DOF: 16/01/2025
ACUERDO por el que se determina la organización y coordinación de los órganos internos de control y unidades de responsabilidades

ACUERDO por el que se determina la organización y coordinación de los órganos internos de control y unidades de responsabilidades.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Buen Gobierno.- Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.

RAQUEL BUENROSTRO SÁNCHEZ, Secretaria Anticorrupción y Buen Gobierno, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, 26, fracción XIII, 37, fracción XXXIX, y 44 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y 2, apartados B y C, 4, 6, fracciones XV y XXI, 34, 76 y 77, párrafos tercero y quinto, del Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 109, fracción III, párrafo quinto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que cada ente público federal tendrá un Órgano Interno de Control con las facultades que determine la ley para prevenir, corregir e investigar actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas; para sancionar aquéllas distintas a las que son competencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; revisar el ingreso, egreso, manejo, custodia y aplicación de recursos públicos federales y participaciones federales, así como presentar las denuncias por hechos u omisiones que pudieran ser constitutivos de delito;
Que conforme a la Ley de la Comisión Federal de Electricidad y la Ley de Petróleos Mexicanos, la Comisión Federal de Electricidad y Petróleos Mexicanos, empresas públicas del estado, cuentan con una unidad de responsabilidades competente para recibir y dar atención a quejas y denuncias, realizar investigaciones con motivo de las mismas, tramitar los procedimientos de responsabilidad administrativa e imponer las sanciones respectivas, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables;
Que corresponde a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno crear, asignar, coordinar y, en su caso, extinguir los órganos internos de control y oficinas de representación, en las dependencias, incluidos sus órganos administrativos desconcentrados y entidades de la Administración Pública Federal, así como unidades de responsabilidades o equivalentes en las empresas públicas del Estado;
Que con la emisión del Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2024, se reestructuran los órganos internos de control para lograr el mejor aprovechamiento de los recursos humanos y materiales disponibles, en beneficio de las tareas para prevenir e investigar actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas y, en su caso, sancionar aquellas distintas a las que son competencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa;
Que es indispensable fortalecer a los órganos internos de control y unidades de responsabilidades, para realizar auditorías estratégicas, revisiones eficientes y transparentes, que garanticen que el erario federal se use en beneficio de la población mexicana;
Que conforme a lo previsto en el artículo 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, la Administración Pública Federal debe establecer las oficinas autorizadas para llevar a cabo los trámites que se realicen ante la misma, a fin de dotar al interesado del pleno conocimiento del lugar en donde habrá de llevarse a cabo la recepción de correspondencia, trámites y servicios, notificaciones, diligencias y demás procedimientos administrativos;
Que conforme al artículo 4 del Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, los órganos internos de control, sus oficinas de representación y las unidades de responsabilidades y sus delegaciones ejercen sus atribuciones en todo el territorio nacional y tienen su sede en Ciudad de México, salvo que exista acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación que establezca otra sede, por lo que es conveniente señalar la sede y domicilio de cada uno de ellos;
Que para la coordinación y supervisión de las actividades de los órganos internos de control, sus oficinas de representación y las unidades de responsabilidades y sus delegaciones, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno cuenta con cuatro unidades, que tendrán competencia respecto de los órganos internos de control y las unidades de responsabilidades que, para cada una de ellas, determine la persona titular de la Secretaría, y
Que con el propósito de procurar una mejor organización y optimizar la operación de las mencionadas unidades administrativas he tenido a bien expedir el siguiente
Acuerdo por el que se determina la organización y coordinación de los órganos internos de control y unidades de
responsabilidades
Artículo 1. Se crean los órganos internos de control en los entes públicos de la Administración Pública Federal que a continuación se indican y las oficinas de representación que en cada caso se señalan:
I.            Órgano Interno de Control en la Oficina de la Presidencia de la República, sin oficinas de representación y con competencia en dicha oficina;
II.            Órgano Interno de Control en la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, sin oficinas de representación y con competencia en la propia Consejería;
III.           Órgano Interno de Control en la Secretaría de Gobernación, con las oficinas de representación y competencia siguientes:
a)    Oficinas de representación en:
i)      Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación;
ii)      Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, y
iii)     Talleres Gráficos de México, y
b)    Competencia en la propia secretaría, en los entes públicos a que se refiere el inciso a) anterior y en los entes públicos siguientes:
i)      Archivo General de la Nación;
ii)      Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales;
iii)     Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas;
iv)     Comisión Nacional de Búsqueda de Personas;
v)      Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados;
vi)     Coordinación para la Atención Integral de la Migración en la Frontera Sur;
vii)    Instituto Nacional de Migración;
viii)   Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal;
ix)     Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, y
x)      Secretaría General del Consejo Nacional de Población;
IV.          Órgano Interno de Control en la Secretaría de Relaciones Exteriores, sin oficinas de representación y con competencia en la propia secretaría y en los entes públicos siguientes:
a)    Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el Desarrollo;
b)    Instituto de los Mexicanos en el Exterior, y
c)    Instituto Matías Romero;
V.           Órgano Interno de Control en la Secretaría de la Defensa Nacional, sin oficinas de representación y con competencia en la propia secretaría;
VI.          Órgano Interno de Control en la Secretaría de Marina, sin oficinas de representación y competencia en la propia secretaría;
VII.          Órgano Interno de Control en la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, sin oficinas de representación y con competencia en la propia secretaría y en los entes públicos siguientes:
a)    Centro Nacional de Prevención de Desastres;
b)    Coordinación Nacional Antisecuestro y Delitos de Alto Impacto;
c)    Prevención y Readaptación Social;
d)    Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y
e)    Servicio de Protección Federal;
VIII.         Órgano Interno de Control en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con las oficinas de representación y competencia siguientes:
a)    Oficinas de representación en:
i)      Agroasemex, S.A.;
ii)      Casa de Moneda de México;
iii)     Fondo de Capitalización e Inversión del Sector Rural;
iv)     Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura, y
v)      Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, y
b)    Competencia en la propia secretaría, en los entes públicos a que se refiere el inciso a) anterior y en los entes públicos siguientes:
i)      Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro;
ii)      Fondo de Garantía y Fomento para las Actividades Pesqueras;
iii)     Fondo Especial de Asistencia Técnica y Garantía para Créditos Agropecuarios;
iv)     Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios;
v)      Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, y
vi)     Instituto para el Desarrollo Técnico de las Haciendas Públicas;
IX.          Órgano Interno de Control en la Secretaría de Bienestar, con las oficinas de representación y competencia siguientes:
a)    Oficinas de representación:
i)      Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social;
ii)      Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, y
iii)     Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, y
b)    Competencia en la propia secretaría, en los entes públicos a que se refiere el inciso a) anterior y en el Instituto Nacional de la Economía Social;
X.           Órgano Interno de Control en la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con oficina de representación en el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua y competencia en la propia secretaría, en el referido instituto y en los entes públicos siguientes:
a)    Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos;
b)    Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas;
c)    Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, y
d)    Procuraduría Federal de Protección al Ambiente;
XI.          Órgano Interno de Control en la Secretaría de Energía, con las oficinas de representación y competencia siguientes:
a)    Oficinas de representación en:
i)      Instituto Nacional de Electricidad y Energías Limpias, y
ii)      Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares, y
b)    Competencia en la propia secretaría, en los entes públicos a que se refiere el inciso a) anterior y en los entes públicos siguientes:
i)      Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias;
ii)      Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, y
iii)     Litio para México;
XII.          Órgano Interno de Control en la Secretaría de Economía, con las oficinas de representación y competencia siguientes:
a)    Oficinas de representación en:
i)      Centro Nacional de Metrología;
ii)      Fideicomiso de Fomento Minero;
iii)     Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, y
iv)     Servicio Geológico Mexicano, y
b)    Competencia en la propia secretaría y en los entes públicos a que se refiere el inciso a) anterior;
XIII.         Órgano Interno de Control en la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, con las oficinas de representación y competencia siguientes:
a)    Oficinas de representación en:
i)      Colegio de Postgraduados;
ii)      Comisión Nacional de las Zonas Áridas;
iii)     Fideicomiso de Riesgo Compartido;
iv)     Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias;
v)      Instituto Nacional para el Desarrollo de Capacidades del Sector Rural, A.C., y
vi)     Productora Nacional de Biológicos Veterinarios, y
b)    Competencia en la propia secretaría, en los entes públicos a que se refiere el inciso a) anterior y en los entes públicos siguientes:
i)      Colegio Superior Agropecuario del Estado de Guerrero;
ii)      Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca;
iii)     Comité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar;
iv)     Instituto Mexicano de Investigación en Pesca y Acuacultura Sustentables;
