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DOF: 28/01/2025 |
EXTRACTO de los Lineamientos en Materia de Adopción del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia EXTRACTO de los Lineamientos en Materia de Adopción del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. Al margen un logotipo, que dice: Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. EXTRACTO DE LOS LINEAMIENTOS EN MATERIA DE ADOPCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA. MARÍA DEL ROCÍO GARCÍA PÉREZ, Titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, con fundamento en lo establecido por los artículos 1°, párrafos segundo y tercero, 4°, párrafo noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 30 Bis 10, 30 Bis 11 y 122, fracción X de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; 4°, fracción I, inciso d) y 9, fracción XIV de la Ley de Asistencia Social; 59, fracción V, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; y 2 fracción XXXIII, 10, fracciones IV, XIII, XVI, XXX y XXXVIII y 17, fracciones XII y XXV, 31 fracciones XII y XIII del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de agosto del 2023; tengo a bien expedir los Lineamientos en Materia de Adopción del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, mismos que tienen entre otros objetivos, el reconocer a la adopción como el mecanismo para la restitución definitiva del derecho a vivir en familia; que las adopciones se realicen en apego al interés superior de la niñez, y la creación de un proceso administrativo ágil, rápido y sencillo para las niñas, niños y adolescentes susceptibles de adopción y para las personas solicitantes, en el que se garantice el principio de igualdad y no discriminación. La versión íntegra; está disponible en la siguiente dirección electrónica: http://sitios.dif.gob.mx/normateca/wp-content/Archivos/Normateca/Lineamientos_Adopcion_2024.pdf Página DOF: www.dof.gob.mx/2024/DIF/LineamientosAdopcion.pdf Lo anterior, en cumplimiento a la normatividad antes mencionada, así como al artículo 4° de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en relación con el último párrafo del artículo segundo del "ACUERDO que modifica al diverso por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como a la Procuraduría General de la República a abstenerse de emitir regulación en las materias que se indican", publicado el 21 de agosto de 2012; y artículos 2° y 3°, fracción III, de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales. Ciudad de México, el 17 de diciembre de 2024.- La Titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, Mtra. María del Rocío García Pérez.- Rúbrica. (R.- 560030)
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