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DOF: 27/02/2025 |
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las empresas públicas del Estado, así como a las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, que la Segunda CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las empresas públicas del Estado, así como a las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, que la Segunda Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en el juicio contencioso administrativo 13751/24-17-02-4, promovido por la empresa Quirmex, S.A. de C.V., emitió sentencia el 13 de diciembre de 2024, en la que declaró la nulidad lisa y llana de la resolución del 24 de abril de 2024, en el procedimiento administrativo de sanción número PA/0001/2023. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Buen Gobierno.- Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.- Órgano Interno de Control en Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR).- Área de Responsabilidades.- Expediente: PA/0001/2023.- Quirmex, S.A. de C.V. CIRCULAR No. 02/2025 CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LAS EMPRESAS PÚBLICAS DEL ESTADO, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS Y DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, QUE LA SEGUNDA SALA REGIONAL METROPOLITANA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA, EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO 13751/24-17-02-4, PROMOVIDO POR LA EMPRESA QUIRMEX, S.A. DE C.V., EMITIÓ SENTENCIA EL 13 DE DICIEMBRE DE 2024, EN LA QUE DECLARÓ LA NULIDAD LISA Y LLANA DE LA RESOLUCIÓN DEL 24 DE ABRIL DE 2024, EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE SANCIÓN NÚMERO PA/0001/2023. DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, EMPRESAS PÚBLICAS DEL ESTADO, ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS Y DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO. PRESENTES Con fundamento en los artículos 14, párrafo segundo, 16, párrafo primero, y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, párrafos primero y segundo, 2, fracción I, 18, 26, fracción XIII y 37, fracciones XLI y XLVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, Apartado B, fracción I, inciso c), 70, fracción XXII y último párrafo, 72, fracción IV, y 75, fracción XII del Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno; 1, primer párrafo, 2, 8 y 9, párrafo primero de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, fracción IV, 59, primer párrafo, y 60, fracción I y párrafos primero, segundo y tercero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; así como 111 de su Reglamento; esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que en el juicio contencioso administrativo número 13751/24-17-02-4, en el que la empresa QUIRMEX, S.A. de C.V., demandó la nulidad de la resolución de 24 de abril de 2024, dictada por el Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control Específico en Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR), la Segunda Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa emitió sentencia definitiva el 13 de diciembre de 2024, publicada en el Boletín Jurisdiccional el 08 de enero de 2025, en la que resolvió lo siguiente: "Por lo expuesto y fundado, los Magistrados integrantes de la Segunda Sala Regional Metropolitana de este Tribunal, consideran que son esencialmente fundados los argumentos formulados por la parte actora, por lo que con fundamento en los artículos 51, fracción ll, y 52, fracción ll de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se declara la nulidad de la resolución impugnada. ... En mérito de lo expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 50, 51, fracción ll y 52, fracción II y 58-13, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se resuelve: l.- La actora PROBÓ SU PRETENSIÓN en el presente juicio contencioso administrativo, en consecuencia: ll.- Se DECLARA LA NULIDAD LISA Y LLANA de la resolución impugnada, misma que quedó precisada en el resultando primero de este fallo. III.- NOTIFIQUESE. ...". Por lo anterior, mediante acuerdo de cumplimiento de sentencia de 12 de febrero de 2025, esta autoridad dejó sin efectos la resolución de 24 de abril de 2024, dictada en el expediente PA/0001/2023, así como las sanciones impuestas a la empresa QUIRMEX, S.A. DE C.V. Ciudad de México, a 18 de febrero de 2025.- Actuando en suplencia por ausencia de la persona Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 84, último párrafo del Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, Directora de Responsabilidades "A", Lic. Gabriela Medina García.- Rúbrica.
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