v)      Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera;
vi)     Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, y
vii)    Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas;
XIV.        Órgano Interno de Control en la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, con oficina de representación en Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano y competencia en la propia secretaría, en el citado órgano desconcentrado y en los entes públicos siguientes:
a)    Agencia Federal de Aviación Civil;
b)    Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario;
c)    Grupo Aeroportuario Turístico Mexicano, S.A. de C.V.;
d)    Instituto Mexicano del Transporte, y
e)    Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano;
XV.         Órgano Interno de Control en la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, sin oficinas de representación y con competencia en la propia secretaría;
XVI.        Órgano Interno de Control en la Secretaría de Educación Pública, con las oficinas de representación y competencia siguientes:
a)    Oficinas de representación en:
i)      Centro de Enseñanza Técnica Industrial;
ii)      Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional;
iii)     Colegio de Bachilleres;
iv)     Comisión de Operación y Fomento de Actividades Académicas del Instituto Politécnico Nacional;
v)      Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte;
vi)     Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos;
vii)    Consejo Nacional de Fomento Educativo;
viii)   Educal, S.A. de C.V.;
ix)     Fideicomiso de los Sistemas Normalizado de Competencia Laboral y de Certificación de Competencia Laboral;
x)      Fondo de Cultura Económica;
xi)     Impresora y Encuadernadora Progreso, S.A. de C.V.;
xii)    Instituto Mexicano de la Radio;
xiii)   Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa;
xiv)   Instituto Nacional para la Educación de los Adultos;
xv)    Patronato de Obras e Instalaciones del Instituto Politécnico Nacional, y
xvi)   Universidad Pedagógica Nacional, y
b)    Competencia en la propia secretaría, en los entes públicos a que se refiere el inciso a) anterior y en los entes públicos siguientes:
i)      Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte;
ii)      Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación;
iii)     Coordinación Nacional de Becas para el Bienestar Benito Juárez;
iv)     Organismo Coordinador de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García;
v)      Tecnológico Nacional de México;
vi)     Unidad del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros;
vii)    Universidad Abierta y a Distancia de México;
viii)   Universidad de las Lenguas Indígenas de México, y
ix)     Universidad Nacional Rosario Castellanos;
XVII.        Órgano Interno de Control en la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación, con las oficinas de representación y competencia siguientes:
a)    Oficinas de representación en:
i)      Centro de Ingeniería y Desarrollo Industrial;
ii)      Centro de Investigación Científica de Yucatán, A.C.;
iii)     Centro de Investigación Científica y de Educación Superior de Ensenada, Baja California;
iv)     Centro de Investigación en Alimentación y Desarrollo, A.C.;
v)      Centro de Investigación en Ciencias de Información Geoespacial, A.C.;
vi)     Centro de Investigación en Matemáticas, A.C.;
vii)    Centro de Investigación en Materiales Avanzados, S.C.;
viii)   Centro de Investigación en Química Aplicada;
ix)     Centro de Investigación y Asistencia en Tecnología y Diseño del Estado de Jalisco, A.C.;
x)      Centro de Investigación y Desarrollo Tecnológico en Electroquímica, S.C.;
xi)     Centro de Investigación y Docencia Económicas, A.C.;
xii)    Centro de Investigaciones Biológicas del Noroeste, S.C.;
xiii)   Centro de Investigaciones en Óptica, A.C.;
xiv)   Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social;
xv)    CIATEC, A.C. "Centro de Innovación Aplicada en Tecnologías Competitivas";
xvi)   CIATEQ, A.C. "Centro de Tecnología Avanzada";
xvii)  El Colegio de la Frontera Norte, A.C.;
xviii)  El Colegio de la Frontera Sur;
xix)   El Colegio de Michoacán, A.C.;
xx)    El Colegio de San Luis, A.C.;
xxi)   InnovaBienestar de México, S.A.P.I. de C.V.;
xxii)  Instituto de Ecología, A.C.;
xxiii)  Instituto de Investigaciones "Dr. José María Luis Mora";
xxiv)  Instituto Nacional de Astrofísica, Óptica y Electrónica, y
xxv)  Instituto Potosino de Investigación Científica y Tecnológica, A.C., y
b)    Competencia en la propia secretaría y en los entes públicos a que se refiere el inciso a) anterior;
XVIII.       Órgano Interno de Control en la Secretaría de Salud, con las oficinas de representación y competencia siguientes:
a)    Oficinas de representación en:
i)      Centros de Integración Juvenil, A.C.;
ii)      Hospital General "Dr. Manuel Gea González";
iii)     Hospital General de México "Dr. Eduardo Liceaga";
iv)     Hospital Infantil de México "Federico Gómez";
v)      Hospital Juárez de México;
vi)     Instituto Nacional de Cancerología;
vii)    Instituto Nacional de Cardiología "Ignacio Chávez";
viii)   Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición "Salvador Zubirán";
ix)     Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias "Ismael Cosío Villegas";
x)      Instituto Nacional de Medicina Genómica;
xi)     Instituto Nacional de Neurología y Neurocirugía "Manuel Velasco Suárez";
xii)    Instituto Nacional de Pediatría;
xiii)   Instituto Nacional de Perinatología "Isidro Espinosa de los Reyes";
xiv)   Instituto Nacional de Psiquiatría "Ramón de la Fuente Muñiz";
xv)    Instituto Nacional de Rehabilitación "Luis Guillermo Ibarra Ibarra", y
xvi)   Instituto Nacional de Salud Pública, y
b)    Competencia en la propia secretaría, en los entes públicos a que se refiere el inciso a) anterior y en los entes públicos siguientes:
i)      Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública;
ii)      Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva;
iii)     Centro Nacional de Excelencia Tecnológica en Salud;
iv)     Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea;
v)      Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades;
vi)     Centro Nacional de Trasplantes;
vii)    Centro Nacional para la Prevención y Control del VIH/SIDA;
viii)   Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia;
ix)     Comisión Nacional de Arbitraje Médico;
x)      Comisión Nacional de Bioética;
xi)     Comisión Nacional de Salud Mental y Adicciones, y
xii)    Instituto Nacional de Geriatría;
XIX.        Órgano Interno de Control en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, con las oficinas de representación y competencia siguientes:
a)    Oficinas de representación en:
i)      Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, y
ii)      Instituto Mexicano de la Juventud, y
b)    Competencia en la propia secretaría, en los entes públicos a que se refiere el inciso a) anterior y en los entes públicos siguientes:
i)      Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, y
ii)      Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo;
XX.         Órgano Interno de Control en la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, con las oficinas de representación y competencia siguientes:
a)    Oficinas de representación en:
i)      Comisión Nacional de Vivienda;
ii)      Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal, y
iii)     Instituto Nacional del Suelo Sustentable, y
b)    Competencia en la propia secretaría, en los entes públicos a que se refiere el inciso a) anterior y en el Registro Agrario Nacional;
XXI.        Órgano Interno de Control en la Secretaría de Cultura, con las oficinas de representación y competencia siguientes:
a)    Oficinas de representación en:
i)      Compañía Operadora del Centro Cultural y Turístico de Tijuana, S.A. de C.V.;
ii)      Estudios Churubusco Azteca, S.A.;
iii)     Fondo Nacional para el Fomento de las Artesanías;
iv)     Instituto Mexicano de Cinematografía;
v)      Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura;
vi)     Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, y
vii)    Televisión Metropolitana, S.A. de C.V., y
b)    Competencia en la propia secretaría, en los entes públicos a que se refiere el inciso a) anterior y en los entes públicos siguientes:
i)      Centro de Capacitación Cinematográfica, A.C.;
ii)      Fideicomiso para la Cineteca Nacional;
iii)     Instituto Nacional del Derecho de Autor;
iv)     Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México, y
v)      Radio Educación;
XXII.        Órgano Interno de Control en la Secretaría de Turismo, sin oficinas de representación y con competencia en la propia secretaría;
XXIII.       Órgano Interno de Control en la Secretaría de las Mujeres, sin oficinas de representación y competencia en la propia secretaría;
XXIV.       Órgano Interno de Control en la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, con oficina de representación en INFOTEC Centro de Investigación e Innovación en Tecnologías de la Información y Comunicación, y competencia en la propia Agencia, en el referido centro y en la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria;
XXV.       Órgano Interno de Control en el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, S.A. de C.V., sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
XXVI.       Órgano Interno de Control en la Agencia Nacional de Aduanas de México, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
XXVII.      Órgano Interno de Control en Aeropuertos y Servicios Auxiliares, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
XXVIII.     Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Acapulco, S.A. de C.V., sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
XXIX.       Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Altamira, S.A. de C.V., sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
XXX.       Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Cabo San Lucas, S.A. de C.V., sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
XXXI.       Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Puerto Chiapas, S.A. de C.V., sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
XXXII.      Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Coatzacoalcos, S.A. de C.V., sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
XXXIII.     Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V., sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
XXXIV.     Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Ensenada, S.A. de C.V., sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
XXXV.     Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Guaymas, S.A. de C.V., sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
XXXVI.     Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Lázaro Cárdenas, S.A. de C.V., sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
XXXVII.    Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Manzanillo, S.A. de C.V., sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
XXXVIII.   Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Mazatlán, S.A. de C.V., sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
XXXIX.     Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Progreso, S.A. de C.V., sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
XL.         Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Puerto Vallarta, S.A. de C.V., sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
