DOF: 27/12/2024
ACUERDO por el que se señala la sede y circunscripción territorial de las direcciones de Investigaciones de la Procuraduría Fiscal de la Federación

ACUERDO por el que se señala la sede y circunscripción territorial de las direcciones de Investigaciones de la Procuraduría Fiscal de la Federación.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Acuerdo 150/2024
Acuerdo por el que se señala la sede y circunscripción territorial de las direcciones de Investigaciones
de la Procuraduría Fiscal de la Federación
ROGELIO EDUARDO RAMÍREZ DE LA O, Secretario de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 3 y 6, fracción XXIX, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y
CONSIDERANDO
Que conforme al Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Procuraduría Fiscal de la Federación tiene adscritas las direcciones de Investigaciones, a efecto de que le auxilien en el territorio nacional en el inicio, seguimiento y control de los procedimientos penales y administrativos originados por las denuncias, querellas, declaratorias, declaraciones de perjuicio, peticiones y, en general, cualquier otro requisito de procedibilidad señalado por las leyes, que formula la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como de los juicios y recursos que de ellos se deriven y de aquéllos en que ésta tenga interés, y para coadyuvar con las autoridades competentes en la integración y perfeccionamiento de los procedimientos penales y administrativos correspondientes;
Que mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de marzo de 2013, se fijó la sede y la circunscripción territorial de las direcciones de investigaciones de la Procuraduría Fiscal de la Federación;
Que el 6 de marzo de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el cual dispuso en su artículo Segundo Transitorio la abrogación del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicado el 11 de septiembre de 1996;
Que el 17 de enero de 2024, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
Que es necesario expedir un nuevo acuerdo por el que se señala la sede y circunscripción territorial de las direcciones de Investigaciones de la Procuraduría Fiscal de la Federación acorde con el Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público vigente, y
Que adicionalmente, para la adscripción del personal de las referidas direcciones de Investigaciones que dependen de la Procuraduría Fiscal de la Federación, así como para realizar los cambios correspondientes dentro de las mismas, su Titular cuenta con las atribuciones conferidas en el artículo 7, fracción VIII y 30 D, último párrafo, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, he tenido a bien emitir el siguiente
ACUERDO
PRIMERO. Las direcciones de Investigaciones de la Procuraduría Fiscal de la Federación tendrán las sedes y circunscripciones territoriales siguientes:
I.     "Noroeste", tendrá su sede en la ciudad de Hermosillo, Sonora, y su circunscripción territorial en las entidades federativas de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Sinaloa y Sonora, así como Durango;
II.     "Norte", tendrá su sede en la ciudad de Monterrey, Nuevo León, y su circunscripción territorial en las entidades federativas de Coahuila de Zaragoza, Nuevo León y Tamaulipas, y los municipios de Simón 1, Lerdo, Mapimí, Nazas, San Juan de Guadalupe, San Luis del Cordero, San Pedro del Gallo y Tlahualilo, pertenecientes a la entidad federativa de Durango;
III.    "Occidente", tendrá su sede en la ciudad de Guadalajara, Jalisco, y su circunscripción territorial en las entidades federativas de Colima, Jalisco, Michoacán de Ocampo y Nayarit;
IV.   "Sur", tendrá su sede en la Ciudad de México y su circunscripción territorial en las entidades federativas de Guerrero, Oaxaca, Puebla y Tlaxcala;
V.    Del "Golfo", tendrá su sede en la ciudad de Veracruz, Veracruz de Ignacio de la Llave, y su circunscripción territorial en las entidades federativas de Tabasco y Veracruz de Ignacio de la Llave;
VI.   Del "Bajío", tendrá su sede en la ciudad de Santiago de Querétaro, Querétaro, y su circunscripción territorial en las entidades federativas de Aguascalientes, Guanajuato, Querétaro, San Luis Potosí y Zacatecas;
VII.   Del "Centro", tendrá su sede en la Ciudad de México y su circunscripción territorial comprende las entidades federativas de Hidalgo, México y Morelos, y
VIII.  "Sureste", tendrá su sede en la ciudad de Mérida, Yucatán, y su circunscripción territorial en las entidades federativas de Campeche, Chiapas, Quintana Roo y Yucatán.
SEGUNDO. Los titulares de las direcciones generales y de las direcciones de Investigaciones adscritas a éstas, a que se refieren los artículos 30 A, 30 B, 30 C y 30 D del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, podrán ejercer sus atribuciones en todo el territorio nacional.
TERCERO. Los titulares de las direcciones de Investigaciones ejercerán sus atribuciones en la circunscripción territorial a que se refiere el artículo primero de este Acuerdo o en las direcciones generales a que se refieren los artículos 30 A, 30 B y 30 C del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en que sean adscritos por la persona titular de la Procuraduría Fiscal de la Federación, quienes para el adecuado ejercicio de sus atribuciones podrán tener como sede, de manera indistinta, la Ciudad de México, sin perjuicio de lo establecido en el artículo Primero del presente Acuerdo.
TRANSITORIOS
Primero. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Se abroga el "Acuerdo por el que se señala la sede y circunscripción territorial de las direcciones de Investigaciones de la Procuraduría Fiscal de la Federación", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de marzo de 2013.
Ciudad de México, a 18 de diciembre de 2024.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Rogelio Eduardo Ramírez de la O.- Rúbrica.
 

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
 


CONSULTA POR FECHA
Do Lu Ma Mi Ju Vi
crear usuario Crear Usuario
busqueda avanzada Búsqueda Avanzada
novedades Novedades
top notas Top Notas
tramites Normas Oficiales
quejas y sugerencias Quejas y Sugerencias
copia Obtener Copia del DOF
versif. copia Verificar Copia del DOF
enlaces relevantes Enlaces Relevantes
Contacto Contáctenos
historia Historia del Diario Oficial
estadisticas Vacantes en Gobierno
estadisticas Ex-trabajadores Migratorios
INDICADORES
Tipo de Cambio y Tasas al 04/01/2025

UDIS
8.349731

Ver más
ENCUESTAS

¿Le gustó la nueva imagen de la página web del Diario Oficial de la Federación?

 

0.110712001508857610.jpg 0.192286001221699769.jpg 0.821786001312920061.gif 0.475545001508857915.jpg
Diario Oficial de la Federación

Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México
Tel. (55) 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios
Dirección electrónica: www.dof.gob.mx

100

AVISO LEGAL | ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2025