DOF: 28/10/2004

CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con el C. Martín Avendaño Pérez, en su calidad de propietario de la negociación denominada Electroinyección.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en Diconsa, S.A. de C.V.- Area de Responsabilidades.

CIRCULAR 20/142/ARQ/06-1377/2004

  CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERAN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON EL C. MARTIN AVENDAÑO PEREZ, CON RFC AEPM-700608-J68, EN SU CALIDAD DE PROPIETARIO DE LA NEGOCIACION DENOMINADA ELECTROINYECCION .

Oficiales mayores de las dependencias, Procuraduría General de la República y equivalentes de las entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de las entidades federativas. Presentes.

  Con fundamento en los artículos 2, 8 y 9 primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo de aplicación supletoria; 46, 59, 60 fracción IV y 61 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 69 de su Reglamento, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día veinte de agosto de dos mil uno; y 64 fracción I punto 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo sexto de la resolución de fecha 30 de septiembre de 2004, que se dictó en el expediente número S.P. 05/2004 mediante el cual se resolvió el procedimiento de sanción administrativa incoado al C. Martín Avendaño Pérez, en su carácter de propietario de la negociación llamada Electroinyección , esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas, con dicha empresa de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de tres meses.

  En virtud de lo señalado en el párrafo anterior, los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con la mencionada infractora, no quedarán comprendidos en la aplicación de la presente Circular.

  Las entidades federativas y los municipios interesados deberán cumplir con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como la obra pública que contraten, se realice con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.

  Una vez transcurrido el plazo antes señalado, concluirán los efectos de la presente Circular sin que sea necesario algún otro comunicado.

  Atentamente

  Sufragio Efectivo. No Reelección.

  México, D.F., a 12 de octubre de 2004.- La Titular del Area de Responsabilidades, Ma. Elena Ceballos Godínez.- Rúbrica.


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