XLI.         Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Salina Cruz, S.A. de C.V., sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
XLII.        Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Tampico, S.A. de C.V., sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
XLIII.       Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Topolobampo, S.A. de C.V., sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
XLIV.       Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Tuxpan, S.A. de C.V., sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
XLV.       Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Veracruz, S.A. de C.V., sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
XLVI.       Órgano Interno de Control en Turística Integral Islas Marías, S.A. de C.V., sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
XLVII.      Órgano Interno de Control en el Banco del Bienestar, S.N.C., sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
XLVIII.     Órgano Interno de Control en el Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S.N.C., sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
XLIX.       Órgano Interno de Control en el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C., sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
L.           Órgano Interno de Control en el Centro Nacional de Control del Gas Natural, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LI.           Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LII.          Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional de Hidrocarburos, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LIII.         Órgano Interno de Control en el Centro Nacional de Inteligencia, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LIV.         Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LV.         Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional Forestal, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LVI.         Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional del Agua, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LVII.        Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LVIII.       Órgano Interno de Control en el Fideicomiso Universidad Marítima y Portuaria de México, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LIX.         Órgano Interno de Control en Financiera para el Bienestar, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LX.         Órgano Interno de Control en Guardia Nacional, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LXI.         Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Petróleo, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LXII.        Órgano Interno de Control en el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LXIII.       Órgano Interno de Control en el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LXIV.       Órgano Interno de Control en el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LXV.       Órgano Interno de Control en el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LXVI.       Órgano Interno de Control en la Lotería Nacional, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LXVII.      Órgano Interno de Control en Nacional Financiera, S.N.C, con competencia en dicha Sociedad Nacional de Crédito y en el Banco Nacional de Comercio Exterior, S.N.C y oficina de representación en esta última;
LXVIII.     Órgano Interno de Control en la Procuraduría Agraria, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LXIX.       Órgano Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LXX.       Órgano Interno de Control en Seguridad Alimentaria Mexicana, sin oficinas de representación y con competencia en el propio ente y en los entes públicos siguientes:
a)    Diconsa, S.A. de C.V., y
b)    Liconsa, S.A. de C.V.;
LXXI.       Órgano Interno de Control en Sociedad Hipotecaria Federal, S.N.C., sin oficinas de representación y con competencia en propia sociedad nacional de crédito y en los entes públicos siguientes:
a)    Seguros de Crédito a la Vivienda SHF, S.A. de C.V., y
b)    Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda;
LXXII.      Órgano Interno de Control en Tren Maya, S.A. de C.V., sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LXXIII.     Órgano Interno de Control en la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LXXIV.     Órgano Interno de Control en la Agencia Espacial Mexicana, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LXXV.      Órgano Interno de Control en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, S.A. de C.V., sin oficinas de representación y con competencia en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, S.A. de C.V. y en Servicios Aeroportuarios de la Ciudad de México, S.A. de C.V.;
LXXVI.     Órgano Interno de Control en Laboratorios de Biológicos y Reactivos de México, S.A. de C.V., sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LXXVII.    Órgano Interno de Control en Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LXXVIII.   Órgano Interno de Control en el Centro Nacional de Control de Energía, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LXXIX.     Órgano Interno de Control en el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LXXX.      Órgano Interno de Control en la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LXXXI.     Órgano Interno de Control en el Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LXXXII.    Órgano Interno de Control en la Comisión Reguladora de Energía, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LXXXIII.   Órgano Interno de Control en el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LXXXIV.   Órgano Interno de Control en Exportadora de Sal, S.A. de C.V., sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LXXXV.    Órgano Interno de Control en el Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V., sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LXXXVI.   Órgano Interno de Control en el Fondo Nacional de Fomento al Turismo, sin oficinas de representación y con competencia en el propio ente y en los entes públicos siguientes:
a)    FONATUR Constructora, S.A. de C.V.;
b)    FONATUR Infraestructura, S.A. de C.V.;
c)    FONATUR Solar, S.A. de C.V., y
d)    FONATUR Tren Maya, S.A. de C.V.;
LXXXVII.  Órgano Interno de Control en el Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México, S.A. de C.V., sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LXXXVIII. Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
LXXXIX.   Órgano Interno de Control en Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR), sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
XC.         Órgano Interno de Control en el Instituto Nacional de Antropología e Historia, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
XCI.        Órgano Interno de Control en el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
XCII.       Órgano Interno de Control en el Instituto Politécnico Nacional, sin oficinas de representación y con competencia en el propio Instituto y en Canal Once;
XCIII.       Órgano Interno de Control en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente y en el Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado;
XCIV.      Órgano Interno de Control en el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, sin oficinas de representación y con competencia en el propio ente;
XCV.       Órgano Interno de Control en la Procuraduría Federal del Consumidor, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
XCVI.      Órgano Interno de Control en el Organismo Promotor de Inversiones en Telecomunicaciones, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente;
XCVII.      Órgano Interno de Control en el Servicio Postal Mexicano, sin oficinas de representación y competencia en el propio ente, y
XCVIII.     Órgano Interno de Control en el Grupo Aeroportuario Ferroviario y de Servicios Auxiliares y Conexos Olmeca-Maya-Mexica, S.A. de C.V., sin oficinas de representación y competencia en el propio ente.
La persona titular del órgano interno de control que corresponda conforme a este artículo es superior jerárquico de la persona titular de cada oficina de representación que le está adscrita.
Artículo 2. Se crean las unidades de responsabilidades que a continuación se indican con las delegaciones que en cada caso se señalan:
I.            Unidad de Responsabilidades en la Comisión Federal de Electricidad, sin delegaciones y con competencia en la propia Comisión y las empresas subsidiarias siguientes:
a)    CFE Distribución;
b)    CFE Generación I;
c)    CFE Generación II;
d)    CFE Generación III;
e)    CFE Generación IV;
f)     CFE Generación V;
g)    CFE Generación VI;
h)    CFE Suministrador de Servicios Básicos;
i)     CFE Telecomunicaciones e Internet para todos, y
j)     CFE Transmisión, y
II.            Unidad de Responsabilidades en Petróleos Mexicanos, con las delegaciones y competencia siguientes:
a)    Delegaciones en:
i)      Pemex Transformación Industrial;
ii)      Pemex Exploración y Producción, y
iii)     Pemex Logística, y
b)    Competencia en Petróleos Mexicanos, las empresas subsidiarias a que se refiere el inciso anterior y sus filiales.
La persona titular de la Unidad de Responsabilidades a que se refiere esta fracción es superior jerárquico de las personas titulares de las delegaciones previstas en el inciso a) anterior, las cuales se organizan conforme a lo previsto en el Reglamento de la Ley de Petróleos Mexicanos y en el Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Las delegaciones y sus respectivas áreas de denuncias e investigaciones y de responsabilidades, tienen las atribuciones que el Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno confiere a los órganos internos de control en estas materias, entre otras, la relativa a ordenar la práctica de visitas de verificación, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.
Artículo 3. Las unidades de vigilancia 1, 2, 3 y 4, a que se refiere el artículo 34 del Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, ejercen sus atribuciones respecto de los órganos internos de control y unidades de responsabilidades que se indican a continuación:
I.            La Unidad de Vigilancia 1, los previstos en el artículo 1, fracciones IX, XVI, XVIII, XIX, LXV, LXXIII, LXXVI, LXXX, LXXXI, LXXXIII, LXXXVIII, LXXXIX, XCI, XCII, XCIII y XCIV, de este Acuerdo;
II.            La Unidad de Vigilancia 2, los previstos en el artículo 1 fracciones V, VI, XII, XIV, XX, XXV, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV, XLVI, LVIII, LX, LXVIII, LXXII, LXXV, LXXVII, LXXIX, LXXXIV, LXXXV, LXXXVII, XCV y XCVIII, de este Acuerdo;
III.           La Unidad de Vigilancia 3, los previstos en el artículo 1, fracciones I, II, III, IV, VII, VIII, XVII, XXIV, XXVI, XLVII, XLVIII, XLIX, LI, LIII, LIV, LVII, LIX, LXII, LXIV, LXVI, LXVII, LXIX, LXXI, LXXIV, XCVI y XCVII, de este Acuerdo, y
IV.          La Unidad de Vigilancia 4, los previstos en los artículos 1, fracciones X, XI, XIII, XXI, XXII, XXIII, L, LII, LV, LVI, LXI, LXIII, LXX, LXXVIII, LXXXII, LXXXVI y XC y 2, de este Acuerdo.
La persona titular de la Subsecretaría Anticorrupción ejerce las facultades a que se refiere el artículo 34 del Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, respecto de los entes públicos referidos en el artículo 1, fracciones I y II de este Acuerdo.
