DOF: 03/08/2004

CONVOCATORIA para acreditar y aprobar unidades de verificación en la Norma Oficial Mexicana NOM-159-SCFI-2004, Bebidas alcohólicas -Sotol- Especificaciones y métodos de prueba.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Dirección General de Normas.

  CONVOCATORIA PARA ACREDITAR Y APROBAR UNIDADES DE VERIFICACION EN LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-159-SCFI-2004.

  Con fundamento en los artículos 8o. y 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 34 fracción XIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 3, 19 fracciones IX y XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía; 1o., 2o. fracción II inciso f), 3o. fracciones I, IV-A, XVII y XVIII 38 fracción VI, 68, 69, 70, 70-C, 71, 84 al 87 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 79, 87 y 88 de su Reglamento, y

CONSIDERANDO

I. Que el 08 de agosto de 2002, conforme a las facultades que le atribuye la Ley de la Propiedad Industrial, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) publicó en el Diario Oficial de la Federación la Declaración de Protección a la Denominación de Origen Sotol , y el producto que ampara es una bebida alcohólica originaria de la zona geográfica que se indica en dicha Declaración;

II. Que el Gobierno Federal en apoyo a una de las denominaciones de origen representativas de nuestro país como lo es el Sotol , publicó en el Diario Oficial de la Federación el 16 de junio de 2004, la Norma Oficial Mexicana NOM-159-SCFI-2004, Bebidas alcohólicas -Sotol- Especificaciones y métodos de prueba. Cuya emisión fue necesaria de conformidad con el punto 4 de la Declaración en comento y con la fracción XV del artículo 40 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización;

III. Que la Ley Federal sobre Metrología y Normalización prevé en su artículo 68, que la evaluación de la conformidad será realizada por las dependencias competentes o por los organismos de certificación, los laboratorios de prueba o de calibración y por las unidades de verificación acreditados y, en su caso, aprobados;

IV. Que es interés de la Secretaría de Economía, a través de la Dirección General de Normas, fortalecer la evaluación de la conformidad de tercera parte;

  Por lo anterior, la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía y la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C. (EMA), como organismo privado autorizado conforme a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, emiten la siguiente:

CONVOCATORIA

  Dirigida a personas morales en general que se interesen en obtener la acreditación y aprobación como unidad de verificación, a efecto de evaluar la conformidad de la Norma Oficial Mexicana siguiente:

  NOM-159-SCFI-2004, Bebidas alcohólicas -Sotol- Especificaciones y métodos de prueba.

REGLAS

A. Requisitos para obtener la acreditación.

A.1 El interesado deberá presentar la solicitud de acreditación en el formato determinado para tal efecto, ante la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C. (EMA), sita en Manuel María Contreras número 133, piso 2, colonia Cuauhtémoc, 06597, México, Distrito Federal, además deberá cumplir y, en su caso, presentar lo siguiente:

a) Ser persona moral legalmente constituida como sociedad o asociación civil conforme a las leyes mexicanas y que dentro de su objeto social se encuentre realizar actividades de evaluación de la conformidad de normas oficiales mexicanas o algún otro que sea compatible con el anterior. Para ello, deberá presentar copia del acta constitutiva certificada por fedatario público.

b) Presentar cédula de identificación fiscal expedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

c) Acreditar la personalidad y las facultades del representante legal que presente la solicitud de acreditación.

d) Definir su operación como unidad de verificación tipo B , tal y como se establece en la Norma Mexicana NMX-EC-17020-IMNC-2000, Criterios generales para la operación de varios tipos de unidades (organismos) que desarrollan la verificación (inspección); Norma Mexicana que podrá adquirir en el Instituto Mexicano de Normalización y Certificación, A.C. (IMNC), ubicado en Manuel María Contreras número 133, piso 6, colonia Cuauhtémoc, 06597, México, Distrito Federal o consultar en el centro de información de la Dirección General de Normas.

e) Establecer directrices de comportamiento del personal, de tal manera que se asegure que no se incurrirá en conflictos de intereses y que mantendrá la confidencialidad de la información obtenida durante la verificación.

f) Presentar copia del sistema de calidad, el cual deberá cumplir con los requisitos de la Norma Mexicana NMX-EC-17020-IMNC-2000, Criterios generales para la operación de varios tipos de unidades (organismos) que desarrollan la verificación (inspección).

g) El interesado en obtener la acreditación se apegará a los procedimientos, condiciones y plazos que fije la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C.

  B. Requisitos para obtener la aprobación.

B.1. La Secretaría de Economía a través de la Dirección General de Normas aprobará a aquellas personas morales para evaluar la Norma Oficial Mexicana a que se refiere la presente Convocatoria, en los términos de lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, para lo cual el interesado deberá cumplir con los requisitos descritos a continuación:

a) Presentar la solicitud de aprobación, formato SE-04-002-3, Solicitud de aprobación de unidades de verificación, debidamente completado, mismo que está disponible en el módulo de información de la Dirección General de Normas, sita en avenida Puente de Tecamachalco número 6, sección Fuentes, 53950, Naucalpan de Juárez, Estado de México.

b) Anexar a la solicitud copia simple de la acreditación obtenida como unidad de verificación de producto, expedida por la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C.

TRANSITORIOS

  PRIMERO.- La vigencia de la presente Convocatoria iniciará a partir del siguiente día hábil de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y permanecerá hasta que se determine su cancelación mediante aviso publicado en la misma fuente informativa.

  SEGUNDO.- La presente Convocatoria podrá ser ampliada o modificada en cualquier tiempo conforme a las normas oficiales mexicanas aplicables a productos, previo aviso en el Diario Oficial de la Federación.

QUEJAS, DENUNCIAS Y SUGERENCIAS

  Los interesados podrán denunciar cualquier irregularidad que se presente durante el proceso de acreditación y aprobación, así también externar sus quejas y sugerencias ante la Dirección General de Normas, sita en avenida Puente de Tecamachalco número 6, Lomas de Tecamachalco, Naucalpan de Juárez, Estado de México, 53950, teléfono (55) 5729 9300, extensiones 4120 y 4141, o ante la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C., sita en Manuel María Contreras número 133, piso 2, colonia Cuauhtémoc, 06597, México, D.F., teléfono (55) 5591 0532, extensiones 227, 231 y 233.

  Atentamente

  Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 2 de julio de 2004.- La Directora Ejecutiva de la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C., María Isabel López Martínez.- Rúbrica.- El Director General de Normas de la Secretaría de Economía, Miguel Aguilar Romo.- Rúbrica.


(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 3 de agosto de 2004


Martes 3 de agosto de 2004 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 



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