EXTRACTO de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Parroquia San Pedro Apóstol Ixhuatlán del Café, para constituirse en asociación religiosa; derivada de Diócesis de Córdoba, A.R.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad de Asuntos Religiosos, Prevención y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de Asuntos Religiosos.- Dirección General Adjunta de Registro, Certificación y Normatividad de las Asociaciones Religiosas.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA DE UNA ENTIDAD INTERNA DE DIÓCESIS DE CÓRDOBA, A.R., DENOMINADA PARROQUIA SAN PEDRO APÓSTOL IXHUATLÁN DEL CAFÉ.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7° de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; en relación con los diversos 8º y 10° de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la entidad interna denominada PARROQUIA SAN PEDRO APÓSTOL IXHUATLÁN DEL CAFÉ, para constituirse en asociación religiosa; derivada de Diócesis de Córdoba, A.R., solicitud presentada en la Dirección General de Asuntos Religiosos, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: Avenida Centenario, s/n, Colonia Centro, Municipio de Ixhuatlán del Café, Estado de Veracruz, C.P. 94180.
II.- Bienes inmuebles: se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble ubicado en Avenida Centenario, s/n, Colonia Centro, Municipio de Ixhuatlán del Café, Estado de Veracruz, C.P. 94180, manifestado unilateralmente como propiedad de la Nación.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: "Practicar la verdad evangélica y propagar e instruir en la doctrina de la Iglesia Católica, Apostólica y Romana en comunión con el Papa, Pastor Supremo de la misma, con sede en Roma."
IV.- Representante: Rufino Hernández González.
V.- Exhiben la Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la fracción VI del artículo 8º del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
VI.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina "Órgano Interno", integrado por la persona y cargo siguiente: Rufino Hernández González, Párroco.
VIII.- Ministro de Culto: Rufino Hernández González.
IX.- Credo Religioso: Cristiano Católico Apostólico Romano.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta solamente durante el término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, a los dos días del mes de septiembre de dos mil veinticuatro.- El Director General Adjunto de la Dirección General de Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación, Lic. Jorge Lee Galindo.- Rúbrica.