Artículo 4. El domicilio oficial de los órganos internos de control, oficinas de representación, unidades de responsabilidades y delegaciones a que se refiere este Acuerdo, para todos los efectos legales a que hubiere lugar, se encuentra ubicado en los inmuebles siguientes:
I.            Del Órgano Interno de Control en la Oficina de la Presidencia de la República, el ubicado en Av. Constituyentes número 161, Piso 5, San Miguel Chapultepec, 2da. Sección, C.P. 11850, Miguel Hidalgo, Ciudad de México;
II.            Del Órgano Interno de Control en la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, el ubicado en Palacio Nacional sin número, Edificio X, 3er Piso, Centro Histórico, C.P. 06020, Cuauhtémoc, Ciudad de México;
III.           Del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Gobernación, el ubicado en Bahía de Santa Bárbara número 193, pisos 3, 4 y 5, Verónica Anzures, C.P. 11300, Miguel Hidalgo, Ciudad de México, y tratándose de sus oficinas de representación:
a)    De la Oficina de Representación en el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, el ubicado en Londres número 247, séptimo piso, Juárez, C.P. 06600, Cuauhtémoc, Ciudad de México;
b)    De la Oficina de Representación en la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, el ubicado en Av. Viaducto Presidente Miguel Alemán Valdés número 105, Escandón Sección 1, C.P. 11800, Miguel Hidalgo, Ciudad de México, y
c)    De la Oficina de Representación en Talleres Gráficos de México, el ubicado en Av. Canal del Norte número 80, segundo piso, Felipe Pescador, C.P. 06280, Cuauhtémoc, Ciudad de México;
IV.          Del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Relaciones Exteriores, el ubicado en Av. Juárez número 20, piso 19, Centro, C.P. 06010, Cuauhtémoc, Ciudad de México;
V.           Del Órgano Interno de Control en la Secretaría de la Defensa Nacional, el ubicado en Privada Puerta número 3, Interior del Campo Militar No. 1- A, "Gral. Div. Álvaro Obregón", C.P. 53538, Naucalpan de Juárez, Estado de México;
VI.          Del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Marina, el ubicado en Heroica Escuela Naval Militar número 861, Edif. C, Planta Baja, Los Cipreses, C.P. 04830, Coyoacán, Ciudad de México;
VII.          Del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, el ubicado en Calzada de la Virgen número 2799, edificio b, segundo piso, CTM Culhuacán, C.P. 04480, Coyoacán, Ciudad de México;
VIII.         Del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el ubicado en Calzada de la Virgen número 2799, Edificio A, piso 2, CTM Culhuacán, C.P. 04480, Coyoacán, Ciudad de México, y tratándose de sus oficinas de representación:
a)    De la Oficina de Representación en Agroasemex, S.A., el ubicado en Av. Constituyentes Poniente número 124, tercer piso, El Carrizal, C.P. 76030, Querétaro, Querétaro;
b)    De la Oficina de Representación en la Casa de Moneda de México, el ubicado en Comisión Federal de Electricidad número 200, manzana 50, Zona Industrial primera sección, C.P. 78395, San Luis Potosí, San Luis Potosí;
c)    De la Oficina de Representación en el Fondo de Capitalización e Inversión del Sector Rural, el ubicado en Circuito Guillermo González Camarena número 1000, tercer piso, Centro de Ciudad Santa Fe, C.P. 01210, Álvaro Obregón, Ciudad de México;
d)    De la Oficina de Representación en el Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura, el ubicado en Antigua Carretera a Pátzcuaro número 8555, Exhacienda San José de la Huerta, C.P. 58342, Morelia, Michoacán de Ocampo, y
e)    De la Oficina de Representación en la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, el ubicado en Av. Insurgentes Sur número 954, Insurgentes San Borja, C.P. 03100, Benito Juárez, Ciudad de México;
IX.          Del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Bienestar, el ubicado en Paseo de la Reforma número 116, Piso 11, Juárez, C.P. 06600, Cuauhtémoc, Ciudad de México, y tratándose de sus oficinas de representación:
a)    De la Oficina de Representación en el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, el ubicado en Av. Insurgentes Sur número 810, Del Valle, C.P. 03100, Benito Juárez, Ciudad de México;
b)    De la Oficina de Representación en el Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, el ubicado en Av. Paseo de la Reforma número 51, piso 12, Tabacalera, C.P. 06030, Cuauhtémoc, Ciudad de México, y
c)    De la Oficina de Representación en el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, el ubicado en San Francisco número 1825, Actipan del Valle, C.P. 03230, Benito Juárez, Ciudad de México;
X.           Del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, el ubicado en Ejército Nacional número 223, Anáhuac, C.P. 11320, Miguel Hidalgo, Ciudad de México, y tratándose de su Oficina Representación en el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua, el ubicado en Paseo Cuauhnáhuac número 8532, Progreso, C.P. 62550, Jiutepec, Morelos;
XI.          Del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Energía, el ubicado en Insurgentes Sur número 890, piso 5, Del Valle, C.P. 03100, Benito Juárez, Ciudad de México, y tratándose de sus oficinas de representación:
a)    De la Oficina de Representación en el Instituto Nacional de Electricidad y Energías Limpias, el ubicado en Reforma número 113, Palmira, C.P. 62490, Cuernavaca, Morelos, y
b)    De la Oficina de Representación en el Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares, el ubicado en Carretera México Toluca sin número, C.P. 52750, La Marquesa, Ocoyoacac, Estado de México;
XII.          Del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Economía, el ubicado en Boulevard Adolfo López Mateos número 3025, piso 2, San Jerónimo Aculco, C.P. 10400, Magdalena Contreras, Ciudad de México, y tratándose de sus oficinas de representación:
a)    De la Oficina de Representación en el Centro Nacional de Metrología, el ubicado en Carretera a los Cués Km 4.5, edificio B, C.P. 76246, El Marqués, Querétaro;
b)    De la Oficina de Representación en el Fideicomiso de Fomento Minero, el ubicado en Puente de Tecamachalco número 26, tercer piso, Lomas de Chapultepec, C.P. 11000, Miguel Hidalgo, Ciudad de México;
c)    De la Oficina de Representación en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, el ubicado en Periférico Sur número 3106, tercer piso, C.P. 01900, Jardines del Pedregal, Álvaro Obregón, Ciudad de México, y
d)    De la Oficina de Representación en el Servicio Geológico Mexicano, el ubicado en Boulevard Felipe Ángeles Km. 93.50-4, Venta Prieta, C.P. 42083, Pachuca de Soto, Hidalgo;
XIII.         Del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, el ubicado en Av. Guillermo Pérez Valenzuela número 127, edificio "A", piso 1, del Carmen, C.P. 04100, Coyoacán, Ciudad de México, y tratándose de sus oficinas de representación:
a)    De la Oficina de Representación en el Colegio de Postgraduados, el ubicado en Carretera México-Texcoco Km. 36.5, tercer piso del Edificio Francisco Merino Rábago, C.P. 56230, Montecillo, Texcoco, Estado de México;
b)    De la Oficina de Representación en la Comisión Nacional de las Zonas Áridas, el ubicado en Boulevard Vito Alessio Robles número 2565, Nazario S. Ortíz Garza, C.P. 25100, Saltillo, Coahuila de Zaragoza;
c)    De la Oficina de Representación en el Fideicomiso de Riesgo Compartido, el ubicado en Av. Guillermo Pérez Valenzuela número 127, edificio Q, planta baja y primer piso, C.P. 04100, Del Carmen, Coyoacán, Ciudad de México;
d)    De la Oficina de Representación en el Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias, el ubicado en Av. Progreso número 5, Barrio de Santa Catarina, C.P. 04010, Coyoacán, Ciudad de México;
e)    De la Oficina de Representación en el Instituto Nacional para el Desarrollo de Capacidades del Sector Rural, A.C., el ubicado en Av. Guillermo Pérez Valenzuela número 127, edificio J1, Del Carmen, C.P. 04100, Coyoacán, Ciudad de México, y
f)     De la Oficina de Representación en la Productora Nacional de Biológicos Veterinarios, el ubicado en Av. Ignacio Zaragoza número 75, Lomas Altas, C.P. 11950, Miguel Hidalgo, Ciudad de México;
XIV.        Del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, el ubicado en Boulevard Adolfo López Mateos número 1990, piso 8, Los Alpes Tlacopac, C.P. 01049, Álvaro Obregón, Ciudad de México y tratándose de su Oficina de Representación en Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano, el ubicado en Av. 602 número 161, Zona Federal del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, C.P. 15620, Venustiano Carranza, Ciudad de México;
XV.         Del Órgano Interno de Control en la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, el ubicado en Av. Insurgentes Sur 1735, Guadalupe Inn, C.P. 01020, Álvaro Obregón, Ciudad de México;
