ACUERDO General 61/2004 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de domicilio de los Juzgados Primero, Segundo A, Segundo B y Tercero de Distrito en el Estado de Querétaro.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL 61/2004, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO AL CAMBIO DE DOMICILIO DE LOS JUZGADOS PRIMERO, SEGUNDO A, SEGUNDO B Y TERCERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE QUERETARO.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial
de la Federación;
SEGUNDO.- En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y octavo, de la Carta Magna; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral; con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
TERCERO.- El artículo 17 constitucional consagra el derecho que toda persona tiene a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, lo cual hace necesario que los órganos jurisdiccionales se encuentren en condiciones físicas convenientes para garantizar la impartición de justicia pronta, completa, imparcial y gratuita, como lo ordena el precepto constitucional invocado; por cuya razón, el Consejo de la Judicatura Federal estima necesario realizar el cambio de domicilio de los juzgados primero, segundo A, segundo B, y tercero de Distrito en el Estado de Querétaro, con la finalidad de mejorar las condiciones de acceso a los órganos jurisdiccionales y concentrar en un solo inmueble a todos los juzgados de Distrito de la sede.
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales señaladas, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente
ACUERDO
PRIMERO.- Se autoriza el cambio de domicilio de los juzgados primero, segundo A, segundo B y tercero de Distrito en el Estado de Querétaro.
SEGUNDO.- El nuevo domicilio de los órganos jurisdiccionales en cita será el ubicado en Calle José Siurob 13, Col. Alameda, código postal 76040, Querétaro, Querétaro.
TERCERO.- El Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Querétaro iniciará funciones en su nuevo domicilio el veinticinco de octubre de dos mil cuatro, mientras que los juzgados primero, segundo A y
segundo B de Distrito en el Estado de Querétaro, iniciarán funciones en su nuevo domicilio el uno de noviembre de dos mil cuatro.
CUARTO.- A partir de las fechas señaladas en el punto que antecede toda la correspondencia, trámites y diligencias relacionados con los asuntos de la competencia de los órganos jurisdiccionales en cita, deberán dirigirse y realizarse en el domicilio precisado en el punto segundo de este acuerdo.
QUINTO.- Los juzgados primero, segundo A, segundo B, y tercero de Distrito en el Estado de Querétaro, conservarán su denominación, competencia y jurisdicción territorial.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO.- Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
EL MAESTRO EN DERECHO GONZALO MOCTEZUMA BARRAGAN, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 61/2004, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, Relativo al Cambio de Domicilio de los Juzgados Primero, Segundo A, Segundo B y Tercero de Distrito en el Estado de Querétaro, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión de veinte de octubre de dos mil cuatro, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Mariano Azuela Güitrón, Adolfo O. Aragón Mendía, Constancio Carrasco Daza, Elvia Díaz de León D´Hers, Jaime Manuel Marroquín Zaleta, Miguel A. Quirós Pérez y Sergio A. Valls Hernández.- México, Distrito Federal, a veinte de octubre de dos mil cuatro.- Conste.- Rúbrica.
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