DOF: 27/09/2024
ACUERDO por el que se da a conocer el Programa de Restauración Ecológica de la Zona de Restauración Ecológica de la región de la Presa el Zapotillo

ACUERDO por el que se da a conocer el Programa de Restauración Ecológica de la Zona de Restauración Ecológica de la región de la Presa el Zapotillo.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

MARÍA LUISA ALBORES GONZÁLEZ, Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32 Bis, fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o., fracción II y 78 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y 6, fracciones XXVII y XXXIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y
CONSIDERANDO
Que en términos del artículo 78 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales debe formular y ejecutar el programa de restauración ecológica, en aquellas áreas que presenten procesos de degradación o desertificación, o graves desequilibrios ecológicos, con el propósito de que se lleven a cabo las acciones necesarias para la recuperación y restablecimiento de las condiciones que propicien la evolución y continuidad de los procesos naturales que en ella se desarrollaban;
Que el 29 de diciembre de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Decreto por el que se declara zona de restauración ecológica de la región de la Presa el Zapotillo en la zona de las localidades de Temacapulín y Palmarejo, municipio Cañadas de Obregón; Acasico, municipio de Mexticacán, y municipios de Yahualica de González Gallo, Jalostotitlán y Teocaltiche, en el estado de Jalisco, y que abarca la superficie de 20,810-10-51.54 hectáreas";
Que el artículo quinto del Decreto antes citado establece que, como parte de las acciones necesarias para regenerar, recuperar o restablecer las condiciones naturales de la referida zona, se debe elaborar un programa de restauración ecológica, asimismo, señala que, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Comisión Nacional del Agua, la Comisión Nacional Forestal y la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, en el ámbito de sus respectivas competencias, así como las demás dependencias o entidades que tuvieron participación en aludido Decreto, deben elaborar y ejecutar el programa de restauración ecológica, el cual establezca las condiciones, los lineamientos, la subzonificación y las acciones específicas tendientes a regenerar, recuperar y restablecer las condiciones naturales de la zona a restaurar, el equilibrio ecológico y los servicios ecosistémicos de aprovisionamiento de agua, así como la retención de suelo y paisaje escénico de la región, debe contener las acciones necesarias para revertir los procesos de degradación y desertificación para evitar que persistan daños al medio ambiente, a los ecosistemas, a los recursos naturales y a la biodiversidad, y
Que en cumplimiento a las disposiciones legales antes mencionadas, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL PROGRAMA DE RESTAURACIÓN ECOLÓGICA DE LA
ZONA DE RESTAURACIÓN ECOLÓGICA DE LA REGIÓN DE LA PRESA EL ZAPOTILLO
ARTÍCULO ÚNICO. Se da a conocer el Programa de Restauración Ecológica de la Zona de Restauración Ecológica de la región de la Presa el Zapotillo en la zona de las localidades de Temacapulín y Palmarejo, municipio Cañadas de Obregón; Acasico, municipio de Mexticacán, y municipios de Yahualica de González Gallo, Jalostotitlán y Teocaltiche, en el estado de Jalisco, el cual se anexa al presente para que surta los efectos legales a que haya lugar.
El Programa de Restauración Ecológica se encuentra a disposición para su consulta en la Oficina de Representación de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en el estado de Jalisco, ubicada en avenida Alcalde No. 500, octavo piso, colonia Centro Barranquitas, código postal 44280, Guadalajara, Jalisco, así como en la página electrónica de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Acuerdo y su anexo entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a veintiséis de septiembre de dos mil veinticuatro.- La Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, María Luisa Albores González.- Rúbrica.
___________________________________
El Anexo del Acuerdo por el que se da a conocer el Programa de Restauración Ecológica de la Zona de Restauración Ecológica de la región de la Presa El Zapotillo se encuentra disponible en:
www.dof.gob.mx/2024/SEMARNAT/PRE_presa_El_Zapotillo.pdf
 

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