XVI.        Del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Educación Pública, el ubicado en Av. Universidad número 1074, Xoco, C.P. 03330, Benito Juárez, Ciudad de México, y tratándose de sus oficinas de representación:
a)    De la Oficina de Representación en el Centro de Enseñanza Técnica Industrial, el ubicado en Nueva Escocia número 1885, C.P. 44638, Fraccionamiento Providencia quinta sección, Guadalajara, Jalisco;
b)    De la Oficina de Representación en el Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional, el ubicado en Av. Instituto Politécnico Nacional número 2508, San Pedro Zacatenco, C.P. 07360, Gustavo A. Madero, Ciudad de México;
c)    De la Oficina de Representación en el Colegio de Bachilleres, el ubicado en Prolongación Rancho Vista Hermosa número 105, Los Girasoles, C.P. 04920, Coyoacán, Ciudad de México;
d)    De la Oficina de Representación en la Comisión de Operación y Fomento de Actividades Académicas del Instituto Politécnico Nacional, el ubicado en Tresguerras número 27, esquina Manuel Tolsá, Centro, C.P. 06040, Cuauhtémoc, Ciudad de México;
e)    De la Oficina de Representación en la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, el ubicado en Camino a Santa Teresa número 482, Peña Pobre, C.P. 14060, Tlalpan, Ciudad de México;
f)     De la Oficina de Representación en la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, el ubicado en Rafael Checa número 2 segundo piso, San Ángel, C.P. 01000, Álvaro Obregón, Ciudad de México;
g)    De la Oficina de Representación en el Consejo Nacional de Fomento Educativo, el ubicado en Av. Universidad número 1200, Xoco, C.P. 03330, Benito Juárez, Ciudad de México;
h)    De la Oficina de Representación en Educal, S.A. de C.V., el ubicado en Av. Ceylán número 450, Euzkadi, C.P. 02660, Azcapotzalco, Ciudad de México;
i)     De la Oficina de Representación en el Fideicomiso de los Sistemas Normalizado de Competencia Laboral y de Certificación de Competencia Laboral, el ubicado en Barranca del Muerto número 275, tercer piso, San José Insurgentes, C.P. 03900, Benito Juárez, Ciudad de México;
j)     De la Oficina de Representación en el Fondo de Cultura Económica, el ubicado en Carretera Picacho Ajusco número 227, sexto piso, Ampliación Fuentes del Pedregal, C.P. 14110, Tlalpan, Ciudad de México;
k)    De la Oficina de Representación en Impresora y Encuadernadora Progreso, S.A. de C.V., el ubicado en Av. San Lorenzo Tezonco número 244, Paraje San Juan, C.P. 09830, Iztapalapa, Ciudad de México;
l)     De la Oficina de Representación en el Instituto Mexicano de la Radio, el ubicado en Margaritas número 18, Florida, C.P. 01030, Álvaro Obregón, Ciudad de México;
m)   De la Oficina de Representación en el Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa, el ubicado en Av. Vito Alessio Robles número 380, Florida, C.P. 01030, Álvaro Obregón, Ciudad de México;
n)    De la Oficina de Representación en el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos, el ubicado en Francisco Márquez número 160, tercer piso, Condesa, C.P. 06140, Cuauhtémoc, Ciudad de México;
o)    De la Oficina de Representación en el Patronato de Obras e Instalaciones del Instituto Politécnico Nacional, el ubicado en Juan O'Gorman número 283, La Escalera, C.P. 07310, Gustavo A. Madero, Ciudad de México, y
p)    De la Oficina de Representación en la Universidad Pedagógica Nacional, el ubicado en Carretera al Ajusco número 24, Héroes de Padierna, C.P. 14200, Tlalpan, Ciudad de México;
XVII.        Del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación, el ubicado en Insurgentes Sur número 1582, Crédito Constructor, C.P. 03940, Benito Juárez, Ciudad de México, y tratándose de sus oficinas de representación:
a)    De la Oficina de Representación en el Centro de Ingeniería y Desarrollo Industrial, el ubicado en calle Playa Pie de la Cuesta número 702, Desarrollo San Pablo, C.P. 76125, Querétaro, Querétaro;
b)    De la Oficina de Representación en el Centro de Investigación Científica de Yucatán, A.C., el ubicado en calle 43 número 130, Chuburná de Hidalgo, C.P. 97205, Mérida, Yucatán;
c)    De la Oficina de Representación en el Centro de Investigación Científica y de Educación Superior de Ensenada, Baja California, el ubicado en Carretera Ensenada-Tijuana número 3918, Zona Playitas, C.P. 22860, Ensenada, Baja California;
d)    De la Oficina de Representación en el Centro de Investigación en Alimentación y Desarrollo, A.C., el ubicado en Carretera Gustavo Enrique Astiazarán Rosas número 46, La Victoria, C.P. 83304, Hermosillo, Sonora;
e)    De la Oficina de Representación en el Centro de Investigación en Ciencias de Información Geoespacial, A.C., el ubicado en calle Contoy número 137, Lomas de Padierna, C.P. 14240, Tlalpan, Ciudad de México;
f)     De la Oficina de Representación en el Centro de Investigación en Matemáticas, A.C., el ubicado en calle Jalisco sin número, Valenciana, C.P. 36023, Guanajuato, Guanajuato;
g)    De la Oficina de Representación en el Centro de Investigación en Materiales Avanzados, S.C., el ubicado en Av. Miguel de Cervantes número 120, Complejo Industrial Chihuahua, C.P. 31136, Chihuahua, Chihuahua;
h)    De la Oficina de Representación en el Centro de Investigación en Química Aplicada, el ubicado en Boulevard Enrique Reyna Hermosillo número 140, San José de los Cerritos, C.P. 25294, Saltillo, Coahuila de Zaragoza;
i)     De la Oficina de Representación en el Centro de Investigación y Asistencia en Tecnología y Diseño del Estado de Jalisco, A.C., el ubicado en Av. Normalistas número 800, C.P. 44270, Colinas de la Normal, Guadalajara, Jalisco;
j)     De la Oficina de Representación en el Centro de Investigación y Desarrollo Tecnológico en Electroquímica, S.C., el ubicado en calle Camino a los Olvera número 44, San José de los Olvera, C.P. 76904, Corregidora, Querétaro;
k)    De la Oficina de Representación en el Centro de Investigación y Docencia Económicas, A.C., el ubicado en Carretera México-Toluca número 3655, Lomas de Santa Fe, C.P. 01210, Álvaro Obregón, Ciudad de México;
l)     De la Oficina de Representación en el Centro de Investigaciones Biológicas del Noroeste, S.C., el ubicado en kilómetro 1, Carretera a San Juan de la Costa sin número, Predio El Comitán, C.P. 23205, La Paz, Baja California Sur;
m)   De la Oficina de Representación en el Centro de Investigaciones en Óptica, A.C., el ubicado en calle Loma del Bosque número 115, Lomas del Campestre, C.P. 37150, León, Guanajuato;
n)    De la Oficina de Representación en el Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social, el ubicado en calle Niño Jesús número 251, La Joya, C.P. 14090, Tlalpan, Ciudad de México;
o)    De la Oficina de Representación en el CIATEC, A.C. "Centro de Innovación Aplicada en Tecnologías Competitivas", el ubicado en calle Omega número 201, C.P. 37545, Industrial Delta, León, Guanajuato;
p)    De la Oficina de Representación en el CIATEQ, A.C. "Centro de Tecnología Avanzada", el ubicado en Av. Retablo número 150, Constituyentes FOVISSSTE, C.P. 76150, Querétaro, Querétaro;
q)    De la Oficina de Representación en El Colegio de la Frontera Norte, A.C., el ubicado en Carretera Escénica Tijuana-Ensenada, kilómetro 18.5, San Antonio del Mar, C.P. 22560, Tijuana, Baja California;
r)     De la Oficina de Representación en El Colegio de la Frontera Sur, el ubicado en Carretera Panamericana y Periférico Sur sin número, Barrio María Auxiliadora, C.P. 29290, San Cristóbal de las Casas, Chiapas;
s)    De la Oficina de Representación en El Colegio de Michoacán, A.C., el ubicado en calle Martínez de Navarrete número 505, fraccionamiento Las Fuentes, C.P. 59699, Zamora, Michoacán de Ocampo;
t)     De la Oficina de Representación en El Colegio de San Luis, A.C., el ubicado en calle Parque de Macul número 155, fraccionamiento Colinas del Parque, C.P. 78294, San Luis Potosí, San Luis Potosí;
u)    De la Oficina de Representación en InnovaBienestar de México, S.A.P.I. de C.V., el ubicado en calle Ciencia y Tecnología número 790, Saltillo 400, C.P. 25290, Saltillo, Coahuila de Zaragoza;
v)    De la Oficina de Representación en el Instituto de Ecología, A.C., el ubicado en Carretera Antigua a Coatepec número 351, El Haya, C.P. 91073, Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave;
w)    De la Oficina de Representación en el Instituto de Investigaciones "Dr. José María Luis Mora", el ubicado en Plaza Valentín Gómez Farías número 12, San Juan Mixcoac, C.P. 03730, Benito Juárez, Ciudad de México;
x)    De la Oficina de Representación en el Instituto Nacional de Astrofísica, Óptica y Electrónica, el ubicado en calle Luis Enrique Erro número 1, Santa María Tonantzintla, C.P. 72840, San Andrés Cholula, Puebla, y
