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DOF: 03/08/2004

CONVOCATORIA para acreditar y aprobar organismos de certificación en la Norma Oficial Mexicana NOM-159-SCFI-2004, Bebidas alcohólicas -Sotol- Especificaciones y métodos de prueba.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Dirección General de Normas.

  CONVOCATORIA PARA ACREDITAR Y APROBAR ORGANISMOS DE CERTIFICACION EN LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-159-SCFI-2004.

  Con fundamento en los artículos 8o. y 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 3 y 19 fracciones IX y XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía; 1o., 2o. fracción II incisos e), f) y g), 3o. fracciones I, III, IV-A y XII, 38 fracción VI, 68, 70, 70-B, 70-C, 71, 79, 80 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 79, 87 y 88 de su Reglamento, y

CONSIDERANDO

I. Que el 8 de agosto de 2002, conforme a las facultades que le atribuye la Ley de la Propiedad Industrial, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) publicó en el Diario Oficial de la Federación la Declaración de Protección a la Denominación de Origen Sotol , y el producto que ampara es una bebida alcohólica originaria de la zona geográfica que se indica en dicha Declaración;

II. Que el Gobierno Federal en apoyo a una de las denominaciones de origen representativas de nuestro país como lo es el Sotol , publicó en el Diario Oficial de la Federación el 16 de junio de 2004, la Norma Oficial Mexicana NOM-159-SCFI-2004, Bebidas alcohólicas -Sotol- Especificaciones y métodos de prueba. Cuya emisión fue necesaria de conformidad con el punto 4 de la Declaración en comento y con la fracción XV del artículo 40 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización;

III. Que en el transitorio único de la NOM-159-SCFI-2004, establece que la misma entrará en vigor al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de la Federación del aviso por el cual la Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, dé a conocer la acreditación del organismo de evaluación de la conformidad objeto de esta NOM;

IV. Que la Ley Federal sobre Metrología y Normalización prevé en su artículo 68, que la evaluación de la conformidad será realizada por las dependencias competentes o por los organismos de certificación, los laboratorios de prueba o de calibración y por las unidades de verificación acreditados y, en su caso, aprobados;

V. Que es interés de la Secretaría de Economía, a través de la Dirección General de Normas, fortalecer la evaluación de la conformidad de tercera parte;

  Por lo anterior, la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía y la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C. (EMA), como organismo privado autorizado conforme a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, emiten la siguiente:

CONVOCATORIA

  Dirigida a la persona moral que se interese en obtener la acreditación y aprobación como organismo de certificación, a efecto de evaluar la conformidad de la Norma Oficial Mexicana siguiente:

NOM-159-SCFI-2004 Bebidas alcohólicas -Sotol- Especificaciones y métodos de prueba, publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 16 de junio de 2004.

REGLAS

A. Requisitos para obtener la acreditación.

A.1 El interesado deberá presentar la solicitud de acreditación en el formato determinado para tal efecto, ante la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C. (EMA), sita en Manuel María Contreras número 133, piso 2, colonia Cuauhtémoc, 06597, México, Distrito Federal, además de cumplir y, en su caso, presentar lo siguiente:

a) Ser persona moral legalmente constituida como sociedad o asociación civil conforme a las leyes mexicanas y que, dentro de su objeto social, se encuentre realizar actividades de evaluación de la conformidad de normas oficiales mexicanas o algún otro que sea compatible con el anterior, para ello, deberá presentar copia del acta constitutiva certificada por fedatario público.

b) Dicha persona moral debe tener como objetivo promover el desarrollo de la denominación de origen Sotol , así como apoyar a autorregular el cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-159-SCFI-2004 Bebidas alcohólicas-Sotol-Especificaciones y métodos de prueba.

c) Presentar cédula de identificación fiscal expedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

d) Acreditar la personalidad y las facultades del representante legal que presente la solicitud de acreditación.

e) Presentar copia del Manual de calidad, Manual de procedimientos de aseguramiento de la calidad y procedimientos técnicos operativos. Dichos manuales deberán cumplir con los requisitos de la Norma Mexicana NMX-EC-065-IMNC-2000, Requisitos generales para organismos de certificación que operan sistemas de certificación de producto.

f) Presentar carta compromiso de no incurrir en conflicto de intereses, cuando se desarrollen otras actividades relativas a la operación del organismo de certificación.

g) Los interesados en obtener la acreditación se apegarán a los procedimientos, condiciones y plazos que fije la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C.

B) Requisitos para obtener la aprobación.

B.1. La Secretaría de Economía a través de la Dirección General de Normas aprobará a aquella persona moral para evaluar la Norma Oficial Mexicana a que refiere la presente Convocatoria, en los términos de lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, para lo cual el interesado deberá:

a) Presentar la solicitud de aprobación, formato SE-04-002-4, Solicitud de aprobación de organismos de certificación, mismo que está disponible en el módulo de información de la Dirección General de Normas, sita en avenida Puente de Tecamachalco número 6, sección Fuentes, 53950, Naucalpan de Juárez, Estado de México.

b) Anexar a la solicitud copia simple de la acreditación, obtenida como organismo de certificación de producto, expedida por la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C.

TRANSITORIOS

  PRIMERO.- La vigencia de la presente Convocatoria iniciará a partir del siguiente día hábil de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y permanecerá hasta que se determine su cancelación mediante aviso publicado en la misma fuente informativa.

  SEGUNDO.- La presente Convocatoria podrá ser ampliada o modificada en cualquier tiempo conforme a las normas oficiales mexicanas aplicables a productos, previo aviso en el Diario Oficial de la Federación.

  QUEJAS, DENUNCIAS Y SUGERENCIAS

  Los interesados podrán denunciar cualquier irregularidad que se presente durante el proceso de acreditación y aprobación, así también externar sus quejas y sugerencias ante la Dirección General de Normas, sita en avenida Puente de Tecamachalco número 6, Lomas de Tecamachalco, Naucalpan de Juárez, Estado de México, 53950, teléfono (55) 5729 9300, extensiones 4120 y 4141, o ante la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C., sita en Manuel María Contreras número 133, piso 2, colonia Cuauhtémoc, 06597, México, D.F., teléfono (55) 5591 0532, extensiones 227, 231 y 233.

  Atentamente

  Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 2 de julio de 2004.- La Directora Ejecutiva de la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C., María Isabel López Martínez.- Rúbrica.- El Director General de Normas de la Secretaría de Economía, Miguel Aguilar Romo.- Rúbrica.


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