DOF: 16/07/2024
ACUERDO por el que se subdivide el inmueble federal con superficie de 172,952

ACUERDO por el que se subdivide el inmueble federal con superficie de 172,952.12 metros cuadrados, que forma parte de un inmueble de mayor extensión, identificado como fracción oriente del predio rústico, ubicado en la calle sin nombre, Ejido Salahua, Municipio de Manzanillo, Colima, conforme al título que ampara la propiedad a favor del Gobierno Federal.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.

ACUERDO por el que se subdivide el inmueble federal con superficie de 172,952.12 metros cuadrados, que forma parte de un inmueble de mayor extensión, identificado como fracción oriente del predio rústico, ubicado en la calle sin nombre, Ejido Salahua, Municipio de Manzanillo, Colima, conforme al título que ampara la propiedad a favor del Gobierno Federal.
IRENE GRACIELA CORREA PÉREZ, Directora General de Política y Gestión Inmobiliaria, del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN), órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27 y 132 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 17, 31 fracciones XXIX y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; artículos 1 fracciones I, IV y V, 2 fracción VII, 3 fracción III, 4, 6 fracción VI, 9, 11 fracción I, 28, 29, 40, 42 fracción XV y 48 de la Ley General de Bienes Nacionales, 4, apartado G, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; y 1, 3, 10, fracción XXIV del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes.
CONSIDERANDO
I. Que la propiedad del inmueble objeto del presente Acuerdo, se acredita con la escritura pública tres mil ciento sesenta y uno del trece de diciembre del dos mil dos, Volumen XXXIX, Trigésimo noveno, otorgada por el Notario Público Adscrito a la Notaría Pública 3 en la Ciudad de Manzanillo, Colima, y Notario del Patrimonio Inmueble Federal, licenciado Marcelo Romero Vargas, del "Contrato de compraventa de inmueble rústico", en el que el Instituto de Vivienda del Estado de Colima, vende y entrega una superficie de 172,952.1200 metros cuadrados del predio rústico al Gobierno Federal, representado por la Secretaría de Marina y, que se encuentra inscrita en el registro Público de la Propiedad Federal, bajo el Folio Real 72118 y en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Colima, en el Folio Real 150898-1 el 23 de abril de 2003.
II. Que mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, del 31 de agosto del 2012, la Secretaría de la Función Pública, destinó al servicio de la Secretaría de Marina, una fracción de terreno con superficie de 172,952.12 metros cuadrados, como parte de un inmueble de mayor extensión identificado como "Fracción Oriente del Predio Rústico", a efecto de que lo utilizara en el cumplimiento de las atribuciones que tiene conferidas como unidad habitacional naval e instalaciones complementarias.
III. Que mediante oficio DRM-SCBI-DRCPSM/476 del 12 de febrero de 2024 y DRM-DRCPSM/673 del 27 de febrero de 2024, el Responsable Inmobiliario de la Secretaría de Marina, solicito a la Dirección General de Política y Gestión Inmobiliaria, emitir el Acuerdo Administrativo de Subdivisión del inmueble objeto del presente, para quedar dividido en 2 fracciones de menos expresión siendo la fracción I bajo la denominación "Chandiablo" con una superficie de terreno de 102,929.7400 metros cuadrados y una fracción II identificado como "Predio Colindante al Hospital Naval de Manzanillo" con una superficie de 70,022.38 metros cuadrados.
IV. Que mediante el oficio DGDU/DROUMC/JDU/0108/2024 del 1 de febrero de 2024, el Director General de Desarrollo Urbano del Ayuntamiento de Manzanillo, Colima, señala que los predios identificados con clave catastral 07-25-99-751-765-000 y 07-01-90-A11-215-000 fueron autorizados y aprobados por la autoridad Catastral Municipal mediante el oficio No. CAT 541-2022, con fecha 06 de junio de 2022, en donde se adjunta copia del Plano certificado, siendo este documento que aprueba la subdivisión y que se anexa al presente como Anexo I.
Asimismo, que el predio identificado con la clave catastral 07-01-90-A11-215-000, cuenta con un programa Parcial de Urbanización aprobado por el Cabildo del H. Ayuntamiento de Manzanillo, el 1 de agosto de 2022 y posteriormente publicado, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Colima, el 10 de septiembre de 2022, también cuenta con una autorización del proyecto ejecutivo de urbanización folio UR022/2023/PEU del 19 de mayo de 2023 y una licencia de urbanización y edificación simultanea con un folio UR-028/2023/LUES de fecha 19 de mayo de 2023.
Que el predio identificado con clave catastral 07-025-99-751-765-000, no cuenta con ninguna autorización del Departamento de Urbanización, manteniéndose en estado rústico.
V. Que las dos fracciones respecto de las que se emite el presente Acuerdo son propiedad del Gobierno Federal, como ha quedado acreditado en el considerando I y se encuentran adyacentes uno del otro por lo que no existe impedimento físico, jurídico o administrativo para que en lo sucesivo constituyan dos predios.
VI. Que tratándose de inmuebles federales, el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales por conducto de la Dirección General de Política y Gestión Inmobiliaria cuenta con la facultad expresa para emitir el presente Acuerdo de subdivisión de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley General de Bienes Nacionales y 10 fracción XXIV del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales y demás disposiciones normativas y preceptos legales citados como fundamento legal del presente acto.
VII. Que por lo señalado anteriormente, se considera procedente la subdivisión de la superficie de mayor extensión de los títulos que amparan la propiedad a favor del Gobierno Federal de 172,952.1200 metros cuadrados del predio rústico al que se refiere el Considerando I del presente, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se subdivide el predio descrito en el Considerando I, constante de una superficie de 172,952.1200 metros cuadrados del predio rústico, en dos polígonos para quedar como sigue:
·  Fracción I (CHANDIABLO) con superficie de 102,929.7400 metros cuadrados que se identifica en forma gráfica en el plano registrado en la Dirección del Registro Público y Control Inmobiliario del INDAABIN con el número DRPCI/7187/6-3738-0/2023/T plano que se agrega en copia certificada como Anexo II, con las medidas y colindancias plasmadas en la memoria descriptiva que se agrega como Anexo III y que para efectos administrativos de inventario le ha sido asignado el Registro Federal Inmobiliario (RFI) 6-3783-0; y
·  FRACCIÓN II (PREDIO COLINDANTE AL HOSPITAL NAVAL DE MANZANILLO) con superficie de 70,022.38 metros cuadrados que se identifica en forma gráfica en el plano registrado en la Dirección del Registro Público y Control Inmobiliario del INDAABIN con el número DRPCI/7188/6-3958-6/2023/T; plano que se agrega en copia certificada como Anexo IV con las medidas y colindancias plasmadas en la memoria descriptiva que se agrega como Anexo V, y que para efectos administrativos de inventario le ha sido asignado el Registro Federal Inmobiliario (RFI) 6-3958-6
SEGUNDO.- Inscríbase el presente Acuerdo en el Registro Público de la Propiedad Federal y en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Gobierno del Estado de Colima, en términos de lo dispuesto por los artículos 42 y 48 de la Ley General de Bienes Nacionales.
TERCERO.- Solicítese a las autoridades locales correspondientes que lleven a cabo los registros y anotaciones procedentes en términos de lo dispuesto por el artículo 40 de la Ley General de Bienes Nacionales.
CUARTO.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público por conducto del INDAABIN, en el ámbito de sus atribuciones, vigilará el estricto cumplimiento del presente Acuerdo.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, 09 de abril de 2024.- La Directora General de Política y Gestión Inmobiliaria del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Irene Graciela Correa Pérez.- Rúbrica.
 

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