y)    De la Oficina de Representación en el Instituto Potosino de Investigación Científica y Tecnológica, A.C., el ubicado en calle Camino a la Presa San José número 2055, C.P. 78216, Lomas Cuarta Sección, San Luis Potosí, San Luis Potosí;
XVIII.       Del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Salud, el ubicado en Av. Marina Nacional número 60, Piso 9, Tacuba, C.P. 11410, Miguel Hidalgo, Ciudad de México, y tratándose de sus oficinas de representación:
a)    De la Oficina de Representación en Centros de Integración Juvenil, A.C., el ubicado en Av. San Jerónimo número 372, quinto piso, Jardines del Pedregal, C.P. 01900, Álvaro Obregón, Ciudad de México;
b)    De la Oficina de Representación en el Hospital General "Dr. Manuel Gea González", el ubicado en Calzada de Tlalpan número 4800, Belisario Domínguez, sección XVI, C.P. 14080, Tlalpan, Ciudad de México;
c)    De la Oficina de Representación en el Hospital General de México "Dr. Eduardo Liceaga", el ubicado en Doctor Balmis número 148, edificio 206-E planta alta, Doctores, C.P. 06720, Cuauhtémoc, Ciudad de México;
d)    De la Oficina de Representación en el Hospital Infantil de México "Federico Gómez", el ubicado en Doctor Márquez número 162, Doctores, C.P. 06720, Cuauhtémoc, Ciudad de México;
e)    De la Oficina de Representación en el Hospital Juárez de México, el ubicado en Av. Instituto Politécnico Nacional número 5160, Magdalena de las Salinas, C.P. 07760, Gustavo A. Madero, Ciudad de México;
f)     De la Oficina de Representación en el Instituto Nacional de Cancerología, el ubicado en Av. San Fernando número 22, Sección XVI, C.P. 14080, Tlalpan, Ciudad de México;
g)    De la Oficina de Representación en el Instituto Nacional de Cardiología "Ignacio Chávez", el ubicado en Juan Badiano número 1, Edificio de Enseñanza, tercer piso, Sección XVI, C.P. 14080, Tlalpan, Ciudad de México;
h)    De la Oficina de Representación en el Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición "Salvador Zubirán", el ubicado en Av. Vasco de Quiroga número 15, Belisario Domínguez, Sección XVI, C.P. 14080, Tlalpan, Ciudad de México;
i)     De la Oficina de Representación en el Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias "Ismael Cosío Villegas", el ubicado en Calzada de Tlalpan número 4502, Belisario Domínguez, Sección XVI, C.P. 14080, Tlalpan, Ciudad de México;
j)     De la Oficina de Representación en el Instituto Nacional de Medicina Genómica, el ubicado en Periférico Sur número 4809, Arenal Tepepan, C.P. 14610, Tlalpan, Ciudad de México;
k)    De la Oficina de Representación en el Instituto Nacional de Neurología y Neurocirugía "Manuel Velasco Suárez", el ubicado en Insurgentes Sur número 3877, La Fama, C.P. 14269, Tlalpan, Ciudad de México;
l)     De la Oficina de Representación en el Instituto Nacional de Pediatría, el ubicado en Insurgentes Sur número 3700, letra C, Insurgentes Cuicuilco, C.P. 04530, Coyoacán, Ciudad de México;
m)   De la Oficina de Representación en el Instituto Nacional de Perinatología "Isidro Espinosa de los Reyes", el ubicado en Montes Urales número 800, Lomas de Virreyes, C.P. 11000, Miguel Hidalgo, Ciudad de México;
n)    De la Oficina de Representación en el Instituto Nacional de Psiquiatría "Ramón de la Fuente Muñiz", el ubicado en Calzada México Xochimilco número 101, planta alta, San Lorenzo Huipulco, C.P. 14370, Tlalpan, Ciudad de México;
o)    De la Oficina de Representación en el Instituto Nacional de Rehabilitación "Luis Guillermo Ibarra Ibarra", el ubicado en Calzada México Xochimilco número 289, edificio 3, tercer piso, Arenal Guadalupe, C.P. 14389, Tlalpan, Ciudad de México, y
p)    De la Oficina de Representación en el Instituto Nacional de Salud Pública, el ubicado en Av. Universidad número 655, Santa María Ahuacatitlán, C.P. 62100, Cuernavaca, Morelos;
XIX.        Del Órgano Interno de Control en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, el ubicado en Félix Cuevas número 301, Piso 7, Del Valle Sur, C.P. 03100, Benito Juárez, Ciudad de México, y tratándose de sus oficinas de representación:
a)    De la Oficina de Representación en la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, el ubicado en Cuauhtémoc número 14, tercer piso, Doctores, C.P. 06720, Cuauhtémoc, Ciudad de México, y
b)    De la Oficina de Representación en el Instituto Mexicano de la Juventud, el ubicado en Serapio Rendón número 76, San Rafael, C.P. 06470, Cuauhtémoc, Ciudad de México;
XX.         Del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el ubicado en Nuevo León número 210, piso 2, Hipódromo Condesa, C.P. 06100, Cuauhtémoc, Ciudad de México, y tratándose de sus oficinas de representación:
a)    De la Oficina de Representación en la Comisión Nacional de Vivienda, el ubicado en Av. Heroica Escuela Naval Militar Coapa número 669, Presidentes Ejidales primera sección, C.P. 04470, Coyoacán, Ciudad de México;
b)    De la Oficina de Representación en el Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal, el ubicado en Av. Revolución número 828, tercer piso, Mixcoac, C.P. 03910, Benito Juárez, Ciudad de México, y
c)    De la Oficina de Representación en el Instituto Nacional del Suelo Sustentable, el ubicado en Liverpool número 80, quinto piso, Juárez, C.P. 06600, Cuauhtémoc, Ciudad de México;
XXI.        Del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Cultura, el ubicado en Paseo de la Reforma número 175, Cuauhtémoc, C.P. 06500, Cuauhtémoc, Ciudad de México, y tratándose de sus oficinas de representación:
a)    De la Oficina de Representación en la Compañía Operadora del Centro Cultural y Turístico de Tijuana, S.A. de C.V., el ubicado en Av. Paseo de los Héroes número 9350, Zona Urbana Río Tijuana, C.P. 22010, Tijuana, Baja California;
b)    De la Oficina de Representación en Estudios Churubusco Azteca, S.A., el ubicado en Atletas número 2, Edificio Hermanos Soler, mezzanine, Country Club, C.P. 04210, Coyoacán, Ciudad de México;
c)    De la Oficina de Representación en el Fondo Nacional para el Fomento de las Artesanías, el ubicado en Iturbide número 36, tercer piso, esquina Artículo 123, Centro, C.P. 06000, Cuauhtémoc, Ciudad de México;
d)    De la Oficina de Representación en el Instituto Mexicano de Cinematografía, el ubicado en Av. División del Norte número 2462, quinto piso, Portales Sur, C.P. 03300, Benito Juárez, Ciudad de México;
e)    De la Oficina de Representación en el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, el ubicado en Nueva York número 224, Nápoles, C.P. 03810, Benito Juárez, Ciudad de México;
f)     De la Oficina de Representación en el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, el ubicado en Privada de Relox número 16, entrada A, tercer piso, Chimalistac, C.P. 01070, Álvaro Obregón, Ciudad de México, y
g)    De la Oficina de Representación en Televisión Metropolitana, S.A. de C.V., el ubicado en Atletas número 2, Edificio Pedro Infante, primer piso, Country Club, C.P. 04210, Coyoacán, Ciudad de México;
XXII.        Del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Turismo, el ubicado en Schiller número 138, Piso 1, Chapultepec Morales, C.P. 11587, Miguel Hidalgo, Ciudad de México;
XXIII.       Del Órgano Interno de Control en la Secretaría de las Mujeres, el ubicado en Av. Barranca del Muerto número 209, San José Insurgentes, C.P. 03900, Benito Juárez, Ciudad de México;
XXIV.       Del Órgano Interno de Control en la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, el ubicado en Calle Oro número 17, Roma Norte, C.P. 06700, Cuauhtémoc, Ciudad de México, y tratándose de la Oficina de Representación en INFOTEC Centro de Investigación e Innovación en Tecnologías de la Información y Comunicación, el ubicado en Av. San Fernando número 37, Toriello Guerra, C.P. 14050, Tlalpan, Ciudad de México;
XXV.       Del Órgano Interno de Control en el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, S.A. de C.V., el ubicado en Circuito Exterior Mexiquense Km. 33, Santa Lucía, C.P. 55640, Zumpango, Estado de México;
XXVI.       Del Órgano Interno de Control en la Agencia Nacional de Aduanas de México, el ubicado en Av. Paseo de la Reforma número 10, Torre del Caballito, Piso 19, Tabacalera, C.P. 06030, Cuauhtémoc, Ciudad de México;
XXVII.      Del Órgano Interno de Control en Aeropuertos y Servicios Auxiliares, el ubicado en Av. 602 número 161, Zona Federal Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, C.P. 15620, Venustiano Carranza, Ciudad de México;
XXVIII.     Del Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Acapulco, S.A. de C.V., el ubicado en Av. Costera Miguel Alemán sin número, Centro, C.P. 39300, Acapulco de Juárez, Guerrero;
