EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Vidalta Comunidad de Fe y Servicio, para constituirse en asociación religiosa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad de Asuntos Religiosos, Prevención y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de Asuntos Religiosos.- Dirección General Adjunta de Registro, Certificación y Normatividad de las Asociaciones Religiosas.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ EL C. ELISEO MARTÍNEZ HERNÁNDEZ Y FIRMANTES, DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA VIDALTA COMUNIDAD DE FE Y SERVICIO.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7° de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; en relación con los diversos 8º y 10° de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la agrupación denominada VIDALTA COMUNIDAD DE FE Y SERVICIO, para constituirse en asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asuntos Religiosos, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: Boulevard Saturno número 2701, Colonia San Miguel Rentería, Ciudad y Municipio de León, Estado de Guanajuato, C.P. 37278.
II.- Bienes inmuebles: se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble ubicado en Boulevard Saturno número 2701, Colonia San Miguel Rentería, Ciudad y Municipio de León, Estado de Guanajuato, C.P. 37278, manifestado de manera unilateral bajo contrato de arrendamiento.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: "Difundir el evangelio de Jesucristo entre los que no lo conocen, a través de todas las formas posibles."
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio arraigo entre la población.
V.- Representantes: Eliseo Martínez Hernández y/o José Manuel Herrera Alfaro.
VI.- Exhiben la Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la fracción VI del artículo 8º del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina "Equipo de Ancianos", integrado por las personas y cargos siguientes: Eliseo Martínez Hernández, Anciano Pastor; José Manuel Herrera Alfaro, Anciano Apóstol; Alfonso Salazar Maceda, Anciano Administrador; Rafael Mizraim Rosiles Soto, Anciano; Sergio César Salazar Maceda, Anciano; y Miguel Navarro Sánchez, Anciano.
IX.- Ministros de Culto: Eliseo Martínez Hernández, Alfonso Salazar Maceda, Rafael Mizraim Rosiles Soto, Miguel Navarro Sánchez, Sergio César Salazar Maceda y José Manuel Herrera Alfaro.
X.- Credo Religioso: Cristiano Evangélico Reformado.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta solamente durante el término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, a los dos días del mes de septiembre de dos mil veinticuatro.- El Director General Adjunto de la Dirección General de Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación, Lic. Jorge Lee Galindo.- Rúbrica.