Comisionada Ejecutiva para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres del Poder Ejecutivo y Titular de la Instancia Local Receptora, Ruth Adriana de la Cruz Morales.- Rúbrica.
En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
El contenido, forma y alcance de los documentos publicados, son estricta responsabilidad de su emisor.
|
|
|

|
|
|
|
| |
|