XXIX.       Del Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Altamira, S.A. de C.V., el ubicado en Calle Río Tamesí Km. 0 800, Lado Sur Puerto Industrial, C.P. 89603, Altamira, Tamaulipas;
XXX.       Del Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Cabo San Lucas, S.A. de C.V., el ubicado en Boulevard Paseo de la Marina número 853, Marina, C.P. 23450, Cabo San Lucas, Baja California Sur;
XXXI.       Del Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Puerto Chiapas, S.A. de C.V., el ubicado en Edificio Recinto Fiscal sin número, Puerto Madero, C.P. 30830, Tapachula, Chiapas;
XXXII.      Del Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Coatzacoalcos, S.A. de C.V., el ubicado en Interior del Recinto Fiscal Zona Franca sin número, Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz de Ignacio de la Llave;
XXXIII.     Del Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V., el ubicado en Boulevard Manuel Antonio Romero Zurita número 414, Quintín Arauz, C.P. 86608, Paraíso, Tabasco;
XXXIV.     Del Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Ensenada, S.A. de C.V., el ubicado en Boulevard Teniente Azueta número 110, Zona Centro, C.P. 22800, Ensenada, Baja California:
XXXV.     Del Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Guaymas, S.A. de C.V., el ubicado en Recinto Portuario, Zona Franca sin número, Punta Arena, C.P. 85430, Guaymas, Sonora;
XXXVI.     Del Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Lázaro Cárdenas, S.A. de C.V., el ubicado en Boulevard de Las Islas número 1, Isla del Cayacal, C.P. 60950, Lázaro Cárdenas, Michoacán de Ocampo;
XXXVII.    Del Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Manzanillo, S.A. de C.V., el ubicado en Av. Teniente Azueta número 9, Burócrata, C.P. 28250, Manzanillo, Colima;
XXXVIII.   Del Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Mazatlán, S.A. de C.V., el ubicado en Interior Recinto Fiscal sin número, Centro, C.P. 82000, Mazatlán, Sinaloa;
XXXIX.     Del Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Progreso, S.A. de C.V., el ubicado en Viaducto al Muelle Fiscal Km 2, Edificio sin número, Centro, C.P. 97320, Progreso, Yucatán;
XL.         Del Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Puerto Vallarta, S.A. de C.V., el ubicado en Boulevard Francisco Medina Ascencio Km. 4.5 Zona Hotelera Norte, C.P. 48333, Puerto Vallarta, Jalisco;
XLI.         Del Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Salina Cruz, S.A. de C.V., el ubicado en Interior Recinto Fiscal sin número, Cantarranas, C.P. 70680, Salina Cruz, Oaxaca;
XLII.        Del Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Tampico, S.A. de C.V., el ubicado en Edificio Api Tampico Recinto Portuario sin número, Zona Centro, C.P. 89000, Tampico, Tamaulipas;
XLIII.       Del Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Topolobampo, S.A. de C.V., el ubicado en Acceso Parque Industrial Pesquero sin número, sin colonia, C.P. 81370, Ahome, Sinaloa;
XLIV.       Del Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Tuxpan, S.A. de C.V., el ubicado en Carretera a La Barra Norte Km. 6.5, Ejido La Calzada, C.P. 92800, Tuxpan, Veracruz de Ignacio de la Llave;
XLV.       Del Órgano Interno de Control en la Administración del Sistema Portuario Nacional Veracruz, S.A. de C.V., el ubicado en Av. Marina Mercante número 210, Piso 1, Centro, C.P. 91700, Veracruz, Veracruz de Ignacio de la Llave;
XLVI.       Del Órgano Interno de Control en Turística Integral Islas Marías, S.A. de C.V., el ubicado en el Aeropuerto Internacional Benito Juárez de la Ciudad de México, Terminal 1, Puerta 8, Edificio C, Segundo Nivel, Oficina 330T1, Av. Capitán Carlos León sin número, Peñón de los Baños, C.P. 15620, Venustiano Carranza, Ciudad de México;
XLVII.      Del Órgano Interno de Control en el Banco del Bienestar, S.N.C., el ubicado en Río Magdalena número 101, Casa 3, Tizapán San Ángel, C.P. 01090, Álvaro Obregón, Ciudad de México;
XLVIII.     Del Órgano Interno de Control en el Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S.N.C., el ubicado en Av. Industria Militar 1055, Lomas de Sotelo, C.P. 11200, Miguel Hidalgo, Ciudad de México;
XLIX.       Del Órgano Interno de Control en el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C., el ubicado en Av. Javier Barros Sierra número 515, Piso 9, Lomas de Santa Fe, C.P. 01219, Álvaro Obregón, Ciudad de México;
L.           Del Órgano Interno de Control en el Centro Nacional de Control del Gas Natural, el ubicado en Av. Insurgentes Sur número 838, Piso 8, Del Valle, C.P. 03100, Benito Juárez, Ciudad de México;
LI.           Del Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, el ubicado en Insurgentes Sur número 1971, Torre Sur Piso 3, Guadalupe Inn, C.P. 01020, Álvaro Obregón, Ciudad de México;
LII.          Del Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional de Hidrocarburos, el ubicado en Av. Patriotismo número 580, Nonoalco, C.P. 03700, Benito Juárez, Ciudad de México;
LIII.         Del Órgano Interno de Control en el Centro Nacional de Inteligencia, el ubicado en Camino Real a Contreras número 35, La Concepción, C.P. 10830, La Magdalena Contreras, Ciudad de México;
LIV.         Del Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, el ubicado en Insurgentes Sur número 1971, Torre Sur Piso 2, Plaza Inn, Guadalupe Inn, C.P. 01020, Álvaro Obregón, Ciudad de México;
LV.         Del Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional Forestal, el ubicado en Periférico Poniente número 5360, Edificio C, San Juan de Ocotán, C.P. 45019, Zapopan, Jalisco;
LVI.         Del Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional del Agua, el ubicado en Insurgentes Sur número 2416, Copilco El Bajo, C.P. 04340, Coyoacán, Ciudad de México;
LVII.        Del Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, el ubicado en Av. Insurgentes Sur número 762, Piso 9, Del Valle, C.P. 03100, Benito Juárez, Ciudad de México;
LVIII.       Del Órgano Interno de Control en el Fideicomiso Universidad Marítima y Portuaria de México, el ubicado en Cuernavaca número 5, Condesa, C.P. 06140, Cuauhtémoc, Ciudad de México;
LIX.         Del Órgano Interno de Control en Financiera para el Bienestar, el ubicado en Av. de las Telecomunicaciones sin número, Leyes de Reforma, C.P. 09310, Iztapalapa, Ciudad de México;
LX.         Del Órgano Interno de Control en Guardia Nacional, el ubicado en Calzada de la Virgen número 2799, Edificio B, Piso 2, CTM Culhuacán, C.P. 04480, Coyoacán, Ciudad de México;
LXI.         Del Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Petróleo, el ubicado en Eje Central Lázaro Cárdenas Norte número 152, San Bartolo Atepehuacan, C.P. 07730, Gustavo A. Madero, Ciudad de México;
LXII.        Del Órgano Interno de Control en el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, el ubicado en Insurgentes Sur número 1931, Piso 2, Guadalupe Inn, C.P. 01020, Álvaro Obregón, Ciudad de México;
LXIII.       Del Órgano Interno de Control en el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, el ubicado en Av. Revolución número 1279, Piso 3, Los Alpes, C.P. 01010, Álvaro Obregón, Ciudad de México;
LXIV.       Del Órgano Interno de Control en el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, el ubicado en Varsovia número 19, Planta Baja Juárez, C.P. 06600, Cuauhtémoc, Ciudad de México;
LXV.       Del Órgano Interno de Control en el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, el ubicado en Av. Industria Militar número 1053, Piso 6, Lomas de Sotelo, C.P. 11200, Miguel Hidalgo, Ciudad de México;
LXVI.       Del Órgano Interno de Control en la Lotería Nacional, el ubicado en Insurgentes Sur número 1397, Insurgentes Mixcoac, C.P. 03920, Benito Juárez, Ciudad de México;
LXVII.      Del Órgano Interno de Control en Nacional Financiera, S.N.C., el ubicado en Periférico Sur número 1971, Torre IV, piso 9, Guadalupe Inn, C.P. 01020, Álvaro Obregón, Ciudad de México, y tratándose de su Oficina de Representación en el Banco Nacional de Comercio Exterior, S.N.C., el ubicado en Periférico Sur número 4333, Jardines en la Montaña, C.P. 14210, Tlalpan, Ciudad de México;
LXVIII.     Del Órgano Interno de Control en la Procuraduría Agraria, el ubicado en Motolinia número 11, Centro, C.P. 06000, Cuauhtémoc, Ciudad de México;
LXIX.       Del Órgano Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria, el ubicado en Av. Hidalgo número 77, Módulo IV, Piso 5, Guerrero, C.P. 06300, Cuauhtémoc, Ciudad de México;
LXX.       Del Órgano Interno de Control en Seguridad Alimentaria Mexicana, el ubicado en Insurgentes Sur número 3483, Villa Olímpica, Miguel Hidalgo, C.P. 14020, Tlalpan, Ciudad de México;
LXXI.       Del Órgano Interno de Control en Sociedad Hipotecaria Federal, S.N.C., el ubicado en Av. Ejército Nacional número 180, Piso 2, Anzures, C.P. 11590, Miguel Hidalgo, Ciudad de México;
