ACUERDO por el que se da a conocer la actualización de los montos establecidos en los artículos 1067 Bis fracción II, 1253 fracción VI, 1339, 1340 y 1390 Bis 33 del Código de Comercio.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Secretario de Economía, con fundamento en los artículos 34, fracción XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1067 Bis, fracción II, 1253, fracción VI, 1339, 1340 y 1390 Bis 33 del Código de Comercio; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y 5, fracción XVII, del Reglamento Interior de la Secretaria de Economía, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo establecido en los artículos 1067 Bis, fracción II, 1253 fracción VI, 1339, 1340 y 1390 Bis 33 del Código de Comercio, corresponde a la Secretaría de Economía actualizar cada año los montos señalados en dichos preceptos legales, conforme a la inflación anual basándose en la variación observada en el valor del Índice Nacional de Precios al Consumidor que da a conocer el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, entre la última actualización de dicho monto y el mes de noviembre del año en cuestión;
Que el 8 de diciembre de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes de noviembre de 2023, mismo que corresponde a 131.445 puntos;
Que el 28 de diciembre de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se da a conocer la actualización de los montos establecidos en los artículos 1067 Bis fracción II, 1253 fracción VI, 1339, 1340 y 1390 Bis 33 del Código de Comercio, el cual entró en vigor el 1 de enero de 2024;
Que el 10 de diciembre de 2024, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes de noviembre de 2024, mismo que corresponde a 137.424 puntos;
Que la inflación anual acumulada de noviembre de 2023 a noviembre de 2024 fue de 4.5487 por ciento, y
Que con el propósito de actualizar los montos referidos en el Código de Comercio, se expide el siguiente
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA ACTUALIZACIÓN DE LOS MONTOS ESTABLECIDOS
EN LOS ARTÍCULOS 1067 BIS FRACCIÓN II, 1253 FRACCIÓN VI, 1339, 1340 Y 1390 BIS 33 DEL CÓDIGO
DE COMERCIO
Único. Los montos actualizados correspondientes a los artículos 1067 Bis, fracción II; 1253 fracción VI; 1339; 1340 y 1390 Bis 33, del Código de Comercio, son los siguientes:
I. Artículo 1067 Bis, fracción II: $10,685.55 (diez mil seiscientos ochenta y cinco pesos 55/100 M.N.).
II. Artículo 1253, fracción VI: $5,342.78 (cinco mil trescientos cuarenta y dos pesos 78/100 M.N.).
III. Artículo 1339: $890,462.99 (ochocientos noventa mil cuatrocientos sesenta y dos pesos 99/100 M.N.).
IV. Artículo 1340: $890,462.99 (ochocientos noventa mil cuatrocientos sesenta y dos pesos 99/100 M.N.).
V. Artículo 1390 Bis 33: $2,999.64 (dos mil novecientos noventa y nueve pesos 64/100 M.N.) a $9,683.10 (nueve mil seiscientos ochenta y tres pesos 10/100 M.N.).
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor el 1 de enero de 2025.
Ciudad de México, a 26 de diciembre de 2024.- El Secretario de Economía, Marcelo Luis Ebrard Casaubon.- Rúbrica.