LXXII.      Del Órgano Interno de Control en Tren Maya, S.A. de C.V., el ubicado en Calle 27 número 21, Edificio A primer nivel, Cordemex, C.P. 97115, Mérida, Yucatán;
LXXIII.     Del Órgano Interno de Control en la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México, el ubicado en Agustín Delgado número 58, Tránsito, C.P. 06820, Cuauhtémoc, Ciudad de México;
LXXIV.     Del Órgano Interno de Control en la Agencia Espacial Mexicana, el ubicado en Av. Insurgentes Sur 1685, Guadalupe Inn, C.P. 01020, Álvaro Obregón, Ciudad de México;
LXXV.      Del Órgano Interno de Control en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, S.A. de C.V., el ubicado en Av. Cap. Carlos León sin número, Oficina 91 y 94 del Mezzanine, Peñón de los Baños, C.P. 15620, Venustiano Carranza, Ciudad de México;
LXXVI.     Del Órgano Interno de Control en Laboratorios de Biológicos y Reactivos de México, S.A. de C.V., el ubicado en Mariano Escobedo número 20, Popotla, C.P. 11400, Miguel Hidalgo, Ciudad de México;
LXXVII.    Del Órgano Interno de Control en Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, el ubicado en Carretera Cuernavaca Tepoztlán número 201, Chamilpa, C.P. 62210, Cuernavaca, Morelos;
LXXVIII.   Del Órgano Interno de Control en el Centro Nacional de Control de Energía, el ubicado en Boulevard Adolfo López Mateos número 2157, Piso 10, Los Alpes, C.P. 01010, Álvaro Obregón, Ciudad de México;
LXXIX.     Del Órgano Interno de Control en el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, el ubicado en Calzada de la Virgen número 2799, Edificio D, Piso 2, Ala Norte, CTM Culhuacán, C.P. 04480, Coyoacán, Ciudad de México;
LXXX.      Del Órgano Interno de Control en la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios, el ubicado en Marina Nacional número 60, Piso 4, Tacuba, C.P. 11410, Miguel Hidalgo, Ciudad de México;
LXXXI.     Del Órgano Interno de Control en el Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica, el ubicado en Calle 16 de septiembre número 147 Norte, Lázaro Cárdenas, C.P. 52148, Metepec, México;
LXXXII.    Del Órgano Interno de Control en la Comisión Reguladora de Energía, el ubicado en Boulevard Adolfo López Mateos número 172, Merced Gómez, C.P. 03930, Benito Juárez, Ciudad de México;
LXXXIII.   Del Órgano Interno de Control en el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, el ubicado en Prolongación Xochicalco número 947, Santa Cruz Atoyac, C.P. 03310, Benito Juárez, Ciudad de México;
LXXXIV.   Del Órgano Interno de Control en Exportadora de Sal, S.A. de C.V., el ubicado en Av. Baja California sin número, Guerrero Negro, Centro, C.P. 23940, Mulegé, Baja California Sur;
LXXXV.    Del Órgano Interno de Control en el Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V., el ubicado en Corregidora número 700, Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz de Ignacio de la Llave;
LXXXVI.   Del Órgano Interno de Control en el Fondo Nacional de Fomento al Turismo, el ubicado en Tecoyotitla número 100, primer piso, Florida, C.P. 01030, Álvaro Obregón, Ciudad de México;
LXXXVII.  Del Órgano Interno de Control en el Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México, S.A. de C.V., el ubicado en Av. Capitán Carlos León, sin número, Colonia Peñón de los Baños (Terminal uno del Aeropuerto Internacional Benito Juárez, Ciudad de México), puerta 8, área internacional, piso dos, oficina 330T1, C.P. 15620, Venustiano Carranza, Ciudad de México;
LXXXVIII. Del Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, el ubicado en Av. Revolución número 1586, San Ángel, C.P. 01000, Álvaro Obregón, Ciudad de México;
LXXXIX.   Del Órgano Interno de Control en Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR), el ubicado en Gustavo E. Campa número 54, Guadalupe Inn, C.P. 01020, Álvaro Obregón, Ciudad de México;
XC.         Del Órgano Interno de Control en el Instituto Nacional de Antropología e Historia, el ubicado en Hamburgo número 135, Piso 3, Juárez, C.P. 06600, Cuauhtémoc, Ciudad de México;
XCI.        Del Órgano Interno de Control en el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, el ubicado en Av. Insurgentes Sur número 452, Piso 3, Roma Sur, C.P. 06760, Cuauhtémoc, Ciudad de México;
XCII.       Del Órgano Interno de Control en el Instituto Politécnico Nacional, el ubicado en Miguel Othón de Mendizabal sin número, Esq. C/ Miguel Bernard, Edificio de la Secretaria Técnica, P.B. Residencial la Escalera, C.P. 07738, Gustavo A. Madero, Ciudad de México;
XCIII.       Del Órgano Interno de Control en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, el ubicado en Av. Revolución número 642, San Pedro de los Pinos, C.P. 03800, Benito Juárez, Ciudad de México;
XCIV.      Del Órgano Interno de Control en el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, el ubicado en Miguel Noreña número 28, Piso 7, San José Insurgentes, C.P. 03900, Benito Juárez, Ciudad de México;
XCV.       Del Órgano Interno de Control en la Procuraduría Federal del Consumidor, el ubicado en José Vasconcelos número 208, Piso 9, Condesa, C.P. 06140, Cuauhtémoc, Ciudad de México;
XCVI.      Del Órgano Interno de Control en el Organismo Promotor de Inversiones en Telecomunicaciones, el ubicado en Xola número 535, Piso 30, Del Valle, C.P. 03100, Benito Juárez, Ciudad de México;
XCVII.      Del Órgano Interno de Control en el Servicio Postal Mexicano, el ubicado en Vicente García Torres número 235, El Rosedal, C.P. 04330, Coyoacán, Ciudad de México;
XCVIII.     Del Órgano Interno de Control en el Grupo Aeroportuario Ferroviario y de Servicios Auxiliares y Conexos Olmeca-Maya-Mexica, S.A. de C.V., el ubicado en la Carretera Federal México-Pachuca, Campo Militar Estratégico Conjunto número 37-D, "Gral. Div. P.A. Alfredo Lezama Álvarez", Santa Lucía, Estado de México;
XCIX.      De la Unidad de Responsabilidades en la Comisión Federal de Electricidad, el ubicado en Río Lerma número 302, Pisos 1 y 2, Cuauhtémoc, C.P. 06500, Cuauhtémoc, Ciudad de México;
C.           De la Unidad de Responsabilidades en Petróleos Mexicanos, el ubicado en Av. Marina Nacional número 329, Torre Ejecutiva, Piso 19, Verónica Anzures, C.P. 11300, Miguel Hidalgo, Ciudad de México, y
CI.          De las Delegaciones a que se refiere el artículo 2, fracción II, inciso a), numeral i), de este Acuerdo, el ubicado en Av. Marina Nacional número 329, Torre Ejecutiva Piso 19, Verónica Anzures, C.P. 11300, Miguel Hidalgo, Ciudad de México, y respecto a los numerales ii) y iii) el ubicado en Bahía de Ballenas número 5, piso 10, Verónica Anzures, C.P. 11311, Miguel Hidalgo, Ciudad de México.
TRANSITORIOS
Primero. El presente Acuerdo entra en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Se abroga el "Acuerdo por el que se emiten las disposiciones de carácter general para crear, asignar distribuir, dirigir, coordinar y extinguir los órganos internos de control en las dependencias, incluyendo sus órganos administrativos desconcentrados y entidades paraestatales, por sector, materia, especialidad, función específica o ente público", el "Acuerdo por el que se extinguen los órganos internos de control que se indican, se instauran los Órganos Internos de Control Especializados y se asignan los Titulares de Área de Especialidad" y el "Acuerdo por el que se extinguen órganos internos de control específicos, se crean oficinas de representación y se asigna la dependencia, entidad paraestatal y órgano administrativo desconcentrado que integran el ramo en que ejercerán sus funciones los órganos internos de control especializados y las unidades administrativas que los auxilian", publicados en el Diario Oficial de la Federación el 18 de septiembre, 20 de octubre y 21 de diciembre de 2023.
Tercero. Los entes públicos federales en los que actualmente se encuentran adscritos los órganos internos de control, las oficinas de representación, las unidades de responsabilidades y sus delegaciones, no transferidos a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, señalados en los artículos 1 y 2 del presente Acuerdo continuarán proporcionando los recursos humanos, financieros y materiales con que cuentan actualmente, para cumplir sus atribuciones.
Cuarto. Los asuntos que se encuentren en trámite a la entrada en vigor del presente Acuerdo continuarán a cargo de los órganos internos de control, las oficinas de representación, las unidades de responsabilidades y sus delegaciones que asuman las atribuciones en términos del presente instrumento y serán resueltos conforme a las disposiciones jurídicas vigentes al momento de su inicio.
Ciudad de México, a 8 de enero de 2025.- La Secretaria Anticorrupción y Buen Gobierno, Raquel Buenrostro Sánchez.- Rúbrica.
 

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